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Title: El filosofo criticado, por juristas: te ricos y pr cticos. Author: Campus Ciudad de Mexico Last modified by: Campus Ciudad de Mexico Created Date – PowerPoint PPT presentation

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Title: Maestr


1
Maestría en Derecho y en Derecho Internacional .
  • Teoría del Derecho e
  • Investigación Jurídica Aplicada.
  • 14 de Agosto a 27 de noviembre del 2003
  • ITESM .CCM .EGAP.
  • Profesor Dr. Raymundo Gil Rendón.
  • rgil_at_itesm.mx.
  • Tel 54831881.

2
TEORIA DEL DERECHOEl filosofo es criticado, por
juristas y no juristasteóricos y prácticos.
  • Que es la filosofía del derecho y Teoría del
    Derecho, sus partes Métodos y objetivos.

3
Teoría del D T de la norma, del ordenamiento y
de la Ciencia.
  • Dogmática Los dogmáticos afirmaciones
    superficiales imprecisas.
  • Siguen reglas cuando reflexionan.
  • Son Analistas jurídicos y lingüistas ( Nino )
  • Superar controversia Positivistas vs iusnat
  • El concepto de derecho no es único.
  • Error Ser dogmático dif. hacer dogmática. Parten
    de un presupuesto Metodológico.
  • Propiedades incompatiblesderecho,Sist. Jur

4
Enfoque esencialista Derecho. Nino,La
validez p 175-207.
  • Relación entre lenguaje, realidad y orígen
    conceptos AMBIGÜEDAD Y VAGUEDAD.
  • Textura abierta Derecho, Hart proporcionó
    rasgos de uso común.
  • No es posible dar todos los supuestos para el
    correcto uso o aplicación.
  • Razón de controversias entre PvsI, FyR
  • Lagunas, validez, derecho injusto..

5
Error de nociones jurídicas Un sólo concepto.
  • Deben converger todas las características.
  • Es un Dogma Siguen idea de esencia de las cosas
    o las palabras, basta una propiedad diferente e
    incompatible para desechar la teoría y hacerla
    enemiga .
  • El concepto de derecho en contextos distintos
    Sociológos, historiadores es un conjunto de
    pautas e instituciones vigentes en época y lugar
    determinado, producto de factores sociales,
    hechos históricos, creencias y actitudes.

6
Jueces papel Justificar decisiones
  • El juez Da razones en las sentencias.No para
    explicar o predecir (doctrinarios),sino para
    decir el derecho.
  • Abogados Asesoran a clientes sobre datos para
    calcular probabilidades de acción y proyectos de
    conducta.
  • Diferentes puntos de vista o enfocando fenómenos
    diferentes para significado usual del derecho.
  • Sentido de enunciado desde diferente perspectiva
    conceptos alternativos y múltiples.

7
Observar la vida al estudiar derecho y al
teorizar.
  • Pocos autores refieren la labor de juristas.
  • Kelsen, Hart, Ross,Carrió filosofaron acerca
    Derecho, no el uso o la práctica de jurist.
  • Vicios carácter metáfísico de dogmática
  • Aun más los iusnaturalistas
  • Cuales son los requisitos de diferentes
    conceptos? Una noción descriptiva como intitución
    social que interactúa con otras, la hace
    icompatible con estructura uniforme de Kelsen..

8
Kelsen Técnica de disuación de conductas por la
sanción.
  • Raz, critica a Kelsen porque lo define como
    aparato coactivo del estado para prevenir
    conductas reprochables, siendo que además lo
    pueden utilizar los particulares en las
    relaciones de coordinación.
  • Diversas funciones (Raz) individualizar normas,
    manipulabilidad y uniformidad.
  • Es Normativa o empírica?
  • Si N damos bases para argumentar si E,
    realidad(R.Guibourg) EXTREMOS MALOS, NO QUEDARSE
    EN LA LEY SIN LA REALIDAD .
  • Varios conceptos descriptivos sistema jurídico.

9
T pura del DerechoKelsen(reine
Rechtslehere)Metodología estructural y funcional
  • Historia 1910 publica su obra de 700 pp
  • 1911-1914 fundó Escuela de Viena.
  • 1923 le denominóTPD.A sus 25 años publica su obra
    y la constitución austriaca(Publicada el 1o oct.
    1920) establece para su control, un tribunal ad
    hoc Tribunal Constitucional(Control abstracto o
    concentrado)-

10
Kelsen Constitución es norma básica.
  • Fundamento de validez de todas normas del
    ordenamiento jurídico, y las normas materiales no
    pueden contradecirla.
  • No pueden crearse de manera distinta al proceso
    para la producción del Derecho.
  • So pena de ser nulas e inválidas.
  • Teoría escalonada y jerárquica del orden jurídico
    (Pirámide de Adolph Merkl).

