Title: Conferencia Internacional sobre Aplicacin y Cumplimiento de la Normativa Ambiental en Amrica Latina
1Conferencia Internacional sobre Aplicación y
Cumplimiento de la Normativa Ambiental en América
Latina FARN Fundación Ambiente y Recursos
NaturalesInstituto del Banco Mundial, División
Ambiente y Recursos Naturales
-
- El decreto ley Nº 701, de 1974, principal
herramienta legal sobre fomento forestal en
Chile, logros, proyecciones y cumplimiento de sus
normas - Francisco Neira Martínez Contador
Público y Contador Auditor - Buenos Aires, 28 y 29 de mayo de 2002
2EL SECTOR FORESTAL DE CHILE
- Recursos forestales
- 13.5 millones de ha de bosque nativo
- 2,3 millones de plantaciones forestales
- Participación en la Economía Nacional
- Retornos por exportaciones forestales
- Tasas promedio de corta de bosques
- Tasas promedios de forestación
- Inversiones forestales
- Generación de empleos
- Formación de profesionales
3El DECRETO LEY Nº 701, DE 1974.(modificado por
ley N 19.561, de1998)
4ESTRUCTURA DEL D.L. 701, de 1974
- Título Preliminar
- Título I De la calificación de terrenos
forestales - Título II De los planes de manejo
- Título III De los incentivos a la actividad
forestal - Título IV De las sanciones
- Título V Disposiciones generales
- Artículos transitorios
5TITULO PRELIMINAR
- OBJETIVOS
- Regular la actividad forestal en suelos de
aptitud preferentemente forestal y en suelos
degradados - Incentivar la forestación del país,
principalmente, por parte de pequeños
propietarios y la necesaria para la prevención
de la degradación, protección y recuperación de
suelos
6DEFINICIONES RELEVANTES
- PEQUEÑO PROPIETARIO FORESTAL
- BOSQUE
- CORTA NO AUTORIZADA
- DESERTIFICACION
- SUELOS FRAGILES
- SUELOS DEGRADADOS
- EROSION MODERADA
- EROSION SEVERA
7TITULO I DE LA CALIFICACION DE TERRENOS
FORESTALES
- Calificación
- Solicitante Superficie forestación
- Recuperación suelos degradados Estabilización de
dunas - Medidas de protección Medidas de preservación
- Firmas Plazos
- Acreditación
- Reclamo
- Juez competente Plazo reclamo
- Plazo pronunciamiento Procedimiento
- Desafectación
- Excepcionalidad Reintegros imptos. y
bonificaciones
8TITULO II DE LOS PLANES DE MANEJO
- PLANES DE MANEJO
- -Definición legal
- Plazo presentación
- Profesional habilitado
- Plazo reforestación
- Procedimiento de reclamo
- PREMISA BÁSICA
- Acción de corta de bosques con plan de manejo
aprobado y la obligación de reforestación - TIPOS DEPLANES DE MANEJO
- FACULTAD DE REGLAMENTAR P.M. Y C.T.A.P.F.
9TITULO III DE LOS INCENTIVOS A LA ACTIVIDAD
FORESTAL
-
- Actividades bonificables
- Vigencia de 15 años
- Porcentaje de bonificación 75 ó 90
- Sistema otorgamiento bonificación
- Consideraciones y exenciones tributarias
- Facultad de reglamentar bonificaciones y
concursos - Crédito de enlace
- Tabla de costos
- Plazos para el pago de bonificaciones
10ACTIVIDADES BONIFICABLES
- Forestación en suelos frágiles, ñadis o en áreas
en proceso de desertificación - Forestación en suelos degradados y las
actividades de recuperación de dichos suelos o
estabilización de dunas - Establecimiento de cortinas cortavientos
- Forestación de pequeños propietarios forestales
en suelos de cualquier clase - Primera poda y raleo de plantaciones realizadas
por pequeños propietarios forestales - Forestación en suelos degradados con pendientes
mayores de 100.
