Title: Fondo Fiduciario para la Promocin de la Industria del Software
1Fondo Fiduciario para la Promoción de la
Industria delSoftware
2FONSOFT - Origen del Fondo
- Creado por la Ley 25.922 (de Promoción de la
Industria del Software). - El MINCyT es su autoridad de aplicación y la
Agencia Nacional de Promoción Científica es su
administradora.
3Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Objetivos
- promover el espíritu emprendedor dentro del
sector de SSI, - colaborar con la constitución de nuevas empresas
comerciales dentro del sector - colaborar con la consolidación de las empresas
elegibles ya existentes.
4Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Beneficiarios
- personas físicas,
- empresas unipersonales que no tengan más de 24
meses de antigüedad desde su inscripción al
momento del cierre de la convocatoria, - sociedades que no tengan más de 24 meses de
antigüedad desde su constitución al momento del
cierre de la convocatoria. - Las empresas productoras de bienes y/o servicios
deberán satisfacer la condición PYMEs dedicadas a
la producción de software.
- Cierre de la convocatoria 22 de abril de 2009 a
las 12hs.
5Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Proyectos elegibles
- Proyectos orientados al desarrollo de productos
de SSI, que den origen a nuevas empresas - y/o que consoliden a las ya existentes con alto
grado de innovación, - y sean factibles técnicamente, rentables y posean
mercado. - Los proyectos a presentar deberán ser creación
intelectual de los participantes. - Plazo máximo de ejecución
- 24 meses.
- Financiación
- Subsidios de hasta 150.000 (cubren hasta el 50
del proyecto), con anticipos y reembolsos según
cronograma.
6Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Subsidios de hasta el 50 del proyecto. Mediante
anticipos para desarrollar las etapas (y un
reembolso al final).
7Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Gastos elegibles
- Honorarios de los emprendedores, cada uno de los
cuales podrá percibir mensualmente el honorario
de un consultor B IV de la Administración Pública
Nacional (actualmente 3.041). - Equipamiento imprescindible
- Capacitación y reentrenamiento de recursos
humanos - Adquisición de licencias
- Insumos y/o materiales necesarios para llevar a
cabo las actividades del proyecto. - Consultorías y Recursos Humanos adicionales.
- Protección legal de los resultados.
- Puesta en el mercado del producto hasta un máximo
de un 10 del total del proyecto
8Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Se reconocerá como contraparte
- el no retribuido del honorario de consultor B
IV de cada emprendedor. - Gastos generales de los beneficiarios.
- Otros aportes realizados por terceras partes,
necesarios para la consecución de los objetivos
del proyecto - Se deberá incluir Plan de Negocios en la
presentación. - Se reconocen gastos a partir de la apertura de la
convocatoria.
9Subsidios para Nuevos Emprendedores
10Subsidios para Nuevos Emprendedores
- Se priorizarán los proyectos presentados por un
grupo interdisciplinario. - Se priorizarán proyectos destinados a áreas
estratégicas (Videojuegos, Agroindustria,
Informática industrial, Bioinformática, Medicina
y salud, Telefonía inalámbrica y celular,
Internet inalámbrica y móvil, Seguridad, Gobierno
electrónico, GIS, Procesamiento de imágenes y
señales, Turismo). - Se priorizará el grado de innovación.
11Preguntas y Respuestas (I)
- Mi empresa cumplirá 24 meses a fines de marzo de
este año? Es elegible para la promoción? - No es elegible, debe cumplir 24 meses al
momento del cierre de la convocatoria. - La condición de la cantidad de meses que figura
en las bases es sólo para empresas? Como
monotributista no importa la cantidad de meses? - La restricción temporal de 24 meses no se
aplica a monotributistas de las categorías A E,
F J. - Puedo aportar como contraparte bienes materiales
propios adquiridos con anterioridad? - NO. Tampoco son elegibles otros gastos
figurativos. - Cómo demuestro la cantidad de horas dedicadas al
proyecto? - Se trata de una actividad tasada. La evaluación
técnica decide la razonabilidad de la dedicación
informada.
12Preguntas y Respuestas (II)
- Puede una persona presentarse en más de un
proyecto? - NO.
- Cuántos proyectos por empresa?
- Sólo uno.
