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REA ADMINISTRATIVA

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El juzgado de Garant as y Tribunal de Juicio Oral de la capital se crea ... ABRIR MESSENGER Y SISTEMA DE GESTION JUDICIAL. ESTAR INFORMANDO STATUS CAUSA ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: REA ADMINISTRATIVA


1
ÁREA ADMINISTRATIVA
  • Juzgado de Garantía y Tribunal de Juicio Oral

2
Historia
  • El juzgado de Garantías y Tribunal de Juicio Oral
    de la capital se crea oficialmente el día 15 de
    diciembre de 2008, en un acuerdo general del
    Pleno del Tribunal Superior de Justicia del
    Estado de Zacatecas, donde se indica que el
    citado juzgado iniciará a funcionar a partir del
    5 de enero de 2009, con jurisdicción territorial
    en los municipios de Genaro Codina, Guadalupe,
    Pánuco, Trancoso, Vetagrande y Zacatecas.

3
CAPACITACIÓN
  • El personal del área administrativa inició su
    capacitación el 3 de noviembre de 2008, teniendo
    como ponentes al personal administrativo del
    Tribunal Superior del Estado de Oaxaca, durante
    tres semanas, concluyendo con una pasantía en
    dicho estado.

4
(No Transcript)
5
ORGANIGRAMA
6
Organigrama
PLENO
PRESIDENCIA
OFICIALÍA MAYOR
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
JUEZ COORDINADOR
ADMINISTRADOR DEL JUZGADO
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CAUSAS
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA Y SALA
ENCARGADO DE SALA (2)
ENCARGADO DE INFORMÁTICA Y AUDIO-VIDEO (2)
ENCARGADO DE OFICIALÍA DE PARTES
ENCARGADO DE CAUSAS
NOTIFICADOR (4)
ADMINISTRATIVO DE ACTAS (4)
OFICIAL ADMINISTRATIVO
7
ADMINISTRADOR DEL JUZGADO
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Funciones
  • Dirigir las labores administrativas del Juzgado
    de su adscripción.
  • Vigilar y controlar el buen desempeño de los
    funcionarios y empleados a su cargo en el
    ejercicio de sus funciones.
  • Proveer, en la esfera administrativa, la
    programación de las diligencias a desarrollarse
    en las salas de audiencia a su cargo y, en
    general, todas las medidas necesarias para la
    buena marcha de los Juzgados o Tribunales.
  • Rendir un informe estadístico anual y otro
    mensual sobre los trámites realizados en los
    juzgados o Tribunales.

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Funciones
  • Vigilar la conservación y funcionalidad de los
    bienes muebles e inmuebles asignados, debiendo
    poner en inmediato conocimiento al área
    correspondiente sobre cualquier deterioro que
    sufran.
  • Custodiar los bienes y valores que se encuentren
    a disposición del Tribunal con motivo de la
    tramitación de los asuntos.
  • Establecer de manera conjunta con el Juez
    Coordinador las políticas administrativas,
    procedimientos y controles administrativos, a fin
    de optimizar y garantizar el funcionamiento del
    Juzgado de Garantía y Tribunal de Juicio Oral.
  • Elaborar el plan anual de trabajo, para el
    Juzgado de Garantía y Tribunal de Juicio Oral.

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Funciones
  • En caso de notoria urgencia, conceder licencias
    económicas hasta por tres días al personal a su
    cargo, informando a la Oficialía Mayor.
  • Proporcionar oportunamente los datos estadísticos
    que le soliciten.
  • Remitir al Fondo para la Administración de
    Justicia, las cantidades que le sean entregadas
    derivadas de la función jurisdiccional.
  • Revisar físicamente los expedientes digitalizados
    de las causas.

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  • Supervisar el debido cumplimiento de las
    audiencias programadas y urgentes, asignadas a
    los jueces de despacho.
  • Analizar y presentar a la Presidencia del
    Tribunal Superior de Justicia la propuesta de rol
    de turnos de jueces y personal del área
    administrativa para su autorización.
  • Ejercer las demás funciones que le indiquen sus
    superiores y las que determinen las leyes.

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JEFE DE CAUSAS
13
JEFE DE CAUSAS
  • OBJETIVO
  • Vigilar y controlar el flujo de las causas,
    términos legales, referentes entre otros a plazos
    de flagrancia, caso urgente, plazos de cierre de
    investigación, acusación, apertura a juicio,
    Apelaciones y amparos.

