Tema 2' El sistema de financiacin autonmica - PowerPoint PPT Presentation

1 / 26
About This Presentation
Title:

Tema 2' El sistema de financiacin autonmica

Description:

3. El r gimen de concierto y la posici n del nacionalismo catal n ... en 1878 cuando C novas para atenuar descontentos ide una salida carente de ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:56
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 27
Provided by: uam9
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Tema 2' El sistema de financiacin autonmica


1
Tema 2. El sistema de financiación autonómica
  • 1. Problemas del sistema actual
  • 1.1. Arquitectura del sistema actual
  • 1.2. Las cuestiones no resueltas
  • 2. Propuestas de reforma
  • 2.1. Autonomía financiera
  • 2.2. El mecanismo de nivelación
  • 2.3. Cambios normativos sugeridos
  • 3. El régimen de concierto y la posición del
    nacionalismo catalán
  • 4. La financiación de la sanidad pública
  • 5. Conclusiones

2
1. Problemas del sistema actual (I)
  • 1.1. Arquitectura del sistema actual
  • Dos fases Primera(1.1 y 1.2) y Segunda (2.1 y
    2.2)
  • Primera fase
  • El volumen total de recursos de una región es
    Necesidades de financiación del sistema (Base
    1999) que introduce la Administración Central en
    el sistema (1.1)
  • Las necesidades de cada comunidad autónoma (1.2).
  • La población es el principal indicador de
    necesidad aunque si fuera el único, el sistema
    ganaría en sencillez pero perdería en equidad,
    pues las Comunidades Autónomas (CCAA) con mayores
    costes por habitante no podrían prestar el mismo
    nivel de servicio.
  • No son los habitantes, sino los usuarios, los que
    originan los costes. Los gastos en educación
    pesarán más en CCAA jóvenes y al contrario los
    gastos sanitarios.
  • La proporción de usuarios de servicios públicos
    es mayor en CCAA con menores niveles de renta. De
    ahí que se haya establecido el Fondo de renta
    relativa para compensar CC.AA con niveles de
    renta per cápita menores.

3
1. Problemas del sistema actual (II)
  • Segunda fase
  • 2.1. Instrumentos financieros tributos cedidos
    con capacidad normativa, participaciones
    territorializadas sin capacidad normativa y fondo
    de suficiencia
  • (2.2) Evolución en el tiempo de los recursos
    Tributarios cedidos y territorializados y el
    Fondo de suficiencia, que es una variable de
    cierre para cubrir las necesidades de
    financiación y es igual a la diferencia entre
    las necesidades de financiación y los recursos
    obtenidos por tributos cedidos y
    territorializados.
  • A los anteriores recursos hay que añadir
    garantía de mínimos o recursos por bloques no
    inferiores a los de la etapa anterior y
    modulaciones para graduar el crecimiento de los
    recursos del primer bloque

4
1. Problemas del sistema actual (III)
  • 1.2. Las cuestiones no resueltas
  • La suficiencia o equidad del sistema de
    financiación necesita A) conocer los niveles de
    prestación y los costes de los servicios, porque
    aunque el nivel fuera el mismo en dos comunidades
    autónomas la Hacienda Central debería atender más
    a la que tenga costes superiores.
  • Si en una comunidad se prestan más servicios,
    será la propia comunidad la que corra con la
    mayor cantidad de los gastos propios y no la
    hacienda central.
  • B) Los tributos cedidos y compartidos (con
    capacidad normativa) todavía resultan
    insuficientes para financiar el nivel de
    servicios prestados incluso en las comunidades
    con mayor capacidad fiscal, lo cual non tiene
    sentido en un sistema descentralizado como el
    español.

