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Diapositiva 1

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... para adquirir recursos financieros, humanos ... NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL NORMAS GENERALES ... y gesti n de los recursos y ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
CONTROL GUBERNAMENTAL
Abog. CPCC. Julián Contreras LLallico
2
QUÉ ES CONTROL GUBERNAMENTAL?
3
CONTROL GUBERNAMENTAL
Consiste en la supervisión, vigilancia y
verificación de los actos y resultados de la
gestión pública, en atención al grado de
eficiencia, eficacia, transparencia y economía en
el uso y destino de los recursos y bienes del
Estado, así como del cumplimiento de las normas
legales y de los lineamientos de política y
planes de acción, evaluando los sistemas de
administración, gerencia y control, con fines de
su mejoramiento a través de la adopción de
acciones preventivas y correctivas pertinentes.
4
CONTROL POLÍTICO
ES AQUELLA ATRIBUCIÓN QUE PERMITE AL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA SUPERVISAR LA ACTUACIÓN DE TODOS LOS
ENTES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS.
5
CONTROL CIUDADANO
OPINIÓN PÚBLICA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
6
EL CONTROL PÚBLICO O GUBERNAMENTAL
Consiste en la
de los actos y resultados de la gestión pública ,
en atención al grado de eficiencia, eficacia,
transparencia y economía en el uso y destino de
los recursos y bienes del Estado.
  • Supervisión
  • Vigilancia
  • Verificación

Asimismo del cumplimiento de
  • Normas legales
  • Lineamientos de políticas
  • Planes de acción

el control gubernamental evalúa los sistemas de
administración, gerencia y control, con fines de
su mejoramiento a través de la adopción de
acciones preventivas y correctivas pertinentes.
7
CONTROL INTERNO
Comprende las acciones de cautela previa,
simultanea y de verificación posterior que
realiza la entidad, con la finalidad que la
gestión de sus recursos, bienes y operaciones
se efectúen correcta y eficientemente.
  • El Control Interno es
  • previo,
  • simultáneo y
  • posterior.

8
Responsables del Control Interno en la entidad.
El control interno es efectuado por diversos
niveles, cada uno con responsabilidades
importantes. Todos los directivos, auditores
internos y otros funcionarios contribuyen a su
efectividad, eficacia y economía.
El Titular de la entidad, es responsable de
fomentar y supervisar el funcionamiento y
confiabilidad del control interno para la
evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio
de la rendición de cuentas, propendiendo a que
éste contribuya con el logro de la misión y
objetivos de la entidad a su cargo (4to. Párrafo
del Art. 7 de la Ley N 27785).
Asimismo, está obligado a definir las políticas
institucionales en los planes y/o programas
anuales que se formulen, los que serán objeto de
las verificaciones a que se refiere la Ley N
27785. (5to. Párrafo del Art. 7 de la referida
Ley)
9
CONTROL EXTERNO
Políticas, normas, métodos y procedimientos
técnicos que compete aplicar a la Contraloría
General u otro órgano del Sistema.
la gestión, la captación y el uso de recursos
del Estado
  • Supervisar
  • Vigilar
  • Verificar

