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2' Reunin Nacional de Delegados

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Comisiones locales auxiliares del Consejo Consultivo de la Delegaci n Regional ... ORGANIZACIONES ACREDITADAS ANTE EL CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL EN BAJA ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: 2' Reunin Nacional de Delegados


1
COMISIONES LOCALES AUXILIARES DEL H. CONSEJO
CONSULTIVO DELEGACIONAL
DELEGACION REGIONAL EN BAJA CALIFORNIA
Abril 2008
2
INICIATIVA
  • Comisiones locales auxiliares del Consejo
    Consultivo de la Delegación Regional del
    Instituto Mexicano del Seguro Social en Baja
    California

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INTRODUCCION
  • En términos de lo dispuesto por el Articulo 85
    del Reglamento Interior del Instituto Mexicano
    del Seguro Social, los Consejos Consultivos
    Delegacionales dependen del H. Consejo Técnico
    , siendo además Órganos de Gobierno de las
    Delegaciones.
  • Los mencionados Órganos de Gobierno, se
    integraran de conformidad con lo señalado en el
    Articulo 86 del mencionado Reglamento, de la
    manera en que se visualiza en la siguiente
    lamina

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INTEGRACION DEL H. CONSEJO CONSULTIVO
DELEGACIONAL
  • I.- El Delegado del Instituto, quien fungirá
    como presidente.,
  • II.- Un representante del gobierno del Estado
    sede de la Delegación , con su respectivo
    suplente.,
  • III.- Dos representantes del Sector Obrero, con
    sus respectivos suplentes.,
  • IV.- Dos representantes del Sector Patronal con
    sus respectivos suplentes, y
  • V.- Un Secretario.El H. Consejo Técnico podrá
    ampliar la representación de los Sectores hasta
    a 4 miembros , cuando así lo considere
    conveniente.

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ORGANIZACIONES ACREDITADAS ANTE EL CONSEJO
CONSULTIVO DELEGACIONAL EN BAJA CALIFORNIA
  • Gobierno del Estado de Baja California.
  • Sector Obrero
  • Confederación de Trabajadores de México (CTM)
  • Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM)
  • Confederación Revolucionaria de Obreros y
    Campesinos (CROC)
  • Sector Patronal
  • Cámara Nacional de la Industria de la
    Transformación (CANACINTRA)
  • Cámara Nacional de Comercio, Servicios y
    Turismo (CANACO)

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JUSTIFICACION DE LA INICIATIVA
  • Diversas Organizaciones Empresariales y de
    Trabajadores han gestionado la autorización
    para que se les conceda representación ante el
    H. Consejo Consultivo Delegacional,
    circunstancia que compete resolver al H.
    Consejo Técnico.
  • Se considera oportuno el promover la
    intensificación de la comunicación que debe de
    existir entre el Instituto y las diversas
    Organizaciones representativas de los Sectores
    que aportan al financiamiento de los Seguros
    previstos en la Ley , en cada una de las
    localidades en que el propio Instituto tiene
    presencia y problemáticas particulares.
  • El acercamiento sugerido , deberá de realizarse
    mediante reuniones mensuales que se realicen
    con la participación de las representaciones
    Obreras y de Patrones de los Municipios que se
    encuentran dentro de la circunscripción de la
    Delegación Regional en Baja California y los
    Titulares de las Subdelegaciones
    correspondientes, acompañados con los
    integrantes del Cuerpo de Gobierno que se
    consideren necesario.

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JUSTIFICACION DE LA INICIATIVA -2-
  • Se propone también, que función en subcomisiones
    locales en las poblaciones de San Quintín y San
    Felipe, B. C., en virtud de su ubicación
    geográfica y de la consecuente problemática
    particular que enfrentan.
  • Las reuniones mencionadas, tendrían como
    finalidad, el abordar la problemática
    especifica de cada localidad , en materia de las
    prestaciones que el Instituto otorga a los
    derechohabientes, así como su relación con el
    sector patronal, buscando las alternativas de
    solución mas apropiadas a esas realidades.
  • Para el caso de que las alternativas de
    solución correspondiera a la competencia de
    Instancias Superiores del Instituto, las
    comisiones locales propuestas, servirían de
    enlace o apoyo del Consejo Consultivo
    Delegacional , para turnar esos asuntos al pleno
    del Órgano de Gobierno mencionado.

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FUNDAMENTACION LEGAL
  • Articulo 92 Fracciones VI y VII del Reglamento
    Interior del Instituto Mexicano del Seguro
    Social, que establecen las atribuciones de los
    Consejos Consultivos Delegacionales, para servir
    de enlace entre la Delegación y las
    representaciones que los integran , así como
    para integrar las comisiones de trabajo para el
    mejor desempeño de sus funciones,
    respectivamente.
  • Articulo 93 Fracciones V y XII del mismo
    Reglamento, que se refieren a las atribuciones
    del presidente del Consejo Consultivo
    Delegacional, de proponer la integración de
    comisiones de trabajo para el mejor desempeño
    de las funciones encomendadas al Consejo
    Consultivo Delegacional y , la de elevar a la
    consideración del Consejo Técnico, las
    propuestas del Consejo Consultivo Delegacional.
  • Articulo 94 Fracción V, relativa a la facultad
    de los Consejeros Delegacionales, de proponer la
    creación de comisiones de trabajo para el mejor
    desempeño de las funciones del Consejo
    Consultivo Delegacional.

