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EMPRESAS CONSTRUCTORAS

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EMPRESAS CONSTRUCTORAS AN LISIS FISCAL DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Expositor: DR. CP. Juli n Ruiz Impuesto a las Ganancias Art. 2 - A los efectos de esta ley son ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: EMPRESAS CONSTRUCTORAS


1
EMPRESAS CONSTRUCTORAS
  • ANÁLISIS FISCAL DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
  • Expositor DR. CP. Julián Ruiz

2
Impuesto a las Ganancias
  • Art. 2 - A los efectos de esta ley son
    ganancias, sin perjuicio de lo dispuesto
    especialmente en cada categoría y aun cuando no
    se indiquen en ellas
  • Los rendimientos, rentas o enriquecimientos
    susceptibles de una periodicidad que implique la
    permanencia de la fuente que los produce y su
    habilitación.
  • 2) Los rendimientos, rentas, beneficios o
    enriquecimientos que cumplan o no las condiciones
    del apartado anterior, obtenidos por los
    responsables incluidos en el artículo 69 y todos
    los que deriven de las demás sociedades o de
    empresas o explotaciones unipersonales, salvo
    que, no tratándose de los contribuyentes
    comprendidos en el artículo 69, se desarrollaran
    actividades indicadas en los incisos f) y g) del
    artículo 79 y las mismas no se complementaran con
    una explotación comercial, en cuyo caso será de
    aplicación lo dispuesto en el apartado anterior.

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Régimen General
  • Art. 3º -
  • A los fines indicados en esta ley se entenderá
    por enajenación la venta, permuta, cambio,
    expropiación, aporte a sociedades y, en general,
    todo acto de disposición por el que se transmita
    el dominio a título oneroso.
  • Tratándose de inmuebles, se considerará
    configurada la enajenación de los mismos cuando
    mediare boleto de compraventa u otro compromiso
    similar, siempre que se diere la posesión o en su
    defecto en el momento en que este acto tenga
    lugar, aun cuando no se hubiere celebrado la
    escritura traslativa de dominio.

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Régimen Especial
  • Establecido en el artículo 74 LIG
  • Requisitos
  • Construcciones, reconstrucciones y reparaciones
    de cualquier naturaleza sobre inmuebles de
    terceros.
  • Las operaciones generadoras del beneficio deben
    afectar a más de un período fiscal.

5
Régimen Especial
  • ESTE RÉGIMEN RESULTA DE APLICACIÓN OBLIGATORIA
  • Consecuentemente
  • NO se aplica el DEVENGADO

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Régimen Especial
  • Se debe elegir entre dos métodos
  • Método del Percibido
  • Método del Certificado de Obra

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Régimen Especial
  • MÉTODO DEL PERCIBIDO
  • Se debe asignar a cada período fiscal el
    beneficio bruto que resulte de aplicar, sobre los
    importes cobrados, el porcentaje de ganancia
    bruta previsto por el contribuyente para toda la
    obra.
  • COBRANZAS X RENTABILIDAD

8
Régimen Especial
  • MÉTODO DEL PERCIBIDO
  • Dicho coeficiente podrá ser modificado -para la
    parte correspondiente a ejercicios aún no
    declarados- en caso de evidente alteración de lo
    previsto al contratar.
  • Los porcentajes a que se ha hecho referencia
    precedentemente se hallan sujetos a la aprobación
    de la AFIP
  • Dictamen 14/97 (DAT)

9
Régimen Especial
  • MÉTODO DEL CERTIFICADO DE OBRA
  • (Variante 1º)
  • Se debe asignar a cada período fiscal el
    beneficio bruto que resulte de deducir del
    importe a cobrar CERTIFICADO DE OBRA- por todos
    los trabajos realizados en el mismo, los gastos y
    demás elementos determinantes del costo de tales
    trabajos.
  • CERTIFICADO DE OBRA GASTOS - COSTOS

10
Régimen Especial
  • MÉTODO DEL CERTIFICADO DE OBRA
  • (Variante 2º)
  • IMPORTANTE
  • La Variante 2º, sólo resulta de aplicación cuando
    la determinación del beneficio en la forma
    indicada en la Variante 1º no fuera posible o
    resultare dificultosa. Ante tal circunstancia la
    utilidad se determinará de la siguiente manera
  • CERTIFICADO DE OBRA X RENTABILIDAD

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Régimen Especial
  • Consideraciones respecto de los métodos
  • (Variante 2º)
  • IMPORTANTE
  • La Variante 2º, sólo resulta de aplicación cuando
    la determinación del beneficio en la forma
    indicada en la Variante 1º no fuera posible o
    resultare dificultosa. Ante tal circunstancia la
    utilidad se determinará de la siguiente manera
  • CERTIFICADO DE OBRA X RENTABILIDAD

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Régimen Especial
  • Ajuste de la Rentabilidad Real
  • La diferencia en más o en menos que se obtenga en
    definitiva, resultante de comparar la utilidad
    bruta final de toda la obra con la establecida
    mediante alguno de los procedimientos indicados
    en dichos incisos, deberá incidir en el año en
    que la obra se concluya.