Puede ser preventivo o simultáneo.
Es selectiva y posterior
10
PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
UNIVERSALIDAD Potestad de controlar todas las actividades de la entidad y a todos los funcionarios. CARÁCTER INTEGRAL Evaluar de manera cabal y completa procesos y operaciones
AUTONOMIA FUNCIONAL Organizarse y ejercer funciones con independencia técnica. CARÁCTER PERMANENTE Naturaleza continua y perdurable del control.
11
PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
CARÁCTER TÉCNICO Y ESPECIALIZADO Opera bajo exigencias de calidad, consistencia y razonabilidad en función a entidad. LEGALIDAD Sujeción a normativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable a su actuación.
DEBIDO PROCESO DEL CONTROL Observancia de derechos de entidades y personas, y reglas y requisitos establecidos. EFICIENCIA, EFICACIA Y ECONOMIA A través de ellos el proceso de control logra objetivos con calidad y optima utilización de recursos
12
PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
OPORTUNIDAD Acciones de control en el momento y circunstancias debidas y pertinentes. OBJETIVIDAD Acciones de control con imparcial evaluación de fundamentos de hecho y de derecho, sin subjetividades
MATERIALIDAD Actuar sobre operaciones de mayor significancia económica o relevancia en la entidad. CARÁCTER SELECTIVO Se ejercen en entidades, órganos o actividades críticas o con mayor riesgo.
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PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
PRESUNCION DE LICITUD Salvo prueba en contrario funcionarios han actuado con arreglo a la ley y normas administrativas. ACCESO A LA INFORMACIÓN Potestad de requerir, conocer y examinar toda la información y documentación aunque sea secreta.
RESERVA Durante ejecución de control no se debe revelar información que pueda causar daño a entidad o personas. CONTINUIDAD De actividades o funcionamiento de la entidad al efectuar acción de control.
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PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
PUBLICIDAD Difusión oportuna de resultados de acciones de control PARTICIPACION CIUDADANA Contribución de la ciudadanía en el control gubernamental
FLEXIBILIDAD Otorgar prioridad al logro de metas, respecto a formalismos que no resulten relevantes.
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
  • La Contraloría General de la República es una
    entidad descentralizada de Derecho Público que
    goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es
    el órgano superior del Sistema Nacional de
    Control. Supervisa la legalidad de la ejecución
    del Presupuesto del Estado, de las operaciones de
    la deuda pública y de los actos de las
    instituciones sujetas a control.
  • Presentar anualmente el informe de auditoría
    practicado a la Cuenta General de la República.
  • Facultad de iniciativa legislativa en materia de
    control.
  • El principio de no ser privado del derecho de
    defensa en ningún estado del proceso.
  • Fiscalizar la ejecución del presupuesto de las
    Regiones y Municipalidades.

Artículo 82º.-
Artículo 81.-
Artículo 107.-
Artículo 139º num. 14)
Artículo 199.-
16
LEY Nº 27785
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de
la Contraloría General de la República,
promulgada el 22.JUL.2002
Objetivo Propender al apropiado, oportuno y
efectivo ejercicio del control gubernamental para
prevenir y verificar, mediante la aplicación de
principios, sistemas y procedimientos técnicos,
la correcta, eficiente y transparente utilización
y gestión de los recursos y bienes del
Estado....... Artículo 2º Ley N 27785
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SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Es el conjunto de
Órganos de Control
Normas
Métodos
Procedimientos
estructurados e integrados funcionalmente,
destinados a conducir y desarrollar el ejercicio
del control gubernamental en forma
descentralizada. (Artículo 12º - Ley Nº 27785)
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ÁMBITO
  • Gobierno Central, sus entidades y órganos
  • Gobiernos Regionales y Locales
  • Unidades Administrativas del Poder
    Legislativo, Poder Judicial y Ministerio Público
  • Organismos Autónomos
  • Organismos reguladores de servicios públicos
  • Empresas del Estado
  • Entidades privadas, no gubernamentales (por
    recursos y bienes del Estado que perciben o
    administren)