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FUNCIONES
  • Llevar un control de los términos legales de las
    causas que se encuentran radicadas en el Juzgado
    de Garantía, así como del Tribunal de Juicio
    Oral.
  • Dirigir y coordinar las actividades del personal
    a su cargo para el correcto desarrollo de las
    causas.
  • Resguardar los documentos que formen parte de las
    causas.

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  • Es el responsable de su contraseña para el acceso
    al sistema de gestión judicial, en el cual se
    deberán de revisar la agenda de audiencias, las
    peticiones que se ingresen al sistema, los
    acuerdos que realizan los jueces, así como las
    notificaciones por efectuarse y su cumplimiento
    por el personal de notificadores.

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  • Dar cumplimiento a los acuerdos y resoluciones
    que los jueces emitan en audiencia o por
    despacho.
  • Ejemplo girar oficio al CE. RE. RE. SO. Para
    informar lo que ocurre en una audiencia sea
  • Control de detención
  • Formulación
  • Lo referente a la prisión preventiva
  • Salidas alternas.

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  • Informa al administrador así como al departamento
    de informática y sala, la fecha y hora para la
    celebración de una audiencia.
  • Ya que toda la información que se maneja es por
    conducto del Oficial de Partes que depende del
    Jefe de causa.
  • No hay ninguna petición o información que ingrese
    al sistema por otra vía.

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  • Para la información al administrador, así como al
    departamento de informática, a pesar de que el
    sistema de gestión les avisa sobre alguna
    audiencia, de forma interna se hace uso de una
    hoja que se llama viajera.
  • Esta hoja viajera comienza en oficialilla de
    partes, hace el recorrido por el jefe de causas,
    después el administrativo de acta, el cual en esa
    hoja viajera indica al jefe de causas que fue lo
    que pidieron los intervinientes en la audiencia
  • Copias de dvd. O copias de las resoluciones.
  • Sean simples o certificadas y termina en
    oficialia de partes con las copias las que serán
    entregadas a los intervinientes.

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  • Elaborar la información estadística (INFORMES
    IFE E INEGI. INFOME MENSUAL T . S. J. ) cuando
    sea solicitada por el administrador del Juzgado.
  • Verificar la correcta integración de las carpetas
    tanto digitales como físicas.

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  • Tener el registro actualizado de los ministerios
    públicos, defensores, peritos etc.
  • Cedula profesional.
  • Domicilio para oír y recibir notificaciones
  • E mail
  • Teléfono.
  • Lo cual se obtiene por la oficialía de partes al
    momento de que los intervinientes se presentan
    ante ese departamento para ingresar a la
    audiencia.

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  • Recibir por parte de los administrativos de acta
    el control de la audiencia en la que se
    verificara
  • Los intervinientes (mp. Defensa imputado)
  • La fecha de la audiencia
  • Y los puntos resolutivos de las resoluciones
    emitidas por los jueces.
  • Así como el termino que se hubiere concedido ya
    sea para vinculación a proceso, plazo de cierre
    de investigación, medidas cautelares entre otros.

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  • Realizar propuestas de mejora en su departamento.
  • Suplir al administrador en ausencias hasta por
    diez días.

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COMPARATIVO
  • JEFE DE CAUSAS
  • RADICACION DE CAUSAS.
  • VIGILANCIA DE PERSONAL A SU CARGO
  • CORRECTA INTEGRACION DE CAUSAS DIGITALES Y
    FISICAS.
  • SECRETARIO DE ACUERDOS.
  • ACUERDA
  • REALIZA INFORMES
  • IFE. INEGI. MENSUAL
  • PROYECTA
  • ORDENES. S. J.

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  • SECRETARIO DE ACUE.
  • Resguardo de sellos
  • Jefe inmediato de personal
  • Organiza fondo revolvente
  • Vacaciones
  • Guardias
  • Limpieza
  • Fianzas
  • Resuelve flagrancias
  • Casos urgentes.
  • Suple al juez en caso de ausencia
  • JEFE DE CAUSAS
  • DIRECCION Y COORDINACIÓN DE PERSONAL.
  • OFICIALIA DE PARTES
  • ENCARGADO DE CAUSAS
  • ADMINISTRATIVOS DE ACTA
  • NOTIFICADORES
  • REVISA ACUERDOS ELABORADOS PARA CUMPLIMIENTO EN
    EL SISTEMA DE GESTION.