11
Derecho Positivo Hans Kelsen
Constitución
Tratados Internacionales
Leyes Federales Constitución local Leyes
Locales Reglamentos
12
Teoría en vigor
  • Dicotomía relaciones causalidad e
    imputación(autonomía ciencia Derecho)
  • Hechos y valores influencia de Weber (1921,
    Economía y Sociedad) y Pareto en contra
    contaminación ciencia por juicios de valor ética
    científico, defensa razón.
  • Liberar ciencia jurídica del aislamiento e
    incluirla en sistema de ciencias.
  • Justicia es un ideal irracional no puede
    determinarse su contenido por TPD.

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KelsenVs. IusnaturalismoJuicio de valor
determinado por emocionesG Theory of law state
  • D. justo o injusto? R juicio de valor problema
    de justicia no incumbe a ciencia.
  • Critica D. Natural absolutismo ético.
  • Termina sometiendo realidad jurídica a juicio
    subjetivo es una ideología no T.
  • Iusnaturalismo existe un ordenamiento de
    relaciones humanas dif. D.P.más alto. Válido y
    justo porque proviene de naturaleza, razón humana
    o de Dios.

14
TD T Ordenamiento Jurídico.
  • Enfoque estudio total ordenamiento(TPD)
  • No un estudio de norma en particular sí S
  • No se ocupa de árboles (normas) sino Bosque(
    Conj. Normas).Pasa est. Norma en particular al
    ordenamiento en gral.
  • Nomoestática forma de composicíón nor
  • NomodinámicaT.Ordenamiento en gral como se
    producen.No busca interiorizarse.DCoactivo.
  • Conocer D en gral y la relación sitemática normas
    en particular ordenamiento comportamiento
    humano, conjunto de reglas Sistema con
    estructura, con autonomía de contenido.Compara E
    yD reglas E, se conectan con contenido Sistema
    D(modo produción)

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Diferencia. Estática y Dinámica.
  • E una norma pertenece al sistema si se deduce
    del postulado ético.
  • D producida en base y forma prevista por norma
    que lo crea (Norma Fundamental Hipotética, al
    final ficticia, la debilidadTP)
  • Estructural pirámide de varios niveles forma
    jerárquica, leyes subordinadas a NS
  • Distinción. D, interno D Intl.grado de
    organización que trabaja para integración y
    aplicación Poder estadual tiene aparatos
    especializados (Ej.Legisl. Jud), actuan conforme
    leyes grales y abstractas derivan SistemaED.

16
Estructura y Función D.
  • Análisis estructural DOrdenamiento J.
  • No contenido sino modo se unen normas entre sí
    con otras del sistema normativo.
  • Objetivo. Negar deben dedicarse a fines O
  • Dforma control social o instrumento no fin
    medio para lograr fines, los iusnaturalistas
    parten del fín, impiden captar esenciatécnica
    org. social usa medios coercitivos (Weber uso
    legítimo de la fuerza o monopolio), para obligar
    a miembros del grupo a hacer o no hacer OCC.
  • Característica principal posibilidad de usar
    fza.
  • Bobbio función D obtener fines sociales
    inalcanzables por otras formas de control
    Sociología forma control S.

17
Kelsen Fín D Paz Social.
  • Ordenamiento para la promoción Paz
  • D. Internacional seguridad colectiva organiza
    fuerza monopolizada no es la paz pero tiende a
    ella, no es fin D sí ideal
  • D fin intermedio (bien común o paz) fin último
    (justicia),valor instrumental para otros fines
    No se puede entender actualmente D Ordenamiento
    Coactivo en su totalidad, reconoce técnica de
    control social reside en amenaza y aplicación
    sanción.
  • Bobbio No sólo amenaza de un mal, Edo promotor
    desarrollo, función D no sólo represiva
    Direccion Social
  • En actividad privada interviene con leyes
    incentivas.
  • Análisis funcional d TPanálisis.filosofía
    analítica y ling

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N. Bobbio Análisis Funcional
  • No mancha construcción D(SDinámico),por análisis
    de fines.
  • Una norma es válida cuando producida conforme a
    otra superior aquéllas que regulan su creación.
  • El hecho de que una norma tienda a reprimir o
    promover(DPromocional), un comportamiento no
    afecta estructura D.
  • Dif. Un ordenamiento jurídico y uno social es
    forma típica de estructura y no función.
  • Hart Teoría de normas, primarias y secundarias
  • Para determinar the concept of law.

19
Bobio Análisis funcional 1971.
  • Vicula interés problema de la función del D. con
    crecimiento de Sociología.
  • Transita del estructuralismo (Kelsen y Hart),
    hacia el funcionalismo vinculo entre T estruc. Y
    T func(enfoque Sociológico).
  • Al liberar al edo social D como subsistema del
    sistema social.
  • D instrumento su especialidad no deriva de sus
    fines, sino son perseguidos y alcanzados.
  • K supuso encontrar R en Estructuralismo sin
    acudir a definición de fin X.Pensó que podía
    utilizarse el derecho para diversos fines.
  • Pérdida función D como represor exclusiv. Vs
    esencia S

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VON WRIGHT Teoría Norma.
  • Lógica deónticaprescripciones, más
    característico. 3 tipos normas reglas
    definitorias y normas técnicas.
  • ELEMENTOS.
  • P.65 El sentido Derecho. M. Atienza
  • Carácter La calificación de acciones prohibidas,
    obligatorias, permisivas y facultativas.
  • Contenido Lo descrito en la norma como
    prohibido, permitido, etc.

