LOS DERECHOS COLECTIVOS EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL - PowerPoint PPT Presentation

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LOS DERECHOS COLECTIVOS EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL

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Title: LOS DERECHOS COLECTIVOS EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL


1
LOS DERECHOS COLECTIVOS EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • BIENVENIDOS

2
TEMATICA A DESARROLLAR
  • Trabajo en grupo Resolver temario 20 Minutos
  • Plenaria 30 Minutos
  • Disertación
  • Contexto Neoliberal Marco laboral con
    especificidad en educación
  • Clasificación de los trabajadores Sector Privado
    y Sector Público
  • Regímenes Vigentes
  • Trilogía
  • Alcances Derecho a la Negociación No en
    pensiones
  • Derecho a huelga Tribunal de Arbitramento
  • Convenios de la OIT Empleados Públicos
  • Jurisprudencia
  • Propuesta Sindical para la CUT Central Única
  • Propuesta Sindical para FECODE SUTEC
  • Sindicalismo Social

3
La Globalización Del Capitalismo
  • Desarrollo del capital en general
  • Superando mercados y fronteras
  • Regímenes políticos y proyectos nacionales
  • Regionalismos y geopolíticas,
  • Culturas y civilizaciones
  • Se da la globalización del mundo del trabajo

4
EL MODELO NEOLIBERAL
  • Cambia la estructura concentrada y rígida de la
    producción.
  • Se establecen nuevas realidades económicas.
  • Sorprendentes avances de la informática.
  • La estructura productiva se atomiza y se hace
    polifuncional.
  • Se impone el trabajo difuso debido a la capacidad
    de respuesta de las tecnologías inteligentes y de
    la robótica.

5
EL MODELO NEOLIBERAL
  • Dominio de las finanzas sobre la producción
  • Aumento de la estructura del saber
  • Aumento en la rapidez de la redundancia de
    ciertas tecnologías y su acelerada
    transnacionalización
  • El ascenso de los oligopolios globales en la
    forma de corporaciones multinacionales
  • El desmonte de las barreras arancelarias y de las
    medidas de protección de los mercados nacionales
  • los eficientes sistemas de información que
    permiten al capitalista una visión holística del
    mercado mundial.
  • Standardización de las pautas de consumo mundial

6
 NUEVA POLÍTICA LABORAL O NEOLABORALISMO
  • Transformaciones de todo tipo, asociadas a la
    globalización y al intenso cambio tecnológico y a
    la redefinición del rol del estado, el mundo
    laboral ha dejado de ser el mismo que se conocía

7
PANORAMA LABORAL LATINOAMERICANO
  • Del Fordismo, se da un desplazamiento hacia un
    "postfordismo.
  •  En medio de los procesos de flexibilización
    laboral en América Latina y particularmente en
    Colombia, cuáles son los contenidos esenciales
    del derecho del trabajo que deben preservarse
    dentro de una perspectiva de dignidad humana?

8
LA FLEXIBILACIÓN POR EXCELENCIA
  • PARECEN GENERALIZARSE LA OCASIONALIDAD Y LA
    TEMPORALIDAD DEL TRABAJO JUNTO CON EL DESMONTE DE
    GARANTÍAS SOCIALES A QUE AQUEL DABA DERECHO.

9
REALIDAD IMPERANTE
  • Los cambios operados en el plano de la empresa
    debido al proceso de globalización, las
    mutaciones a nivel del mercado de trabajo y las
    reformas laborales de los últimos quince años en
    Colombia que recortan las garantías y los
    derechos económicos, sociales y culturales de los
    trabajadores y de las trabajadoras exigen un
    replanteamiento del concepto de lucha sindical.

10
Globalización Laboral
  • El conjunto de las instituciones (sindicato,
    partido, escuela, familia, Estado, Nación,...)
    sufre los efectos de la reestructuración del
    proceso de producción.
  • Por ejemplo en el mundo del trabajo, las
    nociones de Espacio, Tiempo y Función se están
    viendo alteradas de manera radical, obligando a
    una revisión de la relación entre el tiempo y la
    naturaleza del trabajo.
  • Se modifican sus patrones de sociabilidad, vida
    cultural y conciencia, al mismo tiempo que
    cambian las condiciones de organización,
    movilización y reivindicación.

11
La Crisis De La Civilización Industrial Y La
Transformación Del Valor Del Trabajo
  • La globalización del mundo expresa un nuevo ciclo
    de expansión del capitalismo, como modo de
    producción y proceso civilizatorio de alcance
    mundial.
  • El futuro se encamina a una fragmentación
    dualista de la sociedad con las consecuencias de
    marginalización y exclusión social el desempleo
    y la precariedad del trabajo, de carácter
    estructural.
  • La concentración de riqueza provoca efectos de
    exclusión y polarización en todo el mundo.
  • Desempleo y globalización no son sinónimos.

12
La Modernización de la economía colombiana y sus
mutaciones
  • Se ponen en marcha (Con el Gobierno de Gaviria)
  • Los procesos de apertura económica y
    privatizaciones abriendo la economía a la
    competencia externa.
  • Creando un marco jurídico favorable a la
    privatización de lo estatal y la seguridad
    social.
  • Realizando ajustes en materia laboral con la ley
    50 de 1990.
  • La reforma a la seguridad social con la ley 100
    de 1993.

