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calculo de las transacciones de energ a y potencia de los generadores t rmicos en el mercado el ctrico mayorista y su evaluaci n contable generaci n neta ... – PowerPoint PPT presentation

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1
CALCULO DE LAS TRANSACCIONES DE ENERGÍA Y
POTENCIA DE LOS GENERADORES TÉRMICOS EN EL
MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA Y SU EVALUACIÓN
CONTABLE
2
INTRODUCCIÓN
  • Los métodos para la realización de los cálculos
    se lo desarrolla en base a las regulaciones,
    reglamentos y procedimientos aprobados por el
    CONELEC.
  • Los procedimientos de cálculo son desarrollados
    tomando en consideración valores reales
    entregados por las unidades de la empresa
    Electroguayas y CENACE en el año 2007.

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OBJETIVOS
  • Conocer los procedimientos y las regulaciones del
    CONELEC para el cálculo de la compra, venta de
    energía y potencia en el MEM.
  • Calcular los ingresos, egresos e ingresos netos
    por compra, venta de energía y potencia por cada
    unidad de generación térmica de la empresa.
  • Contrastar la valoración económica, horaria,
    diaria y mensual entre los datos de energía de
    las unidades de generación y los datos de energía
    publicado por CENACE.

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ANTECEDENTES
  • La Ley Del Régimen Del Sector Eléctrico fue
    expedida el 10 de octubre de 1996, la ley
    establece la creación del MEM y el articulo 45
    que estará constituido por los siguientes Agentes
    incorporados al SNI
  • Generadores.
  • Distribuidores.
  • Grandes Consumidores.
  • El MEM requiere de nuevas entidades que lo
    regulen, normen y administren desde el punto de
    vista técnico y comercial, estos son el CONELEC y
    el CENACE además se establece el FONDO DE
    SOLIDARIDAD, como organismo poseedor de la
    totalidad de las acciones de las empresas
    distribuidoras, así como de las instalaciones de
    generación y transmisión.

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ESTRUCTURA DEL SECTOR
  • CONELEC
  • CENACE
  • GENERADORES
  • TRANSMISOR
  • DISTRIBUIDORES
  • GRANDES CONSUMIDORES

6
MODALIDADES DE TRANSACCIONES EN EL MEM
  • MERCADO A PLAZO (CONTRATOS)
  • MERCADO OCASIONAL (SPOT)
  • El MEM abarca la totalidad de las
    transacciones que se celebren entre generadores,
    generadores con distribuidores y entre
    generadores con grandes consumidores.

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PROCESO PARA LAS TRANSACCIONES DE ENERGÍA Y
POTENCIA
  • MEDICIÓN DE ENERGÍA
  • La regulación del CONELEC 005/06 SISTEMA DE
    MEDICIÓN COMERCIAL DEL MERCADO ELÉCTRICO
    MAYORISTA define los requisitos técnicos y las
    condiciones de funcionamiento del SISMEC para que
    el CENACE disponga dentro de los plazos
    establecidos, de manera segura, oportuna y
    confiable, de la información necesaria para la
    liquidación de las transacciones del MEM.
  • La información necesaria son los valores de
    energía, que en cuartos horarios registran los
    medidores de energía de cada unidad de generación.

8
  • Los equipos de medición de energía están
    ubicados
  • Energía Neta En los puntos de frontera de la
    central.
  • Energía Bruta En los bornes del generador.
  • Energía para Auxiliares En caso de que las
    instalaciones no permitan establecer el consumo
    de auxiliares a través el medidor de energía
    neta, será necesaria la medición en el (los)
    alimentador (es) para consumo de auxiliares.

9
MEDIDOR REGISTRADOR DE ENERGIA BRUTA
10
CONDICIONES PARA EL CALCULO DE ENERGIA NETA
  • Condición 1
  • Condición 2
  • Donde i es el tiempo desde la hora 1 hasta la
    hora 24

11
MEDIDOR REGISTRADOR DE ENERGIA NETA
12
CONDICIONES PARA EL CALCULO DE ENERGIA AUXILIARES
TOTALES
  • Condición 1
  • Condición 2
  • Condición 3
  • Donde i es el tiempo desde la hora 1 hasta
    la hora 24.
  • C1, C2 Columnas del medidor de neta

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CALCULO DE AUXILIARES EXTERNOS
  • Los auxiliares externos en cada hora del día se
    calcula de la siguiente forma
  • El pago por auxiliares externos esta dada por
  • Donde
  • PECAG Pago de energía auxiliar consumida por
    generadores a la horah
  • FNG Factor de Nodo del generador a la hora h.
  • PEBM Precio de la Energía en la barra de
    Mercado a la hora h (US / Kwh)
  • ECAG Energía consumida en auxiliares por el
    generadora a la hora h (Kwh)
  • h Hora.
  • i Unidad de generación correspondiente.

