CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA - PowerPoint PPT Presentation

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CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

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Padr n entre afiliados de SSSalud, PAMI, ... Protocolo de Admisi n y costo de la medicaci n. ... Audiencia con SSS (tema puntual APE). Auditoria de Gesti n. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA


1
CONFEDERACION DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES
PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
2
COSSPRA
  • Agrupa 24 provincias
  • Presidente Dr. Javier Mouriño
  • Regiones 1)Nea
  • 2)Noa
  • 3)Centro
  • 4)Cuyo
  • 5)Patagonia
  • Afiliados 6.000.000

3
Objetivos
  • Convenios de Reciprocidad. Afiliados en
    Transito-Extraña jurisdicción
  • Atención integral y oportuna. Equidad
    Solidaridad.
  • Padrón entre afiliados de SSSalud, PAMI, PROFE,
    COSSPRA.
  • Compromiso basado en PMO y Programa de Gestión y
    Calidad de la Atención Médica.
  • Jornadas de Diseño de Políticas Sanitarias.
  • Discapacidad. Impacto- Social Económico.
  • Enfermedades Catastróficas. Protocolo de
    Admisión y costo de la medicación.
  • Convenios con Clínicas y Hospitales de la Capital
    Federal en atenciones de alta complejidad.
  • Sistema de Gestión interna y externa en
    informática.
  • Participación en COFESA. Apoyar a las políticas
    de Estado.
  • Audiencia con SSS (tema puntual APE).
  • Auditoria de Gestión. Organismo de Contralor por
    AGN y la SIGEN.
  • Protocolos compartidos con prestadores.
    Auditorias con Entidades Científicas/acto médico,
    vademécum terapéutico. Ej. UBA, Universidad de
    Medicina de Rosario.

4
DISCAPACIDAD EN ARGENTINA OMS 7 DE POBLACIÓN
CON DISCAPACIDAD 10 REQUIERE
ATENCION ARGENTINA 7 2.535.000
PERSONAS 10
253.500 PERSONAS OOSS (11.200.000 PERSONAS)
7 784.000 10
78.400 6.500 PERSONAS
5
EPIDEMIOLOGÍA
  • DISCAPACIDAD EN ARGENTINA
  • Prevalencia 7,1 de la población
  • El 80 no tiene certificado
  • 40 sin cobertura de la seguridad social
  • 50 se atiende en hospitales públicos
  • 47 son los mayores de 65 años
  • 12 desde el nacimiento
  • 12 se deben a accidentes

6
  • DISCAPACIDAD EN ARGENTINA
  • 40 tiene discapacidad motora
  • 22 tiene discapacidad visual
  • 18 tiene discapacidad auditiva
  • 15 tiene discapacidad mental
  • 74 tiene una discapacidad
  • 20 tiene dos discapacidades
  • 6 padece tres o más discapacidades
  • En 1 cada 5 hogares hay un discapacitado

7
TIPO DE DISCAPACIDAD
POR REGIÓN
8
  • RESPUESTA SOCIAL
  • ELIMINACIÓN SISTEMÁTICA
  • CONFINAMIENTO
  • ADMINISTRACIÓN
  • TUTELA
  • ASISTENCIA
  • INCLUSIÓN

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  • ARTÍCULO 75 INC. 23 (CN)
  • Corresponde al Congreso
  • Legislar y promover medidas de acción positiva
    que garanticen la igualdad real de oportunidades
    y de trato y el pleno goce y ejercicio de los
    derechos reconocidos por esta Constitución y por
    los tratados internacionales vigentes sobre
    derechos humanos, en particular respecto de los
    niños, las mujeres, los ancianos y las personas
    con discapacidad
  • ESTA ENUMERACIÓN NO ES TAXATIVA
  • ES EL ARTÍCULO DE LA IGUALDAD REAL