13
EL TRABAJO EN EL MODELO NEOLIBERAL
  • En el mercado de trabajo, el derecho del trabajo
    se achica y se vacía de contenidos
  • -Deslaboralización del trabajo
  • -Predominio de lo individual en la contratación.
  • -Reducción del ingreso laboral.
  • -Satelización de las empresas.
  • -Privatizaciones o desmonte del Estado.
  • -Flexibilidad o inestabilidad laboral.
  • -Deterioro de las posibilidades reales de
    sindicalización
  • consecuencialmente de la negociación colectiva.

14
CONSECUENCIAS
  • La intermediación laboral.
  • Flexibilidad con las recientes reformas
    laborales.
  • Informalización del trabajo en un 62, lo que
    supone un deterioro en los estándares laborales y
    por supuesto, inexistencia de capacidad de
    representación sindical

15
PANORAMA COLOMBIANO
  • El trabajo asalariado está en vías de extinción.
  • Aceptar lo anterior es subversivo.(posición
    estratégica de la burguesía).
  • Surge, realmente, una nueva forma de capitalismo
    global, muy diferente a la del capitalismo
    multinacional.

16
EN EL SECTOR PRIVADO
  • Contratos civiles o comerciales (L. 50, art. 2)
  • Socios de cooperativas (L 79/88)
  • Empresas Asociativas de Trabajo (L 10/91, art.
    4)
  • Microempresas
  • Tercerización (Trabajo Domiciliario)

17
EN EL SECTOR ESTATAL
  • Contratos administrativos de prestación de
    servicios (contrato de arrendamiento de servicios
    )
  • Contratos de servicios especiales (convenios con
    organismos internacionales )
  • Empleados y fiducia mercantil (C. Co., art.
    1226).
  • EL DESMONTE O PRIVATIZACIONES

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CONTRARIO AL CONTRATO REALIDAD
  • Los trabajadores de tiempo parcial
  • Los trabajadores de agencias de servicios
    temporales
  • Los vinculados mediante contrato civil o
    mercantil
  • Los que ejercen profesiones liberales
  • Los de contrato administrativo de prestación de
    servicios
  • por la fiducia mercantil
  • Los trabajadores de contratistas independientes
  • Los de microempresas
  • Los de cooperativas
  • Los de empresas asociativas
  • Los del contrato del término fijo  

19
Consecuencias de la Flexibilización productiva
  • Afectan los distintos componentes de la relación
    laboral
  • Remuneración
  • Prestaciones sociales
  • Jornada de trabajo
  • Organización colectiva de trabajadores
  • Características de la productividad y del consumo
  • Incorporación de la fuerza de trabajo
  • De la organización empresarial y de sus
    organizaciones

20
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • Consideran la Educación como una Mercancía La
    enseñanza es una industria de trabajo intensivo
    que utiliza grandes cantidades de mano de obra de
    alto nivel y alto costo, que al competir con
    industrias de menor trabajo intensivo cuya
    eficiencia y productividad de trabajo está
    aumentando firmemente, la enseñanza estará
    perdiendo su carrera (Philip Coombs).
  • La empresa es el modelo más eficiente y
    competitivo para organizar la producción y los
    servicios en una sociedad de mercado.
  • Las escuelas y universidades deben ahora pensarse
    y organizarse como empresas prestadoras de
    servicios educativos y los factores del proceso
    educativo como insumos, y la eficiencia y la
    productividad como criterios principales de
    decisión
  • La calidad de las escuelas y las universidades se
    valoran mediante los resultados de aprendizaje
    que hay que medir para cuantificar y comparar y
    así estimular la competencia y el costo por
    alumno.

21
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • Las escuelas deben competir entre ellas para
    captar a sus clientes o usuarios (los padres de
    familia y los estudiantes).
  • Ser competitivo es ser competitivo en el mercado.
  • Por lo anterior, hay que reducir o eliminar los
    derechos no vinculados a la competitividad,
    cambiando privilegios y derechos adquiridos,
    tanto por los profesores, como por los
    estudiantes o por las instituciones, por
    estímulos puntuales a la productividad y
    flexibilizando el mercado laboral educativo,
    estableciendo pruebas y calificaciones estándar
    en forma periódica (liberar formas de
    contratación, estimular la libre competencia
    entre los docentes).

22
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • LAS ESCUELAS DEBEN COMPETIR ENTRE ELLAS PARA
    CAPTAR A SUS CLIENTES O USUARIOS (LOS PADRES DE
    FAMILIA Y LOS ESTUDIANTES).
  • SER COMPETITIVO ES SER COMPETITIVO EN EL MERCADO.
  • POR LO ANTERIOR, HAY QUE REDUCIR O ELIMINAR LOS
    DERECHOS NO VINCULADOS A LA COMPETITIVIDAD,
    CAMBIANDO PRIVILEGIOS Y DERECHOS ADQUIRIDOS,
    TANTO POR LOS PROFESORES, COMO POR LOS
    ESTUDIANTES O POR LAS INSTITUCIONES, POR
    ESTÍMULOS PUNTUALES A LA PRODUCTIVIDAD Y
    FLEXIBILIZANDO EL MERCADO LABORAL EDUCATIVO,
    ESTABLECIENDO PRUEBAS Y CALIFICACIONES ESTÁNDAR
    EN FORMA PERIÓDICA (LIBERAR FORMAS DE
    CONTRATACIÓN, ESTIMULAR LA LIBRE COMPETENCIA
    ENTRE LOS DOCENTES).