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Régimen Especial
  • Elección de Métodos
  • Elegido un método, el mismo deberá ser aplicado a
    todas las obras, trabajos, etcétera, que efectúe
    el contribuyente y no podrá ser cambiado sin
    previa autorización expresa de la AFIP, la que
    determinará a partir de qué período fiscal podrá
    cambiarse el método.

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Régimen de excepción
  • Declaración de la ganancia en el ejercicio de
    finalización de la obra
  • Requisitos
  • Obras que afecten a DOS (2) períodos fiscales
  • Su duración total no exceda de UN (1) año

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Casos de Aplicación
  • Su empresa ha sido contratada por la Facultad de
    Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos
    Aires a efectos de que construya un nuevo y
    moderno edificio.
  • Se estima que la duración de la obra será de 40
    meses.
  • Se le solicita establecer la ganancia bruta de la
    obra realizada, aplicando los diversos métodos
    posibles, a efectos de determinar el Impuesto a
    las Ganancias.

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Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN RENTABILIDAD ESTIMADA UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
1 2.000.000,00 1.500.000,00 10,00 150.000,00 52.500,00
2 3.000.000,00 2.800.000,00 15,00 420.000,00 147.000,00
3 1.000.000,00 1.700.000,00 25,00 425.000,00 148.750,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 ---------- 995.000,00 348.250,00
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Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO RENTABILIDAD REAL AL
    CIERRE 7

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN RENTABILIDAD UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 ------------- 995.000,00 348.250,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 7,00 420.000,00 147.000,00
EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR 201.250,00
18
Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO RENTABILIDAD REAL AL
    CIERRE 27

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN RENTABILIDAD UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 ------------- 995.000,00 348.250,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 27,00 1.620.000,00 567.000,00
EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR 218.750,00
19
Casos de Aplicación
  • Ahora supóngase que debe aplicarse el método de
    CERIFICADO DE OBRA Variante 2ª - atento no
    poseer los costos directos de obra

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Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN CERTIFICADO DE OBRA RENTABILIDAD ESTIMADA UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
1 2.000.000,00 1.500.000,00 2.300.000,00 10,00 230.000,00 80.500,00
2 3.000.000,00 2.800.000,00 3.400.000,00 15,00 510.000,00 178.500,00
3 1.000.000,00 1.700.000,00 300.000,00 25,00 75.000,00 26.500,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 6.000.000,00 ---------- 815.000,00 285.250,00
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Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO RENTABILIDAD REAL AL
    CIERRE 7

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN CERTIFICADO DE OBRA RENTABILIDAD UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 6.000.000,00 ------------- 815.000,00 285.250,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 6.000.000,00 7,00 420.000,00 147.000,00
EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - REPETIR 138.250,00
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Casos de Aplicación
  • METODO DEL PERCIBIDO RENTABILIDAD REAL AL
    CIERRE 27

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN CERTIFICADO DE OBRA RENTABILIDAD UTILIDAD BRUTA IMPUESTO DETERMINADO
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 6.000.000,00 ------------- 815.000,00 285.250,00
TOTAL 6.000.000,00 6.000.000,00 6.000.000,00 27,00 1.620.000,00 567.000,00
EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR EN EL CUARTO EJERCICIO FINALIZACIÓN DE OBRAS - INGRESAR 281.750,00
23
Casos de Aplicación
  • COMPARATIVO RENTABILIDAD 7

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN CERTIFICADO DE OBRA
1 70.000,00 52.500,00 80.500,00
2 157.500,00 147.000,00 178.500,00
3 87.500,00 148.750,00 26.500,00
SUBTOTAL 315.000,00 348.250,00 285.250,00
AJUSTE EJ 4 -168.000,00 -201.250,00 -138.250,00
TOTAL 147.000,00 147.000,00 147.000,00
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Casos de Aplicación
  • COMPARATIVO RENTABILIDAD 27

PERÍODO FACTURACIÓN PERCEPCIÓN CERTIFICADO DE OBRA
1 70.000,00 52.500,00 80.500,00
2 157.500,00 147.000,00 178.500,00
3 87.500,00 148.750,00 26.500,00
SUBTOTAL 315.000,00 348.250,00 285.250,00
AJUSTE EJ 4 252.000,00 218.750,00 281.750,00
TOTAL 567.000,00 567.000,00 567.000,00
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