10
DEFINICIÓN EN LA LEY LEY 22.431, ART. 2º LEY
24.901, ART.9º A los efectos de esta ley se
considera discapacitada a toda persona que
padezca una alteración funcional , permanente o
prolongada, física o mental, que en relación a su
edad y medio social implique desventajas
considerables para su integración familiar,
social, educacional o laboral CONCEPTO DE
DISCAPACIDAD DIRIGIDO A LA RELACIÓN DEL INDIVIDUO
CON SU ENTORNO
11
COBERTURA EN ARGENTINA
  • Constitución de 1994 Art. 75 inc. 23 - Ley 22431
    Ley 24901
  • PAMI y PROIDIS (Res. 3157/93 INSSJP) PROFE
  • Prestadores privados
  • Ley 24.754 Medicina Prepaga
  • P.M.O.E. y P.M.O. el primero excluye a
    discapacidad (visión restrictiva) no puede
    oponerse al Derecho Constitucional de ATENCIÓN
    INTEGRAL DE LA SALUD.
  • RESOLUCIÓN 1328/2006 MS Marco Básico de
    Organización y
  • Funcionamiento de Prestaciones y
    Establecimientos de Atención a
  • Personas con Discapacidad, el que será
    incorporado al Programa
  • Nacional de Garantía de Calidad de la
    Atención Médica.

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OPS DISCAPACIDADCUESTIONES CENTRALES
  • Relación POBREZA DISCAPACIDAD
  • Avances en rehabilitación MEDICA Y EDUCACIONAL
    pero no en la PROFESIONAL
  • Incorporación mínima a los programas de
    rehabilitación
  • En 1 de cada 5 países no hay políticas de
    rehabilitación
  • En la mitad de los países no se desarrollan
    programas
  • En 2 de cada 5 países no hay legislación
    específica
  • En la mayoría de los países no hay registros
  • La formación de RRHH es muy limitada
  • El RRHH en rehabilitación es muy escaso

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Ley 25.280
  • Ratifica la Convención Interamericana sobre
    Eliminación de todas las formas de discriminación
    contra las personas con discapacidad Sancionada
    el 6/7/2000
  • Promulgada de hecho el 31/7/2000
  • Publicada en el B.O. el 3/8/2000
  • Suscripta en Guatemala el 8/6/1999

14
SUJETOS OBLIGADOS LEY 22431, ART. 4º El
Estado, a través de sus órganos dependientes,
prestará a los discapacitados, en la medida en
que estos, las personas de quienes dependan o los
entes de obra social a los que estén afiliados,
no puedan afrontarlos LEY 24.901, ART. 2º
Las obras sociales, comprendiendo por tal
concepto las enumeradas en el artículo 1º de la
ley 23.660 ART. 3º El Estado prestará los
servicios a quienes no estén incluidos en el
sistema de Obras Sociales, en la medida en que
aquellas o las personas de quienes dependan no
puedan afrontarla
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  • CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD
  • Ley 25.504/2001 Art. 1º
  • Es un documento público y acredita de la
    discapacidad
  • DIAGNÓSTICO FUNCIONAL
  • ORIENTACIÓN PRESTACIONAL
  • VIGENCIA LIMITADA EN EL TIEMPO
  • (5 o 10 años)
  • 4. INCLUSIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE LAS
    PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Beneficios - Transporte
  • Decreto 38/2004  
  • Establécese que el certificado de discapacidad
    será documento válido para acceder al derecho de
    gratuidad para viajar en los distintos tipos de
    transporte colectivo terrestre, sometidos a
    contralor de la autoridad nacional.
  • Fecha Boletín Oficial 09/01/2004

