Title: LIBERTAD DE EXPRESION (normas de la CN implicadas: art. 14 y 32 y TDH con jerarquia constitucional)
1LIBERTAD DE EXPRESION (normas de la CN
implicadas art. 14 y 32 y TDH con jerarquia
constitucional)
2LIBERTAD DE EXPRESION exteriorizacion de
libertad de pensamiento (pensamiento que se
expresa frente a otros sujetos)
- CONTENIDOS DE LA LIBERTAD DE EXPRESION en un
doble sentido - 1)por TODOS LOS MEDIOS que hoy se disponen.
- 2)como puente con derecho a buscar, recibir,
transmitir y difundir informacion COMUNICACIÓN
SOCIAL, como bien juridico colectivo (de toda la
comunidad) - (contenidos ante avances de ciencia y tecnologia
y con incorporacion Tratados de Derechos Humanos
con jerarquia constitucional , luego de reforma
de1994, que amplian el contenido de los art. 14 y
32 de la CN, que aluden solo a medio de expresion
prensa e imprenta)
3LIBERTAD DE EXPRESION 3 CARAS
- 1)COMO DERECHO PERSONAL
- 2)COMO PROYECCION SOCIAL E INSTITUCIONAL (a
traves de medios de comunicación masiva prensa
escrita,radio, television, publicaciones de toda
indole, medios informaticos, etc) - 3)COMO CARA EMPRESARIA Y LUCRATIVA de la
actividad que desarrollan los medios.
4DENTRO DEL ESPECTRO DE LA LIBERTAD DE EXPRESION
INCLUIMOS
- 1)noticias, ideas, consensos, disensos, criticas,
imágenes, opiniones publicas, que entran en
circulacion. - 2)derecho a no expresarse, o derecho al silencio.
- 3)clausula de conciencia de los periodistas
- 4)secreto profesional
- 5)reserva de fuentes de informacion
- 6)libertad de creacion artistica
- 7)expresion cinematografica, por radio y tv
- 8)contenidos humoristicos, comicos y de
entretenimiento - 9)la publicidad comercial (o propaganda
comercial) - 10)el derecho de rectificacion y respuesta
- 11)la expresion simbolica o lenguaje simbolico
a traves de gestos, conductas, etc. - 12)la expresion oral, teatral
- 13)todo los añadidos incorporados por reforma de
1994
5REFORMA DE LA CONSTITUCION DE 1994 AGREGA
PARAMETROS DE CONVERGENCIA ENTRE EXPRESION Y
COMUNICACIÓN
- 1)en art. 75 inc.19 alude a investigacion y
desarrollo cientifico y tecnologic, a su difusion
y aprovechamiento a la identidad y pluralidad
cultural a la libre creacion y circulacion de
las obras de autor al patrimonio artistico y los
espacios culturales y audiovisuales - 2)en el art. 75 inc.17 alude al derecho a una
educacion intercultural para los pueblos
indigenas - 3)en el art. 38 garantiza a los partidos
politicos el acceso a la informacion publica y la
difusion publica de sus ideas. - 4)en el art. 41 se garantiza la informacion y
educacion ambientales - 5)en el art.42 se garantiza la informacion y
educacion para el consumo - 6)en el art. 75 inc. 22 se da jerarquia
constitucional a los TDH (Pacto de San Jose de
Costa Rica y Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Politicos) equiparandose a todos los
medios y formas de expresion eximiendolos de
censura previa, no solo al medio de expresion
prensa o imprenta (al que alude el art.14 y 32
CN), e incluyendose como derecho constitucional
al llamado derecho de replica
6TEMAS RELACIONADOS CON LIBERTAD DE EXPRESION
- 1)DERECHO DE REPLICA (RECTIFICACION Y RESPUESTA)
- 2)PROHIBICION DE LA CENSURA PREVIA, VINCULADA CON
LA LIBERTAD DE PRENSA Y LOS LIMITES DEL DERECHO
A INFORMAR - 3)DOCTRINA DE LA REAL MALICIA
- 4)CLAUSULA DE CONCIENCIA DEL PERIODISTA
7DERECHO DE REPLICA(derecho de rectificacion y
respuesta)
- Esta previsto en el art. 14 del Pacto de San Jose
de Costa Rica (de jerarquia constitucional
conforme art. 75 inc.22 CN) - Es el derecho que tiene toda persona a responder
o solicitar que se rectifique un informe
agraviante o inexacto POR EL MISMO MEDIO en el
que se difundio dicho informe. - En ningun caso la rectificacion o respuesta exime
de otras responsabilidades legales incurridas al
