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Seguridad social en el Per

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Seguridad social en el Per Seminario Nacional El Derecho de los Trabajadores a la Seguridad Social . ACTRAV Fabio Dur n Valverde, especialista – PowerPoint PPT presentation

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Title: Seguridad social en el Per


1
Seguridad social en el Perú
Seminario Nacional El Derecho de los
Trabajadores a la Seguridad Social. ACTRAV
  • Fabio Durán Valverde, especialista
  • Oficina Internacional del Trabajo, OSRA
  • Ica, 31 de marzo de 2005

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Temario
  1. La acción protectora de la seguridad social y el
    Convenio 102 de OIT estructura y programas
  2. La extensión de la cobertura de la seguridad
    social en Salud en el Perú.
  3. Algunas consideraciones sobre la situación de
    EsSalud.

3
  • Convenio 102 de OIT
  • Norma Mínima de Seguridad Social

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Campo de aplicación y estructura
  • Objetivo solidaridad entre individuos. Técnicas
    de agrupación de riesgos y financiamiento
    colectivo.
  • Los sistemas han evolucionado hacia una
    estructura dual con rasgos bismarckianos y
    beverianos. Sistemas mixtos
  • Prestaciones no contributivas, con financiamiento
    estatatal, beneficios uniformes (primer nivel)
  • Universales (v.g. Cumplir edad mínima, ser
    habitante)
  • Basados en prueba de carencia de recursos
  • Prestaciones contributivas, con financiamiento
    variable (segundo nivel)
  • Esquema de seguro
  • Aportes unipartitos, bipartitos, tripartitos
  • Gestión pública, privada, mixta
  • Nacionales / ocupacionales. Contributivo mixto.
  • Tendencia hacia el desarrollo de sistemas
    complementarios de previsión personal (privados,
    no obligatorios).

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La acción protectora riesgos cubiertos
  • Acción protectora conjunto de prestaciones que
    ofrece un sistema de seguridad social al
    colectivo cubierto.
  • Norma Mínima de Seguridad Social
  • Establecida en el Convenio 102 OIT, 1952
  • Principal instrumento jurídico a nivel
    internacional
  • Carácter mínimo de la protección que deben
    ofrecer los países que lo suscriben
  • Flexibilidad en su aplicación (puede ser parcial
    y gradual)
  • Se estructuran nueve ramas de prestaciones
  • Asistencia médica
  • Prestaciones monetarias por enfermedad
  • Prestaciones de desempleo
  • Prestaciones de vejez
  • Accidentes del trabajo y enfermedad profesional
  • Prestaciones familiares
  • Maternidad
  • Invalidez
  • Sobrevivientes.

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Norma Mínima
  • Los Estados se obligan a aplicar las normas
    fijadas en por lo menos tres de las nueve ramas
    del Convenio
  • Dentro de las tres partes seleccionadas, debe
    estar al menos una de las siguientes desempleo,
    vejez, accidentes del trabajo y enfermedades
    profesionales, invalidez y sobrevivencia.
  • Los regímenes deben proteger al menos al 50 del
    conjunto de asalariados, o bien al 20 del
    conjunto de los residentes.
  • Los Estados pueden derogar o modificar algunas
    normas tipos de personas protegidas, duración
    de la asistencia sanitaria, etc.
  • Se establece una relación automática entre
    prestaciones y salarios. Es decir, se conceptúan
    como sustitutivas del salario.
  • Se pueden adaptar algunas prestaciones
  • El derecho a las prestaciones está supeditado a
    requisitos periodos de calificación, de
    cotización o empleo cumplimiento de edad,
    periodo de residencia en el país, etc.

