Iniciativas mdicas contra el aborto provocado en condiciones de riesgo: fundamentos mdicolegales - PowerPoint PPT Presentation

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Iniciativas mdicas contra el aborto provocado en condiciones de riesgo: fundamentos mdicolegales

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Iniciativas m dicas contra. el aborto provocado en condiciones de riesgo: ... si hay consentimiento, o es para salvar la vida de la madre, exime de pena. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Iniciativas mdicas contra el aborto provocado en condiciones de riesgo: fundamentos mdicolegales


1
Iniciativas médicas contra el aborto provocado
en condiciones de riesgofundamentos
médico-legales
  • Prof. Adj. Dr. Hugo Rodríguez Almada
  • Departamento de Medicina Legal
  • Facultad de Medicina - Universidad de la
    República
  • www.mednet.org.uy/dml

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Aspectos epidemiológicos
  • Complicaciones por aborto practicado en
    condiciones de riesgo
  • 1ª causa de muerte materna
  • Uruguay, 1995-1999.
  • CHPR, 1996-2001.

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Aspectos epidemiológicos
  • Aborto en condiciones de riesgo
  • como causa de muerte materna
  • Mundo 13,0
  • A. Latina 21,0
  • Sudamérica 24,0
  • Uruguay 27,7
  • CHPR 47,9

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Estrategia
  • reducción de riesgos y daños
  • dentro del marco legal

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Objetivos
  • 1. Generar una instancia médica y psico-social
    de diagnóstico, asesoramiento y apoyo a las
    usuarias del sistema de salud, para que cuenten
    con toda la información para la toma de
    decisiones responsables. La acción médica tenderá
    a disminuir la incidencia de abortos provocados,
    respetando la decisión informada de la usuaria.

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Objetivos
  • 2. En caso que la usuaria tome la decisión de
    realizarse un aborto, se desarrollarán las
    medidas que posibiliten un seguimiento y que
    procuren disminuir las complicaciones inmediatas
    (preámbulo de las complicaciones mayores y de la
    muerte materna).

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Iniciativas médicas contra el aborto provocado en
condiciones de riesgo
  • Enfoque medicolegal
  • Adecuación a las normas vigentes
  • sobre aborto.
  • sobre secreto médico.

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Aborto normativa vigente
  • Ley Nº 9.763, 28 de enero de 1938
  • declara delito el aborto
  • agravantes
  • abortos privilegiados
  • procedimiento judicial
  • modo de denuncia de participación médica en
    aborto o complicaciones

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Aborto normativa vigente
  • Abortos privilegiados (I)
  • para salvar el propio honor, el de la esposa o
    un pariente próximo atenúa la pena
  • el juez puede eximir de pena si el aborto es
    consentido.

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Aborto normativa vigente
  • Abortos privilegiados (II)
  • por razones de angustia económica
  • sin consentimiento, el Juez puede atenuar
  • con consentimiento, puede eximir.

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Aborto normativa vigente
  • Abortos privilegiados (III)
  • para eliminar fruto de una violación
  • atenúa si no hay consentimiento
  • con consentimiento, exime de castigo.

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Aborto normativa vigente
  • Abortos privilegiados (IV)
  • por causa grave de salud
  • si no hay consentimiento, atenúa
  • si hay consentimiento, o es para salvar la vida
    de la madre, exime de pena.

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Aborto normativa vigente
  • El aborto privilegiado debe
  • ser practicado por un médico
  • ser practicado antes de los tres meses
  • (salvo el aborto terapéutico).

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Aborto normativa vigente
  • Procedimiento
  • Art. 2. Cuando se denunciare el delito de aborto
    los Jueces de Instrucción procederán en forma
    sumaria y verbal a la averiguación de los hechos,
    consignando el resultado en acta.

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Aborto normativa vigente
  • Procedimiento
  • Art. 2 (cont.). Si de las indagaciones
    practicadas llegaren a la conclusión de que no
    existe prueba o que el hecho figura entre
    aquellos que el Juez puede eximir totalmente de
    castigo, mandarán clausurar los procedimientos
    siendo su resolución inapelable.

16
Aborto normativa vigente
  • Procedimiento
  • Art. 2 (cont.). En los demás casos se continuará
    el procedimiento, observándose los trámites
    ordinarios.

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Aborto normativa vigente
  • Denuncia
  • Art. 3. El médico que intervenga en un aborto o
    en sus complicaciones deberá dar cuenta del
    hecho, dentro de las 48 horas, sin revelación de
    nombres, al Ministerio de Salud Pública.

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Aborto normativa vigente
  • Denuncia
  • Art. 3 (cont.). El Juez no podrá llegar al
    procesamiento de un médico por razón del delito
    de aborto sin solicitar, previamente, informes al
    MSP, quien se expedirá luego de oir al médico
    referido.

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Confidencialidad en la relación médico-paciente
  • Obligación
  • Jurídica (CPU, Ley Nº 9.763,Decretos 258/92 y
    204/01).
  • Ética (Código de Ética SMU y FEMI)

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Principio de confidencialidad
  • Código Penal
  • Art. 302 (Revelación de secreto profesional) El
    que, sin justa causa, revelare secretos que
    hubieran llegado a su conocimiento, en virtud de
    su profesión, empleo o comisión, será castigado,
    cuando el hecho causare perjuicio, con multa de
    100 a 600 UR

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Principio de confidencialidad
  • Código Penal
  • Art. 360, 10º (Omisión de denunciar hechos
    delictuosos, conocidos profesionalmente). Será
    castigado con multa de 10 a 100 UR o prisión
    equivalente, el médico, partera o farmacéutica
    que notando en una persona o en su cadáver,
    señales de envenenamiento o de otro grave
    atentado, no diere parte a la autoridad, dentro
    del término de veinticuatro horas a partir del
    descubrimiento, salvo que la reserva se hallare
    amparada por el secreto profesional.

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Principio de confidencialidad
  • Decreto 258/992
  • Art. 4. El médico debe guardar secreto frente a
    terceros sobre cuanto hubiera conocido en forma
    explícita o implícita, directa o indirecta,
    acerca de la enfermedad, vida privada o intimidad
    de quienes hubiera de asistir o examinar en el
    ejercicio de su profesión y guardar silencio al
    respecto en todo tiempo, incluso después de la
    muerte del paciente .

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Principio de confidencialidad
  • Decreto 258/992
  • Art. 40. - El paciente tiene derecho a que se
    respete su intimidad mientras permanezca en el
    hospital y se trate confidencialmente toda la
    información y los documentos relativos al estado
    de su salud.

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Principio de confidencialidad
  • Código de Ética Médica SMU-FEMI
  • Art. 20. El paciente tiene derecho a la
    confidencialidad sobre datos revelados por él a
    su médico y asentados en historias clínicas,
    salvo autorización válidamente expresada de su
    parte.

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Principio de confidencialidad
  • Código de Ética Médica SMU
  • Art. 22. Los médicos deben reclamar a la Justicia
    que recurra a los medios propios para investigar
    un posible delito, sin coaccionar al médico a
    romper su deber de fidelidad con el paciente.

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Uruguay 2002aborto provocado en condiciones de
riesgo
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Uruguay 2002 Iniciativas médicas contra el aborto
provocado en condiciones de riesgo
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