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MERCADO DE CONTRATOS
  • Los contratos a plazo son aquellos que se pactan
    libremente entre
  • Generadoras y los agentes distribuidores.
  • Generadores y grandes consumidores.
  • Distribuidores y grandes consumidores.
  • Por un plazo mínimo de un año y a ser cumplidos a
    través del CENACE . Asimismo se consideran las
    transacciones
  • Generadores con exportadores.
  • Importadores con los distribuidores.
  • Importadores con grandes consumidores.

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  • El calculo de la energía neta entregada por una
    unidad a contratos se lo realiza de la siguiente
    forma
  • Donde
  • EC h1,D1 Energía de una unidad que entrega a
    contratos a una distribuidora en la hora1. (MWh)
  • ENU1 h1 Energía neta de la unidad en la hora1.
    (MWh)
  • DD h1,D1 Demanda de energía de una distribuidora
    en la hora1. (MWh)
  • ?DD h1 Sumatoria de la demanda de todas las
    distribuidas en la hora1. (MWh)
  • lim D1,h1 Limite de confiabilidad horario por
    central de generación.

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Energía Comprada en el Mercado Ocasional para
cubrir contratos
  • Es la energía que se debe comprar para cumplir
    con la cuota de contratos.
  • Se liquida

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MERCADO OCASIONAL
  • La energía entregada por el generador al Mercado
    Ocasional se determina considerando la energía
    entregada en su nodo (energía neta) y la energía
    pactada en contratos.
  • Para una hora dada
  • Donde
  • ENMO Energía neta entregada en el mercado
    ocasional.
  • EN Energía neta generada.
  • Ec Energía contratada.
  • h Hora.
  • i Unidad de generación correspondiente.

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RESTRICCIONES E INFLEXIBILIDADES OPERATIVAS
  • Las Restricciones Operativas son las limitaciones
    impuestas por la red de Transmisión o por los
    Agentes del MEM que impiden la ejecución del
    despacho económico y ocasionan diferencias entre
    la producción prevista de los generadores en el
    despacho económico y el despacho real o incluso
    la operación de plantas diferentes a las que
    habían sido consideradas en el despacho
    económico.

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  • Calificación de la generación entregada al SNI
  • Operación Normal o económica código (1)
  • Generación Obligada. Código (2)
  • Generación Forzada. Código (3)
  • Generación Inflexible. Código (6)
  • Generación No Solicitada. Código (7)
  • Generación por Pruebas. Código (5)

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  • GENERACIÓN NORMAL
  • La generación normal o económica se da cuando los
    costos variables de producción de un generador
    son menores al precio horario en la barra de
    mercado.
  • Para remunerar a un generador si ha sido
    despachado como generación normal se emplea el
    precio en la barra de mercado.
  • GENERACIÓN OBLIGADA
  • Para atender la demanda con niveles de
    confiabilidad y seguridad del SNI o de un área
    del SNI.
  • Por cobertura de demanda.
  • Una máquina operando de esta forma se remunera a
    costo variable. Esta operación, por lo tanto,
    puede ocasionar sobrecostos, estos son asumidos
    según lo establece la Regulación CONELEC 002/00.

21
  • GENERACIÓN FORZADA
  • Por restricciones de la red.
  • Por calidad del servicio local.
  • Despacho con restricciones de red.
  • La operación de estas unidades se remunera a
    costo variable.
  • GENERACIÓN INFLEXIBLE
  • Cuando se presentan potencias adicionales sobre
    las potencias despachadas, dentro de los limites
    declarados por los agentes y aceptados por el
    CENACE.
  • La operación de estas unidades se remunera a
    costo variable.