5
1. Problemas del sistema actual (IV)
  • Deficiencias A) la cesión de tributos con
    capacidad normativa resulta escasa, lo que exige
    transferencias de la hacienda central (lo que no
    tiene sentido en un modelo federal)
  • B) Así como en una hacienda federal la hacienda
    central aparece para nivelar cuando es necesario,
    en el caso español aparece constantemente y de
    modo dominante, como el garante en última
    instancia de toda la financiación autonómica,
    como ocurre en un sistema centralista.
  • La idea anterior contradice los principios de
    corresponsabilidad fiscal y autonomía financiera,
    básicos en todo sistema federal.
  • Pesa todavía en España la cultura centralista
    heredada del pasado

6
2. Propuestas de reforma (I)
  • Propuestas para resolver los problemas
    insuficiente descentralización financiera y
    diseño poco claro del mecanismo de nivelación
  • 2.1.Autonomía financiera
  • Lo ideal sería ampliar la cesión de tributos y
    eliminar las participaciones territorializadas,
    que si bien enajenan parte de la capacidad
    decisional de la hacienda central en nada
    contribuyen a la autonomía financieras de las
    comunidades.
  • A los tributos ya en manos de las comunidades
    autónomas, con capacidad normativa y recaudan en
    su totalidad, cabe añadir el impuesto
    compartido con la hacienda central- el Impuesto
    sobre la Renta con una tarifa autonómica del 33
    del impuesto. Son ya impuestos potentes en
    términos de capacidad recaudatoria. Para
    completar el cuadro solo faltaría un impuesto
    sobre el consumo (IVA)
  • Gi Ti SNi Ti define grado de autonomía
    financiera SN i transferencia de nivelación

7
2. Propuestas de reforma (II)
  • 2.2. El mecanismo de nivelación
  • Las transferencias de nivelación vendrán
    determinadas por los niveles de prestación y los
    costes
  • 2.2.1. Las necesidades de gasto
  • Determinadas por un conjunto de indicadores
    diferentes por bloques competencias comunes
    (población 94 superficie dispersión
    insularidad nivel relativo de renta por
    habitante despoblación), sanidad (población
    protegida 75 población gt65 años) y servicios
    sociales (sólo población gt 65 años).
  • Este mecanismo de nivelación pretende que todas
    las CC. AA puedan proporcionar el mismo nivel de
    servicios públicos, de manera que a igual
    esfuerzo fiscal, igual nivel de servicios
  • Pero nada garantiza que esto se logre, si no se
    conocen los costes reales.

8
2. Propuestas de reforma (III)
  • 2.2.1.1. El coste de los servicios públicos
    regionales
  • Acordar metodología de cuentas analíticas
    siguiendo criterios homogéneos para saber el
    coste para cada comunidad autónoma la prestación
    de cada servicio
  • Diferenciar servicios sin demanda (aparato
    institucional o seguridad, que no depende del
    número de habitantes) y servicios con demanda
    (educación, sanidad, infraestructuras, justicia)
  • El coste depende de las unidades producidas CSa
    F (Pa) y el nivel de servicio NSa Pa/Ua o
    número de usuarios, luego para un nivel K de
    servicio, CSa U (K Ua), luego los que ocasionan
    los costes son los usuarios y no los habitantes.
  • Para los costes de la educación y la sanidad, la
    estructura por edades de la población es clave
    los gt 65 años utilizan los servicios de salud
    entre 3 y 4 veces más que las personas jóvenes.

9
2. Propuestas de reforma (IV)
  • 2.2.1.2. Los costes de referencia
  • Es la hacienda central la que ha de decidir el
    nivel de servicios a garantizar
  • Utiliza un coste de referencia y no el coste de
    cada comunidad para no incluir costes que no
    desea financiar (ineficacias, mayores salarios no
    aparejados con mayores productividades), teniendo
    en cuenta las variables ya mencionadas
  • 2.2.2. La capacidad fiscal
  • Es igual a la recaudación haciendo un determinado
    esfuerzo fiscal, igual para todas las comunidades
    autónomas (criterio de equidad)
  • Tener en cuenta la eficacia recaudatoria de cada
    administración gestora
  • 2.2.3. Las transferencias de nivelación
  • En el caso español podría ser una mezcla de
    transferencias a todos los servicios no
    condicionadas y condicionadas (sanidad, que
    condiciona la financiación sanitaria a la
    evolución de los ingresos del Estado)
  • Las transferencias tienen dos componentes las
    participaciones territorializadas en tributos del
    estado (evoluciona de acuerdo a las recaudaciones
    de cada comunidad) y la participación en el fondo
    de suficiencia (evoluciona con los ingresos
    tributarios del Estado)