23
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • EL SISTEMA EDUCATIVO HA DE REFLEJAR LA LIBERTAD
    DE CREENCIAS DE LOS
  • PADRES, QUIENES DEBEN TENER DERECHO A ESCOGER EL
    TIPO DE EDUCACIÓN
  • QUE DESEAN PARA SUS HIJOS. (PLURALISMO
    SEGMENTADO).PRETENDE SER
  • APOLÍTICA, DESPLAZANDO LAS DECISIONES SOBRE LA
    EDUCACIÓN DE LA ESFERA
  • PÚBLICA A LA PRIVADA DEJÁNDOLAS EN MANOS DE LA
    FAMILIA, MAMPARA QUE
  • ENCIERRA EL VERDADERO INTERÉS DE QUE LO
    EDUCATIVO SE JUEGUE CON LAS
  • REGLAS DEL MERCADO Y NO SOBRE CRITERIOS
    DEMOCRÁTICOS Y POLÍTICOS.

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LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • LA PRODUCCIÓN DEL CONOCIMIENTO ES UNA INDUSTRIA,
    UN NEGOCIO Y EL CONOCIMIENTO ES UN BIEN, UN
    PRODUCTO, UNA MERCANCÍA.
  • EL MEJOR MUNDO Y UNICO POSIBLE ES UN GRAN MERCADO
    DONDE PERSONAS, ORGANIZACIONES Y PAISES COMPITEN
    Y COOPERAN POR SU BENEFICIO ECONOMICO.
  • UN MERCADO ES UN MARCO AUTORREGULADO DONDE SE
    INTERCAMBIAN BIENES Y SE ORGANIZA EN TORNO A UNOS
    PRINCIPIOS QUE REGULAN LOS SALARIOS, PRECIOS Y
    GANANCIAS.
  • LA EDUCACION ES EN ESENCIA UN BIEN O MERCANCIA
    MAS O MENOS ESPECIFICA QUE SE INTERCAMBIA EN UN
    MERCADO ESPECIFICO.
  • BAJO UNA PIEL DE DISCURSO ECONÓMICO Y TECNICISTA
    SE MUEVE UN PENSAMIENTO POLITICO Y UNA IDEOLOGIA,
    UNA FORMA ALTAMENTE SIMPLIFICADORA DE ENTENDER EL
    MUNDO.

25
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • SE NOS HACE PASAR DE CIUDADANOS CON DERECHO A
    CIUDADANOS CONSUMIDORES.
  • DE ESTUDIANTES A CLIENTES.
  • DE MAESTROS A PROVEEDORES DE SERVICIOS.
  • SE SUSTRAE LA ESCUELA Y LO EDUCATIVO DE LA ESFERA
    DE LO POLÍTICO Y DE LO PÚBLICO PARA ABANDONARLOS
    A UN PRETENDIDO LIBRE JUEGO DE MERCADO
  • SE REDUCE TODO LO QUE TENGA QUE VER CON LA TOMA
    DE DECISIONES COLECTIVAS Y CON LA POLÍTICA AL
    CONSUMO INDIVIDUAL
  • AL NEOLIBERALISMO EN EL FONDO NO LE INTERESA QUÉ
    ES LO QUE SE ENSEÑA O DEL TIPO DE CONOCIMIENTO
    QUE SE PRODUCE, SINO QUE EL NEGOCIO DE LA
    ENSEÑANZA O DEL CONOCIMIENTO PRODUZCA BENEFICIOS
    ECONÓMICOS PARA LOS INVERSIONISTAS EL CURRÍCULO
    OCULTO TODO SE COMPRA Y TODO SE VENDE, QUE HAY
    QUE COMPETIR, QUE LA ENSEÑANZA O EL CONOCIMIENTO
    SON UNA MERCANCÍA QUE NO TIENE NADA QUE VER CON
    DERECHOS SOCIALES INDIVIDUALES O COLECTIVOS, QUE
    EL MUNDO ES UN GRAN SUPERMERCADO Y EL
    APRENDIZAJE NO ES SINO OTRA FORMA DE CONSUMIR.

26
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • La calidad educativa se empieza a construir más
    como un problema de marketing que como un
    problema pedagógico.
  • La comparación supuestamente objetiva entre los
    centros educativos se hace mediante el
    establecimiento de los estándares, con
    especificaciones técnicas.
  • Todos los alumnos en el mundo deben realizar unas
    pruebas objetivas en las áreas de lenguaje y
    matemáticas, estableciendo para ello estándares
    que permitan y estimulen la competencia. La
    discusión sobre la objetividad de las pruebas,
    sobre los aspectos a evaluar y a tener en cuenta
    es un asunto secundario. Evaluar para aceitar la
    maquinaria de la competencia global y para
    ejercer el control.
  • No es evaluar para planificar o para entender,
    sino para identificar, para radicalizar y
    universalizar los mecanismos de control hasta
    llegar a cada individuo, estimulando la
    competencia generalizada Se valoran más los
    resultados que los procesos.

