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ACTIVIDAD 2 MI PAIS

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actividad 2 mi pais grupo: tres mas uno presentado por: isabel cristina ramirez garcia leydi marcela herrera diosa daniela ocampo frank juliany giraldo – PowerPoint PPT presentation

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Title: ACTIVIDAD 2 MI PAIS


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ACTIVIDAD 2MI PAIS
  • GRUPO
  • TRES MAS UNO
  • PRESENTADO POR
  • ISABEL CRISTINA RAMIREZ GARCIA
  • LEYDI MARCELA HERRERA DIOSA
  • DANIELA OCAMPO
  • FRANK JULIANY GIRALDO
  • GESTION DE MERCADEO
  • PRESENTADO A
  • ANA CRISTINA CABAL
  • INSTITUTO SENA
  • 2009

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ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO
  • LEGISLATIVA
  • EJECUTIVA
  • JUDICIAL
  • - PROCURADURIA
  • DE CONTROL - CONTRALORIA
  • - DEFENSORIA DELPUEBLO
  • ORGANIZACIÓN ELECTORAL - CONSEJO NACIONAL
    ELECTORAL
  • - REGISTRADURIA
    NACIONAL DEL
    ESTADO CIVIL
  • OTROS - BANCO DE LA
    REPUBLICA
  • - COMISION NACIONAL
    DE TELEVISION

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ESTADO COLOMBIANO
  • El Estado es un concepto político que se refiere
    a una forma de organización social soberana y
    coercitiva, formada por un conjunto de
    instituciones involuntarias, que tiene el poder
    de regular la vida sobre un territorio
    determinado.
  • El concepto de Estado difiere según los autores,
    pero algunos de ellos definen el Estado como el
    conjunto de instituciones que poseen la autoridad
    y potestad para establecer las normas que regulan
    una sociedad, teniendo soberanía interna y
    externa sobre un territorio determinado. Max
    Weber, en 1919, define el Estado como una unidad
    de carácter institucional que en el interior de
    un territorio monopoliza para sí el uso de la
    fuerza legal. Por ello se hallan dentro del
    Estado instituciones tales como las fuerzas
    armadas, la administración pública, los
    tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado
    las funciones de defensa, gobernación, justicia,
    seguridad y otras como las relaciones exteriores.
  • Asimismo, como evolución del concepto se ha
    desarrollado el "Estado de Derecho" por el que se
    incluyen dentro de la organización estatal
    aquellas resultantes del imperio de la ley y la
    división de poderes (ejecutivo, legislativo y
    judicial) y otras funciones más sutiles, pero
    propias del Estado, como la emisión de moneda
    propia.

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EL ESTADO COLOMBIANO SE ENCUENTRA ESTRUCTURADO
ASI
  • RAMA LEGISLATIVA Es la encargada de aprobar las
    leyes o proyectos propuestos
  • por la rama ejecutiva, regula el gobierno
    esta conformada por la cámara y el senado.
  • RAMA EJECUTIVA Garantiza los derechos y
    libertades de los ciudadanos, conformada por el
    presidente y el vicepresidente, alcaldes,
    gobernadores.
  • RAMA JUDICIAL Se encarga de administrar la
    justicia del estado. Se encuentra conformada por

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  • La corte constitucional
  • La Corte Constitucional fue creada por la
    actual Constitución Política, vigente desde el 7
    de julio de 1991 y se le confía la guarda de la
    integridad y supremacía de la Carta Política.
  • Sus funciones están inscritas en el
    artículo 241 de la constitución algunas de ellas
    son consisten en decidir sobre las demandas de
    constitucionalidad que promuevan los ciudadanos
    contra las leyes, los decretos con fuerza de ley
    dictados por el Gobierno y los actos legislativos
    reformatorios de la Constitución.
  • La corte suprema de justicia
  • Cumple muchas funciones las cuales se
    encuentran estipuladas en el artículo 235 de la
    constitución nacional algunas de estas son
    juzgar al presidente de la República o quien lo
    represente, a los magistrados de las altas
    cortes, al fiscal general de nación, a los
    congresistas, ministros, gobernadores, generales
    y almirantes de las fuerzas militares, jefes de
    misiones diplomáticas por cualquier hecho que se
    le impute.
  • Corte del estado
  • Órgano consultivo del gobierno, ha
    desarrollado durante doscientos años tareas
    fundamentales en este campo para consolidar el
    Estado de derecho, se une a las funciones que
    cumple el Tribunal Supremo de Contencioso
    Administrativo.
  • Fiscalía General de Nación
  • Es una   entidad con plena autonomía
    administrativa y presupuestal, cuya función está
    orientada a brindar a  los ciudadanos   una
    cumplida y  eficaz administración de justicia.