21
VON WRIGHT Teoría Norma.
  • 3. Condición de Aplicación Circunstancias para
    la hipótesis de prohibición, obligación o
    permisión categóricas e hipotéticas.
  • 4. Autoridad El Órgano Legislativo (dicta la
    norma).
  • 5. Sujeto Normativo Destinatario de la norma.
  • 6. Ocasión Ámbito espacial y temporal para el
    cumplimiento de la norma.
  • 7. Promulgación Formulación de la norma o
    expresión en lenguaje jurídico. (escrito, oral o
    señal de tráfico).
  • 8. Sanción Amenaza por incumplimiento de una
    norma.

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MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
  • Cotidianas Ejemplo las reglas del juego.
  • Gramaticales Se prohíben frases como habían
    pocos estudiantes en la clase.
  • Religiosas V.g. Amar a Dios sobre todas las
    cosas.
  • Morales Respetar la autonomía de las personas.
  • Jurídicas Enunciados que procuren influir en el
    comportamiento de los destinatarios.
  • Tipos Ordenes, sugerencias, sugerencias,
    invitaciones, peticiones, imploraciones, etc.

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MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
  • Función directiva del lenguaje Aunque las normas
    no se reducen al lenguaje si es necesario
    comprenderlo y utilizarlo adecuadamente.
  • El lenguaje jurídico debe usarse con precisión y
    propiedad, porque las normas jurídicas se
    expresan en el lenguaje.
  • Entendimiento del lenguaje Para comprender el
    concepto de la norma en forma pragmática no tanto
    importa los signos lingüísticos y las relaciones
    entre sí (sintaxis) o sus significados
    (semántica), sino la relación entre signos y
    usuarios (lenguaje jurídico).

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MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
  • Importa acudir no solo al texto jurídico y su
    interpretación (hermenéutica) sino también al
    contexto lingüístico y circunstancial.
  • Interpretación de la Teoría de las Normas El
    texto jurídico escrito o no escrito se entiende
    por la hermenéutica, pero se integra y relaciona
    con el contexto Lingüístico y fáctico (hechos y
    realidad social). El Derecho y su función
    integran texto y contexto para obtener el
    resultado jurídico El texto implica la razón y
    el contexto a los hechos, la combinación
    dialéctica de ambos produce la síntesis que es la
    integración jurídica (aplicación y creación del
    Derecho en Movimiento).

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NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
  • Critica a Kelsen porque se orientó en su TPD al
    ordenamiento jurídico en su conjunto y olvidó el
    concepto de norma jurídica, ya que entendió el
    Derecho como conjunto o sistema de normas
    Jurídicas.
  • La Teoría de la Institución en Francia e Italia
    contradice la TPD, descubre que no basta ocuparse
    del bosque (D) sino también de los árboles (N),
    la crítica a Kelsen es que pretende describir a
    la sociedad organizada (institución), olvidándose
    de las normas.
  • Bobbio lo defiende diciendo que parte del estudio
    de las normas particulares hasta llegar al
    estudio completo del ordenamiento y sus últimas
    consecuencias (la sanción), si existe una Teoría
    de la Norma Jurídica Kelseneana (Nomoestática) y
    otra Teoría del Ordenamiento Jurídico
    (Nomodinámica).

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NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
  • Su posición Busca la esencia del Derecho, no en
    las particularidades del Derecho sino en el
    conjunto de normas que forman el Ordenamiento
    Jurídico coincide con Kelsen DOC. (Derecho es
    un Ordenamiento Coactivo. Zwangsordnung
  • Invierte el modo tradicional de definir el
    Derecho No es el Ordenamiento Jurídico el que se
    compone de Normas coactivas, sino que son Normas
    Jurídicas las que pertenecen al Ordenamiento. Hay
    que partir del estudio del Ordenamiento en lugar
    de las Normas en particular.

27
NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
  • El Derecho es un sistema que tiene una
    estructura, es un ordenamiento del comportamiento
    humano compuesto por un sistema de reglas con
    unidad y coactividad.
  • Además opone su antítesis a la visión estructural
    señalando que tiene una función el Derecho, no
    sólo ser represivo, sino también promocional
  • .

