Trabajo decente y su invisibilidad con los Derechos Fundamentales - PowerPoint PPT Presentation

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Trabajo decente y su invisibilidad con los Derechos Fundamentales

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Title: La declaraci n de principios y derechos fundamentales de la OIT Author: felderhoff Last modified by: Cundinamarca Created Date: 6/16/2005 11:28:34 PM – PowerPoint PPT presentation

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Title: Trabajo decente y su invisibilidad con los Derechos Fundamentales


1
Trabajo decente y su invisibilidad con los
Derechos Fundamentales
  • Kirsten-Maria Schapira-Felderhoff
  • Especialista Principal en Normas Internacionales
    del Trabajo y Relaciones Laborales
  • OSR Santiago de Chile

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El objetivo fundamental de la OIT
  • El Preámbulo de la Constitución de la OIT
    reconoce el hecho de que existen condiciones de
    trabajo que entrañan tal grado de injusticia,
    miseria y privaciones para gran número de seres
    humanos, que el descontento causado constituye
    una amenaza para la paz y la armonía
    universales.
  • Entonces El mandato de la OIT enunciado en la
    Constitución es promover la justicia social
    garantizando los derechos de los trabajadores.

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La Declaración de Filadelfia, 1944
  • Figura en el anexo de la Constitución de la OIT
    y, así, forma parte de su Constitución (desde
    1946)
  • La comunidad internacional reconoce y reafirma
    los principios fundamentales en que se basa la
    OIT
  • El trabajo no es una mercancía
  • La libertad de expresión y de asociación es
    esencial para el progreso constante
  • La probreza, en cualquier lugar, constituye un
    peligro para la prosperidad de todos.
  • Todos los seres humanos, sin distinción de raza,
    credo o sexo, tienen derecho a perseguir su
    bienestar material y su desarrollo espiritual en
    condiciones de libertad, dignidad, de seguridad
    económica y en igualdad de oportunidades.

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El concepto de trabajo decente
  • Noción trabajo decente connotación normativa
  • Su finalidad es la promoción de oportunidades
    para hombres y mujeres, con el fin de que éstos
    consigan trabajos decentes y productivos, en
    condiciones de libertad , igualdad, seguridad y
    dignidad.

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Las Normas Internacionales del Trabajo
  • La actividad normativa representa el núcleo de
    las actividades de la OIT.
  • Su objetivo
  • El desarrollo de las personas en su calidad de
    seres humanos.
  • La consecución de la meta del trabajo decente en
    la economía globalizada a través de un marco
    jurídico internacional para garantizar que el
    crecimiento económico y el desarrollo vayan de la
    mano de la creación de trabajo decente.

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La naturaleza de la Normas Internacionales del
Trabajo
  • Las NIT son instrumentos jurídicos que implican y
    proponen una reglamentación internacional de las
    condiciones sociales y laborales.
  • Adquieren la forma de convenios o de
    recomendaciones
  • Convenios (y sus protocolos) establecen
    obligaciones jurídicas vinculantes una vez
    ratificados
  • Recomendaciones no están sujetas a ratificación,
    señalando sólo pautas para orientar la
    legislación, la política y la practica
    nacionales.

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El paradigma del trabajo decente
  • Los convenios abarcan un amplio abanico de temas
    relativos al trabajo
  • Pero Ocho Convenios son calificados como
    fundamentales
  • Se refieren a derechos y principios enunciados en
    la Constitución de la OIT, así como en la
    Declaración de Filadelfia

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Ocho convenios fundamentales
  • El Consejo de Administración de la OIT (órgano
    tripartito ejecutivo de la OIT) ha identificado 8
    convenios como fundamentales para garantizar los
    derechos de los seres humanos en el trabajo, con
    independencia del nivel de desarrollo de cada
    país
  • Estos convenios son considerados de especial
    importancia para el desarrollo social y económico
  • Esto se debe a que el reconocimiento de los
    derechos y principios que contienen estos
    convenios se considera como una condición previa
    para la aplicación de otras NIT.