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  • Consejo superior de la judicatura
  • Se encarga de acoger el informe anual se le
    presentará al congreso de la república sobre la
    administración de la justicia recoger conceptos
    de la rama judicial y el plan de desarrollo de
    esta rama y presentarlo al gobierno, dictar
    reglamentos necesarios para el buen
    funcionamiento de la administración de la
    justicia, proponer proyectos de ley relativos a
    la administración de la justicia Estas y otras
    funciones se encuentran estipuladas en la ley 270
    e 1996, artículo 79
  • Este ente es el encargado de elegir al
    presidente del consejo
  • Consejo Nacional Electoral
  • Aprueba el presupuesto que le presente el
    Registrador Nacional del Estado Civil, así como
    sus adiciones, traslaciones, crédito o contra
    créditos.
  • Aprobar los nombramientos de Secretario
    General, Visitadores Nacionales, Delegados del
    Registrador Nacional del Estado Civil y
    Registradores Distritales de Bogotá.
  • Aprobar las resoluciones que dicte el
    Registrador Nacional del Estado Civil sobre
    creación, fusión y supresión de cargos, lo mismo
    que respecto de la fijación de sus sueldos y
    viáticos.
  • Registradora Nacional del estado Civil
  • Es la responsable del registro e
    identificación de los colombianos y de la
    administración de los procesos electorales que se
    realizan dentro del territorio nacional.

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  • Comisión Nacional de Televisión
  • La Comisión Nacional de Televisión es una
    entidad de derecho público colombiana con
    autonomía administrativa, patrimonial y técnica y
    con independencia de las ramas del poder público,
    creada por la Constitución Política de 1991, este
    ente se comporta como organismo de derecho
    público con personalidad jurídica, autonomía
    administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a
    un régimen legal propio para desarrollar y
    ejecutar los planes y programas del estado en el
    servicio público de televisión, así como también
    dirigir la política que en materia de televisión
    determine la ley sin menoscabo de las libertades
    consagradas en la Constitución Nacional Art. 76 y
    77. La comisión fue reglamentada mediante la ley
    182 de 1995.
  • Organismos de control
  • Defensoría del pueblo
  • Es el ente encargado de proteger, promover
    y divulgar a los ciudadanos los derechos
    humanos
  • Procuradores Delegados
  • Es el ente encargado de vigilar la función
    pública de los empleados del Estado.
  • Agentes del ministerio Público
  • Una de las funciones que realiza un agente
    público es actuar en los procesos civiles,
    contenciosos, laborales, de familia, penales,
    agrarios, mineros y de policía, y en los demás en
    que deba intervenir por mandato de la ley.El
    estado de Colombia cuenta con la presencia de
    trece ministerios los cuales se encargar de velar
    y administrar el bienestar de los ciudadanos en
    cuanto a defensa, educación, salud, etc.

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DERECHOS DEL CIUDADANO
  • I - Los hombres han nacido, y continúan siendo,
    libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo
    tanto, las distinciones civiles sólo podrán
    fundarse en la utilidad pública.
  • II - La finalidad de todas las asociaciones
    políticas es la protección de los derechos
    naturales e imprescriptibles del hombre y esos
    derechos son libertad, propiedad, seguridad y
    resistencia a la opresión.
  • III - La nación es esencialmente la fuente de
    toda soberanía ningún individuo ni ninguna
    corporación pueden ser revestidos de autoridad
    alguna que no emane directamente de ella.
  • IV - La libertad política consiste en poder hacer
    todo aquello que no cause perjuicio a los demás.
    El ejercicio de los derechos naturales de cada
    hombre, no tiene otros límites que los necesarios
    para garantizar a cualquier otro hombre el libre
    ejercicio de los mismos derechos y estos límites
    sólo pueden ser determinados por la ley.
  • V - La ley sólo debe prohibir las acciones
    perjudiciales a la sociedad. Lo que no está
    prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie
    debe verse obligado a aquello que la ley no
    ordena.
  • VI - La ley es expresión de la voluntad de la
    comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a
    colaborar en su formación, sea personalmente, sea
    por medio de sus representantes. Debe ser igual
    para todos, sea para castigar o para premiar y
    siendo todos iguales ante ella, todos son
    igualmente elegibles para todos los honores,
    colocaciones y empleos, conforme a sus distintas
    capacidades, sin ninguna otra distinción que la
    creada por sus virtudes y conocimientos.