28
ANÁLISIS FUNCIONAL DEL DERECHO
  • Obedece a la expansión de la Sociología, como una
    teoría que piensa que no solamente se producen
    normas por el Estado sino también por la
    sociedad.
  • Teoría de las normas
  • Primarias dirigidas a jueces (Ihering)
  • Secundarias a ciudadanos.
  • Punto de vista constitucional.
  • Primariasen un nivel superior (supra-subordinació
    n. Art 133)
  • Secundarias estan en un nivel inferior. La
    normas secudarias no pueden modificar a las
    primarias(Cconst)

29
Teoría de las normas jurídicasproposiciones
prescriptivas.
  • Tres elementos
  • Sujeto Activo El que realiza el supuesto
    normativo.
  • Sujeto Pasivo El destinatario.
  • Objeto La acción prescrita, V.g. Levántate? Se
    entiende que cuenta con un destinatario sujeto
    y un comportamientoobjeto.
  • Interpretación El primer paso radica en
    preguntarse A quién se dirige y qué
    comportamiento contempla? En segundo lugar Toda
    conducta es realizada por un sujeto activo.

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EXPLICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE LAS PROPOSICIONES
PRESCRITIVAS
  • Pueden ser Universales (todos los miembros de una
    clase) o individuales (un elemento
    específicamente determinado), en síntesis
  • Pueden existir tres criterios de distinción
    combinando el sujeto activo, sujeto pasivo o
    acción prescrita con las proposiciones
    universales o individuales, resultando las
    siguientes combinaciones

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COMBINACIONES DE PRESCRIPCIONES
  • Sujeto activo universal
  • Vg Grupo de niños juega al escondite (pp.286 N
    Bobbio)
  • 2. Sujeto activo individual
  • Vg Haz la tarea (idem)
  • 3. Sujeto pasivo universal
  • Vg. Todos los invitados al baile deben venir con
    máscara. (Art 315 CC Italiano)
  • 4. Sujeto pasivo individual
  • Vg Vete a coger las maletas y llévalas a la
    estación. Art 155 CC Italiano)

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COMBINACIONES DE PRESCRIPCIONES
  • 5. Prescripciones que tienbe por objeto acción
    tipo
  • Vg El médico le dice al paciente usted debe
    dejar de fumar. (Art. 145 CC Italiano) El marido
    debe suministrar alimentos a la mujer.
  • 6. Prescripciones que tienen por objeto una
    acción concreta.
  • Vg Cierra esa puerta. (Art. 210 CPC Italiano).
  • El juez a instancia de parte requiere a la otra a
    presentar un documento para el proceso.

33
Robert Alexy La validez del Derecho
p87(Sociología Jurídica).
  • 3 elementos para concepto de derecho
  • Eficacia social, ética y jurídica(3HVNR)
  • 1.Eficacia social una norma vale socialmente si
    es obedecida o se aplica una sanción. Es un
    asunto de grado.
  • Concepto de obediencia ambiguo basta
    comportamiento externo o presupone conocerla y
    motivos para cumplirla?
  • V . g. si se aplica 95 muy eficaz.

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Validez no sólo númerica (Alexy)además es
gradual ( se mide impunidad).
  • V.g. una norma es obedecida 85, sólo se aplica
    sanción 1 de los casos de desobediencia vs. Una
    norma obedecida en 80 pero se aplica sanción el
    98 de los casos de desobediencia muy eficaz.
  • Se conoce la validez por dos conceptos
  • 1.Obediencia
  • 2.Aplicación de sanción.

35
R.AlexyConcepto ético de validez, axiología
jurídica Nino
  • Objeto del concepto validez moral (R. D).
  • Una norma vale moralmente cuando está
    justificada, vale en su corrección (D. Nat).
  • No se basa en eficacia social ni en legalidad,
    sino en la demostración moral de que es ética
  • Vale moralmente cuando está moralmente
    justificada(razonada, por D. Nat, o
    argumentada,R.ALEXY Teoría de la Arg)

36
R. A. Concepto jurídico de validez.
  • Los conceptos sociológicos y éticos son puros, el
    jurídico no.
  • Si un sistema normativo no logra eficacia social
    no tiene tampoco validez jurídica.
  • Si únicamente tiene criterios de validez social,
    será concepción positivista, si sólo contiene
    criterios morales, no positivista.
  • Propiedades específicas de validez jurídica
    cuando es dictada por autoridad competente(16
    const),conforme procedimiento previsto(14c),sin
    lesionar un derecho de rango superior(133c).
  • Cuando es dictada conforme a Derecho.

37
Problemas de validez jurídicainterno y externo.
  • Interno Cómo se resuelve si una norma fue
    dictada por autoridad competente o conforme al
    debido proceso legal?
  • R Norma fundamental Arts. 16 y 14 C.
  • Externo R determinación de relación del
    concepto jurídico, con ético y social.
  • Colisiones Casos extremos se perciben
    (controversias).Si pierden validez social no
    necesariamente jurídica, en normas aisladas. Sólo
    si las constitucionales pierden validez, tienen
    ineficacia social.
  • Hoerster en caso de conflicto abierto se impone
    el sistema normativo .