medio que difundio dicho informe. - Jurisprudencia referida al derecho de replica
sentencia de la CSJN caso EKMEKDJIAN
C/SOFOVICH 1992
8PROHIBICION DE LA CENSURA PREVIA
- Esta prevista en el art. 14 de la CN y en el
Pacto de San Jose de Costa Rica - Implica la prohibicion de contralor o revision
previa (anterior) a la difusion de una idea,
noticia o pensamiento. - Es un concepto amplio que comprende , ademas, las
restricciones a la circulacion del objeto de la
prensa o de cualquier medio (por ejemplo a a
traves de la limitacion en la provision de papel,
trabas a la instalacion de imprentas, monopolios
de los medios de difusion por parte del estado,
persecusiones periodisticos, etc). - Significa que queda prohibida toda censura
previa en cualquier caso, ante cualquier
situacion, respecto de toda clase de material o
contenido que puede ser objeto de expresion o
informacion. - Esta prohibicion esta dirigida a todos los
organosdel poder , incluidos los jueces. - No implica dejar a salvo responsabilidades
ulteriores de indole penal o civil por
expresiones vertidas a traves de cualquier medio
9LIBERTAD DE PRENSA SU RECONOCIMIENTO LEGAL.
AMPLITUD CONCEPTUAL RESPECTO A SU OBJETO Y MEDIOS
DE DIFUSION
- Libertad de prensa implica la facultad del hombre
de publicar sus ideas por la prensa, o cualquier
otro medio de difusion sin censura previa. - Esta reconocida en el art. 14 de la CN y en los
TDH (Pacto de S.J.C.Rica, Declaracion Universal
de Dchos.Humanos y otros tratados internaciones
con jerarquia constitucional) - LIMITES AL DERECHO DE INFORMAR
- 1)de carácter interno (objetivos con la verdad
como marco de referencia y subjetivos centrados
en la actitud que el informante asume frente a la
verdad) - 2)de carácter externo, que no perjudique derechos
de terceros (que no provoque daño a otras
personas) - Caso de conflicto entre libertad de prensa y
derechos personalisimos debe resolverse en cada
caso concreto
10DESGLOSE DEL DERECHO DE PUBLICAR LAS IDEAS POR LA
PRENSA O POR CUALQUIER MEDIO
- 1)PARA EL AUTOR
- a)frente al Estado inmunidad de censura
- b)frente al medio de difusion pretension de
publicacion sin que el medio quede obligado a
publicar - c)si el medio decide publicar inmunidad de
alteracion en lo que publique (debe reproducir
texto del autor sin alterarlo) - 2)PARA EL PERIODICO U OTRO MEDIO DE DIFUSION (en
la persona de su propietario o editor) - a)frente al Estado igual inmunidad de censura
- c)frente al autor libertad para publicar o no,
pero si publica obligacion de fidelidad del
texto. - c)unica obligacion de publicar es la proveniente
del derecho de replica - JURISPRUDENCIA SOBRE LIBERTAD DE PRENSA
Ponzetti de Balbin fallode 1984
11DOCTRINA DE LA REAL MALICIA
- Esta tomada de la Corte de EEUU y fue establecida
por la CSJN en 1996 en el caso Morales Sola
Joaquin, no siendo aplicable siempre esta
doctrina por nuestra corte. - Establece que cuando se trata de funcionarios
publicos o personas publicas, que se sienten
afectados a traves de la prensa, en el reclamo
civil o penal deben probar que la publicacion fue
efectuada con real malicia con conocimiento
de que lo que se difundia es falso o temeraria la
informacion falsa.
12CLASULA DE CONCIENCIADEL PERIODISTA
- La definicion de la misma se encuentra contenida
en el texto de la Ley francesa de 29 de marzo de
1935, entre otras normas. Se encuentra
contemplada en el Estatuto del Periodista
Profesional. - Implica que el periodista tiene la facultad de
resolver su relación laboral con la empresa
editora o propietaria del medio de difusion y
obtener la indemnización que le corresponde , en
el caso de haberse producido un cambio notable en
el carácter o la orientación del periódico o
empresa propietaria del medio de difusion, cuando
este cambio afecta el honor, reputación o
intereses morales del periodista.
13ARTICULO 32 DE LA CONSTITUCION NACIONAL