Unidad 1 Poder Judicial - PowerPoint PPT Presentation

1 / 9
About This Presentation
Title:

Unidad 1 Poder Judicial

Description:

Unidad 1 Poder Judicial Corte Suprema de Justicia Consejo de la Magistratura Fuero Federal Fuero Nacional Natalia Moscardi - Legislaci n del Agua – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:49
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 10
Provided by: Laur4186
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Unidad 1 Poder Judicial


1
Unidad 1 Poder Judicial
  • Corte Suprema de Justicia
  • Consejo de la Magistratura
  • Fuero Federal
  • Fuero Nacional

2
El Poder Judicial de la Nación
  • Es uno de los tres poderes que conforman la
    República Argentina y es ejercido por la Corte
    Suprema de Justicia (CSJN) y por los demás
    tribunales inferiores que estableciere el
    Congreso en el territorio de la Nación. Esta
    regulado en la sección tercera de la segunda
    parte de la Constitución de la Nación Argentina.
  • La designación de los jueces la realiza el
    Presidente de la Nación con acuerdo del Senado,
    sobre la base de una terna integrada por
    candidatos seleccionados en concurso público por
    el Consejo de la Magistratura, órgano de
    composición multisectorial, a quien corresponde
    el control directo de los jueces y la
    administración del Poder judicial.1 Los jueces
    permanecen en sus cargos "mientras dure su buena
    conducta" y solo pueden ser removidos en caso de
    infracciones graves, por un Jurado de
    Enjuiciamiento, integrado por legisladores,
    magistrados y abogados.

3
Consejo de la Magistratura
  • Es un órgano permanente del Poder Judicial de la
    Nación, incorporado a la CN en el año 1994, y se
    encuentra regulado por la Ley 24.937 (t.o. por
    Decreto 816/1999), norma esta última que fue
    reformada parcialmente por la Ley 26.080 (t.o.
    por Decreto 207/2006).
  • Las atribuciones del Cuerpo han sido establecidas
    por el art. 114 de la Constitución Nacional, en
    los siguientes términos
  • tendrá a su cargo la selección de los
    magistrados y la administración del Poder
    Judicial.
  • El Consejo será integrado periódicamente de modo
    que se procure el equilibrio entre la
    representación de los órganos políticos
    resultante de la elección popular, de los jueces
    de todas las instancias y de los abogados de la
    matrícula federal. Será integrado, asimismo, por
    otras personas del ámbito académico y científico,
    en el número y la forma que indique la ley.
  • 1. Seleccionar mediante concursos públicos los
    postulantes a las magistraturas inferiores.
  • 2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para
    el nombramiento de los magistrados de los
    tribunales inferiores.
  • 3. Administrar los recursos y ejecutar el
    presupuesto que la ley asigne a la administración
    de justicia.
  • 4. Ejercer facultades disciplinarias sobre
    magistrados.
  • 5. Decidir la apertura del procedimiento de
    remoción de magistrados, en su caso ordenar la
    suspensión, y formular la acusación
    correspondiente.
  • 6. Dictar los reglamentos relacionados con la
    organización judicial y todos aquellos que sean
    necesarios para asegurar la independencia de los
    jueces y la eficaz prestación de los servicios de
    justicia.
  • Además de lo expuesto, son atribuciones propias
    del Consejo
  • Organizar el funcionamiento de la Escuela
    Judicial, dictar su reglamento, aprobar sus
    programas de estudio y establecer el valor de los
    cursos realizados, como antecedentes para los
    concursos convocados. Planificar los cursos de
    capacitación para magistrados, funcionarios y
    empleados del Poder Judicial para la eficaz
    prestación del servicio de justicia.
  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual
    del Poder Judicial, de conformidad con lo
    dispuesto en la Ley de Autarquía Judicial y la
    Ley de Administración Financiera, y ejecutarlo.
  • Cómo está integrado?
  • El Consejo está integrado por trece miembros, de
    acuerdo con la siguiente composición
  • 1. Tres jueces del Poder Judicial de la Nación,
    elegidos por el sistema DHont, debiéndose
    garantizar la representación igualitaria de los
    jueces de cámara y de primera instancia y la
    presencia de magistrados, con competencia federal
    del interior de la República.
  • 2. Seis legisladores. A tal efecto los
    presidentes de la Cámara de Senadores y de la
    Cámara de Diputados, a propuesta de los bloques
    parlamentarios de los partidos políticos,
    designarán tres legisladores por cada una de
    ellas, correspondiendo dos a la mayoría y uno a
    la primera minoría.
  • 3. Dos representantes de los abogados de la
    matrícula federal, designados por el voto directo
    de los profesionales que posean esa matrícula.
    Uno de los representantes deberá tener domicilio
    real en cualquier punto del interior del país.
  • 4. Un representante del Poder Ejecutivo.

