Diapositiva 1 - PowerPoint PPT Presentation

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Diapositiva 1

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Title: Diapositiva 1 Author: 2ESI Last modified by: Fernando Created Date: 1/23/2006 1:50:57 PM Document presentation format: Presentaci n en pantalla – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
2
El derecho de sindicación
  • La CE establece que todos los ciudadanos tienen
    derecho a sindicarse libremente art 28 CE,
    recogiendo en el art. 7 la importancia de los
    sindicatos
  • La LOLS de 1985 desarrolla el mandato
    constitucional y establece que el derecho a la
    libre sindicación corresponde a
  • Trabajadores por cuenta ajena
  • Trabajadores en paro
  • Trabajadores incapacitados o jubilados
  • Trabajadores por cuenta propia, sin asalariados

3
Contenido de la libertad sindical
  • Un sindicato es la asociación permanente de
    personas que ejercen una actividad profesional,
    para la representación y mejora de sus intereses
    profesionales y de sus condiciones de vida
  • La libertad sindical comprende
  • El derecho a fundar sindicatos
  • Derecho de afiliación a un sindicato
  • Derecho de los sindicatos a formar
    confederaciones y organizaciones sindicales
    internacionales o afiliarse a estas
  • Derecho a no afiliarse a un sindicato
  • Excepciones
  • Jueces, fiscales y miembros de Fuerzas o
    Institutos armados
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (policía nacional
    y municipal) se regirán por una normativa
    específica

4
Organizaciones sindicales
  • Se establecen en función de
  • Criterios territoriales estatal, autónomico
  • Actividad o rama de producción metal, banca..
  • Se financian principalmente con aportaciones de
    los trabajadores

5
Representación de los trabajadores
COMITÉ DE EMPRESA
REP. UNITARIA
DELEGADO DE PERSONAL
SECCIÓN SINDICAL
REP. SINDICAL
DELEGADO SINDICAL
6
Representación unitaria
  • Se eligen por sufragio personal, directo, libre y
    secreto
  • Su periodo de representación será de 4 años
  • Son electores los trabajadores mayores de 16 años
    con antigüedad de al menos 1 mes
  • Son elegibles los trabajadores mayores de 18 años
    y con antigüedad de al menos 6 meses

7
Comité de empresa
  • Órgano de representación en empresas o centros de
    trabajo con 50 o más trabajadores
  • El nº de componentes va en función del nº de
    trabajadores
  • Cabe la posibilidad de comités de empresa
    conjuntos, así como tener un comité intercentros

8
Delegados de personal
  • Representantes de los trabajadores en empresas
    con más de 10 y menos de 50 trabajadores
  • Si se acuerda por mayoría, puede elegirse un
    Delegado en empresas entre 6 y 10 trabajadores

9
Competencias
  • Recibir información sobre la evolución del sector
    económico de la empresa, producción, empleo,
    absentismo, sanciones, seguridad e higiene, etc
  • Conocer la situación económica de la empresa
  • Vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y
    de seguridad e higiene
  • Emitir informes previos sobre EREs, sistemas de
    organización y control
  • Negociar los Convenios Colectivos en su ámbito

10
Garantías
  • Apertura de expediente contradictorio caso de
    sanciones por faltas graves o muy graves
  • Prioridad de permanencia en la empresa en los
    supuestos de suspensión o extinción por causas
    económicas
  • No ser despedidos ni sancionados por acciones
    relacionadas con el ejercicio de sus funciones
    hasta un año después de su mandato
  • Expresar libremente su opinión
  • Disponer de un crédito de horas retribuidas para
    el ejercicio de sus funciones

11
Órganos de rep. sindical
  • Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden
    constituir secciones sindicales que les permiten
    disponer de un tablón, distribuir información
    sindical
  • Las secciones sindicales tendrán un delegado
    sindical elegido de entre sus afiliados si
  • El sindicato está presente en el comité de
    empresa
  • La empresa tiene más de 250 trabajadores
  • Los delegados tienen las mismas garantías que los
    miembros del comité de empresa

12
Derecho de reunión
  • Los trabajadores tienen derecho a reunirse en
    asamblea en el centro de trabajo si
  • Las condiciones de éste lo permiten
  • Fuera de las horas de trabajo
  • Salvo que
  • No hayan transcurrido más de 2 meses de la última
  • No se hayan resarcido los daños provocados en
    alguna reunión anterior
  • Además, si es posible, se les facilitará a los
    representantes de los trabajadores un local y un
    tablón de anuncios

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Sindicatos y asoc. más representativos
  • Sindicatos
  • Ámbito estatal 10 de representantes en el
    Estado
  • Ámbito autonómico 15 de representantes en la
    CA, que sean al menos 1500
  • Competencias
  • Representanción institucional
  • Negociación colectiva
  • Promover elecciones
  • Obtener cesiones temporales de inmuebles públicos
  • Asociaciones
  • Ámbito estatal 10 de empresarios que ocupen al
    10 de trabajadores
  • Ámbito autonómico 15 de empresarios que ocupen
    al 15 de trabajadores

14
Negociación colectiva
  • Recogido en el art. 37.1 CE
  • Contenido
  • Normativo
  • Obligacional

Contenido Mínimo
15
Tramitación
INICIACIÓN
NEGOCIA- CIÓN
REGISTRO Y DEPÓSITO
PUBLICA-CIÓN
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Duración y prórroga
  • Es la pactada y puede variar para partes
    homogéneas del Convenio
  • Los Convenios se prorrogan de año en año si no
    existe denuncia expresa en un plazo determinado
  • Denunciado el Convenio, pierden vigencia las
    cláusulas obligacionales
  • Un Convenio posterior deroga al anterior
  • Se distinguen
  • Convenios estatutarios (eficacia normativa y erga
    homnes)
  • Convenios extraestaturarios
  • Y en función del ámbito
  • Convenio de empresa o inferior
  • Convenio de ámbito superior
  • Acuerdo marco

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Conflictos laborales
  • INDIVIDUAL
  • COLECTIVO

SEGÚN NÚMERO
TIPOS
  • JURÍDICO
  • DE INTERESES

SEGÚN MATERIA
CONFLICTOS LABORALES
  • ENCIERRO
  • CONCENTRAC.
  • INFORMACIÓN

SIN SUSPENSIÓN
FORMA
  • HUELGA
  • CIERRE PATRONAL

CON SUSPENSIÓN
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La huelga
  • Es un Dcho. Fundamental art. 28.2 CE
  • Procedimiento
  • Acuerdo expreso de huelga
  • Comunicación por escrito a empresario y autoridad
    laboral
  • Preaviso de 5 días, 10 si son Servicios Públicos
  • Creación de un Comité de huelga (máx. 12)
  • Huelga ilegal
  • Política
  • De solidaridad
  • Para alterar lo pactado en convenio vigente
  • Contrarias a la ley

19
Cierre patronal
  • Derecho constitucional Art. 37.2 CE
  • Si existe
  • Notorio peligro de violencia o daño
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo o peligro
    de que se produzca
  • Inasistencia o irregularidades que impidan
    gravemente el proceso normal de producción
  • Durará el tiempo imprescindible y debe
    comunicarse en las 12 horas siguientes a
    realizarse
  • Se produce la suspensión de los contratos

20
Resolución de conflictos
JUDICIAL
CONCILIACIÓN
SERCLA EN ANDALUCÍA
EXTRAJUDICIAL
MEDIACIÓN
ARBITRAJE
21
FIN TEMA 9
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