38
Problema de validez normativo como un todo
Revolución.
  • Fácil decir que vale el que se ha impuesto
    frente a otro T de la dominación (v. g. Const.
    1917 Decl.U. de Ds. Hs.1948)
  • Teoría del cambio del sistema jurídicop91
  • Una norma dictada conforme a constitución, no
    pierde su validez porque sea a veces
    desobedecida y sancionada.
  • En caso de normas aisladas la eficacia social no
    es condición de validez jurídica.

39
Para validez jurídica, un mínimo de eficacia
social (probabilidad de cumplimiento o derogación)
  • D pérdida de validez jurídica por ineficaz.
  • Cuando no es correctivo el sistema es injusto se
    aplica argumentación de injusticia como un todo
    sistema injusto. Su campo de aplicación común a
    normas aisladas, cuando afecta al conjunto es
    Inj.
  • Asimetrías Es dable entre validez social y
    jurídica, más que la moral.
  • Sólo por extrema injusticia se derrumba un
    sistema o uno que no cuente con eficacia social

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Concepto adecuado de DerechoSe relacionan 3
elementos.
  • D LEM. Legalidad, eficacia y moralidad.
  • Recurrir al criterio simple de injusticia
    extrema.
  • Norma fundamental validez interna de norma
    si es dictada de acuerdo a D.
  • Presuponen el supuesto de validez (K.)
  • NFAnalítica(Kelsen),NF normativa(Kant) y
    NFempírica (Hart).

41
Norma Fundamental analítica (Kelsen)
  • Fundamenta la validez de todas las normas del
    sistema, fuera de ella misma.
  • Par llegar a la NF, 2 veces. por qué.
  • V.g. porque la petición de de X de Hda. es
    válida y la del asaltante no. Por la razón
    legal por qué valen las leyes hacendarias?
    Porque la Constitución ha autorizado al
    legislador a dictarla. por qué vale la
    Constitución?Problema, un paso de un ser a un
    deber ser.Alexy responde con silogismo de norma
    fundamental y corrige a Kelsen.

42
Silogismo de validez de la Norma Fundamental de
Alexy .
  1. Si C fue promulgada y eficaz, entonces está
    jurídicamente ordenado comportarse conforma a C.
  2. C ha sido realmente P(prom) y E(eficaz).
  3. ERGO sí esta jurídicamente ordenado comportarse
    conforme a C(constitución)
  4. Polémica NF Necesidad, posibilidad, contenido y
    status.La diferencia K dice uno debe y todo el
    ordenamiento, Alexy dice está jurídicamente
    ordenado, le faltó lógica a K.
  5. Kelsen realiza un paso más que omite A.

43
Kelsen vs. Hart La necesidad de una norma fund.
  • Hart sería una duplicación innecesaria, porque
    existe una Constitución practicada
  • El hecho de que participantes acepten y
    practiquen una C, significa que está
    jurídicamente ordenado comportarse conforme a
    C.es superflua?
  • Ross tiene razón ?.. The individuals ought to do
    what they ought to do.
  • Aquellas reglas de C que dicen que es derecho
    válido lo en ella previsto(rule of
    recognition),según A no puede decirse también
    que valenjurídicamente, son presupuestas (fact)

44
Posibilidad de una norma fund.
  • Dworkin Argumento de pautas o pincipios(todos
    pertenecen a D, deben ser tomados en cuenta como
    correctivos, morales) pero según A no elimina la
    posibilidad de una constitución.
  • La clausula abiertatal como corresponde a la
    pretensión de corrección,remite a pautas morales
    sin mencionarlas.
  • Puede ser aceptada por principio de seguridad
    jurídica, esencial de corrección jurídica, por
    método jurídico se excluye posibilidad de que con
    la apertura se conduzca a arbitrariedad.

45
Kelsen NF es neutral por su contenido.
  • Un orden jurídico sea justo o injusto no vale.
  • Tampoco la paz que garantiza.No se afirma
    ningún valor que trascienda el derecho
    positivopor ello cualquier contenido puede ser
    derecho(K1960204)
  • Contradice el argumento de la injusticia.
  • Tampoco destruye la idea de una NF.
  • Se puede introducir clausula de injusticia.

46
Status y tarea fundamental
  • Reunir tres criterios.
  • 1.TRANSFORMACION DE CATEGORIAS Posibilitar el
    paso de un ser a un deber ser
  • 2. DETERMINACION DE CRITERIOS.
  • HECHOS CREADORES DEL DERECHO
  • ESTABLECER CRITERIOS QUE ES EL DERECHO. K
    NFsimple y aplicable a todos los sistemas
    jurídicos desarrollados.
  • Dif, Hart,rule of recognition,reglas de laC que
    dicen lo que es el derecho(a matter of fact).

47
Será Dogmática un sinsentido?
  • Confusiones por desconocimiento lenguaje reglas
    lógicas, semánticas y sintácticas.
  • Embarca a los seguidores a polémicas estériles.
  • Abogados prácticos saben que la suerte de un
    asunto, depende de opinión de jurista
    prestigioso.
  • Preparan un caso en investigaciones dogmáticas en
    Bibliotecas.
  • Por tanto, no es tan cierta la interrogante.