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ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL (Ministerios.
D.R., UGEL)
SOCIEDADES DE AUDITORÍA (A.F. ANUAL)
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LA CONTRALORÍA GENERAL
Es el ente técnico rector del Sistema Nacional
de Control dotado de autonomía administrativa,
funcional, económica y financiera, que tiene por
misión dirigir y supervisar con eficiencia y
eficacia el control gubernamental, orientando su
accionar al fortalecimiento y transparencia de la
gestión de las entidades.
21
LA CONTRALORÍA GENERAL
AUTONOMÍA Administrativa Normativa que
regula su función. Estructura
orgánica. Funcional Facultad para ejercer
funciones. Elaborar programas, informes y
puntos a ser auditados. Económica Seguridad
de contar con asignación presupuestal. Financier
a Facultad de solicitar recursos financieros.
22
(No Transcript)
23
(No Transcript)
24
VALORES
25
Visión Misión, Valores
Relaciones con el Entorno
Control Gubernamental
Desarrollo Organizacional
Pilares Estratégicos
26
Control Gubernamental
27
Desarrollo Organizacional
28
Relaciones con el Entorno
29
MACROREGIONES DE CONTROL PROPUESTAS
Región Norte (Sede Chiclayo)
Región Sierra Central (Sede Huancayo)
Región Costa Centro (Sede Lima)
Región Sur (Sede Arequipa)
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ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL
Todas las unidades orgánicas responsables de
la función del control gubernamental, de las
entidades que se mencionan en el Art. 3 de su
Ley Orgánica, sean de carácter sectorial,
regional, institucional o se regulen por
cualquier otro ordenamiento organizacional
Las Sociedades de Auditoría Externa
Independientes, cuando son designadas por la CGR
y contratadas durante un período determinado,
para realizar servicios de auditoría en las
entidades económica, financiera, de sistemas
informáticos, de medio ambiente y otros.
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ATRIBUCIONES DEL SISTEMA
Efectuar supervisión, vigilancia y verificación
de la gestión y utilización de bienes del
Estado
Formular recomendaciones
Impulsar modernización y mejoramiento de
gestión pública
  • Exigir a funcionarios y
  • servidores Públicos
  • responsabilidad
  • por sus actos.

Propugnar la capacitación de funcionarios
Brindar apoyo técnico al Procurador público
Emitir informes con sustento Técnico y legal.
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RESPONDABILIDAD
  • El Titular, los funcionarios y servidores deben
    rendir cuenta ante las autoridades competentes y
    ante el público por los fondos o bienes del
    Estado a su cargo y/o por una misión u objetivo
    encomendado.

Respondabilidad Financiera
Respondabilidad Gerencial
33
RESPONDABILIDAD
RESPONSABILIDAD
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EFICIENCIA
  • Relación existente entre bienes y servicios
    producidos y los recursos utilizados o consumidos
    para este fin.

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  • EFECTIVIDAD
  • Grado en el cual una entidad, programa o proyecto
    gubernamental logran sus objetivos y metas u
    otros beneficios que pretendían alcanzarse,
    previstos en la legislación o fijados por otra
    autoridad

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  • ECONOMÍA
  • Términos y condiciones, para adquirir recursos
    financieros, humanos, físicos, tecnológicos,
    obteniendo
  • Calidad y cantidad requerida,
  • En el momento previsto,
  • En el lugar indicado
  • Al menor costo posible.

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TRANSPARENCIA
  • DEBER DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES PUBLICOS DE
    PERMITIR QUE SUS ACTOS DE GESTION PUEDAN SER
    INFORMADOS Y EVIDENCIADOS.

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MODIFICACIONES A LA LEY N 27785
  • LEY Nº 28422 (17.12.2004)
  •  
  • Atribución de la CGR efectuar acciones de
    control ambiental y sobre los recursos naturales
    y bienes que constituyen el Patrimonio Cultural
    de la Nación.
  • Se debe informar semestralmente resultados de
    las mismas y sobre los procesos administrativos y
    judiciales, a las comisiones competentes del
    Congreso de la República. 
  • LEY Nº 28396 (25.11.2004)
  • Modifica Art. 43 de la Ley N 27785
  •  
  • La CGR en el caso de las presuntas infracciones
    contra la normatividad legal en procesos de
    contrataciones y adquisiciones debe informarse al
    CONSUCODE.

