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Transferencia de recursos

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Title: Transferencia de recursos


1
Transferencia de recursos
Ministro de Economía y Finanzas
Junio 2006
2
Agenda
  • Canon.
  • Foncomun.
  • Foncor.
  • Renta de Aduanas.
  • Vaso de Leche.
  • Regalía Minera.
  • Focam.
  • Montos de las transferencias de recursos.

3
Agenda
Canon
4
Base legal
  • El artículo 77 de la Constitución Política
    establece corresponde a las respectivas
    circunscripciones, conforme a ley, recibir una
    participación adecuada del total de Ingresos y
    Rentas obtenidos por el Estado en la explotación
    de los recursos naturales en cada zona en calidad
    de Canon.
  • La Ley 27506 - Ley de Canon (10 de julio de 2001)
    y su Reglamento (Decreto Supremo N 005-2002-EF)
    asignan Canon a los gobiernos locales
    (municipalidades provinciales y distritales) y a
    los gobiernos regionales.
  • Las Leyes 28077 (26 de setiembre de 2003) y 28322
    (10 de agosto de 2004) modificaron diversos
    artículos de la Ley de Canon. Dichas normas
    fueron reglamentadas por los Decretos Supremos
    029-2004-EF y 187-2004-EF, respectivamente.

5
Tipos y constitución de los Canon
Constitución de los Canon
Ejemplo de empresas
Canon
Minsur, Yanacocha, Cementos Lima, etc.
50 del Impuesto a la Renta.
Minero
12,5 del Valor de la Producción, proviene de las
regalías.
Pluspetrol, Petrotech, Aguaytia, etc.
Petrolero
Camisea.
50 del Impuesto a la Renta, Regalías y Contratos
de Servicios
Gasífero
ElectroPerú, Egenor, Electroandes, etc.
50 del Impuesto a la Renta.
Hidro- energético
Sipesa, Austral Group, Hayduk, etc.
50 del Impuesto a la Renta y Derechos de Pesca.
Pesquero
Explotadora de Negocios, etc.
50 del pago por Derechos de Aprovechamiento.
Forestal
6
Distribución de los Canon 1/

Beneficiarios
Criterios
Si existe más de una municipalidad en partes
iguales
Municipios distritales donde se exploten los
recursos naturales.
10
Según población y necesidades básicas
insatisfechas (pobreza).
Municipios de la provincia donde se exploten los
recursos naturales.
25
Canon
Según población y necesidades básicas
insatisfechas (pobreza).
Municipios del Dpto. donde se exploten los
recursos naturales.
40
Gobierno regional
80
25
Gobierno
regional
20
Universidad
1/ Todos los Canon menos el Petrolero.
7
Utilización de los recursos del Canon 1/
  • Los recursos del canon deben ser utilizados
    exclusivamente para el financiamiento o
    co-financiamiento de proyectos u obras de
    infraestructura de impacto regional y local.
  • Los gobiernos locales y regionales pueden
    utilizar hasta un 20 del Canon para el
    mantenimiento de la infraestructura generada por
    los proyectos y los gastos generados por los
    procesos de selección para la ejecución de
    proyectos de inversión pública.
  • Asimismo, de dicho porcentaje podrán destinar
    hasta un 5 para financiar la elaboración de
    perfiles correspondientes a los proyectos de
    inversión pública que se enmarquen en los planes
    de desarrollo concertados que correspondan.

1/ Todos los Canon menos el Petrolero, en cuyo
caso se establece lo siguiente En Loreto,
Ucayali y Huánuco hasta un 20 puede ser para
gasto corriente. En Piura y Tumbes el 100 para
gasto de inversión.
8
Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 1/
Beneficiarios
Criterios

Municipios de la Provincia de donde se extraen
los Hidrocarburos.
20
Producción y Población.
A nivel Provincial en partes iguales y a nivel
Distrital según población, pobreza, contaminación
ambiental y NBIs.
Municipios del Dpto. de donde se extraen los
Hidrocarburos.
50
Canon y Sobrecanon Petrolero
5
Universidades públicas.
Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos.
5
20
Gobierno Regional.
1/ Corresponde al Canon y Sobrecanon Petrolero
de Tumbes y Piura.
9
Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 1/
Beneficiarios
Criterios