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  • SECRETARIO DE ACUERDOS.
  • CERTIFICA LOS AUTOS DEL JUEZ.
  • DESAHOGA PRUEBAS.
  • DICTA ACUERDOS, RESOLUCIONES Y SENTENCIAS EN
    AUSENCIA DEL JUEZ.
  • CUENTA CON FE PUBLICA.
  • SE HACE CARGO DE TRABAJO JURISDICCIONAL COMO
    ADMINISTRATIVO
  • JEFE DE CAUSAS
  • SOLO EL JUEZ TIENE FE PUBLICA.
  • ADMINISTRATIVOS NO DESAHOGAN PRUEBAS.
  • ADMINISTRATIVOS
  • NO ACUERDAN
  • NO RECIBE OBJETOS
  • NI FIANZAS
  • NO TIENE FE PUBLICA

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COMPARATIVO DE SISTEMAS
  • ADVERSARIAL
  • EL JUEZ
  • SOLO EL TIENE FE PUBLICA
  • Se olvida de todo lo que tiene que ver con
  • Personal
  • Limpieza
  • Informes
  • Vacaciones
  • Vehículos
  • Fondo revolvente
  • Lo referente a los cheques de los secretarios.
  • LOS SECRETARIOS.
  • Solo se preocupa por presidir audiencia, puesto
    que todo lo que necesite estará en el estrado al
    momento de su desahogo.
  • Despacho. Solo el Juez acuerda las peticiones de
    las partes.
  • Juez coordinador es el conducto entre los Jueces
    y el Administrativo.

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COMPARATIVO DE FUNCIONES
  • ADVERSARIAL
  • OFICIAL DE PARTES, se concreta a recibir
    peticiones, agendar audiencias y a darle el
    tramite a través del jefe de causas.
  • Inquisitivo
  • OFICIAL DE PARTES, es temporal y solo recibe y
    registra escritos turnándolos al secretario de
    acuerdos

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FUNCIONES
  • ADVERSARIAL
  • ENCARGADO DE CAUSAS.
  • Se encarga de actualizar las carpetas digitales y
    físicas.
  • Para poder ser consultadas por los jueces en
    cualquier momento y en la audiencia.
  • Además es apoyo para el jefe de causas en lo
    referente a los notificadotes.
  • Inquisitivo
  • Hay un secretario judicial encargado de un
    escáner.
  • Lo que es escanea nadie lo consulta.
  • ESTA FIGURA NO EXISTE COMO TAL EN ESTE SISTEMA

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FUNCIONES
  • ADVERSARIAL
  • NOTIFICADORES
  • Reciben su acuerdo y la orden de notificación por
    el sistema de gestión judicial. Y solo realizan
    su diligenciación.
  • Inquisitivo
  • Cualquier secretario puede ser notificador.

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COMPARATIVO
  • Inquisitivo
  • Un Secretario realiza un proyecto el cual lo
    revisa el juez y lo transcribe.
  • ADVERSARIAL
  • Administrativo de acta.
  • Es apoyo para el juez en audiencia.
  • Transcribe las resoluciones emitidas por el Juez.

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  • ADVERSARIAL
  • En este sistema los secretarios no proyectan
  • ACUERDOS
  • ORDENES DE APREHENSION
  • VINCULACIONES
  • SENTENCIAS
  • NI NINGUNA OTRA RESOLUCION
  • ESA ES AREA JURISDICCIONAL
  • NO COSEN
  • NO FIRMAN
  • NO FORMAN EXPEDIENTES
  • INQUISITIVO.
  • Los secretarios.

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ENCARGADO DE OFICIALÍA DE PARTES
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  • El OFICIAL DE PARTES depende directamente del
    Jefe del Departamento de Causas y puede ser
    reemplazado por quien determine el Administrador
    del Juzgado.
  • OBJETIVO es el de recibir documentos, atender y
    satisfacer los requerimientos de información y
    orientación al público en general del Juzgado de
    Garantía y Tribunal de Juicio Oral

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CUADRO COMPARATIVO
  • OFICIAL DE PARTES (JGTJO)
  • Se cuenta con un área especifica de Oficialía de
    Partes a cargo de una persona encargada y que lo
    es de planta
  • OFICIAL DE PARTES
  • (Tradicional)
  • La figura de la oficialía de partes no recae en
    una persona en especifico de manera constante,
    virtud a la rotación de guardias mismas que se
    distribuyen periódicamente entre el personal de
    los Juzgados Penales (se exceptúa el Juez y el
    Secretario de Acuerdos)