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Las Prestaciones del Marco Básico del Sistema
Único se cubren según los lineamientos fijados en
el mismo y según los valores fijados por la
Resolución 428/99 y sus modificatorias (última
1074/2008)
Nivel Inicial EGB Módulo de Integración Formació
n Laboral Aprestamiento Laboral
Centro Educativo Terapéutico Centro de Día
Transporte
Hogar Hogar con Modalidades Pequeño
Hogar Residencia
Estimulación Temprana Prestaciones de
Apoyo Módulos de Rehabilitación
18
SISTEMA DE SALUD ARGENTINO
Empleados Públicos Provinciales (6 millones)
19
IOMA
  • Nacional
  • Ley Nº 22.431/81 Sistema de Protección integral
    de los discapacitados.
  • Capítulo 1 Objetivo, concepto y
    calificación de la discapacidad.
  • Ley Nº 23660/88
  • Reglamentaria del Régimen de Obras Sociales
    (del orden nacional)
  • Ley 24901/97
  • Sistema de prestaciones básicas en
    habilitación y rehabilitación integral a favor de
    las personas con discapacidad
  • Cabe aclarar que la ley 24901 no resultan
    de aplicación a este IOMA puesto que este
    Instituto cuenta con un régimen especial,
    establecido en la ley 6982 y el Decreto
    Reglamentario 7881/84 de la provincia de Buenos
    Aires
  • Provincial
  • Ley 10592/87
  • Régimen Jurídico Básico e Integral para las
    personas con discapacidad.

20
CHUBUT
  • Ley Nº 2002/82
  • Se instituye un sistema provincial de protección
    a las personas discapacitadas en adhesión a la
    ley nacional 22431, define a las personas con
    discapacidad de la misma manera que la ley. 
  • Ley Nº 5413
  • Se establece un sistema provincial de protección
    integral a las personas con discapacidad para
    promover su integración social y desarrollo
    personal mejorar sus oportunidades , y
    equipara su accesibilidad
  • Modificatorias
  • Ley Nº 1404 /76
  • Establece el régimen de prestaciones medico
    asistenciales administrados por el Instituto de
    Seguridad Social y Seguros.
  • Resolución Nº 1484 /06 establece la forma de
    cobertura y acceso a las prestaciones de los
    discapacitados ,previo informe de auditoria
    medica, encuesta socioeconómica e informe de
    dirección.

21
Demografía
  • Seros Chubut 1,7 para un padrón a agosto del
    2009 de 107.000 afiliados.
  • Se contabilizaron 1647 afiliados con
    discapacidad.
  • Distribución por Sexo

22
COMPARACIÓN SEROS-ENDI
  • 0-15 años 22,3 .. 11,7
  • 15-64 años 62,4 .. 48,5
  • Mas de 65 años 15,1 .. 39,8

TIPOS DE DISCAPACIDADES EN SEROS-ENDI
Motoras 28,2 ..
40 Mentales 26,0 ..
15 Sensoriales 18,4 ..
40 (visuales, auditivas)
23
JUJUY
  • Ley Provincial Nº 4398/88
  • Se incorporarán los carentes de obra social,
    mas las personas que sean beneficiarias de planes
    especiales con certificado de discapacidad
    obligatorio.
  • Ley Provincial 4377/88
  • Para afiliados obligatorios se contempla la
    cobertura del 100 en sesiones de Hemodiálisis y
    Medicamentos que se encuentran dentro del
    vademécum.
  • Adheridos a las Leyes Nacionales N º 22.431- Ley
    N º 24901 y al Programa de Garantía de Calidad de
    Atención Médica.

24
  • FORMOSA IASEP

25
ResoluciÓn Nº 4096/07 de fecha 23 de Julio de
2007
  • Fundamentos En virtud de los principios de
    solidaridad, equidad y accesibilidad, valores
    superiores que rigen el accionar de este
    Instituto, los cuales fueron tenidos en cuenta a
    los efectos de disminuir las asimetrías que la
    discapacidad provoca en las personas basados en
    las Legislaciones Vigentes
  • La Constitución Nacional Art.75 inc.23. y
    Provincial Art. 9 Art. 16.
  • Tratados Internacionales,
  • Leyes Nacionales Nº 22.431, Nº 24.901,
  • Ley Provincial Nº 478/84.
  • Decreto Nº 858/00.