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Temas cubiertos por los Convenios fundamentales
  • Cubren cuatro áreas principales
  • La libertad sindical y de asociación y el
    reconocimiento efectivo del derecho de
    negociación colectiva
  • La eliminación de todas las formas de trabajo
    forzoso u obligatorio
  • La abolición del trabajo infantil y
  • La eliminación de la discriminación en materia de
    empleo y ocupación

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La Declaración de la OIT relativa a los
principios y derechos fundamentales en el trabajo
y su Seguimiento,1998
  • Instrumento de promoción
  • Constituye un nuevo tipo de instrumento jurídico
  • Representa un moderno enfoque para respaldar los
    esfuerzos de los Estados Miembros de la OIT hacia
    el respecto de los valores básicos que están en
    el centro del mandato de la OIT.

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La Declaración de la OIT de 1998 (continuación)
  • Su objetivo
  • Persigue la finalidad de contribuir a la
    aplicación de los cuatros principios y derechos
    en el trabajo que se consideran fundamentales
    para el progreso económico y social.
  • Son los principios que están consagrados en la
    Constitución de la OIT y enunciados por los ocho
    convenios fundamentales.

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La Declaración de la OIT de 1998 (continuación)
  • La Declaración de 1998 deriva de la Constitución
    de la OIT, y muy especialmente de su Preámbulo
  • En consecuencia, la Declaración no crea nuevos
    principios, sino reafirma y subraya principios
    constitucionales ya existentes.
  • Por eso, la mera adhesión a la OIT de un Estado
    crea en sí la obligación de respetar, promover y
    hacer realidad , de buena fe , estos derechos,
    independientemente de que el Estado haya
    ratificado o no los convenios fundamentales
    subyacentes que enuncian estos derechos.

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El seguimiento de la Declaración
  • El seguimiento tiene un objetivo estricatamente
    promocional
  • El seguimiento es la herramienta que da efecto y
    sentido a los objetivos de la Declaración.

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El seguimiento (cont.)
  • El seguimiento comprende tres aspectos
    diferentes
  • El examen anual tiene como objetivo pasar
    revista de la situación actual con respecto a la
    aplicación de los cuatros principios en aquellos
    Estados que no han ratificado uno o varios
    convenios en esas materias.
  • El informe global proporciona una visión
    objetiva de las tendencias globales y regionales
    con respecto a las cuestiones relacionadas con la
    Declaración y pone de relieve los ámbitos que
    requieren más atención.
  • Los planes de acción de cooperación técnica Los
    informaciones contenidas en el informe global
    permiten a la OIT evaluar la asistencia brindada
    a los Estados Miembros y determinar las
    prioridades para la futura cooperación técnica.

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La Declaración sobre la justicia social para una
globalización equitativa, 2008
  • Nueva base a partir de la cual la OIT puede
    apoyar los esfuerzos de sus mandantes para
    promover y alcanzar el progreso y la justicia
    social a través de los cuatro objetivos de la
    Agenda de Trabajo Decente
  • empleo,
  • protección social,
  • diálogo social y tripartismo,
  • principios y derechos fundamentales en el
    trabajo.

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() La Declaración sobre la justicia social para
una globalización equitativa, 2008
  • La Declaración destaca la importancia
    particular de los derechos fundamentales como
    condiciones que llevan a la realización de los
    cuatro objetivos estratégicos de la OIT.

17
() La Declaración sobre la justicia social para
una globalización equitativa, 2008
  • La Declaración otorga a los mandantes de la OIT
    la gran responsabilidad de contribuir, a través
    de sus políticas socioeconómicas, a la
    realización de una estrategia global e integrada
    para la implementación de la Agenda de Trabajo
    Decente.

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FIN
  • Muchas Gracias!