52
Gobierno regional
40
Municipios distritales y provinciales del
Departamentos
Según Población (70), Extensión Territorial
(10), Capital de la Provincia (15) y Centros
Poblados con más de 100 hab. (5).
Canon y Sobrecanon Petrolero
Universidad Nacional de la Amazonía
5
3
Instituto Peruano de la Amazonía
1/ Corresponde al Canon y Sobrecanon Petrolero
de Loreto. En el departamento de Ucayali se
aplica la misma distribución. En Tumbes y Piura,
70 se asigna a los municipios, 20 al gobierno
regional, 5 a las universidades nacionales y 5
a los institutos superiores nacionales. En
Huánuco el 100 se distribuye entre todos los
municipios de la provincia de Puerto Inca.
10
Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 1/
Los fondos provenientes del Canon y Sobrecanon
se destinan exclusivamente para el financiamiento
o confinanciamiento de proyectos u obras de
infraestructura de impacto regional y local.
1/ En Loreto, Ucayali y Huánuco hasta un 20
puede ser para gasto corriente. En Piura y Tumbes
el 100 para gasto de inversión.
11
Agenda
Foncomun
12
Base legal
  • Constitución Política del Perú, Artículo 195º,
    numeral 5 establece el Foncomun.
  • Decreto Legislativo N 776 - Ley de Tributación
    Municipal - Artículos 81º al 89º regulan el
    Foncomun.
  • Decreto Supremo N 06-94-EF fija los criterios
    de asignación del Foncomun.
  • Decreto Legislativo N 952 - Decreto Legislativo
    que modifica el Decreto Legislativo Nº 776, Ley
    de Tributación Municipal.
  • Decreto Supremo N 026-2006-EF establece que la
    asignación del Foncomun para el 2006 en ningún
    caso será menor a lo percibido en el 2005.

13
Composición del Foncomun
  • El Artículo 31º del Decreto Legislativo Nº 952
    determina los recursos que conforman el Foncomun
    Promedio
    anual 1.   Impuesto de Promoción Municipal
    (IPM) 93,72
  • 2.   Impuesto al Rodaje 6,15
  • 3.   Impuesto a las Embarcaciones de Recreo
    0,13

100,00
14
Evolución mensual Foncomun e IGV
15
Criterios de la actual distribución del Foncomun


País (FONCOMUN)
Según población y Tasa de Mortalidad
Infantil

Provincia 2

Provincia

Provincia 3

1




El 80 se distribuye de acuerdo a
20
80
población y
necesidades básicas

insatisfechas (NBI)

en Lima y Callao
Distrito
población y ruralidad
en resto del país

capital

X 2
Población Rural
X 1
Población Urbana

Capital

Distritos

Ajuste para que ningún distrito reciba
menos de 8 UIT

16
Ejemplo de población rural y urbana
17
Utilización del Foncomun 1/
El Foncomun será utilizado como lo determinen
los municipios en gasto corriente, gasto de
inversión y servicio de deuda (Porcentajes según
acuerdo de su Concejo Municipal) .
1/ Artículo 1 de la Ley 27630 (que modifica el
Artículo 89 de Ley 776)
18
Agenda
Foncor
19
Base legal
  • El Foncor se constituye de los recursos de todos
    los proyectos de inversión de alcance regional de
    las Ex-CTAR, de los recursos provenientes del
    proceso de privatización y concesiones (Ley Nº
    27783) y de los montos que defina la Ley de
    Presupuesto del Sector Público (Decreto
    Legislativo 955).
  • Se distribuye proporcionalmente entre todos los
    gobiernos regionales con criterios de equidad y
    compensación, considerando factores de pobreza,
    necesidades insatisfechas, ubicación fronteriza,
    población, aporte tributario al fisco e
    indicadores de desempeño en la ejecución de
    inversiones (Ley Nº 27783).

20
Utilización del Foncor
Los recursos del Foncor son íntegramente para
proyectos de inversión de alcance regional (Ley
Nº 27867).
21
Agenda
Renta de Aduanas
22
Base legal
  • La Ley Nº 24017 reconoce a favor de la Provincia
    Constitucional del Callao, el 2 de las Rentas
    recaudadas por las aduanas marítimas, aéreas y
    postal de la Provincia.
  • La Ley Nº 27613 extiende la participación de la
    Renta de Aduanas a los distritos donde están
    ubicadas el resto de intendencias aduaneras del
    país.
  • Los criterios con los que se calculan los índices
    están publicados de manera oficial en el Portal
    de Transparencia Económica del Ministerio de
    Economía y Finanzas (Decreto de Urgencia Nº
    077-2001).
  • Utilización libre disponibilidad.