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  • VII - Ningún hombre puede ser acusado, arrestado
    ni mantenido en confinamiento excepto en los
    casos determinados por la ley y de acuerdo con
    las formas por ésta prescritas. Todo aquél que
    promueva, solicite, ejecute o haga que sean
    ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser
    castigado, y todo ciudadano requerido o
    aprehendido por virtud de la ley debe obedecer
    inmediatamente, y se hace culpable si ofrece
    resistencia.
  • VIII - La ley no debe imponer otras penas que
    aquéllas que son evidentemente necesarias y
    nadie debe ser castigado sino en virtud de una
    ley promulgada con anterioridad a la ofensa y
    legalmente aplicada.
  • IX - Todo hombre es considerado inocente hasta
    que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que
    su detención se haga indispensable, se ha de
    evitar por la ley cualquier rigor mayor del
    indispensable para asegurar su persona.
  • X - Ningún hombre debe ser molestado por razón de
    sus opiniones, ni aún por sus ideas religiosas,
    siempre que al manifestarlas no se causen
    trastornos del orden público establecido por la
    ley.
  • XI - Puesto que la comunicación sin trabas de los
    pensamientos y opiniones es uno de los más
    valiosos derechos del hombre, todo ciudadano
    puede hablar, escribir y publicar libremente,
    teniendo en cuenta que es responsable de los
    abusos de esta libertad en los casos determinados
    por la ley.

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  • XII - Siendo necesaria una fuerza pública para
    dar protección a los derechos del hombre y del
    ciudadano, se constituirá esta fuerza en
    beneficio de la comunidad, y no para el provecho
    particular de las personas por quienes está
    constituida.
  • XIII - Siendo necesaria, para sostener la fuerza
    pública y subvenir a los demás gastos del
    gobierno, una contribución común, ésta debe ser
    distribuida equitativamente entre los miembros de
    la comunidad, de acuerdo con sus facultades.
  • XIV - Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí
    mismo o por su representante, a emitir voto
    libremente para determinar la necesidad de las
    contribuciones públicas, su adjudicación y su
    cuantía, modo de amillaramiento y duración.
  • XV - Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos
    sus agentes cuentas de su conducta.
  • XVI - Toda comunidad en la que no esté estipulada
    la separación de poderes y la seguridad de
    derechos necesita una Constitución.
  • XVII - Siendo inviolable y sagrado el derecho de
    propiedad, nadie deberá ser privado de él,
    excepto en los casos de necesidad pública
    evidente, legalmente comprobada, y en condiciones
    de una indemnización previa y justa.

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LOS DEBERES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCION PARA
LOS COLOMBIANOS
  • DEBERES Y DERECHOS DEL CIUDADANO
  • Respetar los derechos ajenos y no abusar de los
    propios
  • Obrar conforme al principio de solidaridad
    social, respondiendo con acciones humanitarias
    ante situaciones que pongan en peligro la vida o
    la salud de las personas
  • Respetar y apoyar a las autoridades democráticas
    legítimamente constituidas para mantener la
    independencia y la integridad nacionales
  • Defender y difundir los derechos humanos como
    fundamento de la convivencia pacífica
  • Participar en la vida política, cívica y
    comunitaria del país
  • Propender al logro y mantenimiento de la paz
  • Colaborar para el buen funcionamiento de la
    administración de la justicia
  • Proteger los recursos culturales y naturales del
    país y velar por la conservación de un ambiente
    sano
  • Contribuir al financiamiento de los gastos e
    inversiones del Estado dentro de conceptos de
    justicia y equidad