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INFRACCIONES
  1. Omisión o deficiencia de control gubernamental.
  2. Omisión en presentación de información.
  3. Incumplimiento de remisión de documentos en
    plazos.
  4. Cuando no personas no acudan a requerimientos.
  1. Obstaculización de acción de control
  2. Omisión de implantación de OAIs
  3. Interferencia para ejercer control gubernamental
  4. Omisión de implantación de mm.cc

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INFRACCIONES
  1. Incumplimiento de resolución de contrato de SOAs
  2. Suscripción directa de servicios de auditoría
  3. Cuando SOAs incurren en incompatibilidad
  4. Presentación de documentos de procedencia
    ilícita.
  5. Contratación de SOAs que están incursas en
    incompatibilidad permanente.
  1. Incumplir con mantener al día documentación.
  2. Incumplir con requisitos para designación de
    SOAs
  3. Personal de SOAs incurre en conflicto de
    intereses.
  4. Pérdida de condición de hábil en Colegios
    Profesional.

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CONTROL INTERNO
Es un proceso continuo realizado por la
dirección, gerencia y otros empleados de la
entidad, para proporcionar seguridad razonable,
respecto a si están lográndose los objetivos
siguientes
1. Promover la efectividad, eficiencia y
economía en las operaciones y, la calidad en
los servicios
  1. Proteger y conservar los recursos públicos contra
    cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido,
    irregularidad o acto ilegal
  1. Cumplir leyes, reglamentos y normas
    gubernamentales.

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CONTROL INTERNO
  1. Elaborar información financiera válida, confiable
    y oportuna.
  1. Promover una Cultura de Integridad,
    Transparencia, y Responsabilidad en la función
    pública, cautelando el correcto desempeño de
    los funcionarios y servidores.

6. Promover una cultura de protección y
conservación del ambiente, así como coadyuvar
a una mejora de la gestión ambiental.
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NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
Aprobadas por la CGR, mediante R.C. N 162-95-CG,
del 26.SET.95. Modificaciones R.C. Nº
141-99-CG del 25.NOV,.99 R.C. N 259-2000-CG
DEL 07.DIC.2000
son criterios que determinan los requisitos de
orden personal y profesional del auditor,
orientados a uniformar el trabajo de la auditoría
gubernamental y obtener resultados de calidad.
NAGU
son de aplicación y cumplimiento obligatorio por
parte del personal de los Órganos del Sistema
Nacional de Control, incluyendo a profesionales
y/o especialistas que participen en el proceso de
la auditoría gubernamental.
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NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
1.10 Entrenamiento técnico y capacidad
profes. 1.20 Independencia 1.30 Cuidado y esmero
profesional 1.40 Confidencialidad 1.50
Participación de profesionales y/o especial. 1.60
Control de Calidad
NORMAS GENERALES
2.10 Planificación general 2.20 Planificación
especifica 2.30 Programas de Auditoría 2.40
Archivo permanente
NORMAS REFERIDAS A LA PLANIFICACIÓN
NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL
3.10 Estudio y evaluación del control
interno 3.20 Evaluación del cumplimiento de D. L.
y R. 3.30 Supervisión del trabajo de
auditoría 3.40 Evidencia suficiente, competente y
relev. 3.50 Papeles de trabajo 3.60 Comunicación
de hallazgos de auditoría 3.70 Carta de
representación
NORMAS REFERIDAS A LA EJECUCIÓN
4.10 Forma escrita 4.20 Oportunidad del
informe 4.30 Presentación del informe 4.40
Contenido del informe 4.50 Informe especial 4.60
Seguimiento de recomendaciones de Inf.
NORMAS REFERIDAS AL INFORME
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CODIGO DE ETICA DEL AUDITOR GUBERNAMENTAL DEL PERÚ
  • CONJUNTO DE PRINCIPIOS, CRITERIOS Y VALORES
    MÍMINOS QUE ORIENTAN EL DESEMPEÑO INDIVIDUAL DEL
    AUDITOR GUBERNAMENTAL, EN SU ACTIVIDAD INTERNA
    DEL SISTEMA, EN LAS FUNCIONES DE AUDITORÍA Y EN
    SU TRATAMIENTO A LAS ÁREAS Y PERSONAS SOBRE LAS
    CUALES RECAEN SUS LABORES, CON EL OBJETO QUE
    MEDIANTE SUS OBSERVANCIA, LOS AUDITORES
    DESEMPEÑEN SUS ACTIVIDADES FUNCIONALES.
  • RESOLUCION DE CONTRALORIA N 077-99-CG de
    07.JUL.99

