Title: Taller de El Salvador
1Taller de El Salvador
- Las Políticas de Recursos Humanos y la
transformación de los Sistemas de Salud en Brasil
Francisco Eduardo de Campos Secretario de
SGTES/MS 4 de mayo de 2010
2Sistema Único de Salud SUS (1)
- Constitución Federal de 1988
- Artículo 196 - La salud es un derecho de todos y
un deber del Estado, garantizado por políticas
sociales y económicas encaminadas a reducir el
riesgo de enfermedades y otros problemas de salud
y el acceso universal y equitativo a las acciones
y servicios para su promoción, protección y
recuperación.
3Sistema Único de Salud SUS (2)
- Constitución Federal de 1988
- Artículo 198 - Las acciones y los servicios
públicos de salud son parte de una red
regionalizada y jerarquizada y constituyen un
sistema único, organizado de acuerdo a las
siguientes directrices I - la
descentralización con una gestión única en cada
esfera del gobierno II - servicio
integral, prioridad a las actividades
preventivas, sin perjuicio de los servicios de
asistencia III - la participación de la
comunidad.
4Sistema Único de Salud SUS (3)
- Constitución Federal de 1988
- Artículo 200 - El sistema único de salud, además
de otras funciones, de conformidad con la
ley I - dirigir y supervisar los
procedimientos, productos y sustancias de interés
para la salud y la promoción de la producción de
medicamentos, equipos, productos
inmunobiológicos, hemoderivados y otros
insumos II - realizar las acciones de
vigilancia sanitaria y epidemiológica y la salud
del trabajador III ordenar la
formación de recursos humanos en
salud IV - participar en la formulación
y aplicación de políticas de saneamiento
básico V incrementar el desarrollo
científico y tecnológico VI -
supervisar y controlar los productos
alimenticios, incluido el control de su contenido
nutricional, así como las bebidas y el agua para
el consumo humano VII - participar en
el control y la supervisión de la producción,
transporte, almacenamiento y uso de sustancias
psicoactivas y de los productos, tóxicos y
radiactivos VIII - cooperar en la
protección del medio ambiente, incluido el de
mano de obra.
5Sistema Único de Salud SUS (4)
- Estrategia de Salud de la Família (APS)
2006
2005
2004
6Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (1)
7Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (2)
8Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (3)
- Competencias de la Secretaría I. Promover la
ordenación de la formación de recursos humanos en
salud II. Elaborar y proponer políticas de
formación y desarrollo profesional de la salud y
vigilar su aplicación, así como promover el
desarrollo de la Red de Observatorios de Recursos
Humanos para la Salud III. Planificar,
coordinar y apoyar las actividades relacionadas
con el trabajo y la educación en salud, así como
la organización de la gestión de la educación y
la salud, la formulación de criterios para las
negociaciones y el establecimiento de
asociaciones entre los gestores del SUS y la
planificación de responsabilidades entre las tres
esferas de gobierno IV. Promover vínculos con
los organismos educativos, los sindicatos y la
supervisión de los movimientos profesionales y
sociales, así como con las organizaciones que
representan a la formación de profesionales, con
miras a la formación, desarrollo profesional y
trabajo en el sector de la salud V. Promover
la integración de los sectores de salud y
educación para fortalecer a las instituciones de
formación de los profesionales que trabajan en el
área de salud
Decreto Presidencial nº 4.726, de 09 de junio de
2003
9Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (4)
- Competencias de la Secretaría (continuación)VI.
Planificar y coordinar las acciones hacia la
integración y la mejora de la relación entre las
gestiones federales, estatales y locales del SUS,
con respecto a los planes de formación,
titulación y distribución de las ofertas de
trabajo en educación y salud VII. Planificar y
coordinar acciones para promover la participación
de los trabajadores de la salud en la gestión de
los servicios del SUS y regulación de las
profesiones de la salud VIII. Planificar y
coordinar acciones para la promoción de la
educación sanitaria, el fortalecimiento de sus
propias iniciativas en el movimiento popular en
el ámbito de la educación para la salud y la
gestión de políticas de salud pública, así como
la promoción de información y conocimientos sobre
el derecho a la salud y acciones y el acceso a
los servicios de salud, y IX. Fomentar la
cooperación internacional entre otras cosas
mediante el establecimiento y coordinación de
foros de discusión, para resolver los problemas
relacionados con la formación, desarrollo
profesional, gestión y regulación del trabajo en
salud, especialmente cuestiones relacionadas con
los países vecinos en las Américas, los países de
habla portuguesa y los países del hemisferio sur.
Decreto Presidencial nº 4.726, de 09 de junio de
2003
10Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (5)
- Programas y Proyectos Educación en Salud
11Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (6)
- Programas y Proyectos Trabajo en Salud
12Secretaría de Gestión de la Educación y del
Trabajo en Salud (7)
- Programas y Proyectos Cooperación Internacional
- GT de RRHH de UNASUR
- Red de Instituciones Estructurantes
- Instituto Suramericano de Gobierno en Salud
(ISAGS) - OPS/Brasil TC 41
- Red CIRHUS Andino
- REFORGRAD
13Sérgio Arouca, 1941-2003