4
Justicia Federal
  • De acuerdo al artículo 116 de la Constitución,
    corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales
    inferiores de la Nación, el conocimiento y
    decisión de todas las causas que versen sobre
    puntos regidos por la Constitución, y por las
    leyes nacionales, salvo los casos que
    corresponden a la justicia provincial y por los
    tratados internacionales de las causas
    concernientes a embajadores, ministros públicos y
    cónsules extranjeros de las causas de
    almirantazgo y jurisdicción marítima de los
    asuntos en que la Nación Argentina sea parte de
    las causas que se susciten entre dos o más
    provincias entre una provincia y los vecinos de
    otra entre los vecinos de diferentes provincias
    y entre una provincia o sus vecinos, contra un
    Estado o ciudadano extranjero.
  • Dichas causa deben resolverse únicamente ante el
    fuero federal. Actuando, en tal situación, la
    Corte Suprema de Justicia como tribunal de
    apelación, si fuese el caso.

Jurisdicciones federales El territorio del país
se encuentra dividido en 17 jurisdicciones
federales, que intervienen en los asuntos sobre
materia federal que ocurran en sus
jurisdicciones. Justicia Federal de Bahía
Blanca Con jurisdicción sobre el sur de la
provincia de Buenos Aires y la totalidad de La
Pampa
5
Corte Suprema de Justicia de la Nación
  • La Corte Suprema de Justicia de la Nación es el
    máximo tribunal de justicia del país. La Corte
    tiene competencia originaria sobre determinadas
    materias que se encuentran reguladas en el
    artículo 117 de la Constitución, entre ellas las
    referentes a embajadores, ministros y cónsules
    extranjeros y también los juicios entre
    provincias argentinas. Con competencia originaria
    se alude a que cualquier caso judicial que
    contenga esos elementos deberá ocurrir
    directamente a la Corte Suprema como órgano
    judicial decisor.
  • También es última instancia decisoria por vía de
    apelación (a través de un recurso extraordinario
    federal), si el caso suscitare una cuestión
    federal, que traiga aparejada la necesidad de
    decidir en un conflicto suscitado entre dos leyes
    de igual o diferente rango o respecto de tratados
    internacionales.

6
Fueros con Competencia en todo el País
  • Justicia Nacional de Casación Penal
  • Justicia Federal de la Seguridad Social
  • Fueros Nacionales
  • Justicia Nacional en lo Comercial
  • Justicia Nacional del Trabajo
  • Justicia Nacional en lo Civil
  • Justicia Nac. en lo Crim. y Correccional
  • Fueros Federales
  • Justicia Nacional en lo Penal Económico
  • Justicia Nac. en lo Civil y Com. Federal
  • Justicia Nac. en lo Cont. Adm. Federal
  • Justicia Nac. en lo Crim. y Corr. Federal
  • Justicia Nacional Electoral