48
Jueces importancia Dogmática.
  • Jueces Fundan sus sentencias en textos legales,
    jurisprudencia y respaldo doctrinario.
  • Legisladores toman en cuenta opiniones.
  • Profesores también enseñan leyes, jurisprudencia
    y doctrina de escritores.
  • No es un parloteo vano(NINO), cumple función
    social.
  • Juristas conocen las exigencias metodológicas
    porque son evaluadas por otros académicos.

49
Que es la Hermenéutica Jurídica?
  • Busca la interpretación del derecho.
  • De manera objetiva, neutral y seguridad Jurídica.
  • Ahora se rechaza la propuesta positivista de Hart
    y Kelsen, con los aspectos
  • 1.Subjetividad de creador e intérprete.
  • 2.Contexto histórico, político, econ y social
  • 3.Argumentos racionales y no deductivos.

50
Objetividad vs. Subjetividad
  • Enfoque positivista Es conocimiento científico
    el Derecho.
  • Metodología e Interpretación persiguen encontrar
    la voluntad del legislador.
  • El derecho tiene carácter objetivo y eficiente.
  • Nueva Hermenéutica hay que rescatar lo material
    del derecho, aunque conservar lo formal.
  • Permite predicciones y generalizaciones.
  • Son herramienta para sistematizar el ordenam.

51
Nueva HermenéuticaToda interpretación jurídica
tiene forma y contenido
  • Sin renunciar a certeza y seguridad.
  • Busca la objetividad a partir de subjetividad y
    demás elementos materiales del derecho mejorar
    interpret.
  • Gadamer y Emilio Betti H significa entender, a
    partir del intérprete
  • Condicionado por el contexto sociopolítico
  • Método formal-deductivo no sirve, porque la ley
    no es letra muerta
  • El lenguaje utilizado no es neutral, debe
    traducirse, se reexpresa con el lenguaje de él.

52
Hermenéutica de Betti importa entender, no la
voluntad del legislador.
  • Requiere de Argumentaciones racionales.
  • Conocimiento del Derecho, deja de ser
    descriptivo para ser creativo.
  • Debe atender las circunstancias históricas.
  • Tiene Lagunas y contradicciones(antinomias).
  • No toda legislación es vigente.

53
Teoría del Derecho Ni iusnaturalista ni
iuspositivista, postura ecléctica Pospositivista.
  • Especialización dos juristas con lenguaje
    distinto.
  • Dreier dos posiciones especialización y
    teorizaciones.
  • Provocan Pluralidad de Metodologías, teorías y
    terminologías distintas.
  • Evitan un abogado experto en todo.
  • Vg.EspecializaciónLaweconomics.

54
Ch.Morris Semiótica o teoría de los
signos(Pragmática, semántica y sintaxis).
  • Análisis del lenguaje de juristas o Teoría D
  • Hermenéutica
  • Pragmática, Austin y Searle(uso del lenguaje
    investigado por hablante ).Momento de creación
    texto
  • Semántica (significado relacion expresiones
    lingüistícas con objeto)texto creado
  • Sintáxis(forma), uso determina forma, por tanto
    muy relacionados los tres.Texto creadoCadena

55
Creación del texto Robles. P 160.
  • Pragmática quien habla o escribe o usa el
    lenguaje jurídico, crea el texto (abog, juez)
  • Semántica Significado Texto (realidad social no
    sólo texto escrito, conecta con parte no escrita
    para interpretarlo)
  • Tarea de Comprensión e interpretación.
  • Regla jurídica escrita se conecta
    hermenéuticamente con Realidad social.
  • Sintaxis Forma lenguaje (texto creado), no
    significado sino estructura .
  • Teoría del Derecho análisis de lenguaje juristas
    y textos
  • ,

56
Teoría del Derecho, G. Robles.
  • T Decisión judicial estudia problemas del
    momento o de creación texto jurídico.
  • T Dogmática J problemas teóricos para comprender
    texto creado, vg. D. Español
  • T Formal estudio reglas jurídicas y conexiones,
    por método lógico-lingúístico
  • Propone temario (p166-167) 1.IntD.Natural.Crisis
    .Positivo.Crisis.Análisis Lenguaje.
  • 2.T.LógicaLingúística3.Dogmática.4.Decisión.

57
Ventajas del programa T del D.(R)
  • Busca servir como herramienta teórica a juristas
    , con criterio pragmático.
  • Evita elucubraciones distantes de realidad
  • Jurista con problemas teóricos se adapta
  • Qué abogado no interesa la retórica o lógica
    jurídica?Que legislador de la teoría de la
    legislación?Que tratadista por elaboración de
    conceptos jurídicos?

58
Con Pragmatismo disuelve polémica Iusnaturalismo
vs Positivismo.
  • Justicia pierde dimensión ontológica(d.nat)
  • T de la decisión es su lugar
  • Carece sentido que es la justicia en relación con
    concepto Derecho, negando al derecho injusto.
  • Ahora vinculamos justicia y decisión, par decidir
    en la realidad, en la vida social sobre
    problemas de hombres.