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PRINCIPIOS
X. Vocación por la verdad y la transparencia
IX. Tecnicismo
VIII. Reserva o confidencialidad
VII. Probidad administrativa
Exigencias éticas mínimas del Auditor
Gubernamental
VI. Independ., Objetividad e Imparcialidad
V. Cuidado y esmero profesional
IV. Cordialidad
III. Compromiso con el país
II. Calidad del Servicio
Es vinculante a todo el personal de la CGR, de
los OAI y para el personal de las SOAs designadas
I. Aptitud de Servicio
Código de Ética del Auditor Gubernamental
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Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
PRINCIPIOS
  • - Objetividad
  • Probidad
  • Transparencia
  • Diligencia
  • Reserva
  • Legalidad
  • Ética
  • Respeto
  • Honestidad
  • -Presunción de licitud.
  • Veracidad
  • Pulcritud
  • Flexibilidad

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Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
Prohibiciones
  • Ejercer actividades para obtener ventajas.
  • Utilizar cargos para obtener beneficios.
  • Utilizar información para beneficio personal.
  • Trasladar información secreta, reservada
  • o confidencial.
  • Recibir o solicitar agasajos, atenciones.
  • Dedicar horas de w a labores distintas.
  • Transmitir a terceros información obtenida.
  • Desempeñar actividades particulares que
    conlleven conflicto de intereses.
  • Efectuar labores de control previo o asesoría o
    actos de gestión.
  • Participar en acciones de control en entidades
    donde ha laborado.

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Normas de Transparencia en la Conducta y
Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la
CGR y de los OCI
Prohibiciones
  • Laborar en entidad donde ha participado en
    acción
  • de control en ultimo año.
  • Realizar actividad política.
  • Participar en acción de control en caso de
    parentesco
  • con auditados.
  • Prestar servicios a entidad vinculada con
    entidad
  • sujeta a acción de control.
  • Prestar servicios, aceptar representaciones
    remuneradas, formar parte de directorio a
    entidades donde ha ejercido control.
  • Intervenir como abogados, apoderados, asesores,
    patrocinadores.
  • Incurrir en exceso de conducta, o a lugares
    públicos no acordes a categoría de funcionario
    que ostenta.
  • Aceptar invitaciones o asistir a reuniones
    sociales con auditados.
  • Actuar parcializadamente.

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ESCALA SANCIONES
Persona Natural Persona Natural Personal Jurídica Personal Jurídica
Infracción UIT S/. 3,400 Importe S/. UIT S/. 3,400 Importe S/.
Leve 0.05 a 1 UIT 170 a 3,400 0.5 a 5 UIT 1,700 a 17,000
Grave 1.5 a 5 UIT 5,100 a 17,000 6 a 15 UIT 20,400 a 51,000
Muy Grave 5.5 a 10 UIT 18,700 a 34,000 16 a 50 UIT 54,400 a 170,000
51
RESERVA
  • R.C. N 061-2004-CG/SGE DEL 17.FEB.2004
  • Directiva N 003-2004-CG/SGE NORMAS SOBRE
    DIFUSION Y ACCESO A INFORMES PÚBLICOS
  • Informes pueden ser solicitados con excepción de
    los protegidos por principio de reserva o
    clasificado como secreto, reservado o
    confidencia.
  • Cesa la reserva
  • - Informes de control responsab. Adm.
    Instauración del proceso administrativo
    disciplinario o proceso investigatorio.
  • Informes especiales responsab. Penal Auto
    apertorio de
  • instrucción
  • - Informes Especiales Auto admisorio de la
    demanda.
  • Informes sin recomendaciones de deslinde
    Con la entrega
  • del informe al titular de la entidad.