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  • GENERACIÓN NO SOLICITADA
  • La Generación no solicitada corresponde al SNI,
    por causa del generador, sin autorización del
    CENACE, o cuya salida sea posterior a lo
    dispuesto por el CENACE, considerando los tiempos
    de arranque y parada declarados por el Agente y
    aceptados por el CENACE.
  • La energía producida por esta causa no será
    remunerada al agente respectivo. Esta energía
    será asignada en forma proporcional a los
    generadores participantes en la regulación
    secundaria de frecuencia.
  • GENERACIÓN POR PRUEBAS
  • Todas las pruebas deben ser coordinadas
    previamente con el CENACE y se remuneran
    empleando el menor valor entre el costo variable
    de producción de la máquina y el costo marginal
    horario es decir, esta remuneración no podrá ser
    superior al costo marginal horario del mercado.

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  • Según REGULACIÓN No. CONELEC 008/99 (3.1.1)
    la generación por pruebas remuneran de la
    siguiente manera
  • Se remunerará la energía térmica producida en la
    etapa de pruebas y de operación experimental,
    únicamente para período hidrológico seco y para
    una generación continua de por lo menos una hora.
  • No se remunerará la producción termoeléctrica,
    durante la etapa de pruebas, cuando estas se
    realicen en períodos en que el Despacho Económico
    que efectúa el CENACE, determine vertimiento o
    riesgos de vertimiento en las centrales
    hidroeléctricas.
  • Si se trata de una Auditoria de Costos Variables
    / Verificación de parámetros siempre se remunera.
  • No se reconocerá ningún cargo por potencia en el
    período de pruebas y de operación experimental, y
    para las liquidaciones, los Distribuidores
    pagarán al Costo Marginal del Mercado y, en caso
    de existir una diferencia, esta se acreditará al
    generador que fue sustituido para permitir la
    operación experimental.

24
  • REMUNERACIÓN DE LA ENERGIA A LOS GENERADORES

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RESERVA PRIMARIA DE FRECUENCIA (RPF)
  • La regulacion primaria de frecuencia es la
    respuesta a las desviaciones de frecuencia en el
    sistema, en que actua el regulador de frencuencia
    de la maquina para corregir constantemente las
    deviaciones dentro de los límites de generación
    preestablecidos.
  • De acuerdo a lo anterior, todas las unidades de
    generación del SNI tienen que aportar RPF al
    sistema para mantener la calidad del sistema.

26
LIQUIDACION DE RPF
  • La RPF que entrega cada generador (g) en la hora
    h es
  • Donde
  • POTRPFhg Potencia entregada para RPF.
  • RPFDESPhg RPF que tienen por compromiso los
    generadores en la hora h.
  • RPFOPThg RPF aportada por el generador g en el
    despacho.

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  • Para la remuneración de RPF se toma en
    consideración el precio designado para la
    potencia remunerable puesta a disposición (Pp)
  • Donde
  • REMRPF Remuneración a cada generador por RPF
    cuando POTRPFhg gt 0.
  • COBRPF Cobro a cada generador por RPF cuando
    POTRPFhg lt 0.
  • Finalmente cada mes se totaliza cada valor
    obtenido por hora o dia para el cobro o pago
    mensual de RPF.

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  • POTENCIA REMUNERABLE PUESTA A DISPOSICIÓN (PRPD)
  • De acuerdo al Art.16 del Reglamento para el
    funcionamiento del MEM. PR es la cantidad de
    Potencia activa que será remunerada a cada
    generador. El CENACE determinará estas potencias
    hasta el 30 de septiembre de cada año y será
    aplicable para cada uno de los trimestres de los
    siguientes doce meses.
  • El cálculo se obtendrá mediante la simulación de
    la operación económica del sistema para los
    siguientes seis meses de estación seca, para este
    efecto, el CENACE utilizará los consumos
    específicos promedios de las unidades
    termoeléctricas y los costos vigentes de los
    combustibles.

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CALCULO DE REMUNERACION A GENERADORES POR PRPD
  • Liquidación Diaria de Generadores (REFERENCIALES)
  • Liquidación Mensual de Generadores
  • Donde
  • PMPDi Promedio(PMPDidía) (Promedio
    Disponibilidades Diarias)
  • Pp Precio de la Potencia en USD/kW dado por el
    CONELEC.

