Title: EL SALVADOR
1EL SALVADOR
- TALLER REGIONAL SOBRE TALA Y COMERCIO ILEGAL DE
MADERA Y GOBERNABILIDAD
EDGAR ALBERTO CRUZ RODRIGUEZ, Área Forestal
DGFCR-MAG
2TALA ILEGAL
1. Principales problemas
2. Estrategia
3. Experiencia para mejorar aplicación
4. Rol colaboración regional
3Ley Forestal
- Ley Forestal D.L. 852, 2002
- Cons. I. Promoción desarrollo económico y social,
mediante incremento producción, la productividad
y racional utilización de recursos. - Cons.III. Establecer reglas claras y garantizar
el principio de que el que siembra tiene derecho
a cosechar. - Objetivoestablecer disposiciones que permitan el
incremento, manejo y aprovechamiento en forma
sostenible de los recursos forestales y el
desarrollo de la industria maderera los recursos
forestales son parte del patrimonio natural de la
Nación y corresponde al Estado su protección y
manejo
41. Principales problemas
- Falta difusión Ley Forestal (LF)
- Recuperación áreas boscosas
- Política MAG fomento cultivos frutales e
industriales (caña 5 mil m.z. en 2005 y otros,
en clases de suelos I, III y III) - No alternativas de inversión forestal
- Promueve cambio uso suelo. Conflicto entre Art.
1,8 y 12 LF (permite cambio de uso del suelo)
Dualidad Ley Forestal y Ley de Medio Ambiente - Art. 8. no da espacio para aprovechamientos
domésticos (Exige plan de manejo, exención
Art.10.)
51. Principales problemas
- Alta demanda cedro (amenazada, Acuerdo Ejec.No 10
MARN), permiso centralizado proceso burocrático
(DGFCR-MARN-DGFCR) - Percepción equivocada PMF por privados (Permiso
Grande). - Bajo seguimiento a PMF (baja capacidad instalada,
AFE) - LF Transfiere y desrregula aprovechamientos
Art. 15, municipalidades Art.16, plantaciones y
Art. 17, cafetales, árboles aislados y especies
con capacidad rebrote. Baja capacidad
institucional para verificar codición legal.
62. ESTRATEGIA
- Control transporte de productos y subproductos
forestales, - Apoyo PNC, Div. Medio Ambiente y Div. Policía
Rural (recientemente), - Multas altas (792.00)
- Verificación legal procedencia almacenamiento,
transformación y comercialización
72. ESTRATEGIA
- Instructivo para mejor aplicación L.F.
- Elaboración anteproyecto reforma L.F. y su
reglamento (apoyo Facility), - Proyecto Creación Oficina de Auditoria Interna,
- Intercambio experiencia visita INAB, julio 07.
8EXPERIENCIAS PARA MEJORAR APLICACIÓN LEY FORESTAL
- POLITICA SECTORIAL Y MARCO LEGAL
- Realización de talleres internos para definir
criterios de aplicación ley (definición de
competencia cambio uso del suelo) - Actualmente se ha revisado procedimientos y
formularios a efecto de ordenar la extensión de
permisos en la RII.
9EXPERIENCIAS PARA MEJORAR APLICACIÓN LEY FORESTAL
- MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
- Experiencia local en zona del Bajo Lempa.
Suspensión guías transporte-Organización
productores de leña y carbón (150 socios)-control
conjunto-Regulación precio mercados. Ya se habla
de planes de manejo, reforestación y de
tecnificación producción de carbón (5 mil
m3/4.5mese).
10EXPERIENCIAS PARA MEJORAR APLICACIÓN LEY FORESTAL
- TECNOLOGIA E INFORMACION
- Se han impartido capacitaciones a Fiscales y PNC,
en el tema de Planes de Manejo Forestal. - Se transmite en programa radial, aspectos legales
y administrativos relativos a las autorizaciones
forestales.