59
Teoría del Derecho recupera tema
Justicia(denostado por positivismo).
  • Racionalidad práctica (Crítica de la razón
    práctica).
  • Partir de la realidad.
  • Uso del lenguaje(Filosofia Lingüística).
  • Investigaciones iuspositivistas recuperadas con
    planteamiento epistemológico Estructura Formal
    del Derecho.

60
Kant Racionalista, padre Método.
  • Sólo importan ideas y conceptos referidos a la
    experiencia.
  • Todos conocimientos comienzan con experiencia( vg
    Es necesaria pasantía )
  • Mundo es resultado de actividad organizadora de
    la razón
  • Ciencia crea su objeto,Actividad científico
    activo no pasiva. Respuesta determinada por
    pregunta
  • Pregunta y observador contesta, es creativa

61
Continúa Kant Racionalista-
  • Razón lleva de la mano sus principios que puede
    convertir en leyes y experiencia.
  • Para llegar a la razón no permitir al maestro
    decir todo.
  • El Juez pregunta a testigos e indaga la verdad de
    los hechos.
  • El estudiante de Derecho debe conducirse igual.
    Que utilize el contexto de descubrimiento.

62
Popper vs Kant
  • Si intelecto impone sus leyes a natura, no
    obtiene de ella, como Kant.
  • Pero añade Se equivocó de que esas leyes eran
    necesariamente verdaderas.
  • Ni tampoco siempre se obtiene éxito.

63
Ciencia jurídica objeto de filosofía Método y
Contenido?
  • Crírticas Kirchman 3 palabras del legislador
    convierten bibliotecas en basura
  • Jurisprudencia o Dogmática Ciencia del Derecho
    Saber que describe normas .
  • Otras con objeto material igual, distinta
    perspectiva Hist. del Derecho Filosofía
    política, sociología Jurídica.
  • Saber jurídico Dogmática supuestos, reglas del
    juego y funciones sociales.

64
Modelos innovadores de Dogmática.
  • Kelsen criticó resultados por esclava del poder
    e ideología.
  • Aisló de otras disciplinas, Teoría pura.
  • Críticas
  • Escasa relevancia práctica.
  • Falta de rigor metodológico.
  • Kelsen la dotó de objeto (normas) y método propio
    (lógico-jurídico).

65
Relevancia práctica Dogmática no verdadera o
falsa, sino defendible,no puede quedar sin
contestar una pregunta, en otra ciencia sí.
V.g.Medicina.(Larenz26)
  • Para que sirve si no resuelve problemas.
  • Lógica de juristas se aparta del sentido común
    menos común de los sentidos.
  • No cumple con objetivos de Sociedad.
  • Reglas
  • Objetivos
  • Funciones sociales.

66
Saber jurídico, es científico?Objetivo de Int.
Ciencia Jurídica de Calsamiglia?
  • No busca responder esta pregunta.
  • Sólo Describir como es y se desarrolla.
  • Funcionamiento de Comunidad Jur.
  • Reforma, como es esa actividad.
  • Como es para saber como debe ser.
  • Precisar crítica metodológica Dogma
  • Si es científico o no el saber,
    preocupación
  • No No incrementa conocimiento si
    contestamos .
  • Si Comprensión de funcionamiento.

67
Critica metodológica
  • Método descriptivo, no científico.
  • Importa saberCómo es y como funciona
  • Saber si es o no Ciencia Jurídica, no aumenta el
    acervo del conocimiento.
  • No es pregunta pertinente.
  • Por tanto, no es relevante responder al
    cuestionamiento, es falso debate.
  • Si importa la funcionalidad del Derecho (Bobbio)

68
Para que sirve un saber que no resuelve
problemas prácticos?
  • No se resuelven bien o no en absoluto.
  • Impunidad total o quasiimpunidad ( 90) Hoy se
    afirmó que se sentencian muy poco de los
    consignados, ninguno por tortura.
  • De 200000 amparos 3 Sentencias
  • Un solo caso ante Corte Interamericana por
    violación de derechos humanosMartín del Campo,
    por tortura confeso haber matado a su hermana y
    cuñado, el cte Reconoció confesión por tortura
    otro ej. Impunidad de muertes juárez.

69
Polémica Realistas vs Nominalistas
  • Conocer no es descubrir esencia de las cosas, más
    allá de experiencia.
  • Definir no Describir realidad intrascendente.
  • Caracteriza al conocimiento no son los nombres o
    conceptos sino método.
  • Hay Juristas realistas, creen conocer es
    describir esencias intemporales (Platón).

