Title: Xornada sobre etiquetado dos produtos pesqueiros:
1- Xornada sobre etiquetado dos produtos pesqueiros
- Información ao consumidor versus trazabilidade
- Manuel Ángel Barros González
- Xefe do servizo de Consumo de Lugo
- Santiago de Compostela - 8 de maio de 2015
2Justificación de la Existencia de un Derecho de
Consumo Desequilibrio Empresario vs Consumidor
3 Derecho de Consumo
Regla hermenéutica para evaluar la existencia
de desequilibrio Y si lo hago yo?
4Principios del Derecho de Consumo
-. No se puede engañar
- No se puede engañar - Hay que cumplir lo que
se promete.
5Competencias de las autoridades de Consumo en
materia de productos alimenticios
- Ley 2/2012, gallega de protección general de las
personas consumidoras y usuarias
6Ley 2/2012
- Ámbito de aplicación.
- Lo dispuesto en la presente Ley será de
aplicación a todas las relaciones de consumo,
incluidas aquellas con una regulación sectorial
específica, la cual deberá respetar el nivel de
protección contemplado en esta Ley. - En caso de relaciones de consumo, la aplicación
de una regulación sectorial específica no podrá
suponer la vulneración de los derechos
reconocidos en la presente Ley, la cual tendrá
carácter prevalente.
7Ley 2/2012
- Artículo 11. Derechos básicos de los
consumidores. -
- Son derechos básicos de los consumidores
protegidos por la ley los siguientes - a) La protección frente a los riesgos que puedan
comprometer su salud o seguridad derivados de las
relaciones de consumo. - b) La protección de sus legítimos intereses
económicos y sociales, en particular frente a
situaciones de desequilibrio como las prácticas
comerciales desleales o abusivas, o la
introducción de cláusulas abusivas en los
contratos. - c) La información clara, veraz y transparente
sobre los diferentes bienes, productos y
servicios
8Ley 2/2012
- Artículo 27. Oferta, promoción y publicidad
- 2. La publicidad ha de hacerse de acuerdo con
principios de suficiencia, objetividad, veracidad
y autenticidad, y no puede, sea cual sea el
soporte empleado, inducir a error o falsas
expectativas en sus destinatarios. - 3. Los consumidores pueden exigir el contenido de
la oferta, promoción o publicidad, las
prestaciones propias de cada bien o servicio, las
condiciones jurídicas o económicas y las
garantías ofrecidas, aunque no figuren
expresamente en el contrato o el documento o
comprobante recibido.
9Ley 3/1991 (modificada por la Ley
29/2009)Prácticas comerciales desleales
- Consumidor medio razonablemente bien
informado y es razonablemente atento y perspicaz.
10Ley 3/1991 (modificada por la Ley
29/2009)Prácticas comerciales desleales
- Artículo 4. Cláusula general
- 1. Es desleal todo comportamiento que resulte
objetivamente contrario a las exigencias de la
buena fe.
11Ley 3/1991 Prácticas comerciales desleales
- Artículo 5. Actos de engaño
- Se considera desleal por engañosa cualquier
conducta que contenga información falsa o
información que, aun siendo veraz, por su
contenido o presentación induzca o pueda inducir
a error a los destinatarios, siendo susceptible
de alterar su comportamiento económico, siempre
que incida sobre alguno de los siguientes
aspectos - a) La existencia o la naturaleza del bien o
servicio. - b) Las características principales del bien o
servicio, tales como ... su composición, el
procedimiento y la fecha de su fabricación o
suministro, su entrega, su cantidad, sus
especificaciones, su origen geográfico o
comercial ... o los resultados y características
esenciales de las pruebas o controles efectuados
al bien o servicio.