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LA NEGOCIACION COLECTIVA EN EL SECTOR
PÚBLICO Expositor Carlos Julio Castellanos
Hincapié VICEPRESIDENTE SINTRENAL SECC. CUND.
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REFERENTESJURIDICOS
  • Artículo 55 de la Constitución política consagra
    el derecho de negociación colectiva para regular
    las relaciones laborales
  • Convenio 151 de la OIT consagra la negociación
    colectiva en el sector público
  • Decretos reglamentarios 1092/12 y 160/14

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  • El decreto 160 de 2014 representa un alcance
    importante después de 1092 de 2013, aunque
    conserva la exclusión del arbitraje consagrado en
    el artículo 8 del convenio 151

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  • Hay que diferenciar la negociación colectiva en
    el vínculo contractual (sector privado) y en el
    vínculo legal y reglamentario (sector público)
  • En el primero se puede negociar todo en el
    segundo, la negociación está condicionada por la
    Constitución, la ley y el reglamento.

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SENTENCIA C-377/98
  • Reconoce la existencia de dos normas
    Constitucionales en conflicto y las armoniza
  • La potestad de las autoridades públicas para
    imponer las condiciones de empleo
  • La del derecho de las organizaciones sindicales a
    negociar las relaciones laborales
  • Es un conflicto entre el derecho administrativo y
    el derecho laboral.

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DE ALLI QUE LANEGOCIACION SE DE EN DOS ETAPAS
  • La primera, la constituyen los acuerdos
    colectivos logrados mediante la negociación de
    pliegos de solicitudes.
  • y la segunda, la expedición unilateral por parte
    de las autoridades públicas de los actos
    administrativos con los que se ejecuta el
    cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

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PRIMERA CONCLUSIÓN
  • LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR PÚBLICO ES
    ATÍPICA DADA LA CONCURRENCIA DE NORMAS EN
    CONFLICTO Y POR LO TANTO ESTÁ CONDICIONADA.

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DE ALLÍ QUE HAYA TEMAS NO NEGOCIABLES
  • La estructura del Estado
  • La competencia de dirección, administración y
    fiscalización del Estado
  • El mérito como esencia y fundamento de la carrera
    administrativa
  • La atribución disciplinaria de la autoridad
  • La potestad subordinante de la autoridad pública
    en la relación legal y reglamentaria
  • (Artículo 5º Parágrafo 1 Decreto 160)

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EJES CENTRALES Y ASUNTOS DE NEGOCIACIÓN
  • EJES
  • Competencia Constitucional y Legal atribuida a
    las autoridades públicas
  • Presupuesto público o principio de previsión y
    provisión presupuestal
  • ASUNTOS
  • Condiciones de empleo
  • Relaciones entre autoridades públicas y
    organizaciones sindicales

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TEMAS PARA CONDICIONES DE EMPLEO
  • Planta de empleo reforma, inclusión y supresión
    de empleos, régimen salarial y prestacional,
    carrera, estabilidad, concursos, requisitos,
    competencias y funciones, calificación del
    desempeño, jornada de trabajo diaria y semanal,
    derecho preferente al encargo, causales de
    retiro, provisionalidad, empleo temporal,
    traslados etc.

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ACTITUDES A ASUMIR COMO NEGOCIADORES
  • Mayoría de edad
  • Informarse sobre los temas de la negociación y la
    normatividad
  • Informar a la organización y las bases
  • Criterio de unidad con las demás organizaciones
    participantes
  • Interacción y coordinación

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RETOS PARA LAS ORGANIZACIÓNES
  • Establecer una dinámica constante de dialogo
    democrático con las bases que permita construir
    participativamente los pliegos de solicitudes y
    potenciar la capacidad de acción de la
    organización

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CONCLUSION FINAL
  • La negociación colectiva en el sector público, es
    un logro importante en la conquista de los
    derechos de los trabajadores, pero un logro
    limitado que debemos asumir con realismo.
  • La capacidad de movilización de las
    organizaciones y sus bases, sigue siendo el punto
    de apoyo principal de nuestro accionar por las
    reivindicaciones laborales

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DOCUMENTOS DE APOYO
  • Villegas Arbeláez, Jairo. Evaluación de los
    acuerdos colectivos. OIT CUT
  • Decreto 160 de 2014
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