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DERECHOS DE LOS TRABAJADORES
  • Derecho individual del trabajo que trata de las
    relaciones que emanan del contrato individual de
    trabajo entre un trabajador y su empleador.
  • Derecho colectivo del trabajo se refiere a las
    regulaciones de las relaciones entre grupos de
    sujetos en su consideración colectiva, del
    derecho del trabajo (sindicatos, grupos de
    empleadores, negociación colectiva, Estado, o con
    fines de tutela ).
  • Derecho de la seguridad social dice relación con
    la protección, principal, pero no exclusivamente
    económica, de los trabajadores ante los riesgos
    de la enfermedad, accidentes, vejez, cesantía,
    etc. (seguridad social).
  • Derecho procesal laboral.
  • Derecho al trabajo.
  • Derecho al salario mínimo.
  • Indemnización ante despido injusto.
  • Jornada de trabajo, descanso semanal y las
    vacaciones.
  • Seguridad social. En algunos países este es un
    mecanismo tripartita el empleado, el patrono y
    el estado aportan dinero.
  • Estabilidad de los funcionarios públicos.
  • Seguridad e higiene en la empresa, para tener un
    ambiente limpio y sano de trabajo. La materia
    contempla dos temas específicos los accidentes
    del trabajo y las enfermedades profesionales.
  • Derecho de sindicación.
  • Derecho de huelga y de cierre patronal. Con esto
    se da una igualdad de armas si el trabajador
    tiene derecho a la huelga, el empleador tiene
    derecho al cierre. Algunos ordenamientos excluyen
    del derecho a huelga para aquellos sectores que
    proveen servicios públicos trascendentales.
  • Derecho a negociar colectivamente.

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SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
  • En Colombia de conformidad con lo establecido en
    las Leyes 115 de 1994 y 30 de  992 la educación
    se define como un proceso de formación
    permanente, personal, cultural y social que se
    fundamenta en una concepción integral de la
    persona humana, su dignidad, sus derechos y sus
    deberes.1
  • En la Constitución Política se expresa que la
    educación es un derecho de la persona y un
    servicio público que tiene una función social
    con ella se busca el acceso al conocimiento, a la
    ciencia, a la técnica y a los demás bienes y
    valores de la cultura, que formará al colombiano
    en el respeto a los derechos humanos, a la paz y
    a la democracia y en la práctica del trabajo y
    que corresponde al Estado regular y ejercer la
    suprema inspección y vigilancia, con el fin de
    velar por su calidad, el cumplimiento de sus
    fines y la mejor formación moral, intelectual y
    física de los educandos garantizar el adecuado
    cubrimiento del servicio y asegurar a los menores
    las condiciones necesarias para su acceso y
    permanencia en el sistema educativo.

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  • La Educación Formal Aquella que se imparte en
    establecimientos educativos aprobados, en una
    secuencia regular de ciclos lectivos, con
    sujeción a pautas curriculares progresivas,
    conducentes a grados y títulos.
  •  
  • Los niveles de formación de la educación formal
    son los siguientes
  •  
  • Educación preescolar que comprende mínimo un
    grado obligatorio
  • Educación básica con una duración de nueve grados
    (básica primaria cinco grados y básica
    secundaria cuatro grados)
  • Educación media con una duración de 2 grados
    (10º. y 11º.) Culmina con el título de Bachiller.
  • Educación Superior
  • La educación superior tiene dos niveles de
    formación
  • Formación de pregrado
  •  
  • Formación de postgrado

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  • La formación de pregrado tiene las siguientes
    modalidades de formación y conduce a los títulos
    académicos que se indican 
  • Formación Técnica Profesional Conduce al título
    de Técnico Profesional en.
  •  
  • Formación Tecnológica Conduce al título de
    Tecnólogo en.
  • Formación Profesional Conduce al título de
    Profesional en. En este caso la denominación
    del título académico podrá estar o no precedida
    de ese calificativo, o corresponder, únicamente,
    a las denominaciones que el Legislador ha
    establecido en cumplimiento de su función de
    regulación del ejercicio profesional.
  • Especialización Conduce al título de
    Especialista en.
  • Maestría Conduce al título de Magíster en.
  • Doctorado Conduce al título de Doctor en.