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INTEGRACION DE LAS COMISIONES LOCALES
AUXILIARES DEL CONSEJO CONSULTIVO DELEGACIONAL
  • Se integrara una comisión local por cada una de
    los 5 municipios que se encuentran dentro
    de la circunscripción de la Delegación Regional
    en Baja California, en los que opera una
    Subdelegación en términos de los Artículos 149
    y 155 Fracción II del Reglamento Interior del
    Instituto Mexicano del Seguro Social, a saber
    Mexicali, Tijuana, Ensenada y Tecate, Baja
    California, así como San Luis Rió Colorado,
    Sonora.
  • Fungirá como Secretario Técnico o Coordinador
    de la Comisión Local, el Titular de la
    Subdelegación del Instituto, correspondiente.
  • Se contara con acreditaciones de las
    Organizaciones Obreras y Patronales mas
    representativas de la localidad que
    corresponda .
  • Servirán de asesores los integrantes del Cuerpo
    de Gobierno de la Subdelegación, que se considere
    necesario para el mejor funcionamiento de las
    comisiones.

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Modelo de Operativo
CCD
CL S.L. R.C.
CL MXL
CL TKT
CL TIJ
CL EDA
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REGLAS DE FUNCIONAMIENTO
  • Las comisiones locales auxiliares del Consejo
    Consultivo Delegacional, sesionaran con una
    periodicidad mensual .
  • Las funciones de las comisiones locales , serán
    de carácter exclusivamente Consultiva , para
    buscar solución a la problemática especifica de
    cada localidad, por lo que no se establece un
    marco competencial especifico.
  • De las sesiones de trabajo que celebren las
    comisiones locales, se levantara acta que
    deberán suscribir cada uno de los asistentes a
    las mismas , en donde se asienten los puntos
    relevantes tratados y los acuerdos tomados al
    respecto, así como el seguimiento que se de a
    los mismos, en las ulteriores reuniones.
  • Los acuerdos , cuyo seguimiento corresponda al
    Consejo Consultivo Delegacional, deberán ser
    turnados al pleno del mismo para su seguimiento
    .

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CONCLUSION
  • Las comisiones locales auxiliares del Consejo
    Consultivo Delegacional, fomentaran la
    Coordinación entre las autoridades
    Institucionales y los sectores representados
    ante las propias comisiones.
  • Se acercara el planteamiento y la solución a
    la problemática especifica de cada localidad,
    que se presenta en la operación de los Servicios
    Institucionales.
  • Se retroalimentara al Consejo Consultivo
    Delegacional de esa problemática, con la
    finalidad de eficientar la gestión de los
    Consejeros acreditados ante el mismo.

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ATRIBUCIONES DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS
DELEGACIONALES
  • Conforme al Articulo 92 del Reglamento Interior
    del Instituto, los Consejos Consultivos tienen
    las facultades siguientes
  • I.- Conocer el informe anual de labores de la
    Delegación, el programa de actividades y los
    presupuestos de ingresos y egresos de la misma.
  • II.- Resolver o, en su caso, emitir opinión
    respecto de los asuntos de su competencia que
    sean sometidos a su consideración
  • III.- Cumplir y vigilar la observancia de los
    acuerdos de la Asamblea General, del Consejo
    Técnico y de la Dirección General
  • IV.- Ordenar la practica de auditorias internas a
    los diferentes Servicios Delegacionales,
    conocer de las llevadas a cabo y, en su caso,
    dictar las medicas correctivas que consideren
    pertinentes
  • V.- aprobar su calendario trimestral de sesiones
  • VI.- Servir de enlace entre la Delegación y las
    representaciones que los integran para contribuir
    a la mejor prestación de los Servicios que el
    Instituto tiene a su cargo

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ATRIBUCIONES DE LOS CONSEJEROS DELEGACIONALES
  • Conforme al Articulo 94 del reglamento
    Interior del Instituto, los Consejeros tienen
    las siguientes atribuciones
  • I.- Asistir con voz y voto a las sesiones
    ordinarias y extraordinarias
  • II.- Vigilar la operación de los diferentes
    Servicios Delegacionales y proponer medidas
    para su mejoramiento
  • III.- Estudiar y opinar respecto de los asuntos
    que se sometan a la consideración del Consejo
    Consultivo Delegacional para que este resuelva lo
    procedente
  • IV.- Integrar las Comisiones a que sean
    convocados y realizar los trabajos inherentes
    a las mismas
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