11ROL PARA MEJORAR COLABORACION REGIONAL
- TEMAS REGIONALES
- Atención integral tráfico ilegal transfronterizo
12MUCHAS GRACIAS
13Bosques Naturales Privados
- Establece la obligación de poseer un Plan de
Manejo Forestal para el aprovechamiento, con
excepción de la tala, poda y raleo con fines de
protección y saneamiento y los aprovechamientos
por causas naturales
14Plantaciones Forestales
- No requieren autorización alguna para su
mantenimiento, raleo o aprovechamiento final
15Áreas de Uso Restringido
- Superficies de inmuebles en las que sus
propietarios tendrán la obligación de manejar de
manera sostenible la vegetación existente
16Artículos de difícil interpretación
- PROTECCIÓN DEL SUELO POR SU CAPACIDAD DE USO
- Art. 12.- Se prohíbe el cambio de uso de los
suelos clase VI, VII y VIII que estén cubiertos
de árboles. Sin embargo, podrán ser aprovechados
sosteniblemente manteniendo el mismo uso.
17Artículos de difícil interpretación
- APROVECHAMIENTOS ILÍCITOS
- Art. 13.- Los productos y subproductos
forestales cuyo origen lícito no pueda ser
demostrado legalmente, serán decomisados por la
autoridad competente y puestos a la orden del
MAG. Transcurridos quince días hábiles sin que el
legítimo propietario presente el reclamo
correspondiente, el MAG podrá disponer de ellos
sin perjuicio de la aplicación de las sanciones
respectivas.
18Art. 17
- APROVECHAMIENTOS PERMITIDOS
- Art. 17.- Quedan exentos del requerimiento de
los planes de manejo forestal y de cualquier tipo
de autorización, los siguientes aprovechamientos - Es decir, que están exentos si cumplen con los
requisitos mencionados, de lo contrario, no opera
la exención y es obligatoria la autorización o
permiso
19Art. 17
- a) El corte, tala y poda de árboles de sombra de
cafetales y otros de diferentes especies que se
encuentren dentro de la plantación de café,
siempre y cuando la actividad busque la
conservación y mejoramiento de la misma y que los
árboles no se encuentren incluidos en los
listados de especies amenazadas o en peligro de
extinción o que se trate de árboles históricos
20Art. 17
- b) El corte, tala y poda de frutales, así como
otros cultivos agrícolas permanentes y la tala y
poda de árboles aislados ubicados en suelos con
vocación agrícola o ganadera, siempre que no se
trate de árboles históricos y que no se encentren
entre las especies amenazadas o en peligro de
extinción
21Art. 17
- c) La tala de árboles con capacidad de rebrote
sin llegar a su eliminación total
22SANCIONES
- Competencia Sancionatoria Corresponde al MAG
(Área Forestal de la DGFCR), de acuerdo a lo
establecido en el Art. 34
23INFRACCIONES
- Se encuentran establecidas en el Art. 35
24Infracciones más cometidas
- a) Talar sin la autorización correspondiente,
árboles en los bosques naturales 2 a 5 salarios
mínimos por cada árbol talado - f) Transportar productos o subproductos
forestales, sin la documentación que acredite su
legítima procedencia o presentarla con
falsificaciones o alteraciones 5 a 8 salarios
mínimos
25Decomiso de Aperos
- El MAG deberá ordenar el decomiso de los
productos forestales y los aperos utilizados al
efecto cuando no se pruebe la legítima propiedad
de éstos
26Recurso de Revisión
- Ante la autoridad inmediata superior, en este
caso, el Ministro de Agricultura y Ganadería,
dentro de tres días hábiles perentorios contados
desde el siguiente al de la respectiva
notificación
27Agotamiento de la vía administrativa
- Transcurrido el término sin que se interponga el
Recurso de Revisión o resuelto éste, queda firme
la resolución definitiva, la cual deberá
cumplirse en diez días hábiles. La certificación
de la resolución definitiva tendrá fuerza
ejecutiva
28Remisión a Juez Competente
- Si la infracción forestal da origen a un delito,
se hace del conocimiento de la Fiscalía General
de la República