10
2. Propuestas de reforma (V)
  • 2.3. Cambios normativos sugeridos
  • Buscan garantizar la autonomía financiera e
    instrumentar una transferencia de nivelación para
    complementar los ingresos de las comunidades que
    no alcanzan a financiar sus gastos por
    diferencias en las capacidades fiscales de las
    distintas comunidades
  • El Fondo de Compensación se destina a financiar
    políticas de desarrollo no para nivelar las
    ofertas de servicios públicos como pretenden las
    transferencias de nivelación, sino para aproximar
    los niveles de renta por habitante, que incluye
    la oferta de bienes y servicios privados.

11
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (I)
  • Desde finales del XIX, Cataluña pretende un
    sistema similar al concierto/convenio vasco y
    navarro, pues consiguen un 50 más de recursos
    que el sistema LOFCA. Pero el sistema no es
    generalizable, pues la hacienda central quebraría
    por falta de recursos para cubrir sus gastos.
  • La propuesta nacionalista de negociación
    bilateral podría ir más allá de la lógica
    federal pues es de corte confederal. En un
    sistema federal, todas las haciendas tienen
    autonomía, incluida la central (para prestar
    bienes y servicios y redistribuirlos, para
    decidir su volumen y el grado de solidaridad
    cuestiones propias del parlamento nacional)
  • Reconocimiento expreso por la Disposición
    Adicional Primera de la Constitución Española de
    los llamados derechos históricos para los
    territorios forales vascos disponen tanto de
    capacidad normativa para regular los impuestos
    como de autonomía para la gestión y recaudación
    de los mismos.
  • El País Vasco transfiere parte de los recursos
    tributarios a la Hacienda estatal para hacer
    frente a las cargas generales que son de
    competencia exclusiva del Estado (Relaciones
    Internacionales, la Defensa y las Fuerzas
    Armadas, los regímenes aduanero y arancelario y
    el transporte general). Esta contribución que
    realiza Euskadi se denomina Cupo

12
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (II)
  • Las cargas no asumidas es el 46,3 del gasto del
    Estado a nivel nacional y como la renta vasca
    representa el 6,24 de la renta nacional, el cupo
    se obtiene aplicando este porcentaje al montante
    resultante del 46,3 del presupuesto del Estado
    el sistema es neutral.
  • Lo que no es neutral, según Utrilla, es el
    erróneo método de cálculo de competencias
    asumidas/no asumidas sumamente ventajoso para el
    PV, con raíces históricas en 1878 cuando Cánovas
    para atenuar descontentos ideó una salida carente
    de transparencia comparando la riqueza industrial
    de Vizcaya con la postración económica de
    provincias pobres castellanas
  • En un Estado moderno, la correlación entre PIB
    por habitante y saldo balanza fiscal debe ser
    inversa. Pero mientras en las comunidades forales
    es en Aragón, La Rioja o CV son -, debiéndose
    esta anomalía a que no se incluyen en el cálculo
    del cupo los gastos de la política de equidad
    territorial

13
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (III)
  • Por tanto, en vez de acercar Cataluña a las
    haciendas forales debería hacerse al revés
    diferencias sin privilegios, determinando
    exactamente las cargas no asumidas, que es el
    criterio de base para el cálculo del cupo. En
    dichas cargas no se incluyen las transferencias
    de nivelación, resultando infravalorada.
  • El cupo tendría dos componentes uno, la alícuota
    por los bienes y servicios prestados por la
    hacienda central otro, el correspondiente a la
    redistribución interterritorial que depende del
    nivel de renta ( , porque el Pais Vasco y
    Navarra tienen altos niveles de renta)
  • Habría tres modelos de fa el foral (Comunidad
    foral de Navarra y las Diputaciones forales de
    Alava, Vizcaya y Guipúzcoa), Cataluña y el resto
    de régimen común. El primero funciona como un
    régimen confederal, porque la totalidad de las
    recaudaciones de los impuestos corresponden a
    dichos órganos y aportan al Estado una cantidad
    (cupo) como contribución a las cargas de aquél en
    sus territorios.
  • Ese sistema es beneficioso para esos territorios
    porque logran unos recursos per cápita entre un
    55 y un 75 superiores a los de régimen común y,
    por tanto, menos redistributivos y equitativos.