12Ley 3/1991 Prácticas comerciales desleales
- Actos de engaño
- Ejemplo
- Publicidad por correo de una empresa extranjera
que comercializa un producto que ayuda a
recuperar el cabello en tan sólo tres semanas. La
publicidad dice textualmente que el producto ha
sido probado y analizado. Sin embargo, el
producto no funciona. - La Directiva se enfrenta específicamente a las
firmas que realicen afirmaciones falsas sobre los
efectos de un producto. Así, un comerciante que
haga cualquier afirmación sobre los efectos de un
producto tendrá que estar en condiciones de
demostrarlo, cualquiera que sea el país
comunitario desde donde opere su empresa.
13Ley 3/1991 Prácticas comerciales desleales
- Omisiones engañosas Se considera desleal la
omisión u ocultación de la información necesaria
para que el destinatario adopte o pueda adoptar
una decisión relativa a su comportamiento
económico con el debido conocimiento de causa. Es
también desleal si la información que se ofrece
es poco clara, ininteligible, ambigua - Actos de comparación Publicidad comparativa
14Ley 3/1991 Prácticas comerciales desleales
- Criterios definitorios para identificar una
práctica comercial desleal - 1. La práctica es contraria a los requisitos de
la diligencia profesional. - 2. La práctica distorsiona o puede distorsionar
de manera sustancial el comportamiento económico
del consumidor medio.
15Objetivos de la legislación alimentaria
- Proteger los intereses de los consumidores
- Prácticas justas en el comercio de alimentos
- Protección de la vida y la salud
16Qué es la información alimentaria?
- la información relativa a un alimento y puesta a
disposición del consumidor final por medio de una
etiqueta, otro material de acompañamiento, o
cualquier otro medio, incluyendo herramientas
tecnológicas modernas o la comunicación verbal
17Requisito fundamental
- Los productos alimenticios destinados a ser
suministrados al consumidor final o a las
colectividades irán acompañados de información
alimentaria conforme a la normativa vigente
18Responsable
- El operador de empresa alimentaria responsable de
la información alimentaria será el operador con
cuyo nombre o razón social se comercialice el
alimento o, en caso de que no esté establecido en
la UE, el importador del alimento al mercado de
la UE. - El responsable de la información garantizará la
presencia y la exactitud de dicha información de
conformidad con la normativa aplicable sobre
información alimentaria y los requisitos de las
disposiciones nacionales.
19OBJETIVOS DEL ETIQUETADO
- Información y protección del consumidor contra
prácticas abusivas y facilitar la elección
adecuada de los alimentos. - Garantizar la lealtad de las transacciones
comerciales.
20Reg. 1169/2011 Prácticas informativas leales
(art. 7)
- 1. La información alimentaria no inducirá a
error, en particular - a) sobre las características del alimento y, en
particular, sobre la naturaleza, identidad,
cualidades, composición, cantidad, duración, país
de origen o lugar de procedencia, y modo de
fabricación o de obtención
21Reg. 1169/2011 Prácticas informativas leales
(art. 7)
- La información alimentaria no inducirá a error,
en particular - b) al atribuir al alimento efectos o propiedades
que no posee
22Reg. 1169/2011 Prácticas informativas leales
(art. 7)
- La información alimentaria no inducirá a error,
en particular - c) al insinuar que el alimento posee
características especiales, cuando, en realidad,
todos los alimentos similares poseen esas mismas
características, en particular poniendo
especialmente de relieve la presencia o ausencia
de determinados ingredientes o nutrientes
23Reg. 1169/2011 Prácticas informativas leales
(art. 7)
- La información alimentaria no inducirá a error,
en particular - d) al sugerir, mediante la apariencia, la
descripción o representaciones pictóricas, la
presencia de un determinado alimento o
ingrediente, cuando en realidad un componente
presente de forma natural o un ingrediente
utilizado normalmente en dicho alimento se ha
sustituido por un componente o un ingrediente
distinto. - Reglamento (CE) 1924/2006, relativo a las
declaraciones nutricionales y de propiedades
saludables en los alimentos.
24- Web do Instituto Galego de Consumo
-
- http//igc.xunta.es
- Moitas gracias