27
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • SE CENTRA EL INTERÉS EN LA EFICIENCIA EN EL USO
    DE LOS RECURSOS (MINIMIZAR COSTOS) DE AHÍ EL
    INTERÉS EN EL CONTROL DE LOS TIEMPOS DE LA
    JORNADA ESCOLAR, EN EL NÚMERO DE HORAS CLASE,
    EN LA RATIO NÚMERO DE ESTUDIANTES POR PROFESOR,
    EN CAPITAR (PAGAR POR CABEZA) LA FINANCIACIÓN DE
    LA EDUCACIÓN.
  • EFICACIA EN LOS RESULTADOS EN LAS PRUEBAS, EN
    MINIMIZAR EL ABANDONO ESCOLAR Y LA REPITENCIA QUE
    EN ÚLTIMAS SE TRADUCE EN UN PROBLEMA DE
    RENTABILIDAD.
  • PRODUCTIVIDAD, MAXIMIZAR LOS BENEFICIOS Y
    EXPANDIR EL NEGOCIO.
  • SE PRODUCE UNA SERIE DE DESPLAZAMIENTOS DEL
    CONTROL HACIA FORMAS MÁS SUTILES Y SOFISTICADAS
    LAS GRANDES REFORMAS EDUCATIVAS DESDE LA DÉCADA
    DE LOS 80 NO SE INTERESAN POR EL CURRÍCULO, POR
    LAS DIDÁCTICAS O LOS MÉTODOS PEDAGÓGICOS, POR LA
    FORMACIÓN DEL PROFESORADO, POR LA CALIDAD DE LOS
    TEXTOS ESCOLARES O MATERIALES O POR LO QUE SUCEDE
    AL INTERIOR DEL AULA O DE LA ESCUELA
  • AHORA, CUANDO SE DEFINE UN LOGRO EDUCATIVO O UNA
    COMPETENCIA MÍNIMA, LO QUE SE DEFINE EN REALIDAD
    ES UN INDICADOR DE EVALUACIÓN.
  • EL CONTROL SE EJERCERÁ A PARTIR DE AHORA A TRAVÉS
    DE LAS PRUEBAS, DE LOS ESTÁNDARES, DE LAS
    ACREDITACIONES, DE LOS LISTADOS COMPARATIVOS, DEL
    PROFESOR DEL MES, DE LA UNIVERSIDAD DEL AÑO.
  • AHORA EL INSTRUMENTO DE CONTROL SOCIAL ES EL
    MARKETING, EL HOMBRE YA NO ESTÁ ENCERRADO SINO
    ENDEUDADO.

28
LA EDUCACION EN EL CONTEXTO NEOLIBERAL
  • LA INDUSTRIA EDUCATIVAEN EL NEOLIBERALISMO CONSTA
    DE (OMC, GATS)
  • Escuelas.- Ya descritas Entran niños y sale
    dinero.
  • Servicios incluyen entrenamiento, servicios a
    jóvenes en situación de riesgo y servicios
    suplementarios (tutorías, programas pre y post
    escolares).
  • Productos Incluyen medios electrónicos,
    publicaciones, suministros escolares y hardware

29
LA EDUCACION EN EL MODELO NEOLIBERAL
  • Oficinas Multilaterales Agencias de Asesoría
    Técnicas y de préstamos
  • Gran Homogeneidad discursiva en Políticas
    Educativas competencias, estándares, evaluación,
    profesionalización
  • Hecho Educativo Técnico, sin ideología y sin
    política

30
OBJETIVOS DEL BCO MUNDIAL DENTRO DE LA
GLOBALIZACION
  • Adecuar las políticas educativas en el conjunto
    de la reorganización de las políticas de
    bienestar social.
  • Prioridades Recortar costos, racionalizar el
    sistema llenando el campo educativo de una lógica
    del campo económico
  • Hacer depender los estudios - diagnóstico y los
    proyectos educativos en una lógica del mercado

31
EL DERECHO COLECTIVO Y LOSSERVIDORES
PUBLICOSNEGOCIACIÓN COLECTIVA
  •   TRILOGÍA INDISOLUBLE DERECHO DE ASOCIACIÓN,
  • NEGOCIACIÓN Y HUELGA

32
I. CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
  • Art.3 Relaciones que regula
  • Las de derecho individual del trabajo de
    carácter particular y las de derecho colectivo
    del trabajo, oficiales y particulares.
  • Art. 4º Servidores públicos
  • Las relaciones de derecho individual del
    trabajo entre la administración pública y los
    demás servidores del Estado, no se rigen por este
    código sino por los estatutos especiales.

33
CLASES DE TRABAJADORES
  • SERVIDORES PARTICULARES
  • C.S. T.
  • Contrato de trabajo (C.S.T)
  • Contrato de Prestación de Servicio(L50/90)
  • Socios Cooperados (L79/88)
  • Emp. Asociativas de Trab.(L10/91)
  • Emp de S. Temporales(L50/90
  • Contratista
  • Microempresas
  • SERVIDORES PUBLICOS
  • (D.2127/45)-Plazo presuntivo
  • Trabajadores Oficiales
  • D. Administrativo
  • Empleados Públicos
  • - Libre Nomb. y posesión
  • - De Carrera
  • De elección popular

34
CONSTITUCION POLITICA NACIONAL
  • ART. 53. EL CONGRESO EXPEDIRÁ EL
    ESTATUTO DEL TRABAJO. LA LEY CORRESPONDIENTE
    TENDRÁ EN CUENTA POR LO MENOS LOS SIGUIENTES
    PRINCIPIOS MÍNIMOS FUNDAMENTALES
  • Igualdad de oportunidades para los trabajadores
    remuneración mínima vital y móvil, proporcional a
    la cantidad y calidad de trabajo estabilidad en
    el empleo
  • irrenunciabilidad a los beneficios mínimos
    establecidos en normas laborales
  • facultades para transigir y conciliar sobre
    derechos inciertos y discutibles

35
CONSTITUCION POLITICA NACIONAL
  • situación más favorable al trabajador en caso de
    duda en la aplicación e interpretación de las
    fuentes formales de derecho
  • primacía de la realidad sobre formalidades
    establecidas por los sujetos de las relaciones
    laborales
  • garantía a la seguridad social, la capacitación,
    el adiestramiento y el descanso necesario
    protección especial a la mujer, a la maternidad y
    al trabajador menor de edad.