7
Justicia provincial
  • Cada una de las provincias de Argentina,
    basándose en la autonomía reconocida por la
    Constitución nacional en su artículo 5, establece
    la administración y organización de la justicia
    ordinaria dentro de su territorio. Es por ello
    que en Argentina hay una organización judicial
    distinta en cada una de las provincias. Dicha
    organización es creada de acuerdo a cada una de
    las constituciones provinciales.
  • Cada provincia regula su sistema procesal,
    dictando sus propios códigos de procedimiento,
    aunque aplican con diferencias de criterio
    adecuadas a las condiciones sociales, económicas
    o culturales locales- el mismo derecho de fondo o
    material. Así, con veinticuatro diferentes
    normativas procesales, siempre se aplica el mismo
    Código Civil, Comercial, Penal, derecho
    Supranacional, Tratados internacionales, etc.
  • Algunas provincias siguen líneas de organización
    más cercanas a la jurisdicción federal, otras
    siguen líneas que suelen calificarse de "más
    progresistas" como ser proceso penal bilateral,
    investigación a cargo de la Fiscalía, jurados
    mixtos y populares -según la gravedad del
    delito-. Mayor inmediación y simplificación de
    las formas para hacer una justicia más accesible
    al público. Es aleatorio si el procedimiento es
    oral o escrito, en todo caso, siempre los valores
    a los cuales arribar son la simplicidad para el
    justiciable y la accesibilidad.
  • La mayoría de las justicias provinciales están
    divididas en Juzgados de Paz, Juzgados de Primera
    Instancia, Cámaras de Apelaciones y un máximo
    tribunal provincial, cuyo nombre varía según la
    jurisdicción. A modo de ejemplo, encontramos la
    Corte Suprema de Justicia de Tucumán, la Suprema
    Corte de Justicia de Buenos Aires o el Superior
    Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
  • En cuanto a accesibilidad, la República Argentina
    en su jurisdicción nacional -el ámbito federal-
    como en sus jurisdicciones locales -cada
    provincia como entidad independiente- tienen
    asegurados sistemas de Defensa Pública gratuita.
    De modo tal que, si bien imperfectamente, cuando
    menos el acceso a la justicia esté garantizado a
    pesar de las carencias económicas

8
Otro Entes Relacionados con el Poder Judicial
  • El Ministerio Público de Argentina es un órgano
    constitucional bicéfalo integrado por el
    Ministerio Público Fiscal, dirigido por el
    Procurador General de la Nación y encargado de la
    acción de los fiscales, y el Ministerio Público
    de la Defensa dirigido por el Defensor General de
    la Nación y encargado de la acción de los
    defensores oficiales o públicos. Los fiscales
    son los encargados de defender los intereses
    públicos en los procesos judiciales, instando la
    acción pública, en tanto que los defensores
    públicos son los encargados de defender los
    derechos de las personas perseguidas por los
    tribunales del país o que, por alguna
    circunstancia no pueden ejercer su defensa, como
    en el caso de los menores, incapaces o afectados
    por discriminaciones.
  • La Auditoría General de la Nación (AGN) es el
    organismo que asiste técnicamente al Congreso en
    el control del estado de las cuentas del sector
    público. Fue creada en el año 1992 a partir de la
    Ley 24156. Verifica el cumplimiento contable,
    legal y de gestión por parte del Poder Ejecutivo
    Nacional controla la exposición completa, clara
    y veraz de las cuentas públicas y analiza la
    administración de los intereses fiscales, pero no
    coadministra examina hechos, actos y documentos
    una vez finalizados los ejercicios contables de
    los entes que se haya decidido auditar. Con sus
    informes de auditoría, que incluyen comentarios,
    conclusiones y recomendaciones, asesora al Poder
    Legislativo sobre el desempeño de la
    Administración Pública Nacional y la situación de
    la hacienda pública.

9
Ejemplos
  • Buscar dos ejemplos de materias del
  • Fuero Federal Contencioso Administrativo
  • Fuero Federal Penal
  • Fuero Provincial Civil y Comercial
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com