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PRESENTACION DE DECLARACIONES JURADAS DE BIENES Y
RENTAS
  • Artículos 40 y 41 de la Constitución Política.
  • Ley N 27482 de 14.Jun.2001.
  • Reglamentada por DS. N 080-2001-PCM, de
    08.Jul.2001. Modificada por DS. 003-2002-PCM de
    Ene.2002.

Obligados Altos funcionarios del Estado,
(Presidente de la República, Vicepresidentes,
Congresistas, Ministros de Estado, Viceministro,
vocales Supremos, Superiores y jueces
especializados y mixtos, miembros del Ministerio
Público, Tribunal Constitucional, Consejo
Nacional de la Magistratura y del Jurado Nacional
de elecciones, el presidente del Banco Central de
Reserva, Directores, Gerentes Generales
etc. Oportunidad Al inicio, al cumplir un año
en el cargo y al cese
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CORRUPCIÓN
  • Es el efecto de corromper
  • Significa alterar, echar a perder, viciar,
    pervertir, sobornar, cohechar.

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CORRUPCIÓN.
  • Otras definiciones
  • Abuso de poder en provecho propio (Bco. Mundial)
  • Flagelo que amenaza democracia (Venez.)
  • Uno de los peores males de la sociedad (Panamá)
  • Mayor de los fantasmas que recorre el mundo
    (Mex.)
  • Peor enemigo de sistema democrático

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EFECTOS DE LA CORRUPCIÓN.
  • Eleva el costo de la gestión gubernamental.
  • Desvía los recursos económicos de programas
    sociales.
  • Pérdida de dinero malversado.
  • Genera pobreza y miseria
  • Socava la confianza de los ciudadanos.
  • Promueve el cinismo y desalienta la honestidad.

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EFECTOS DE LA CORRUPCIÓN.
  • Aumenta la pobreza y conduce al estancamiento
    económico por que desvía los recursos que, de
    otra manera, podrían ser utilizados en el
    desarrollo socio-económico de un país.

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CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
  • Abuso de la discreción administrativa.
  • Deterioro de las instituciones independientes de
    fiscalización.
  • Falta de independencia del poder judicial y el
    poder legislativo.
  • Ausencia de una prensa libre.
  • Debilitamiento de la ética

58
CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
  • Cuando más monopolio haya en una organización,
    cuanto más discrecionalidad tengan los
    funcionarios y menos transparencia tenga su
    actividad, habrá mayores posibilidades de actos
    corruptos.

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CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN.
  • Problema de carácter económico
  • Problema de carácter administrativo
  • Problema de gestión
  • Problema de carácter legal

60
INDICE DE PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN (IPdC)
  • Anualmente la elabora Transparencia
    Internacional
  • El Índice de Percepción (IPdC) es una encuesta
    de encuestas,
  •  
  • Puntajes del 10 al 1
  •  
  • Basada en encuestas con empresas, expertos y
    público en general acerca de sus puntos de vista
    sobre la extensión de la corrupción en países
    del mundo.
  • Cubre a más de 158 países
  • Llamado de atención a los líderes políticos y
    la sociedad a confrontar la abundante corrupción
    que pervierte a tantos países.
  • En el 2004 Perú 67 con 3.5 puntos en el año 2005
    65 con 3.5.

61
Rango de País País/Territorio Puntuación 2005
65 GHANA 3.5
65 MEXICO 3.5
65 PANAMA 3.5
65 PERÚ 3.5
65 TURQUÍA 3.5
62
MUCHAS GRACIAS
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