23
Cálculo del Índice de Distribución
  • Del Monto Provincial que le corresponde a la
    provincia beneficiaria
  • 50 proporcional al número de Órganos de
    Gobierno Local de cada distrito.
  • 40 proporcional a la población total de
    cada distrito.
  • 10 proporcional a la extensión territorial
    del distrito.

24
Agenda
Vaso de Leche
25
Base legal
  • La Ley Nº 24059 (1985) crea el Programa del Vaso
    de Leche en las municipalidades provinciales de
    la país.
  • Contenido 250 c.c. de leche o alimento
    equivalente. Población beneficiaria
  • - Niños 0-6 años.
  • - Madres gestantes.
  • - Madres en periodo de lactancia.

26
Base legal
  • La Ley Nº 27470 (2001) establece normas
    complementarias el Programa del Vaso de Leche
  • Prioridad 1 Los beneficiarios del Programa son
    niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en
    período de lactancia, priorizando entre ellos la
    atención a quienes presenten un estado de
    desnutrición o se encuentren afectados por
    tuberculosis.
  • Prioridad 2 En la medida en que se cumpla con
    la prioridad 1, se mantendrá la atención a los
    niños de 7 a 13 años, ancianos y afectados por
    tuberculosis.

27
Restricción sobre asignación
  • Para Lima y Callao
  • Ley Nº 26637 de Junio de 1996 La asignación de
    recursos a la población beneficiaria de Lima y
    Callao no puede ser menor a la del presupuesto
    vigente.
  • Decreto de Urgencia N 069-1996 asigna montos
    fijos cada año a sus distritos.
  • Para el Resto de Distritos
  • Leyes de Presupuesto Nº 25308, 27013 y 27212,
    (27.Feb.91, 16.Dic.98 y 03.Dic.99) las
    asignaciones para todos los distritos deben
    asegurar que el número de beneficiarios no se
    reduzca.

28
Agenda
Regalía Minera
29
Base legal
  • Ley N 28258 - Ley de Regalía Minera (24 de junio
    de 2004), que establece la regalía minera, su
    constitución, determinación, administración,
    distribución y utilización.
  • Ley N 28323 - Ley que modifica la Ley de
    Regalía Minera (10 de agosto de 2004).
  • Decreto Supremo N 157-2004-EF - Reglamento de la
    Ley de Regalía Minera (15 de noviembre de 2004).
  • Decreto Supremo N 018-2005-EF - Precisa y dicta
    normas complementarias del Reglamento de la Ley
    de Regalía Minera (29 de enero de 2004).
  • Resolución Ministerial N 163-2006-EF-15 -
    Establece tipo de cambio de referencia y rango
    para el pago de la Regalía Minera (22 de marzo de
    2006).

30
Determinación de la Regalía Minera (Para
minerales con cotización)
Nota Por la explotación de minerales sin
cotización se paga 1. La pequeña minería y
minería artesanal paga 0.
31
Distribución de la Regalía Minera
32
Agenda
Focam
33
Base legal
  • La Ley Nº 28451 crea el Fondo de Desarrollo
    Socioeconómico de Camisea - FOCAM como un fondo
    intangible destinado a contribuir al desarrollo
    sostenible de los departamentos por donde se
    encuentran los ductos principales conteniendo los
    hidrocarburos de los Lotes 88 y 56.
  • La Ley Nº 28622 incorpora al Departamento de
    Ucayali como beneficiario del Focam.
  • Decreto Supremo Nº 042-2005-EF aprueban
    Reglamento de la Ley de creación del Focam.
  • Los Decretos Supremos Nº 065-2005-EF y Nº
    185-2005-EF modifican el Reglamento del Focam.

34
Distribución del Focam
35
Agenda
Montos de las transferencias de recursos
36
Transferencias por tipo de conceptos
(en millones de soles)
37
Total transferencias por departamentos (S/.
millones)
38
Consultas
1. Ministerio de Economía y Finanzas - MEF Jr.
Lampa 351 - Lima 2. Teléfono (fax) 311-5930,
anexo 2325 ( 433-3186 ) 3. E-mail
dgaes_at_mef.gob.pe 4. Pagina
Web www.mef.gob.pe
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