26
Resolución Nº 4096/07 de fecha 23 de Julio de
2007
  • Mediante, la Resolución Nº 1594/98 en donde se
    establecía un coseguro a cargo del afiliado del
    10 para los tratamientos de rehabilitación a
    personas con discapacidad se dio origen a el
    dictado de un acto administrativo que contemple
    mayores beneficios para los afiliados con
    discapacidad.

27
ResoluciÓn Nº 4096/07 de fecha 23 de Julio de
2007
  • Alcance Establece la cobertura del 100 en la
    provisión de medicamentos, internaciones, órdenes
    médicas, autorizaciones de estudios y
    tratamientos de rehabilitación, centro de dia,
    jornada simple y completa, prescriptos por el
    médico tratante, siempre que guarden relación con
    su discapacidad, que se encuentren incluidas en
    el Vademécum Terapéutico Nacional.-

28
ResolucIÓn Nº 4096/07 de fecha 23 de Julio de
2007
  • Transporte Terrestre Con relación al mismo, la
    Resolución individual de cobertura del 100,
    establece un anexo, en donde se específica el
    derecho gratuito y beneficio que le acredita el
    Certificado de Discapacidad otorgado por la Junta
    Evaluadora del Ministerio de Desarrollo Humano.

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ANEXO a la Resolución Nº_____________________
  • Visto la Resolución Nº , que otorga el
    beneficio de cobertura del 100 en medicamentos
    y tratamiento de rehabilitación para el afiliado
    Nº quien padece de . cabe
    mencionar, la ley Nacional Nº 22.431 del
    Sistema de Protección Integral de las Personas
    Discapacitadas la cual en su Titulo II,
    Capitulo IV- Transporte y Arquitectura
    Diferenciada, establece
  • Art.20 Las empresas de transporte colectivo
    terrestre sometidas al contralor de autoridad
    nacional deberán transportar gratuitamente a las
    personas discapacitadas en el trayecto que medie
    entre el domicilio del discapacitado y el
    establecimiento educacional y/o de rehabilitación
    al que deban concurrir. La reglamentación
    establecerá las características de los pases que
    deberán exhibir (Los cuales son trámites
    imputables a los familiares de las personas
    discapacitadas).
  • Que, Ley Nº 24.901
    del Sistema de Prestaciones Básicas en
    Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de
    las Personas con Discapacidad el Decreto Nº
    762/97, que reglamenta la misma y a la Ley
    Provincial Nº 478/84, que determina en su
    Capitulo IV Transporte y Arquitectura
    Diferenciada
  • Art. 27 Las empresas de Transporte Colectivo
    Terrestre sometidos al control de autoridad
    provincial deberán transportar gratuitamente a
    las personas discapacitadas en el trayecto que
    medie entre el domicilio del discapacitado y el
    establecimiento educacional y/o de
    rehabilitación a los que deba concurrir
  • Que, los
    requisitos para la obtención del pase libre de
    transporte corta distancia son Fotocopia del
    Certificado de Discapacidad, fotocopia 1º y 2º
    hoja del D.N.I. del discapacitado, fotocopia de
    constancia de domicilio y constancia de
    escolaridad, del centro de rehabilitación o
    taller al que asiste, los cuales deben ser
    presentados al Departamento de Capacidades
    Especiales ( edificio ex ferrocarril) luego
    deben dirigirse al Área de Transporte ( Rivadavia
    y Pringles) para la confección del carnet ( donde
    debe asistir el discapacitado a los efectos de
    sacarle la foto para dicho carnet).
  • Que, para acceder
    al DERECHO GRATUITO de viajar en Transporte
    Colectivo Terrestre de larga distancia solo se
    deberá realizar una solicitud del pasaje, ante la
    empresa de Colectivo Interurbano, con la debida
    anterioridad correspondiente al caso acompañados
    de una copia del Certificado de Discapacidad y el
    documento de identidad del discapacitado y el
    acompañante.