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FUNCIONES
  • Recepción de escritos de expedientes en tramite
    o averiguaciones
  • Registro de las promociones y en caso de
    averiguaciones, su registro en el Libro de
    Gobierno en el que se le asigna su numero de
    proceso
  • Localiza el expediente al que corresponda la
    promoción
  • Lo pasa a la Secretaria de Acuerdos
  • Apoya y orienta al público en general para
    brindar un servicio de calidad
  • Lleva el control de promociones que ingresan al
    juzgado
  • Recibe, verifica e ingresa las promociones al
    Sistema de Gestión Judicial derivadas de las
    causas que se instruyen en el Juzgado y acusa de
    recibo mediante el sello electrónico o sello
    fechador
  • Turna las promociones recibidas al departamento
    de causas para el tramite correspondiente

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FUNCIONES
  • Recibe y registra la correspondencia distinta a
    las causas y turna al área correspondiente
  • Brinda apoyo en el control, elaboración y
    distribución de la correspondencia
  • Proporciona información con respecto a la
    celebración de las audiencias
  • Apoya en las labores de notificación que se
    realizan dentro del Juzgado

37
FUNCIONES
  • Tiene el control de la agenda electrónica de
    defensores públicos, agentes del ministerio
    público y abogados litigantes particulares
  • Se encarga de la entrega y control de las copias
    de audio y video y copias de trascripciones de
    resoluciones, solicitadas en audiencias por las
    partes
  • (En Audiencia) conjuntamente con el Encargado de
    Sala, se encarga del control y acceso de las
    partes y público, así como de la prensa, a las
    Salas de Audiencias

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PROCEDIMIENTO
  • Se recibe la promoción
  • Se imprime la firma electrónica
  • Se digitaliza mediante el escaneo, ingresándolo
    al Sistema de Gestión
  • En caso de que la petición genere audiencia
  • Se recibe aviso de petición de audiencia a través
    del Sistema de Gestión
  • Conjuntamente con el Encargado de Sala Se encarga
    del control y acceso de las partes y asistentes,
    y en caso de que lo hubiera, de la prensa
  • Después de audiencia, controla la entrega de las
    copias de audio y video, así como las
    transcripciones de las resoluciones solicitadas
    por las partes en audiencia.

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ENCARGADO DE CAUSAS
40
PERFIL DEL PUESTO. Profesionista titulado en la
Licenciatura en Derecho. Edad de 22 a 35 años.
Disponibilidad de tiempo. Disponibilidad de
cambio de residencia. No haber sido condenado
por la comisión de un delito, excepto culposos
por tránsito de vehículo, salvo que en este
último caso se haya cometido bajo los influjos
del alcohol o de alguna droga o enervante.
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HABILIDADES.   Trabajo bajo presión. Trabajo en
equipo. Iniciativa. Organización de
información.
42
CONOCIMIENTOS.   -Código Procesal Penal para el
Estado de Zacatecas. -Computación de nivel básico
a medio. ESTUDIOS -Preferentemente nivel
medio superior o profesional universitario en el
área de Administración, Contabilidad, Informática
y/o Derecho.
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OBJETIVO.   Realizar funciones de apoyo en
labores administrativas propias de la Unidad de
Causas. JEFE INMEDIATO Jefe de la Unidad de
Causas.
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  • FUNCIONES.
  •  
  • Apoyar al Jefe de Unidad de Causas en las labores
    de planificación, dirección, coordinación y
    control propios de la gestión de causas.
  • Asignar el número a las causas nuevas e
    ingresarlas a la base de datos del Juzgado.
  • Preparar el despacho judicial y llevarlo al Juez
    para su aprobación y firma.
  • Confeccionar oficios, documentos y exhortos
    ordenados en las resoluciones.

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  • Coordinar a los Notificadores, precisamente para
    Notificar a los intervinientes de las
    resoluciones dictadas en el despacho en la forma
    en que éstas hayan sido solicitadas. (teléfono,
    correo electrónico, fax, cedula o personal)
  • Alimentar una base de datos que contenga las
    causas del Juzgado, los datos fundamentales de
    ellas y las resoluciones judiciales que a su
    respecto se han dictado.
  • Mantener el archivo de los documentos que
    ingresan en el área.
  • Ejercer las demás funciones que le sean asignadas
    por el Administrador de Distrito o el Jefe de
    Unidad de Causas.