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Prestaciones sanitarias
  • Objetivo prestación de los servicios médicos y
    farmacéuticos conducentes a conservar,
    restablecer, o mejorar la salud de sus
    beneficiarios, asó como su aptitud para el
    trabajo y para hacer frente a las necesidades
    personales.
  • Cubre las siguientes contingencias
  • Estado mórbido, independientemente de la causa
  • La maternidad embarazo, parto y puerperio
  • Se complementa con prestaciones farmacéuticas
  • No regula la gestión solo la cobertura vertical
    y horizontal, y las condiciones de acceso.
  • Prevé dos tipos de esquemas de cobertura (y
    financiamiento)
  • Seguros basados en cobertura profesional
  • Servicios nacionales de salud

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Prestaciones monetarias por enfermedad
  • Objetivo proteger la situación de aquellas
    personas que se encuentran impedidas
    temporalmente para el trabajo, y necesiten
    asistencia médica.
  • Trata de sustituir parcialmente la carencia de
    rentas.
  • El Convenio no regula el monto de la prestación,
    sino que da espacio para establecerlo en función
    de las posibilidades.
  • Se regulan las formas de cálculo de la
    prestación.
  • Establece un periodo de calificación para acceder
    a la prestación, pero no fija un plazo.
  • Establece un periodo de espera. Las prestaciones
    se pagan solamente si la enfermedad dura más de
    tres días.
  • Se trata de prestaciones temporales. Los estados
    pueden restringirla a una duración de 26 semanas,
    o a menos si los recursos del régimen no son
    suficientes.

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Prestaciones de vejez
  • Representan el primer programa en importancia a
    nivel internacional.
  • El Convenio 102 define la contingencia como la
    supervivencia más allá de una edad prescrita.
  • Se fija una edad mínima para la concesión de las
    prestaciones 65 años.
  • La edad puede ser aumentada, conforme las
    condiciones de cada país o régimen.
  • Se exige el cese del trabajo como requisito para
    tener derecho a una pensión de jubilación. La
    realización de actividades asalariadas implica la
    suspensión de la prestación.
  • Se debe reunir la condición de residente.
  • Posibilidad de fijación de un periodo de
    calificación 30 años de cotización o de empleo,
    o 20 años de residencia.

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Accidentes del trabajo y enfermedad profesional
  • Objetivo asegurar la asistencia médica y
    sustituir la pérdida de salario durante el tiempo
    que dure la situación de incapacidad temporal
    para el desarrollo del trabajo.
  • Finalizado este periodo, se recurre a la
    incapacidad permanente.
  • Se prevén medidas de reeducación y readaptación
    profesional.
  • No se impone periodo de cotización o de empleo
    (no hay periodo de carencia).
  • La prestación no tiene límite temporal.
  • Las prestaciones son incompatibles con otras
    prestaciones por enfermedad.

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Prestaciones de maternidad
  • Objetivo compensar la pérdida de ingresos
    originada en la cesación temporal del trabajo.
  • Se devengan dos derechos asistencia sanitaria y
    prestación económica.
  • Se establece un periodo mínimo de calificación o
    empleo.
  • Se prevén al menos 12 semanas de descanso por
    maternidad. Seis semanas deben tomarse con
    posterioridad al parto.
  • Los periodos de descanso pueden ser disfrutados
    por el padre trabajador, cuando cumplan los
    requisitos de cotización.
  • No se regula la cuantía de la prestación. Europa
    100 del salario de la madre.
  • La aplicación práctica es muy variable. Ejemplos
  • Alemania, Bélgica, Irlanda 14 semanas
  • España, Luxemburgo, Países Bajos, Austria 16
    semanas.
  • Gran Bretaña 18 semanas.
  • Italia 20 semanas.
  • Dinamarca 28 semanas.
  • Grecia (112 días), Portugal (90 días), Paraguay
    (9 semanas), Uruguay (12 semanas).

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Prestaciones por invalidez
  • Objetivo proteger la contingencia definida como
    la ineptitud para ejercer una actividad
    profesional, en un grado prescrito, cuando sea
    probable que esa ineptitud será permanente o
    cuando la misma subsista después de cesar las
    prestaciones monetarias por enfermedad.
  • Se refiere a una invalidez profesional, y no
    física.
  • Solo se considera la invalidez común (no causada
    por el trabajo).
  • Noción amplia de invalidez se prevé una
    graduación de la invalidez.
  • La prestación es económica, calculada en función
    de ingresos cotizables.
  • Exigencia de altos periodos de cotización
  • 15 años de cotización o de empleo.
  • 10 años de residencia.
  • Prestaciones reducidas si no cumple requisitos de
    cotización.