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  • La Educación para el Trabajo y el Desarrollo
    Humano (Ley 1064 de 2006), (antes denominada
    educación no formal). Es la que se ofrece con el
    objeto de complementar, actualizar, suplir
    conocimientos y formar, en aspectos académicos o
    laborales sin sujeción al sistema de niveles y
    grados propios de la educación formal.
  • Los programas de formación laboral tienen por
    objeto preparar a las personas en áreas
    específicas de los sectores productivos y
    desarrollar competencias laborales específicas
    relacionadas con las áreas de desempeño referidas
    en la Clasificación Nacional de Ocupaciones, que
    permitan ejercer una actividad productiva en
    forma individual o colectiva como emprendedor
    independiente o dependiente.
  • Los programas de formación académica tienen por
    objeto la adquisición de conocimientos y
    habilidades en los diversos temas de la ciencia,
    las matemáticas, la técnica, la tecnología, las
    humanidades, el arte, los idiomas, la recreación
    y el deporte, el desarrollo de actividades
    lúdicas, culturales, la preparación para la
    validación de los niveles, ciclos y grados
    propios de la educación formal básica y media y
    la preparación a las personas para impulsar
    procesos de autogestión, de participación, de
    formación democrática y en general de
    organización del trabajo comunitario e
    institucional. Para ser registrados, estos
    programas deben tener una duración mínima de
    ciento sesenta (160) horas.

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  • La Educación Informal Es todo conocimiento libre
    y espontáneamente adquirido, proveniente de
    personas, entidades, medios masivos de
    comunicación, medios impresos, tradiciones,
    costumbres, comportamientos sociales y otros No
    estructurados.
  • LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTALES,
    DISTRITALES Y DE LOS MUNICIPIOS CERTIFICADOS.
  •  
  • Las Secretarias de Educación, desarrollan e
    impulsan el mejoramiento del servicio público
    educativo, liderando la gestión con calidad,
    eficiencia y la ampliación permanente de la
    cobertura en todo el territorio departamental,
    distritales y municipal, para incrementar la
    economía del conocimiento al servicio de la
    productividad y competitividad intelectual del
    hombre, satisfaciendo las expectativas
    departamentales y municipales de la
    descentralización, la coordinación y
    subsidiaridad a fin de lograr acciones conjuntas
    para consolidar la autonomía escolar y un
    adecuado acceso y permanencia de la población
    escolar al sistema educativo.
  •  

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PRINCIPALES ASPECTOS DEL MUNICIPIO
  • Centros de FormaciónLa regional Distrito
    Capital en cumplimiento a la misión del Sena,
    ofrece y ejecuta los programas de Formación
    Profesional Gratuita para la incorporación de las
    personas en actividades productivas que
    contribuyan al crecimiento social, económico y
    tecnológico del país, a través de 15 Centros de
    Formación ubicados en Bogotá, que atienden los
    sectores comercio y servicios, y el industrial.
  • Además, brindamos capacitación a personal
    vinculado a las empresas información
    orientación y capacitación para el empleo apoyo
    al desarrollo empresarial servicios tecnológicos
    para el sector productivo, y apoyo a proyectos de
    innovación, desarrollo tecnológico y
    competitividad.

Formación Titulada es la formación impartida por
el SENA que conduce a una certificaciones los
niveles de Trabajador Calificado, de Técnico o
de Tecnólogo.  Esta formación tiene una
duración igual o superior a un año y se orienta
primordialmente a la formación del nuevo recurso
humano calificado para el trabajo productivo.
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  • Formación Continua acción de formación de corta
    duración para atender necesidades puntuales de
    las personas o las empresas para la actualización
    o complementación, con el propósito de mejorar el
    desempeño o permitir la movilidad de los
    trabajadores vinculados.
  • Formación Ocupacional Acción de formación de
    corta duración para atender las necesidades
    puntuales de reconversión laboral y/o
    actualización de desempleados.
  • Formación Continua Convenio con Empleadores Es
    la formación dirigida al personal vinculado como
    actualización o formación profesional,
    desarrollada en articulación con el sector
    productivo mediante convenios especiales de
    cooperación con los empleadores.
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