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Minan la estabilidad de las instituciones financieras, perdida de la eficacia de ... Excusa absolutoria .- Comisi n Culposa .-Dolo Eventual. Medidas art. 129: ... – PowerPoint PPT presentation

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1
  • Algunas consideraciones introductorias sobre el
    delito de blanqueo de capitales

Madrid 30 de marzo de 2008 Gonzalo Gómez de Liaño
2
  • MAGNITUD
  • 1 TRILLION ------ 2-5 DEL PIB
  • 300.000-500.000 MM de
  • TIPOS DE PROBLEMAS
  • Minan la estabilidad de las instituciones
    financieras, perdida de la eficacia de los
    controles de la Política Económica, distorsión
    económica y perdida de ingresos tributarios.
  • Problemas de criminalidad

3
  • Antecedentes
  • Lavado de dinero
  • Expulsión de los judíos por los RR CC
  • El Quijote (Capítulo 54)

4
Términos
Branqueamiento de capitais blanchiment des
capitaux Lavado Legitimacion Reciclado Reconversió
n Legalización, Normalizacion,
5
evolución
  • Blanqueo de capitales obtenidos en el trafico de
    drogas
  • Blanqueo de capitales como delito autónomo.
  • Superación de la persecución del concreto delito.
  • Criminalidad financiera.
  • Fraude fiscal

6
CONCEPTO Conjunto de mecanismos o
procedimientos orientados a dar apariencia de
legitimidad o legalidad a bienes o activos de
origen delictivo
7
Fases del blanqueo
8
Riesgo sociales Riesgos económicos Riesgo
s financieros
riesgo reputacional
riesgo operativo
riesgo legal
9
Además de favorecer indirectamente la
criminalidad,el blanqueo de capitales plantea
riesgos específicospara la estabilidad e
integridad del sistema financiero Riesgo para
la estabilidad del sistema financieroRiesgo
para la integridad del sistema financieroriesgo
reputacionalriesgo operativoriesgo legal
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  • Riesgo sociales
  • El blanqueo de capitales favorece indirectamente
    la criminalidad al permitir al delincuente
    legitimar aparentemente el producto del delito
  • Riesgos económicos
  • El blanqueo de capitales puede producir
    distorsiones de los movimientos financieros e,
    indirectamente, de los reales (los flujos de
    inversión atienden a motivaciones de opacidad y
    no estrictamente
  • económicas)

11
Como se defiende la sociedad??
  • Sistema Preventivo
  • Sistema Represivo
  • Cooperación
  • Interna
  • Internacional

12
  • Marco jurídico internacional
  • Convención de Viena de 1988 (definición penal del
    blanqueo-Art. 3)
  • Convención de Palermo de Diciembre de 2000
    (Arts. 6 y 7)
  • Convención de Mérida de Diciembre de 2003
  • Convenio contra la Financiación del Terrorismo de
    1999
  • 40 Recomendaciones del G.A.F.I. de 1990
  • (9 Recomendaciones Especiales sobre Terrorismo)

13
Marco jurídico europeo
  • Convenio de Estrasburgo de 8-11-90 (delito
    grave)/Convenio de Varsovia de 2005
  • 1ª Directiva de las Comunidades Europeas de
    10-6-91, 2ª Directiva 2001/97/CE de
    4-12-01(principales novedadesla imposición de
    obligaciones a las profesiones jurídicas)/ 3ª
    Directiva contra el blanqueo y la financiación
    del terrorismo 2005/60/CE de 26-10
  • - Plan de Acción para la lucha contra la
    delincuencia organizada de Junio de
    1997/posteriores revisiones
  • Acción Común de 3-12-98
  • Consejo Europeo de Tampere de Octubre 1999
  • Convenio Asistencia Judicial Penal de 29-5-2000
  • Decisión Marco de 26-6-2001
  • Decisión Marco de 22-7-2003
  • Decisión Marco de 24-2-2005
  • Decisión Marco de 6-10-2006

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MARCO JURIDICO ESPAÑOL
  • Aspecto represivo
  • Código Penal arts. 301 a 304
  • Ley del Fondo de Bienes Decomisados 36/95 de 11
    de Diciembre
  • Ley orgánica 5/99 de 13 de Enero (delincuencia
    organizada, entrega vigilada, agente encubierto)
  • Aspecto preventivo
  • Ley 19/93 de 28 de Diciembre de prevención del
    blanqueo de capitales
  • Reglamento de 9 de Junio de 1995

