La lucha CONTRA LA VIOLENCIA, EL RACISMO Y LA XENOFOBIA EN LOS ESPECT - PowerPoint PPT Presentation

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La lucha CONTRA LA VIOLENCIA, EL RACISMO Y LA XENOFOBIA EN LOS ESPECT

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La lucha CONTRA LA VIOLENCIA, EL RACISMO Y LA XENOFOBIA EN LOS ESPECT CULOS DEPORTIVOS Introducci n La Ley del Deporte de 15 de octubre de 1990, ley 10/1990, ya ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: La lucha CONTRA LA VIOLENCIA, EL RACISMO Y LA XENOFOBIA EN LOS ESPECT


1
La lucha CONTRA LA VIOLENCIA, EL RACISMO Y LA
XENOFOBIA EN LOS ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS
2
Introducción
  • La Ley del Deporte de 15 de octubre de 1990, ley
    10/1990, ya incorporaba determinadas medidas para
    prevenir y, en su caso, sancionar conductas
    violentas en los espectáculos deportivos,
    dedicando íntegramente su titulo IX a este
    objetivo de creciente interés social.

3
  • La Conferencia Mundial contra el Racismo, la
    Discriminación Racial, la Xenofobia y las formas
    conexas de Intolerancia, celebrada el año 2001 en
    Sudáfrica, convocada por Naciones Unidas bajo los
    auspicios del Comité Olímpico Internacional, así
    como otros textos internacionales, sugerían una
    mejor adecuación a los nuevos fenómenos racistas
    surgidos en relación al deporte.

4
  • Por ello, España aprueba en el año 2007, un nuevo
    texto legal dedicado, específicamente, a luchar
    contra la violencia, el racismo y la xenofobia
  • LEY 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia,
  • el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el
  • deporte.

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Introducción
  • Todos estos textos legales contra la violencia en
    los espectáculos deportivos suponen también la
    plasmación en la normativa española del
    compromiso adquirido por nuestro país al
    suscribir el 1 de septiembre de 1987 el Convenio
    Europeo sobre la violencia e irrupciones de
    espectadores con motivo de manifestaciones
    deportivas, y especialmente partidos de fútbol.

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Marco Normativo
  • LEY 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia,
    el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el
    deporte (BOE de 12) 
  • Real Decreto 748/2008, de 9 de mayo, por el que
    se regula la Comisión Estatal contra la
    violencia, el racismo, la xenofobia y la
    intolerancia en el deporte (BOE de 17)
  • Real Decreto 769/1993 , por el que se aprueba el
    Reglamento para la prevención de la violencia en
    los espectáculos deportivos
  • Real Decreto 1247/1998 por el que se modifica el
    Real Decreto 769/1993 por el que se aprueba el
    Reglamento para la prevención de la violencia en
    los espectáculos
  • Orden de 22 de diciembre de 1998 por la que se
    regulan las Unidades de Control Organizativo para
    la prevención de la violencia en los espectáculos
    deportivo 

7
Organización de la prevención de la violencia en
España
  • Las líneas maestras de la política de prevención
    de la violencia deportiva en España se articulan
    en torno a tres tipos de medidas
  • organizativas,
  • preventivas
  • y de carácter represivo.

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1. MEDIDAS ORGANIZATIVAS
  • Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado la
    Dirección General de la Policía y de la Guardia
    Civil vela por el mantenimiento del orden y la
    seguridad publica en los acontecimientos
    deportivos.
  • La Dirección General de la Policía ha creado una
    unidad que coordina y centraliza toda su
    actividad en el ámbito de la violencia en el
    deporte, denominada Oficina Nacional de Deportes,
    actuando como punto de enlace con las policías de
    otros Estados.
  • LA COMISIÓN NACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA, EL
    RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL
    DEPORTE

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Naturaleza jurídica
  • La Comisión se adscribe orgánicamente al Consejo
    Superior de Deportes y, en el ejercicio de sus
    competencias, actúa por iniciativa propia o a
    requerimiento del Consejo Superior de Deportes o
    del Ministerio del Interior

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Funciones
  • a) Realizar informes y estudios.
  • b) Elaborar propuestas para impulsar todo tipo de
    acciones de prevención, divulgación y control de
    la violencia en el deporte.
  • c) Declarar partidos de "alto riesgo".
  • d) Proponer la apertura de expedientes
    sancionadores dirigidas a la autoridad
    gubernativa competente por la comisión de
    infracciones tipificadas en los artículos 66 a 69
    de la Ley del Deporte.
  • A la Comisión le corresponden, fundamentalmente,
    funciones de propuesta, careciendo de facultades
    para sancionar directamente, pese a que algunos
    medios de comunicación (de forma habitual y
    erróneamente) aluden a sanciones impuestas por la
    Comisión, funciones que corresponden a los
    Delegados del Gobierno u otras autoridades del
    Ministerio del Interior. Las funciones de la
    Comisión se limitan a la tutela y vigilancia,
    provocando la crítica de quienes quisieran
    dotarla de mayor vigor ejecutivo.

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Composición
  • La Comisión está integrada por representantes de
    las diferentes administraciones publicas,
    federaciones deportivas españolas y ligas
    profesionales mas directamente afectadas, así
    como por personas de reconocido prestigio en el
    ámbito del deporte y la seguridad.
  • Su composición y estructura orgánica se regula en
    el
  • REAL DECRETO 748/2008, de 9 de mayo, por el
  • que se regula la Comisión Estatal contra la
    violencia,
  • el racismo, la xenofobia y la intolerancia
  • en el deporte.

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2. MEDIDAS PREVENTIVAS
  • Los recintos o instalaciones deportivas en los
    que se desarrollen competiciones de la categoría
    profesional de fútbol y baloncesto contarán con
    localidades numeradas y de asiento para todos los
    espectadores.
  • Construcciones, instalaciones o soportes fijos
    necesarios para el funcionamiento de la Unidad de
    Control Organizativo.
  • Sistema informatizado de control y gestión de
    ventas de entradas y de acceso a los recintos
    deportivos.

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RESPONSABILIDADES DE LOS ORGANIZADORES
  • Instalaciones del recinto y venta de entradas (RD
    769/1993)
  • Artículo 5. Control informatizado de acceso al
    recinto y de venta de entradas.
  • Artículo 6. Asientos en las gradas.
  • Artículo 7. Ubicación en el recinto del personal
    de los medios de comunicación.
  • Artículo 8. Unidad de Control Organizativo.
  • Artículo 9. Venta de los billetes de entrada.

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3. MEDIDAS DE CARÁCTER REPRESIVO. RÉGIMEN
SANCIONADOR
  • Principalmente, en los TÍTULOS II y III de la Ley
    19/2007.
  • En el TÍTULO II se regula el Régimen sancionador
    contra la violencia, el racismo, la xenofobia y
    la intolerancia en el deporte.
  • Por su parte, el TÍTULO III establece el Régimen
    disciplinario deportivo contra la violencia, el
    racismo, la xenofobia y la intolerancia
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