- Cuántas empresas por proyecto?
- Sólo una.
- Existe acción contra la primera mitad del
beneficio en caso de incumplimiento? - Si el subsidio está correctamente rendido, y se
rescinde por falta de viabilidad del mismo, no
hay acción. Pero sí habrá acción si el subsidio
no es rendido correctamente. - Qué sucede si existe otro financiamiento para el
mismo proyecto de otra fuente? Se rechaza
automáticamente el proyecto? - El proyecto no se rechaza, pero se debe
informar qué partes del mismo han sido
subsidiadas para no duplicar el subsidio.
13Preguntas y Respuestas (III)
- Se reconocen gastos de formulación del proyecto?
- Se reconocen como gastos administrativos, y por
lo tanto a contraparte, por un valor razonable,
no mayor a 3.000. - En el proyecto pueden participar personas sin
CUIT? - Para la presentación del proyecto no hace falta
tener CUIT. En el momento de la ejecución del
proyecto se necesita poder facturar para que se
impute el gasto. Si el beneficiario es una
empresa, puede tener recursos humanos propios que
no facturan, pero entonces tienen que tener CUIL
y estar registrados como empleados de la empresa. - Es necesario registrar/patentar el código?
- El registro y/o patentamiento no es requisito.
- Pueden financiarme el desarrollo de una página
Web? - Se financiará este desarrollo siempre que además
incluya el desarrollo de algún servicio brindado
por esa página, por ejemplo en la modalidad ASP.
14Qué es software (decreto reglamentario 1594/04)
- Desarrollo y puesta a punto de productos de
software originales registrables como obra
inédita o editada elaborados en el país, o
primera registración, en los términos de la Ley
N 11.723. - Implementación y puesta a punto a terceras
personas de productos de software propios o
creados por terceros, de productos registrados en
las condiciones descriptas en el inciso a). - Desarrollo de partes de sistemas, módulos,
rutinas, procedimientos, documentación y otros
que estén destinados para sí o para ser provistos
a terceros, siempre que se trate de desarrollos
integrables o complementarios a productos de
software registrables en las condiciones del
inciso a).
15Qué es software (decreto reglamentario 1594/04)
- Desarrollo de software a medida, cuando esta
actividad permita distinguir la creación de valor
agregado, aun cuando en los contratos respectivos
se ceda la propiedad intelectual a terceros. - Servicios informáticos de valor agregado
orientados a mejorar la seguridad de equipos y
redes, la confiabilidad de programas y sistemas
de software, la calidad de los sistemas y datos y
la administración de la información y el
conocimiento en las organizaciones, entre otros.
16Qué es software (decreto reglamentario 1594/04)
- Desarrollo de productos y servicios de software,
existentes o que se creen en el futuro, que se
apliquen efectivamente a actividades tales como
"e-learning", marketing interactivo,
"e-commerce", Servicio de Provisión de
Aplicaciones (ASP), edición y publicación
electrónica de información, y otros, siempre que
se encuentren formando parte integrante de una
oferta informática integrada, y agreguen valor a
la misma. En este caso, así como en los incisos
d) y e), la Autoridad de Aplicación podrá dictar
las normas aclaratorias que resultaren necesarias
a los fines de delimitar el perfil de actividades
comprendidas.
17Qué es software (decreto reglamentario 1594/04)
- Servicios de diseño, codificación,
implementación, mantenimiento, soporte a
distancia, resolución de incidencias, conversión
y/o traducción de lenguajes informáticos, adición
de funciones, preparación de documentación para
el usuario y garantía o asesoramiento de calidad
de sistemas, entre otros, todos ellos a ser
prestados a productos de software y con destino a
mercados externos.
18Qué es software (decreto reglamentario 1594/04)
- Desarrollo y puesta a punto de software que se
elabore para ser incorporado en procesadores
(software embebido o insertado) utilizados en
bienes y sistemas de diversa índole, tales como
consolas para multimedios, equipamiento satelital
y espacial en general, equipos y sistemas de
telefonía fija, móvil y transmisión y recepción
de datos, sistemas de telesupervisión y
telegestión, máquinas y dispositivos de
instrumentación y control.
19Muchas Gracias www.agencia.gob.ar fonsoft_at_mincyt.g
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