30
Pase libre para discapacitadoOrdenanza
Municipalidad de Formosa Nº 2143/89
31
Certificado de Discapacidad
32
Requisitos - IASEP para solicitar la cobertura (
Res. 4096/07)
  • Certificado de Discapacidad Provincial (otorgado
    por la Junta Evaluadora del Ministerio de
    Desarrollo Humano).
  • Historia Clínica (actualizada, no mas de 6 meses,
    con el debido plan de tratamiento específico de
    la discapacidad).
  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia del Ultimo Recibo de Haberes.

33
RequisitoS - IASEPPara solicitar la afiliación
o reafiliacion, de hijo discapacitado, (Res. Nº
5502/ 07 Anexo Nº I, Art. Nº 02, inc. d) y la
cobertura ( Res. 4096/07)
  • Certificado de discapacidad Provincial, otorgado
    por la Junta Evaluadora del Ministerio de
    Desarrollo Humano.
  • Fotocopia del último recibo de haberes.
  • Fotocopia del DNI.
  • Fotocopia del acta de nacimiento.
  • Historia Clínica.( actualizada, no mas de 6
    meses)
  • Información Sumaria Judicial de tenencia a cargo.
  • Constancia de la Repartición que percibe salario
    como hijo discapacitado.
  • Constancia de CUIL.(Certificación Negativa -
    ANSES).

34
IdentificacIÓn de carnets

  • El IASEP, a fin de evitar la discriminación (ley
    Nº 25.280) los carnets de los afiliados con
    capacidades diferentes son diferenciados con el
    código Nº 5 ( en caso de ser hijos afiliados) .
  • En caso de ser afiliado titular o voluntario a
    cargo, con cobertura del 100,figura al lado del
    nombre del afiliado la resolución general de
    cobertura. (Res. Nº 4096/07).

35
TITULARES Total masc. Fem. 89
32 57
VOLUNTARIOS
Total masc. fem. 235 128 107
36
(No Transcript)
37
(No Transcript)
38
(No Transcript)
39
(No Transcript)
40
(No Transcript)
41
(No Transcript)
42
  • DESAFIOS
  • Considerando la expectativa del aumento de la
    longevidad y la disminución de la tasa de
    fecundidad conlleva un importante incremento de
    la población de más de 65 años, en América Latina
    representa entre el 5 y el 8, en Argentina el
    9,9, y en los países desarrollados esta entre el
    18 y el 25.
  • Si consideramos esta población, nos encontraremos
    con sujetos de una futura demanda de
    características inconmensurables si no se prevén
    acciones desde el campo de la prevención
    primaria y secundaria.
  • Evitar la discapacidad con acciones frente a los
    factores de riesgo, con campañas de participación
    comunitarias, tercera edad activa y saludable
    (con promoción de las actividades físicas,
    alimentación saludable, prevención de
    enfermedades cardiovasculares y de la diabetes) y
    el abordaje de las situaciones con un enfoque
    de prevención secundaria orientado a la búsqueda
    de apoyos para evitar la profundización de la
    discapacidad y fortalecer la autonomía del sujeto.

43
REFLEXIONES FINALES
  • Si bien el sistema cuenta con un marco legal
    adecuado, no están garantizadas las condiciones
    de eficacia, eficiencia, efectividad y calidad.
  • Aunque existan organismos de control, la falta
    de capacitación continua específica del personal
    auditor genera un poder de fiscalización pobre

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REFLEXIONES FINALES
  • EFICAZ Debe diseñarse para lograr la
    independencia e integración y no para largas
    permanencias
  • EFICIENTE Debe brindar las prestaciones de
    prevención y aquellas que reducen el impacto de
    la discapacidad
  • EFECTIVIDAD Lograr, en las circunstancias dada,
    la independencia e integración de las personas
    con discapacidad.
  • CALIDAD Normas adecuadas Aplicación de las
    mismas Auditorías adecuadas

45
MUCHAS GRACIAS
  • Formosa 24 25 26 de Septiembre de 2009.
  • Dr. L. S. Robles.
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