14
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (IV)
  • Hay expertos que consideran que el Estatuto
    enviado por Cataluña a las Cortes era de corte
    confederal, como los forales, y se modificó para
    convertirlo en federal, que es el actualmente en
    vigor.
  • El art. 102 establece la autonomía de sus
    finanzas, contando entre los tributos cedidos los
    siguientes 50 del IRPF, 58 de impuestos
    especiales y 50 del IVA siendo,
    respectivamente, con anterioridad el 33, 40 y
    35
  • El artículo 206 establece que el nivel de
    recursos de Cataluña se hará conforme a sus
    necesidades de gasto y su capacidad fiscal
    siendo las primeras determinadas por la población
    rectificada por sus costes diferenciales y los
    factores demográficos, la densidad, el número de
    inmigrantes, la dimensión de los núcleos urbanos
    y la población excluida.
  • La participación en el rendimiento de los
    tributos cedidos deberá hacerse en la Comisión
    Mixta Económico Fiscal Estado- Generalitat,
    siendo los arriba mencionados las
    participaciones máximas
  • La política de nivelación y solidaridad de
    Cataluña se establecerá en la citada Comisión en
    una relación bilateral no pudiéndose modificar el
    ranking de Cataluña en las renta per cápita antes
    de la nivelación, quedando reducida la
    solidaridad a que los servicios de Estado de
    bienestar (educación, sanidad, y otros servicios
    sociales) alcancen niveles similares en todo el
    Estado para similar esfuerzo fiscal.
  • El problema surge cuando, en virtud de la
    Constitución no se pueden permitir privilegios,
    las restantes CCAA puedan plantear Estatutos como
    el catalán.

15
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (V)
  • Síntesis de Barea, Zabalza, De la Fuente, Bosch,
    Vives y Sevilla En 1991-2002 Cataluña recibió el
    12 de la I total del Estado cuando representa el
    16 de Población y 19 del PIB Solución
    invertir durante 7 años el PIB
  • En la asignación de la I del Estado no se trata
    de hacer política regional para acelerar el
    crecimiento de zonas atrasadas (para eso están el
    FCI y los FFEE de la UE). La I del Estado debe
    considerar todo el Estado y regirse por criterios
    de eficiencia, no de equidad. Por tanto, se
    considera que Cataluña hubiera crecido más con
    más recursos
  • Según De la Fuente el mecanismo de nivelación
    interregional presenta algunos problemas. El
    principio de igualdad se basa solo en los
    servicios básicos (educativos, sanitarios y
    sociales), en el mismo esfuerzo fiscal y en el
    principio de ordenalidad (Cataluña deberá
    mantener el orden en su renta per cápita)
  • Primer problema no se entiende porqué las CCAA
    pobres deberán tener menor protección
    medioambiental o menor seguridad alimentaria

16
3. El régimen de concierto y la posición del
nacionalismo catalán (VI)
  • Segundo problema Dados dos individuos con
    niveles no muy distintos de renta, bastaría con
    que el que gana un poco menos antes de impuestos
    y prestaciones sociales sea padre de familia
    numerosa y tenga un hijo minusválido, mientras
    que el otro carece de cargas familiares. Dos
    regiones con niveles de envejecimiento diferentes
    es un caso similar al anterior. Por tanto, no
    parece conveniente establecer restricciones
    incondicionales al resultado del proceso de
    redistribución
  • Tercer problema La ambigüedad del texto al
    hablar de igual esfuerzo fiscal la misma
    recaudación por habitante o una escala tributaria
    común?. En el primer caso, el principio de
    solidaridad quedaría disvirtuado.
  • Cuarto problema Al referirse al mecanismo de
    nivelación no se concreta si se refiere al Fondo
    de Suficiencia o al conjunto de actuaciones del
    sector público. En todo caso, este será un asunto
    a resolver multilateralmente.