15
La lucha contra el blanqueo de capitales se
realiza a través de dos sistemas, consistentes
entre sí y en mutua colaboración 1. Sistema
represivo o penalEl blanqueo de capitales es un
delitocuya represión corresponde a los
tribunales penalesauxiliados por los cuerpos
policialesFinalidad privar al delito
precedente de su rentabilidad
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2. Sistema preventivo o administrativoSe
orienta a impedir el acceso al sistema
financierode bienes o activos de origen
delictivo mediantela imposición de ciertas
obligaciones a las entidadesDos finalidades
esencialesProteger el sistema
financieroColaborar con los Tribunales de
Justicia El cumplimiento por las entidades de
las obligaciones de prevención es exigido por
órganos especializados de la Administración del
Estado
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Sujetos obligados
  • RÉGIMEN GENERAL
  • Entidades de crédito
  • Entidades aseguradoras
  • (Y corredores)(vida)
  • Sociedades y agencias de valores
  • Sociedades gestoras
  • a) de instituciones de inversión colectiva
  • b) de fondos de pensiones.
  • c) de gestoras de cartera
  • d) de entidades capital riesgo
  • Sociedades de garantía reciproca
  • Emisoras de tarjetas de crédito
  • Personas físicas o jurídicas que ejerzan
    actividad de cambio de moneda o gestión de
    trasferencias
  • Los sujetos obligados los son también respecto de
    los actos de sus agentes u otros intermediarios
  • RÉGIMEN SIMPLIFICADO
  • Casinos
  • Promoción, agencia, comisión o intermediación
    inmobiliarias
  • Auditores, contables externos, asesores fiscales
  • Notarios, abogados, procuradores
  • Joyeros
  • Anticuarios
  • Inversión filatélica
  • Transporte profesional de fondos
  • Comercialización de loterías o juegos de azar

Circulación efectivo particulares
18
Sistema preventivo
  • Obligaciones
  • Deber
  • Identificación.
  • Conservación de documentación.
  • Designación de un representante ante el
    Servicio ejecutivo.
  • Órganos de control interno y comunicación.
  • Formación de su personal.
  • Comunicación de determinadas operaciones

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Delitos base...fases
20
FORMAS COMISIVAS
  • Art. 301 del Código Penal
  • Actos de adquisición, conversión, o transmisión
    de bienes (301.1)
  • Otros actos con el fin de ocultar o encubrir el
    origen ilícito de los bienes (301. 1)
  • Actos de ocultación o encubrimiento de la
    verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino,
    movimiento, propiedad o derechos sobre bienes
    (301.1)
  • Otros actos con el fin de ayudar a eludir las
    consecuencias legales de sus actos a los
    partícipes en los delitos graves (301.1)

21
TIPICIDADES AGRAVADAS
  • El narcotráfico como origen de los bienes (301.1
    párrafo 2º)- pena en la mitad superior
  • Pertenencia a una organización dedicada a estos
    fines (302.1)- pena en la mitad superior
  • Responsabilidad en la organizaciónjefes,
    administradores o encargados (302.2)- pena en
    grado superior
  • Condición personal del sujeto activo autoridad,
    funcionario público, empresario, intermediario en
    el sector financiero, etc. (303)

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POSTULADOS BASICOS DE LA LEGISLACION ESPAÑOLA
  • Protección del orden socioeconómico
  • Cualquier delito como infracción antecedente
  • Punición de los actos preparatorios
  • Incriminación de la forma imprudente
  • Principio de universalidad en su persecución

23
CUESTIONES SUSTANTIVAS DE INTERES
  • Objeto de la acción los bienes (concepto muy
    amplio comprensivo del producto directo y de las
    ganancias)
  • Consumación delito de resultado (no requiere la
    obtención real de un beneficio ni el ánimo de
    lucro)

24
  • La autonomía del delito de blanqueo
  • El tipo penal no exige resolución judicial en
    relación con el delito antecedente
  • Penalidad autónoma sin vinculación con el delito
    previo
  • Sustantividad propia (sts 26-6-2001, 19.12.03)
  • Cambio sistemático en el CP de 1973

25
 TITULO XIV  De los delitos contra la Hacienda
Pública y contra la Seguridad Social Delito
fiscal el artículo 305 castiga al que, por acción
u omisión, defraude a la Hacienda Pública
estatal, autonómica, foral o local obteniendo
indebidamente devoluciones o disfrutando
beneficios fiscales de la misma forma, siempre
que el importe de las devoluciones o beneficios
fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados
exceda de 120.000 euros.
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  • Requisitos para el concurso de normas en que el
    delito contra la Hacienda Pública queda
    absorbido
  • Que los ingresos que genera el delito fiscal
    procedan de modo directo e inmediato del delito
    anterior
  • Que el delito inicial sea objeto de condena
  • Que la condena por el delito fuente incluya el
    comiso de las ganancias obtenidas en el mismo o
    la condena a su devolución como responsable civil.

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.- Relación del delito de blanqueo con el
delito fuente. puede serlo un delito
fiscal? .-Compatibilidad entre los delitos
fiscal y de blanqueo .-Puede cometer delito de
blanqueo el autor del delito fuente? .-Es
necesaria la previa condena por el delito fuente?
.-Qué ocurre si ha prescrito el delito fuente
? .-Delito continuado .-Excusa absolutoria .-
Comisión Culposa .-Dolo Eventual
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  • Medidas art. 129
  • Clausura de la empresa, local o establecimiento
  • Definitiva
  • Temporal hasta 5 años (posible medida cautelar)
  • Disolución de la sociedad, asociación o fundación
  • Suspensión de actividades de la sociedad,
    empresa, fundación o asociación hasta 5 años
  • Prohibición de realizar las actividades u
    operaciones de la clase en cuyo ejercicio se haya
    cometido el delito
  • Definitivo
  • Temporal hasta 5 años (posible medida cautelar)
  • Intervención de la empresa por plazo máximo de 5
    años.