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DECLARACION DE IMPUESTOS Y TASA POR COMPRA DE
COMBUSTIBLES
  • El CENACE determinará los volúmenes de
    combustibles líquidos (bunker, diesel y nafta)
    consumidos únicamente para la energía
    termoeléctrica que se pone en el mercado
    ocasional de acuerdo a la información ex-post. A
    estos volúmenes de combustibles, se aplicarán los
    porcentajes de impuestos y tasas que correspondan
    considerando los precios de combustibles vigentes
    en el mes de facturación, para así determinar los
    valores en dólares que se reconozcan a cada uno
    de los Generadores Termoeléctricos. Dichos
    valores serán recaudados de todos los Agentes, en
    forma proporcional a la energía retirada del
    Mercado Ocasional en el mes de facturación.
  • Para esta liquidación, los generadores
    presentarán copias de las facturas de compra de
    combustible líquido correspondientes al
    combustible usado en el mes de la declaración.
  • Este procedimiento se lo aplicará al gas, en el
    caso que este combustible tenga un precio de
    venta que incluya impuestos y tasas.

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  • RECONOCIMIENTO DE COMBUSTIBLE REGULACIÓN
    CONELEC 003/03.
  • Donde
  • RIVA Valor por reconocimiento de IVA
    combustible por la unidad U en la hora i (USD).
  • EMO Energía entregada al mercado ocasional por
    la unidad U en la hora i realizada con los datos
    de la segunda liquidación publicada por CENACE.
  • GC Galones de combustible consumido por la
    unidad U en la hora i
  • EB Energía bruta producida por la unidad U en la
    hora i. (KWh).
  • EN Energía neta producida por la unidad U en la
    hora i . (KWh).
  • PIVA Precio del combustible con IVA (USD).
  • P Precio del combustible sin IVA (USD).

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RUBROS ECONÓMICOS FACTURADOS
  • Ingresos en el mercado ocasional y contratos
  • Venta de energía en contratos
  • Venta de energía en el mercado ocasional
  • Generación obligada
  • Generación forzada
  • Reconocimiento de combustibles REG.003/03.
  • Ingreso por regulación primaria de frecuencia
  • Venta de potencia en el mercado ocasional
  • Ajustes o reliquidaciones

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  • Gastos operativos en el mercado ocasional
  • Compra de auxiliares
  • Generación obligada
  • Generación forzada
  • Regulación primaria de frecuencia
  • Reconocimiento de combustible. REG.003/03
  • Cargos por interconexión con Colombia
  • Energía comprada en el mercado ocasional para
    cubrir contratos
  • Ajustes o reliquidaciones

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GENERACIÓN NETA DE ELECTROGUAYAS SEGÚN LA
HIDROLOGÍA
35
(No Transcript)
36
PRODUCCIÓN HIDRAULICA NETA
37
PARTICIPACIÓN DE LAS CENTRALES TÉRMICAS DE
ELECTROGUAYAS EN EL SNI
38
INGRESOS MILES (USD)
39
EGRESOS MILES (USD)
40
INGRESOS NETOS MILES (USD)
41
PRECIO EQUIVALENTE DE ENERGÍA Y ENERGÍA
COMERCIALIZADA (USD/MWh, GWh)
42
Resultado de las transacciones económicas
producto de la comercialización de Potencia y
Energía.
43
CONCLUSIONES
  • Todos los procesos desarrollado para las
    liquidaciones en el mercado eléctrico han sido
    realizados sobre la base de lo que describe las
    regulaciones pertinentes correspondiente al año
    2007.
  • Un papel importante tiene el proceso de
    verificación y convalidación con la información
    proporcionada por CENACE, puesto que, mediante
    este proceso se filtra la información que
    realmente va a intervenir en la liquidación de
    las transacciones.

44
  • Las Ventas de Energía Potencia y las
    Obligaciones (Egresos) efectuadas en el año 2007,
    produjeron unos INGRESOS NETOS de US MM 127,07,
    ello como resultado de que la FACTURACIÓN TOTAL
    fue de US MM 129,52 (Mercado de Contratos y
    Mercado Ocasional) mientras que las OBLIGACIONES
    fueron de US MM 2,45.

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RECOMENDACIONES
  • Si bien las Regulaciones y procedimientos del
    CONELEC son la base fundamental para la
    realización de los cálculos de las transacciones
    en el Mercado Eléctrico del año de análisis que
    se presentaron en esta tesis, se recomienda
    seguir la normativa vigente de la ley de Régimen
    del Sector Eléctrico y los Reglamentos
    relacionados vigentes.
  • Debido a que el Mercado Eléctrico esta en una
    etapa de cambios, ha sido necesario un constante
    cambio en los diferentes procesos de liquidación
    y por lo tanto sería conveniente tener
    aplicaciones computacionales que se adapten
    fácilmente a la dinámica del Mercado.

46
  • GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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