17
4. La financiación de la sanidad (I)
  • 4.1. El déficit sanitario
  • Existen desfases considerables entre ingresos y
    gastos sanitarios en las CCAA
  • Causas aumento del número de usuarios y el
    envejecimiento de la población (inmigrantes,
    turistas), más y mejores servicios (reducción de
    esperas, ampliación de coberturas, mejoras
    salariales del personal sanitario). Tres grupos
    de causas crecimiento usuarios (coste de
    referencia para nivelación), mejoras en los
    niveles de prestación y salariales (atribuibles a
    CCAA)
  • En un modelo de financiación de corte federal,
    donde las transferencias de nivelación se
    determinan por diferencia entre las G -para un
    nivel de servicio- y la evolución de los propios
    ingresos para un nivel de esfuerzo fiscal- todos
    los aumentos de G (Gastos) que no quedaran
    cubiertos por la evolución de T (Ingresos de
    CCAA) los financiaría la hacienda central por
    desgracia, no es el caso en nuestro sistema de
    financiación.

18
4. La financiación de la sanidad (II)
  • 4.2. La respuesta del sistema actual
  • Las asignaciones de nivelación, según la LOFCA
    y la ley 21/2001, para la sanidad entrarían en
    funcionamiento cuando la población protegida
    (ponderada por edades) aumente de un año a otro
    en tres puntos o más que la media nacional o bien
    en un punto cuando la CCAA tenga más de 90.000
    km2
  • Si no se da ninguna de esas condiciones, los
    déficit deberían ser financiados por la CCAA
  • 4.3. Posibles soluciones al problema
  • Véase trabajo 2

19
4. La financiación de la sanidad (fs) (III)
  • J. Cabasés (2006), La financiación de la sanidad
    pública, en Extraodinario XIV Congreso de
    Derecho y Salud, Volumen 14, Marzo, pp. 17-26
  • Traspaso de las competencias sanitarias a 10 CCAA
    en 2001 que no disponían de dichas competencias,
    situando el gasto autonómico en el 40 del total
    del gasto de las AAPP
  • Se trata de hacer una evaluación del modelo de
    financiación vigente desde 1/1/2002 con los
    ajustes de septiembre 2005 del Consejo de
    Política Fiscal y Financiera, previa revisión del
    modelo en 2007
  • La financiación sanitaria consiste en conciliar
    los objetivos de suficiencia (adecuación de la
    capacidad financiera de cada región con sus
    necesidades), equidad (garantía de acceso al
    servicio sanitario público y corrección
    desigualdades sociales y geográficas) y autonomía
    (libertad de elección CCAA en asignación recursos
    y gestión)

20
4. La financiación de la sanidad (fs) (IV)
  • El modelo fs de 2002 respeta los tres objetivos
    (suficiencia con mecanismo de corresponsabilidad
    fiscal con capacidad normativa sobre ingresos y
    gastos y establece fórmula que ajusta la
    población según necesidad relativa equidad,
    creando un fondo de cohesión y nivelación
    autonomía, responsabilidad no solo en gastos sino
    en ingresos), integra los subsistemas de
    servicios comunes, sanitarios y sociales pero se
    ha visto superado por la aparición del déficit
  • El modelo plantea problemas 1) Variables de
    necesidad (Población ponderada al 75
    Población gt65 años 24,5 insularidad 0,5)
    no responden a necesidades sanitarias, sino a
    necesidades mínimas. La vinculación de
    presupuestos sanitarios a evolución PIB se aplicó
    en 11 CCAA cuyos recursos crecieron lt PIB.
    Resultado financiación heterogénea 2)
    Escenario de fs continuista siendo superado por
    la evolución de la población 3) Fondo de
    cohesión sanitaria no cumple su función
    (instrumento AC para mejorar eficiencia/equidad)
    por dedicarse a compensar pacientes desplazados
    4) Asignaciones de nivelación sólo se aplican
    cuando hay improbables variaciones regionales de
    población gt3 a la media nacional