29
  • Ley portuguesa de 11.1.02 contra el
    crimen organizado y económico-financiero
  • --------------------------------------------------
    --------------------------------------------------
    ---------
  • DELITOS DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO.
  • Establece el reproche penal por el mero hecho de
    producirse un enriquecimiento no justificado.
  • Vinculación con actividades ilícitas
  • C.P. de Venezuela. C.P. de Colombia.
  • --------------------------------------------------
    --------------------------------------------------
    ---------
  • C.P. Francés. No poder justificar los ingresos
    correspondientes a su nivel de vida por quien
    mantenga relaciones habituales con personas
    dedicadas a actividades de tráficos de
    estupefacientes o al uso de estas sustancias
    penas de hasta 5 años.
  • --------------------------------------------------
    --------------------------------------------------
    --------- ENRIQUECIMIENTO DE FUNCIONARIOS
  • C.P. de Colombia. C.P. de Argentina

30
Coordinación internacional
  • Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)
  • ? Comité de Supervisión Bancaria (Basilea)
  • ? Instituciones Financieras Internacionales
  • Fondo Monetario Internacional
  • Banco Mundial
  • ? Grupo EGMONT

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Medidas Especiales de Investigación
  • Interceptaciones telefónicas.....fax, correos
    electrónicos
  • Entregas controladas.
  • Agente encubierto

32
Necesidad de órganos especializados
unidades de investigación ministerio
fiscal judiciales.
 
33
DESDE 2005acciones de formación conjunta
jueces-aeat fiscales-aeat jueces-fiscales-aeat
34
FORMACION DEL FUNCIONARIO
35
  • BLANQUEO DE CAPITALES
  • Algunas consideraciones sobre el delito de
    blanqueo, fiscal y otros delitos o sistemas

A Coruña 4 de julio de 2007
36
  • Ley portuguesa de 11.1.02 contra el crimen
    organizado y económico-financiero
  • Condena por delito de blanqueo u otros
  • Prueba del origen lícito por el imputado
  • Producto del delito diferencia entre el valor
    del patrimonio del imputado y el congruente con
    sus rentas lícitas
  • Determinación del patrimonio del imputado
  • Bienes de los que sea titular o tenga el dominio
    y el beneficio al ser declarado imputado o
    posteriormente
  • Bienes transferidos a terceros a título gratuito
    o mediante contraprestación insignificante en los
    5 años anteriores a la imputación
  • Bienes recibidos en los 5 años anteriores a la
    imputación

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  • DELITOS DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO.
  • Constituye la sanción penal por el mero hecho de
    producirse un enriquecimiento no justificado.
  • Vinculación con actividades ilícitas
  • C.P. de Venezuela. Art. 670. Quien de manera
    directa o interpuesta persona obtenga para sí o
    para otro un incremento patrimonial injustificado
    y proveniente de una u otra forma de actividades
    delictivas, incurrirá por esa sola conducta en
    prisión de 6 a 10 años y multa.
  • C.P. de Colombia. Art. 327. El que de manera
    directa o por interpuesta persona obtenga, para
    sí o para otro, incremento patrimonial no
    justificado, derivado en una u otra forma de
    actividades delictivas incurrirá, por esa sola
    conducta, en prisión de 6 a 10 años.

38
  • C.P. Francés. No poder justificar los ingresos
    correspondientes a su nivel de vida por quien
    mantenga relaciones habituales con personas
    dedicadas a actividades de tráficos de
    estupefacientes o al uso de estas sustancias
    penas de hasta 5 años.

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ENRIQUECIMIENTO DE FUNCIONARIOS C.P. de Colombia.
Art. 412 - Enriquecimiento ilícito. El servidor
público que durante su vinculación con la
administración, o quien haya desempeñado
funciones públicas y en los dos años siguientes a
su desvinculación, obtenga, para sí o para otro,
incremento patrimonial injustificado, siempre que
la conducta no constituya otro delito, incurrirá
en prisión y multa. C.P. de Argentina. Art. Será
reprimido con penas de reclusión o prisión el que
al ser debidamente requerido, no justificare la
procedencia de un enriquecimiento patrimonial
apreciable suyo o de persona interpuesta para
disimularlo posterior a la asunción de su empleo
o cargo público
40
Paraísos fiscales
  • Definición jurisdicciones que cuentan con un
    régimen tributario dual orientado a atraer
    capitales de no residentes
  • Características externas
  • Elementos normativos

41
Regulación normativa
Real Decreto 1080/1991, de 5 de Julio. OM - 2652
de 2002. GAFI lista países no cooperantes Ley
de prevención del fraude 36/2006. disp. adic.
1ª.
42
(No Transcript)
43
Los delitos económicos
Evolución de los delitos de cuello blanco
economía   sector financiero
corrupción económica Tramas contra la
hacienda publica de IVA, (fraude
carrusel) urbanísticas,
blanqueo de capitales.   Necesidad de
especialización de órganos de investigación y
judiciales.  
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