36
ART. 53 DE LA C. N.
  • El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y
    al reajuste periódico de las pensiones legales.
  • Los convenios internacionales de trabajo
    debidamente ratificados hacen parte de la
    legislación interna.
  • La ley, los contratos, los acuerdos y convenios
    de trabajo no pueden menoscabar la libertad, la
    dignidad humana ni los derechos de los
    trabajadores.

37
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
  • CONTRATO REALIDAD
  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO (PERSONAL)
  • REMUNERACIÓN
  • SUBORDINACIÓN

38
SERVIDORES PUBLICOSArt. 125 CN
  • TRABAJADORES OFICIALES
  • Prestan un servicio donde predomina más la
    actividad física.
  • Vinculación por contrato de trabajo.
  • Régimen de derecho laboral (Dto. 2127/45).
  • Justicia Ordinaria
  • Trilogía
  • EMPLEADOS PUBLICOS
  • Prestan un servicio donde predomina más la
    actividad intelectual.
  • Vinculación por nombramiento.
  • Régimen de derecho administrativo
  • Jueces Administrativos
  • No negociación colectiva.

39
EMPLEADOS PUBLICOS
  • LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCION
  • Actos discrecionales
  • Sin estabilidad laboral
  • No negociación Colectiva
  • Régimen salarial y prestacional general
  • DE CARRERA
  • Actos motivados
  • Estabilidad relativa
  • No negociación colectiva
  • Régimen laboral, salarial y prestacional especial
    (Estatutos de carrera)

40
DOCENTES DEL SECTOR PRIVADO ENSEÑANZA BASICA Y
MEDIA
  • Se rigen por CST
  • Contratos de Trabajo a término fijo (10 meses)
  • Arts. Especiales 101 y 102 CST
  • Sin escalafón docente
  • La mayoría no sindicalizados

41
DOCENTES UNIVERSITARIOS
  • Sector Privado
  • Autonomía U.
  • Estatutos en cada entidad
  • Priman Contratos de Prestación de servicios
  • Pocos docentes de tiempo completo
  • Sector Público
  • Se rigen por Ley 30 de 1992.(empleados públicos)
  • Incorporación por concursos
  • Docentes de TC, MT y catedráticos
  • Derechos limitados

42
II CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA PREAMBULO
  • Art. 1º
  • Colombia es un Estado social de derecho
    organizado, democrático, participativo y
    pluralista, fundada en el respeto de la dignidad
    humana y en el trabajo.

43
TRILOGIA INDISOLUBLE
  • DERECHOS
  • DE ASOCIACION
  • DE NEGOCIACION
  • DE HUELGA

44
II CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
  • Art. 39 Los trabajadores y empleadores tienen
    derecho a constituir sindicatos o asociaciones,
    sin intervención del Estado .
  • No gozan del derecho de asociación sindical los
    miembros de la fuerza pública
  • Art. 56 Se garantiza el derecho de huelga, salvo
    en los servicios públicos esenciales definidos
    por el legislador.

45
CSTArt. 414 Derecho de asociación
  • El derecho de asociación en sindicatos se
    extiende a los trabajadores de todo el servicio
    oficial, con excepción de los miembros del
    Ejército Nacional y de los cuerpos o fuerzas de
    policía de cualquier orden, pero los sindicatos
    de empleados públicos.

46
Constitución Política
  • ART. 56.Se garantiza el derecho de huelga, salvo
    en los servicios públicos esenciales definidos
    por el legislador.
  • La ley reglamentará este derecho.

47
CSTArt. 415 Atención por parte de las
autoridades
  • Las funciones señaladas en los apartes 3º y 4º
    del artículo anterior implican para las
    autoridades, y especialmente para los superiores
    jerárquicos de los asociados, la obligación
    correlativa de recibir oportunamente a los
    representantes del sindicato y de procurar la
    adecuada solución a sus solicitudes.

48
CONVENCIONES Y PACTOS COLECTIVOS
  • PACTOS COLECTIVOS
  • Los pactos entre empleadores y trabajadores no
    sindicalizados son aplicables a quienes los hayan
    suscrito o adhieran posteriormente a ellos.

49
Convenciones colectivas
  • Art. 467 Definición
  • Es el acuerdo que se celebra entre patronos o
    asociaciones patronales, sindicatos o
    federaciones sindicales de trabajadores, para
    fijar las condiciones que regirán los contratos
    de trabajo durante su vigencia.

50
Vigilancia y Control
  • Art.485 Autoridades que los ejercitan
  • La vigilancia y el control del cumplimiento de
    las normas de este código y demás disposiciones
    sociales se ejercerán por el Ministerio del
    Trabajo

51
III CONVENIOS INTERNACIONALES
52
CONVENIO 87 DE 1948 DE LA OIT
  • APROBADO POR LA LEY 296 DE 1976, SOBRE LIBERTAD
    SINDICAL Y PROTECCIÓN DEL DERECHO DE
    SINDICALIZACION

53
CONVENIO 151 DE 1978 DE LA OIT
  • CONCEDE
  • Derecho a la Negociación para los empleados
    públicos
  • APROBADO POR LA LEY 411 DE NOVIEMBRE 05 DE 1997  

54
CONVENIO 151 DE 1978 DE LA OIT
  • Art 7. Adopción de medidas adecuadas a las
    condiciones nacionales para el estímulo y fomento
    del desarrollo y utilización de procedimientos
    de negociación entre las autoridades públicas,
    acerca de las condiciones de empleo o de
    cualesquiera otros métodos que permitan a los
    representantes de los empleados públicos,
    participar en la determinación de dichas
    condiciones.