21
4. La financiación de la sanidad (fs) (V).
Valoración del modelo vigente
  • La suficiencia determinada por evolución
    demográfica, cantidad y calidad servicios y la
    evolución de los recursos. La evolución del gasto
    sanitario ha sido de 24,42 entre 1999-2002
    superior al crecimiento PIB, luego sin garantía
    de suficiencia por superar los ingresos
    previstos. Las estimaciones realizadas hasta 2008
    muestra que más que un problema de fs es un
    problema de tendencia incesante al alza del gasto
    sanitario.
  • Respecto a la equidad existen desigualdades
    intra-territoriales de salud (esperanza de vida y
    riesgo de mortalidad, medidas por el índice de
    años de vida perdidos por diversas causas de
    mortalidad) y acceso a los servicios sanitarios
    (condicionado por la oferta existente)

22
4. La financiación de la sanidad (fs) (VI).
Acuerdo de septiembre 2005
  • II Conferencia de Presidentes CCAA acordó mejoras
    de recursos 1) 1677 millones euros en 2006, 1365
    millones euros en 2005 y 1365 millones en 2006
    2) posibilidad de duplicar impuesto sobre ventas
    minoristas de hidrocarburos (pasar de 24 euros a
    48 por 1000 litros) 3) posibilidad recargo en
    impuesto de electricidad, cuyo tipo pasaría de
    4,864 al 6,864 4) El reparto de fondos a CCAA
    se hará de acuerdo a población protegida (75),
    población gt 65 años (24,5) e insularidad (0,5).
  • Valoración del acuerdo 1) Acuerdo estrictamente
    financiero y no hubo consenso en medidas de
    control y racionalización gasto (desarrollar la
    atención primaria y domiciliaria, eficiencia en
    la prestación farmacéutica, sistemas de
    información a los pacientes) 2) peso del acuerdo
    exclusivo del Estado CCAA se han limitado a la
    aceptación de los recursos financieros, sin
    compromiso de corresponsabilidad fiscal por su
    parte 3) Aportaciones finalistas financiación
    sanitaria crecerá con PIB nominal nacional
    compensar asistencia a residentes extranjeros
    atención a pacientes desplazados cumplimiento
    íntegro de pagos para evitar demoras

23
4. La financiación de la sanidad (fs) (VII).
Evolución futura necesidades del gasto sanitario
  • Necesidades aumentan por factores exógenos
    (demografía, salud y precios productos
    farmacéuticos) y endógenos (decisiones CCAA
    revisión líneas re-distributivas o introducción
    de nuevas prestaciones). El sistema de fs es un
    sistema ex ante que no garantiza los resultados
    ex post, una vez se hayan adoptado decisiones
    de los agentes y los resultados de la gestión
  • No olvidar la política de austeridad en el gasto
    sanitario, cuya inversión pierde peso en el
    gasto, lo que permite prever una época de
    tensiones que obligará a abordar problemas de
    personal y obsolescencia del capital, además de
    problemas de demanda.
  • Factores de crecimiento del gasto en las dos
    próximas décadas 1) Mejora de la calidad
    (tiempos de espera, tratamientos específicos
    garantizados, seguridad en las intervenciones)
    2) expectativas cambiantes (capacidad de
    elección, mayor utilización servicios,) 3)
    avances tecnológicos (genética, medicamentos,
    maquinaria) 4) precios (personal exclusividad,
    nuevos horarios) 5) mejoras de productividad
    (TIC, gestión) 6) renovación infraestructuras
    (habitación individual, nuevos edificios) 7)
    mayor implicación individual en la salud 8)
    aumento esperanza de vida y 9) mayor utilización
    ss
  • Tres escenarios continuista (crecimiento del gs
    con presupuesto público), revisado (incluyendo
    algunos cambios planes de salud, dependencia) y
    de convergencia europea (expansión para
    acercarnos a media UE con crecimientos muy
    superiores)