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ENCARGADO DE CAUSAS
  • RESPONSABILIDAD
  • POR LOS RESULTADOS DEL AREA
    ADMINISTRATIVA
  • -Es responsable del registro e
    ingreso de las causas del Juzgado.
  • -de la actualización de las
    estadísticas y
  • -del despacho.
  • POR LA INFORMACION CONFIDENCIAL
  • -Tiene el deber de Guardar
    reserva de la información confidencial que
    conozca en el desempeño del cargo.

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ADMINISTRATIVO DE ACTA
48
1
  • FUNCIONES DEL
  • ADMINISTRATIVO DE ACTA
  • AREA ADMINISTRATIVA DEL JUZGADO DE GARANTIA
  • Y TRIBUNAL DE JUICIO ORAL DE LA CAPITAL

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2
  • NOMBRE DEL PUESTO Administrativo de acta.
  • DEPENDE DE Jefe del Departamento de Causas.
  • REMPLAZADO POR Posición par.
  • OBJETIVO GENERAL Capturar el desarrollo de las
    audiencias que le hubieren confiado que contengan
    todos aquellos aspectos relevantes de la misma.

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CUADRO COMPARATIVO DE FUNCIONES
3
51
Modulo de administrativo de acta
52
FLUJOGRAMA DE ADMINISTRATIVO DE ACTA
53
SE RECIBE NOTIFICACION PARA ENTRAR EN AUDIENCIA
COORDINACIÓN CON JUEZ PARA FORMA DE TRABAJO
(PAUTAS)
½ HR. ANTES SE ENTRA A SALA CON HOJA VIAJERA Y
CAUSA MATERIAL
ABRIR MESSENGER Y SISTEMA DE GESTION JUDICIAL
ESTAR INFORMANDO STATUS CAUSA
ENCARGADO DE SALA
CAPTURA DE AUDIENCIA
REALIZAR OFICIOS PARA FIRMA DE JUEZ YREMITIR AL
CERESO O A JEFE DE CAUSAS
TRASCRIBIR RESOLUCIONES DICTADAS EN AUDIENCIA
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PASAR A JUEZ PARA REVISIÓN Y FIRMA
SE REMITEN ENCARGADO DE CAUSAS PARA AGREGAR A
CARPETA MATERIAL Y DIGITAL
SE IMPRIMEN
SE AGREGAN LOS RESOLUTIVOS DE LA RESOLUCIÓN Y SE
FINALIZA LA CAUSA
SE REALIZA INFORME EN LOS CUADERNILLOS DE INEGI
YA SEA DE LA VINCULACIÓN O SENTENCIA Y SE REALIZA
EL CONTROL DE LA CAUSA
55
(No Transcript)
56
(No Transcript)
57
(No Transcript)
58
(No Transcript)
59
NOTIFICADOR
60
COMUNICACIÓN PROCESAL
  • El problema de la comunicación en el proceso
    penal sigue los lineamientos generales de la
    legislación procesal, a tal punto que no habría
    mayor inconveniente en proponer normas comunes,
    para todos los procesos judiciales. Sin embargo,
    los códigos procesales penales presentan al
    respecto algunas modalidades que conviene
    establecer en un somero análisis del conjunto.

61
COMUNICACIÓN PROCESAL
  • Suele llamarse comunicación externa a la que el
    Juzgado o Tribunal mantiene con autoridades,
    funcionarios públicos, entidades o personas no
    vinculadas directamente con el proceso.
  • En cambio, se habla de comunicación interna
    cuando se produce entre los sujetos procesales o
    entre el tribunal y los colaboradores inmediatos
    que toman efectiva intervención en el proceso.

62
  • Se trata de una actividad indispensable para la
    debida administración del proceso, que está a
    cargo del tribunal, inmediatamente o bajo su
    dirección, y se cumple a veces a través de los
    notificadores. Entra dentro de lo que en conjunto
    podríamos llamar actividad de gobierno procesal,
    junto con la disciplinaria y la directiva.
  •  
  • En su conjunto, esta actividad de gobierno
    proporciona una verdadera garantía para el normal
    desenvolvimiento del proceso, proveyendo a su
    adecuada organización, y a través de ella, a
    salvaguardar los intereses de los particulares
    intervinientes, como partes, como órganos de
    prueba, o como auxiliares de aquéllas.
  •  
  • Ese carácter de gobierno que tiene la
    comunicación procesal supone una voluntad que
    ordene, con autoridad para imponer lo ordenado.
    De aquí que la comunicación requiera la actividad
    directiva como condición para su eficacia, y los
    elementos prácticos necesarios para que se cumpla
    regularmente.