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Prestaciones de sobrevivientes
  • Objetivo reparar el daño causado por la muerte
    del sostén de familia.
  • Contingencia muerte del sostén de familia, y
    sobrevivencia de personas que dependían
    económicamente del fallecido.
  • El ámbito subjetivo solo protege a la viuda e
    hijos. En el objetivo, las legislaciones han
    extendido la prestación al viudo, padres,
    hermanos, otros.
  • Periodo de calificación 15 años de cotización o
    empleo, o 10 años de residencia. Se reduce a 3
    años dependiendo de una densidad de cotización
    mínima pre establecida.
  • Se toma en cuenta la edad de la viuda y su estado
    de salud. Se otorga pensión vitalicia a la viuda
    inválida o incapaz.
  • Exige duración mínima del matrimonio en el
    supuesto de viuda sin hijos.
  • La prestación es incompatible con cualquier otra
    renta de trabajo, y prevé una reducción
    proporcional en función del ingreso por trabajo.
  • Causas de suspensión nuevas nupcias, concubinato.

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Acción protectora de SS en el Perú
Cobertura?
Asistencia médica

Prestac. Monetarias por Enfermedad
Sí, parcial
Desempleo
No
Vejez

Accidentes del trabajo y enfermedad profesional
Sí, parcial
No
Prestac. Familiares
Maternidad

Invalidez


Sobrevivientes
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Sistema Peruano de Seguridad Social
TIPO
PROTECCIÓN
GESTOR
EsSalud EPSs
Contributivo (Regular)
Atención integral salud Capa simple
Salud
No Contributivo (SIS)
Primer y segundo Nivel de Atención
MINSA/SIS
Invalidez, vejez y sobrevivencia
ONP público AFP privados
Pensiones
Contributivo
Asistencia médica y asistencia monetaria
EsSalud EPSs
Riesgos del Trabajo
Contributivo
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  • Alcance de la cobertura de la seguridad social en
    Salud en el Perú

17
Distribución geográfica de cotizantes
18
Cobertura EsSalud (2003)
(17)
(12)
(7)
(17)
(35)
19
(No Transcript)
20
Cobertura según tamaño
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Comparativo de cobertura en salud (asalariados)
22
Distribución de asegurados, EsSalud
23
Utilización de servicios ambulatorios, EsSalud
24
Utilización servicios hospitalarios
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Algunas consideraciones respecto a la situación
de EsSalud
  • Cobertura
  • Mucho espacio para crecer (economía formal e
    informal)
  • Coordinación de políticas de aseguramiento con el
    SIS/MINSA
  • Inversión en formación de derechos de
    trabajadores
  • Acreditación modernizar procesos y sistemas
    (gran inversión en TI)
  • Acceso a servicios de salud inclusión de grupos
    de ingreso medio que practican desersión.
  • Modelo de atención en salud enfoque actual
    curativo, necesidad de cambios para llegar a un
    modelo preventivo y promocional ( riesgos).
  • Modelo de gestión centralista necesidad de
    políticas de desconcentración
  • Plan Mínimo (cobertura) clarificar el alcance,
    para hacerlo factible.
  • Financiamiento
  • Situación actual tensa el costo tendería a
    subir, excepto por mecanismos naturales de
    ajuste que se vienen dando (reguladores de
    demanda). Prepararse para aumentos futuros en
    cotizaciones.
  • Separar financiamiento de riesgos del trabajo
    universalización del SCTR
  • Pasivo actuarial de pensiones revisión y
    traslado a sector pensiones.
  • Ajustes en primas revisión de subsidios a Seguro
    Agrario

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Muchas gracias !
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