11CONSIDERACIONES YFRANQUICIAS TRIBUTARIAS
- Determinación de rentas efectivas v/s rentas
presuntas cuando límite de ventas de productos
forestales gt 24.000 U.T.M. en período móvil de 3
años - Exención Impto. Territorial y de Herencias,
Asignaciones y Donaciones para terrenos con
plantaciones bonificadas, bosques nativos y
bosques de protección - Exención anterior es permanente excepto
plantaciones las que concluyen 2 años después de
la 1ª rotación
12PROCEDIMIENTO DE PAGO DE BONIFICACIONES
- VALORES A BONIFICAR en tabla de costos
publicada anualmente antes del 15 de agosto de
cada año - PAGO DE BONIFICACIONES a través de tesorerías
regionales y provinciales - FORMA DE ACREDITACION estudio técnico
patrocinado por ingeniero forestal o agrónomo
especializado - PLAZO DE PRONUNCIAMIENTO 180 días
- TRANSFERENCIA DE BONIFICACIONES mediante
instrumento público o privado - CERTIFICADO DE FUTURA BONIFICACION para
crédito de enlace
13TITULO IV DE LAS SANCIONES
- INCUMPLIMIENTO DE PLANES DE MANEJO multa de 5 a
15 UTM/ha - OBLIGATORIEDAD DE PRESENTAR PLAN DE MANEJO para
corta no autorizada - MULTA POR CORTA NO AUTORIZADA doble valor
comercial y comiso o triple valor comercial - PARALIZACION DE FAENAS en cortas no autorizadas
- OBLIGACION DE REFORESTAR hasta 2 años después
de corta - TRIBUNAL COMPETENTE Juez Policía Local
facultado para rebajar multa hasta 50 de lo
propuesto por CONAF
14TITULO V DISPOSICIONES GENERALES
- COMUNICACIONES AL S.I.I. por CONAF para
efectos tributarios - CONCESIONES MINERAS, ELECTRICAS Y GAS
obligación de reforestar al concesionario - PRESCRIPCION DE INFRACCIONES acciones
prescriben en el plazo de 2 años desde la
contravención - PRESUNCION DE RENTA siempre pequeños
propietarios forestales - POSTULACIONES COLECTIVAS sólo pequeños
propietarios - BONIFICACIONES CON ANTECEDENTES FALSOS penas
privativas de libertad 61 días a 5 años
15APLICACIÓN DEL CONCEPTO SOBRE ENFORCEMENT
RESPECTO A LA APLICACIÓN DEL D.L. N 701, de
1974
-
- a) El decreto ley Nº 701, de 1974. La
principal herramienta legal sobre regulaciones y
fomento de las actividades forestales realizadas
en Chile, la constituye el citado decreto ley,
disposición legal que de alguna u otra manera.
constituye una de las bases sobre la cual se ha
logrado el desarrollo forestal que actualmente
ostenta el país - b) Cambio culural y necesidad de
cumplimiento de la ley A partir de la vigencia
del decreto ley Nº 701,de 1974, en Chile se
verificó un cambio cultural sobre la necesidad de
dar cumplimiento estricto a las normas técnicas y
administrativas contempladas en la legislación
forestal
16APLICACIÓN DEL CONCEPTO SOBRE ENFORCEMENT
RESPECTO A LA APLICACIÓN DEL D.L. N 701, de
1974
-
- c) Apoyo de la ley al modelo económico La
dictación del decreto ley Nº 701 en 1974,
constituye un pilar adicional a las distintas
herramientas e instrumentos orientados al
desarrollo del país, particularmente al interior
del modelo económico implementado a partir del
año 1973 - d) Aplicación real de sus normas El decreto
ley Nº 701, de 1974, constituye una legislación
basada en un conjunto de normas técnicas y
ambientales totalmente aplicables para la
realidad del país
17APLICACIÓN DEL CONCEPTO SOBRE ENFORCEMENT
RESPECTO A LA APLICACIÓN DEL D.L. N 701, de
1974
- e) El rol de CONAF La institucionalidad
vigente y en consecuencia, de la Corporación
Nacional Forestal, permiten la aplicación de la
ley vigente en los términos que establecen sus
disposiciones - f) Voluntad política del Gobierno El
cumplimiento de la legislación forestal vigente
en Chile, se manifiesta y logra en cierta medida,
en la voluntad política dispuesta por los
distintos Gobiernos existentes desde la vigencia
del citado cuerpo legal
18APLICACIÓN DEL CONCEPTO SOBRE ENFORCEMENT
RESPECTO DEL D.L. N 701, de 1974
- g) Colaboración de otras instituciones públicas
La existenica de otras instituciones nacionales
que han contribuido a la aplicación del decreto
ley Nº 701, de 1974, ha sido notable Carabineros
de Chile, Servicio de Tesorerías, Servicio de
Impuestos Internos, Juzgados de Policía Local,
Contraloría General de la República, Comisión
Nacional del Medio Ambiente - h) Cumplimiento del enforcement La garantía
Constitucional sobre el derecho a vivir en un
medio libre de contaminación, la
Institucionalidad forestal la vigencia de un
cuerpo legal moderno, eficiente y de aplicación a
nivel nacional, como lo es el decreto ley Nº 701,
de 1974, constituyen la base del desarrollo
forestal del país - Gracias, Francisco Neira Martinez-Chile