55
CONVENIO 151 DE 1978 DE LA OIT
  • Art. 8.- La solución de los conflictos que se
    planteen con motivo de la determinacion de las
    condiciones de empleo, se deberá tratar de lograr
    de manera apropiada a las condiciones nacionales,
    por medio de la negociación entre las partes o
    mediante procedimientos independientes e
    imparciales, tales como la mediación, la
    conciliación y el arbitraje, establecidos de modo
    que inspiren la confianza de los interesados.

56
SENTENCIA C- 377 JULIO 27 DE 1998
  • Al estudiar la constitucionalidad del Convenio
    151, lo declaró exequible sin condiciones.
  • Precisa que el derecho de asociación sindical
    incluye a los EMPLEADOS PUBLICOS con la única
    excepción de la fuerza pública (artículo 39 C.N.)
  •         Ratifica lo manifestado en otras
    oportunidades
  •    La negociación colectiva es inherente al
    derecho de sindicalización. Es sabido que la
    finalidad propia de las asociaciones de
    trabajadores es celebrar negociaciones colectivas
    sobre las condiciones materiales, económicas y
    jurídicas en que debe realizarse el trabajo
    (C-112/93).

57
SENTENCIA C- 377 JULIO 27 DE 1998
  •   El derecho a la negociación colectiva depende
    de la clase de relación laboral
  •   1. Contrato de trabajo (trabajadores
    particulares y oficiales). Derecho Pleno a la
    negociación colectiva.
  •    2. Relación Laboral Legal y Reglamentaria
    (empleados públicos) Derechos restringidos.
    Resulta un acuerdo colectivo no convención
    colectiva. No es suficiente jurídicamente en si
    mismo, solo expresa el contenido material previo,
    que debe ser incorporado mediante Ley, Decreto,
    Ordenanza, Acuerdo, etc, de carácter formalmente
    unilateral

58
SENTENCIA C-201 DE MARZO 19 DE 2002
  •         Por las razones expuestas, la Corte
    declarará exequibles las normas demandadas,
    (articulo 405, definición Fuero Sindical,
    articulo 467 definición Convención Colectiva y
    Articulo 25 del D.L.2351/65, Protección en
    Conflictos Colectivos del C.S.T.), pues deben
    armonizarse con el articulo 416 del C.S.T. , el
    cual restringe el derecho de negociación
    colectiva para los sindicatos de empleados
    públicos, en el sentido de prohibirles presentar
    pliegos de peticiones y celebrar convenciones
    colectivas, restricción que la Corte
    reiteradamente ha considerado acorde con la
    Constitución Política.       

59
SENTENCIA C-201 DE MARZO 19 DE 2002
  • "Sin embargo, La Corte debe admitir que, estando
    garantizado constitucionalmente un derecho de
    negociación colectiva para todas las relaciones
    laborales, incluida la de los empleados públicos
    y existiendo una amplia facultad de configuración
    normativa en esta materia por parte del
    legislador este último podría en el futuro,
    permitirle a dichos empleados presentar pliegos
    de condiciones.

60
4.2 CONSEJO DE ESTADO
  • Concepto No 1355 de 2001.-
  •  El articulo 416 del Código Sustantivo del
    Trabajo que prohíbe la negociación colectiva a
    los empleados públicos se encuentra vigente, toda
    vez que los artículos 7 y 8 del Convenio 151 de
    la OIT , sobre condiciones, se entienden sin
    perjuicio de la facultad ya mencionada por parte
    de las autoridades para expedir unilateralmente
    los actos jurídicos que fijan las funciones y
    emolumentos de los empleados públicos, previo
    agotamiento de medios de concertación .
  •    Los sindicatos de empleados públicos tienen,
    la facultad señalada en el numeral 4 del
    articulo 414 ibídem, es decir, presentar
    memoriales respetuosos, más esto no implica
    negociación.

61
4.3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
  • Homologación de Junio 05 del 2001
  • Una de las excepciones que señala la ley al
    derecho de negociación colectiva, es la contenida
    en el articulo 416 del CST., referente a los
    empleados públicos, con relaciòn a que los
    sindicatos de empleados no puedan celebrar
    convenciones colectivas.

62
CONVENIO 154 DE LA OIT SOBRE EL FOMENTO DE LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA DESARROLLADO POR LA LEY 584
DE 2000
  • Este convenio se aplica a todas las ramas de la
    actividad económica.
  • La expresión Negociación Colectiva
    comprende todas las negociaciones que tienen
    lugar entre un empleador, un grupo de empleadores
    o una organización de empleadores, por una parte
    y una organización o varias organizaciones de
    trabajadores, por otra con el fin de
  • Fijar las condiciones de empleo
  • Regular las relaciones entre empleadores y
    trabajadores
  • Regular las relaciones entre empleadores o sus
    organizaciones y una organización o varias
    organizaciones de trabajadores.
  • Reafirma la declaración de Filadelfia que
    reconoce la obligación de la OIT de fomentar
    programas que permitan lograr el reconocimiento
    efectivo del derecho de negociación colectiva
  • Respeto por la autonomía sindical
  • Conceder permisos sindicales

63
4.4 MEMORANDO No 169 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO A
LAS REGIONALES
  • "En consecuencia si el Convenio 151 de la OIT, se
    encuentra vigente incorporado a la legislación
    interna del país, al ser debidamente ratificado
    por el Estado Colombiano.
  • Aquí se podría concluir expresando, que
    necesariamente la legislación laboral que le sea
    contraria a lo regulado por el convenio No 151
    de la OIT resulta derogado tácitamente.
  • Por lo tanto las Organizaciones sindicales de
    empleados públicos, a partir del 8 de diciembre
    de 2001, tienen derecho a la negociación de las
    condiciones de empleo con la administración
    pública.