24
5. Conclusiones (I)
  • 1. La arquitectura del sistema actual de fa tiene
    dos planos. En el primero, se determinan las
    necesidades de financiación del sistema, teniendo
    en cuenta el número de usuarios de acuerdo a su
    nivel de renta relativo. En el segundo, se
    determinan los recursos financieros (tributos
    cedidos, participaciones territorializadas y
    fondo de suficiencia) y su evolución temporal
  • 2. Las cuestiones no resueltas del actual sistema
    son a) mayor conocimiento de los niveles de
    prestación y costes por CCAA b) los tributos
    cedidos y compartidos son insuficientes, lo cual
    no tiene sentido en un modelo descentralizado o
    federal c) persiste una cultura centralista en
    virtud de la cual la hacienda central se
    convierte en garante en última instancia de la
    financiación autonómica
  • 3. Las propuestas de reforma se deben centrar en
    a) ampliar la cesión de tributos y eliminar las
    participaciones territorializadas b) El
    conocimiento de los costes reales de los
    servicios es esencial para poder instrumentar el
    mecanismo de nivelación igual nivel de
    servicios a igual esfuerzo fiscal c) Establecer
    una metodología de cálculo de costes, en la que
    el número real de usuarios es una variable
    fundamental d) La hacienda central podría
    introducir el concepto de costes de referencia, y
    no el coste de cada CCAA para evitar
    financiaciones indeseables derivadas de
    ineficiencias e) Es importante distinguir las
    transferencias de nivelación (para nivelar
    serviciso en las CCAA que no financian sus gastos
    con su capacidad fiscal) del FCI (para financiar
    políticas de desarrollo que elevan la renta por
    habitante)

25
5. Conclusiones (II)
  • 4. Se puede afirmar que, mientras el modelo
    general establecido por la Constitución de 1978
    es federal, en los territorios forales (CAPV y
    Navarra) se trata de unas relaciones propias de
    un modelo confederal, y que la propuesta
    financiera de la Generalitat catalana pretendía
    incorporar elementos que le equiparen o le
    aproximen a dicho modelo
  • 5. Un modelo confederal supondría que las
    haciendas regionales establecieran todos sus
    impuestos, mientras que la hacienda central se
    financiase con transferencias de aquéllas. Se
    perdería un aspecto esencial del Estado su
    capacidad de fijar la política fiscal es decir,
    prestar los servicios que le competen y
    establecer políticas de redistribución de la
    renta entre todos los ciudadanos del Estado
  • 6. Conviene aclarar que una C.A. de alto
    PIB/habitante tenga un saldo fiscal negativo no
    significa un agravio mayor que el que podría
    aducir un ciudadano con elevadas rentas que se
    quejara de que no tuviera derecho a las mismas
    subvenciones que el de rentas bajas.
  • 7. El debate debe ser el de la distribución de
    los recursos públicos entre los ciudadanos,
    pertenezcan a la C.A. que pertenezcan o, cada vez
    más, pertenezcan al Estado de la U.E. que
    pertenezcan.

26
5. Conclusiones (III)
  • 8. Dos puntos fundamentales descentralización
    financiera (cada hacienda autonómica será la
    responsable de obtener los recursos precisos para
    atender sus gastos) y revisión del mecanismo de
    nivelación (con el grado de descentralización
    mencionado, solo las comunidades con menor
    capacidad fiscal no obtendrían recursos
    suficientes y es aquí cuando entra la acción
    niveladora de la hacienda central decidida en las
    Cortes Generales y no de manera bilateral).
  • 9. Pero es necesario saber qué es lo se quiere
    nivelar, lo que requiere conocimiento de costes
    (Contabilidad de costes de los servicios)
  • 10. La revisión del sistema de fs necesita 1)
    Estimar de forma más precisa de la necesidad
    relativa teniendo en cuenta el gasto real y crear
    un Fondo de Igualdad del Sistema Nacional de
    Salud para corregir desigualdades 2) Garantizar
    la evolución dinámica del sistema a incluir en la
    nueva revisión de 2007 3) Acompañar los cambios
    en el sistema de financiación con reformas en la
    gestión y en el marco institucional (corresponde
    tanto a las CCAA como a la AC del Estado
    garantizar la suficiencia, la equidad y la
    cohesión del sistema nacional de salud).
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com