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FUNCIONES
  • I.-Dar cumplimiento a los acuerdos dictados por
    los jueces.
  • II.-Elaborar las notificaciones, citaciones y
    demás diligencias, trasmitiendo con claridad,
    precisión y en forma completa el contenido de la
    resolución o de la actividad requerida y las
    condiciones o plazos para su cumplimiento.
  • III.-Ejecutar, de manera adecuada y oportuna, el
    proceso de notificación de resoluciones
    judiciales.
  • IV.-Llevar un control diario de las
    notificaciones realizadas.
  • V.-Ejercer las demás funciones que le asigne el
    jefe del departamento de causas.

64
MODALIDADES DE LAS NOTIFICACIONES
  • La comunicación interna del proceso se practica
    por la vía de la notificación como medio
    principal.
  • Oral (art. 50 CPPZ),
  • Escrito (art.56 CPPZ)
  • Forma especial de notificación art.55 CPPZ),
    correo certificado, fax, o cualquier otro medio
    electrónico.
  • Notificaciones en caso de urgencia (art.58 del
    CPPZ),
  • Estrados (art. 51 CPPZ), teléfono
  • Exhorto cuando el domicilio está fuera del
    asiento,
  • Edicto (art. 57 CPPZ), cuando se ignora el
    domicilio o se trata de persona no determinada, a
    los funcionarios del proceso se les notifica en
    sus despachos.

65
  • En general, la notificación debe practicarse a
    los que tengan interés en lo resuelto, pero éstos
    sólo pueden exigirla cuando la ley lo imponga o
    surja de la naturaleza del acto en su vinculación
    con el interesado. El Ministerio Público debe ser
    notificado de todo lo fundamental, dada su
    permanente intervención como acusador público.
    Cuando el interés sea del imputado o de las
    partes civiles (sujetos privados) basta con que
    se notifique a los defensores o mandatarios. Sin
    embargo, la ley puede exigir que también se
    notifique a la parte, y es común que los códigos
    prevean que así debe hacerse cuando aparezca
    necesario por la naturaleza del acto.
  • La regla se fundamenta en la función
    representativa de estos colaboradores de las
    partes. Las salvedades se justifican,
    fundamentalmente, en la intervención personal de
    la parte, y también en el posible perjuicio que
    podría causar a ésta el ignorar la resolución que
    se ejecuta.

66
  • Los plazos previstos para practicar la
    notificación son breves para proveer a la
    celeridad procesal generalmente veinticuatro
    horas desde que se dictó la resolución. Cuando se
    practica en la causa, queda asentada en
    constancia ante el notificador cuando se
    practica a domicilio, se utiliza la cédula en
    doble ejemplar (duplicado), uno de los cuales se
    deja al receptor y el otro, con la constancia del
    acto al pie, se agregará en autos.
  • La publicación de edictos es medio que se utiliza
    cuando se ignora el domicilio de la persona
    interesada.
  • Pero en cuanto a la notificación a domicilio, los
    códigos autorizan a sustituir la cédula por el
    correo certificado o telegrama oficial.

67
NULIDAD DE LAS NOTIFICACIONES
  • I.-Haya existido error sobre la identidad de la
    persona notificada
  • II.-La resolución haya sido notificada en forma
    incompleta
  • III.-En la diligencia no conste la fecha o,
    cuando corresponda, la fecha de entrega de la
    copia
  • IV.- Falte alguna de las firmas requerida
  • V.- Exista disconformidad entre el original y la
    copia recibida por el interesado, y
  • VI.-En cualquier otro caso que cause indefensión.

68
  • Las citaciones personales son las siguientes
  • a) Convocatoria de las partes ante del Tribunal
    de Juicio Oral emplazamiento previsto por los
    códigos modernos
  • b) La que se hace a las partes para su
    concurrencia al inicio del debate previsto por
    los códigos modernos debe indicarse el día y
    hora de celebración, y también el lugar así como
    la sala del Juzgado o Tribunal
  • c) La que se hace al tercero demandado como
    civilmente responsable y que tiene una específica
    regulación en la ley expresamente se prevé por
    los códigos modernos la nulidad de esta citación
    cuando muestre errores u omisiones esenciales que
    hayan podido perjudicar la defensa restringiendo
    la audiencia o la prueba.

69
Contacto
  • Teléfono 92 5 67 83
  • E-mail mario.jgrtjo_at_gmail.com
  • Cel 492 145 09 16
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