64
4.4 MEMORANDO No 169 DEL MINISTERIO DEL TRABAJO A
LAS REGIONALES
  • No obstante lo anterior, como la Corte
    Constitucional, en la Sentencia C-777 de 1998
    declaró siempre y cuando se entienda que en
    última instancia la decisión final, corresponde a
    la autoridad, señalada en la Constitución, esto
    es, el Congreso y al Presidente en el plano
    nacional y a las Asambleas, a los Concejos, a los
    Gobernadores y a los Alcaldes en los distintos
    órdenes territoriales, que para el efecto obran
    autónomamente.

65
SITUACION LABORAL EN COLOMBIA
66
  • Los trabajadores asalariados en Colombia son 8
    millones, aproximadamente
  • 3.9 millones están vinculados mediante contrato
    de trabajo
  • 1.6 millones a término indefinido
  • 2.3 millones a término fijo

67
Formas atípicas de contratación
laboral Contratos de prestación de servicios, de
carácter civil o comercial Contrato por
obra Cooperativas de trabajo asociado Contratos
sindicales Trabajo domiciliario, etc.
68
Más de 4 millones están vinculados a las
microempresas (con menos de 10 trabajadores). El
Estado es el mayor empleador. El comercio ocupa
más trabajadores que el sector industrial. La
economía informal representa más del 60.
69
El salario mínimo legal se paga a más
de 4 millones de trabajadores. Equivale a 120
dólares mensuales, es decir, 4 dólares diarios
por una jornada laboral de 48 horas semanales.
El ingreso anual per capita de los colombianos es
de US 2.500
70
Del total de la población trabajadora, solo
un 5 está organizada en sindicatos. El
sindicalismo estatal representa el 70 de los
sindicalizados. Predominan los sindicatos de
empresa, no obstante existir la posibilidad legal
de crear los sindicatos por ramas de la economía
o de los servicios.
71
Contexto organizativo del sindicalismo
La dispensión organizativa es muy preocupante
866.000 trabajadores organizados en más de 2.835
sindicatos
En cambio, los empresarios se agrupan en poco más
de 20 gremios por ramas de la economía, que les
garantiza mayor poder de interlocución frente al
Estado.
72
(No Transcript)
73
Las empresas temporales de empleo ocupan a más de
1.400.000 trabajadores (jóvenes debidamente
capacitados (vinculados mediante contratos a
corto plazo (6 meses), que le facilita a los
intermediarios del empleo efectuar un relevo
permanente y sistemático para impedir que se
organicen en sindicatos.
74
     La actitud antisindical de amplios sectores
del empresariado, también se evidencia en
sectores de la Administración Pública.
75
Del sector organizado se destaca el magisterio
De 300.000 maestros y maestras, vinculados a la
educación pública, 220.000 están afiliados a
FECODE. El magisterio del sector privado no
está organizado sindicalmente.
76
El sector salud ocupa más de 180.000 personas. El
nivel de organización es muy bajo, por las formas
atípicas de contratación de profesionales de la
salud.
77
EL PROYECTO CUT TRANSFORMACION Y
FORTALECIMIENTO DEL SINDICALISMO COLOMBIANO
78
Qué debemos transformar ?
Existe una anacrónica estructura sindical, basada
en sindicatos de base o de empresa, agrupados en
federaciones y confederaciones con poca
representación de los trabajadores, asalariados o
independientes y con poca inserción y proyección
internacional.
79
La elección directa de los dirigentes de las
organizaciones sindicales, en todos sus niveles,
debe ser el mecanismo prevalente, porque
contribuye a una mayor identificación de las y
los trabajadores con sus organizaciones.
80
Es insoslayable adoptar compromisos con la
promoción y concreción de la unidad del
movimiento sindical y el cambio de su estructura
orgánica, lo que significa trabajar en la
construcción de grandes sindicatos por rama
económica, de servicios públicos y de gremios
profesionales.
81
Sectores estratégicos
a)      El sector de la educación. Este comprende
los distintos niveles de la educación (básica,
media, universitaria, técnica y formación
profesional). A la CUT están afiliadas
organizaciones del magisterio (FECODE), de
profesores(as) universitarios (ASPU) y del
Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), cuyo
fortalecimiento tiene amplias posibilidades
mediante la afiliación de las y los docentes del
sector público y, principalmente, del sector
privado, donde es escasa la organización
sindical.
82
b) El sector de la Seguridad Social. Comprende
hospitales públicos y clínicas privadas y un alto
número de profesionales de la salud (medicina,
odontología, enfermería, entre otros) que se han
creado organizaciones sindicales por centros
hospitalarios, de profesionales y gremios, pero
con baja cobertura de afiliación.
83
c) El sector de los servicios públicos
domiciliarios. Este comprende los servicios de
energía eléctrica, las telecomunicaciones, el
acueducto y alcantarillado, el aseo público, el
suministro de gas natural, el combustible
automotor y de uso en los hogares. La mayoría de
las empresas de servicios públicos domiciliarios
tienen sindicatos que están afiliados a la CUT.
84
d) El sector de la Administración Pública.
Comprende las y los empleados públicos y
trabajadores oficiales al servicio de la Nación
(Ministerios, Deptos Administrativos, Unidades
Administrativas Especiales, Superintendencias,
Establecimientos Públicos, Entes Universitarios,
Rama Jurisdiccional, Organismos de Control, etc.
Igualmente, en las entidades territoriales
(departamentos, distritos y municipios) existen
estructuras estatales similares a la estructura