70
Falacias de Juristas actuales.
  • Conocer es definir y conocer naturaleza de las
    cosas, éstas son sólo nombres significados
    lingüisticos.
  • Nino Por equivocación platónica entre lenguaje y
    realidad.
  • Hay una sóla definición válida para cada palabra,
    se adoptan dogmas.
  • A favor de nominalistas Tarea cognoscitiva no se
    reduce a definir, sino a resolver problemas.
  • Definiciones no es el modo de conocer realidad
  • Operación lingüística para conceptos teóricos.

71
Caracteriza conocimiento procedimientos no
concepto.
  • Método es lo importante Es el orden o secuencia
    de pasos para arribar y comprobar la realidad.
  • Método crea el objeto.
  • Permite hablar objetivamente de él
  • C. Derecho tiene su método y objeto propios.
  • Por tanto, sistematiza principios, valores, ideas
    y conceptos con órden lógico sí C.

72
Crítica a Dogmática o Jurisprudencia.
  • Con categorías o conceptos jurídicos no se
    explica el Derecho.
  • Es sesgada la visión por influencia ideológica.
  • El saber jurídico no resuelve problemas reales
    (Realismo o Sociologismo).
  • Más esotérica El pueblo no entiende el derecho
    .Se separa del sentimiento gente y de
    destinatarios.

73
Crítica al Saber Jurídico
  • Complejo y difícil de entender.
  • Más difícil de juzgar.
  • Imposible utilizar lenguaje jurídico, a ajenos
    del círculo(Comunidad dogmática) Hart
    Expresión lingúistica.
  • Carece de sentido la crítica, la ciencia no puede
    ni resuelve todos los problemas.
  • Se plantea problemas solucionables bajo su
    método.
  • La Jurisprudencia da respuesta a toda pregunta o
    planteamiento jurisdiccional, no puede darse el
    lujo de decir no puedo resolverlo (Art. 17 C)

74
Jellinek, Lebland y Kelsen.Polémica metodológica.
  • Influencia de Kant.
  • El método crea al objeto porque nos permite
    hablar objetivamente de él.
  • Saber jurídico transformará en Ciencia, cuando
    tenga un método propio.
  • Que le permita escoger su Objeto.
  • Lo hizo Kelsen en su Teoría pura del D.
  • Se auxilia de otros métodos Sociológico.

75
Monísmo MetodológicoVarita mágica
  • SÍ UN METODO, LUEGO SABER JURIDICO.
  • Desperdicio de tiempo en discusiones sobre
    perspectivas de observación del fenómeno
    jurídico
  • Iusnaturalismo Villoro(Méx.)
  • Positivismo y Normativismo Kelsen, Hart.
  • Realismo Dworkin

76
Dogmatismo vs. Dogmática (dif)
  • Sólo mi concepción y visión es válida.
  • Demás visiones insuficientes e incompatibles.
  • Método cambia saber jurídico en científico.
  • Dogmática no significa seguir dogma de fe
  • Es la Jurisprudencia o Ciencia del Derecho.

77
Filosofía de la Ciencia.
  • Qué es un método?
  • Objetivo Ciencia es conocimiento verdadero.
  • Metodología Criterio para buscar Verdad
  • Nunca verdad Absoluta (vg. Religión),
  • Siempre relativa y comprobable.
  • Ideal encontrar la razón y experiencia en
    síntesis.
  • Historia Fil. C Descubrir verdad o controlarla.
  • Critica Positivismo No tomar hipótesis por
    Dogmas

78
Excesivo rigor al DerechoAbsurdo pedirle más
que otras Ciencias.
  • OTRAS CIENCIAS CARECEN PROCEDIMIENTOS QUE
    GARANTICEN DESCUBRIMIENTO VERDAD Y
    JUSTIFICACION.
  • Un buen método
  • HAY QUE TRATAR DE DAR
  • Contexto de descubrimiento o de justificación.

79
Comunidad JurídicaEstudio con prácticos
Jueces,Abogados,Legisladores
  • No sólo estudiar la Dogmática.
  • Interesa por el lenguaje usado.
  • Es un lenguaje de transmisión conocimientos.
  • Hart D L derecho es expresión lingüística.
  • Cómo lo utilizan los jueces y abogados.
  • Pragmática Busca descifrar lenguaje intermedio o
    intercomunicativo (vg. inteligencia artificial,
    en
  • Autónoma de Barcelona , Pompeu Casanovas)

80
Polemica Realistas vs Nominalistas
  • Ganan Nominalistas Hoy no importa definir
    conceptos sino conocer la realidad, precisar
    términos es operación lingüística
  • Conocer no es describir esencias o la naturaleza
    de las cosas intemporales(Platón)
  • Nino En Juristas subsiste error de relacionar
    lenguaje con realidad.

81
Método es importante, no concepto, para el
Conocimiento.
  • Los procedimientos para acercarse a la verdad,
    pasos o secuencia ordenada de actuar para llegar
    a la meta(vg.Sentencia)
  • Hume Experiencia único criterio verdad
  • Niega fundamento lógico inducción.
  • No se puede inferir objetos que no conocemos por
    experiencia.
  • Falso vg. Física Newton, antes teoría.
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