del nivel nacional, cuyos trabajadores y
trabajadores cuentan con débiles organizaciones
sindicales por causa de su dispersión.
85
e) El sector agropecuario. Comprende empresas
por ramas agroindustriales (banano, caña de
azúcar, palma africana, café, algodón, arroz,
ganadería intensiva, etc.) y el sector solidario
de economía campesina, organizaciones de usuarios
campesinos, cooperativas, etc. A la CUT están
afiliadas, entre otras, Fensuagro y Sintrainagro,
con amplias posibilidades de expansión sindical.
86
f) El sector del transporte. Comprende empresas
de transporte de carga y pasajeros (terrestre,
aéreo, marítimo y fluvial, ferroviario) además de
transportadores independientes o asociados en
cooperativas. Este sector se caracteriza por su
dispersión y la baja cobertura sindical.
87
g) El sector informal de la economía. Es el más
numeroso pero, igualmente, el más disperso y de
más baja cobertura sindical. Es muy importante
la organización y la vinculación del sector
informal a la CUT para garantizar su vinculación
a programas de dignificación del trabajo en todas
sus modalidades, su afiliación a la seguridad
social, el acceso al crédito para el fomento de
micro empresas y unidades productivas familiares,
así como su participación en programas de
formación profesional y capacitación sindical.
88
h) Las ramas industriales. Existen ramas de la
economía que ocupan muchas trabajadoras y
trabajadores, tales como la industrial textil y
las confecciones, la metalurgia, la minería, la
construcción de obras civiles, el comercio
estructurado, la hotelería y turismo, bebidas y
alimentos, la banca y las finanzas, etc., cuyo
potencial de afiliación sindical es débil y
disperso.
89
Transformación y Modernización Sindical
Propiciar un proceso de transformación de la
estructura sindical existente en Colombia, para
dar forma a las organizaciones por ramas de la
economía, de profesionales y de los servicios,
proceso que también implica redefinir la
plataforma programática del sindicalismo para
responder adecuadamente a los cambios producidos
por la globalización.
90
Escuela Sindical
Presenta
Propuesta de Transformación de la Federacion en
Sindicato Unico de Trabajadores de la Educación -
SUTEC
91
Del sector organizado se destaca el magisterio,
que en total son 440.000, de los cuales 300.000
maestros y maestras están vinculados a la
educación pública y su mayoría están afiliados a
Fecode
92
Fecode agrupa a los sindicatos del magisterio de
los 32 Departamentos de Colombia. Es una
federación de sindicatos de maestros de las
entidades territoriales del Estado. La
educación esta descentralizada y las entidades
territoriales cuentan con autonomía política y
administrativa.
93
El TLC bilateral y el ALCA tienen entre sus
principales premisas la aplicación del Acuerdo
General de Comercialización de Servicios (AGCS),
emanado de la OMC. Entre los servicios que
serían objeto de comercialización están la
educación, la salud, los servicios públicos
domiciliarios
94
La estructura sindical del magisterio ofrece poca
posibilidad a la afiliación de los maestros y
maestras del sector privado porque éstos están
dispersos en un inmenso número de planteles
educativos donde, por muchas razones, resulta
casi imposible crear sindicatos
95
Es indudable que la transformación de Fecode
marcará el rumbo al resto del sindicalismo
colombiano, pues no se ignora que, dentro del
contexto nacional, la federación es la
organización sindical más representativa (40) y
con mayor presencia en todas las instancias de
dirección de la Central
96
La propuesta organizativa del sector de la
educación
97
La estructura sindical que se propone crear, a
partir de Fecode y otras sindicatos existentes
(Aspu, Sindesena, Sintrenal, Sintraunicol, etc.)
es el Sindicato Unico de Trabajadores de la
Educación de Colombia, SUTEC.
98
SUTEC tendría el carácter de organización
nacional, con domicilio principal Bogotá y
seccionales en todos los municipios del
país. Esto permitira multiplicar los fueros
sindicales y permisos. (Ley 584 de 2000)
99
Para atender a la pluralidad de su composición,
se conformarían departamentos especializados. Igu
almente, se conformarían departamentos de niñez y
juventud relaciones con la comunidad, etc.
100
EL SINDICATO CIUDADANO O MOVIMIENTISTA
  • Requiere una integración de la conciencia
    operaria con la conciencia de la ciudadanía
  • Debe participar del debate democrático
  • De la gestión de la ciudad, es decir, tener una
    presencia activa en la vida local.

101
TRANSFORMACION DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL
  • Aliarse con fuerzas de la sociedad civil
  • Frente al proceso de globalización, debe
    construir nuevos lazos de solidaridad
  • Construir una contratación colectiva que también
    asuma los intereses de sectores de la población y
    de trabajadores excluidos
  • -Organizar el sindicato en los lugares de trabajo
    y ramos, y , ampliar su mandato político en
    relación a la sociedad en general.

102
 EL SINDICATO CIUDADANO
  • Sindicalismo creciente en la sociedad
  • Un sindicalismo social y más solidario
  • Que represente a los trabajadores y que sea
    movimiento social
  • Integrando trabajo y medio ambiente, trabajo y
    educación, trabajo y feminismo, trabajo y
    cultura, trabajo y bienestar, trabajo y juventud,
    trabajo y tercera edad.

103
MUCHAS GRACIAS !
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