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Sacramento de la Confesi

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... Se or), hasta el final de los tiempos. El sacramento de la confesi n fue instituido por Jesucristo para todos los cristianos; ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sacramento de la Confesi


1
Para Salvarte
P. Jorge Loring
Sacramento de la Confesión
2
El sacramento de la confesión fue instituido por
Jesucristo para todos los cristianos nuestro
Santo Padre también tiene la obligación de
confesarse con la frecuencia necesaria, como todo
buen católico.
Por estas palabras de Cristo, los Apóstoles y sus
legítimos sucesores (Nuevo CATIC, n. 1441)
recibieron la potestad de perdonar y retener los
pecados (Concilio de Trento. DENZINGER
Magisterio de la Iglesia, n. 894 Ed. Herder.
Barcelona). Por esto, dice San Pablo que el
Señor nos confió el ministerio de la
reconciliación (2ª Cor. 5, 18). Es un mandato de
Jesucristo, por lo tanto, la Iglesia deberá
administrar éste y todos los sacramentos, (que
también fueron instituidos por Nuestro Señor),
hasta el final de los tiempos.
Jesucristo instituyó el sacramento de la
confesión cuando se apareció a sus Apóstoles
reunidos en el cenáculo y les dio facultad para
perdonar los pecados, diciéndoles A quienes
perdonéis los pecados, les serán perdonados y a
quienes se los retengáis, les serán retenidos
(Jn. 20, 23) (DENZINGER n. 911. Ed. Herder.
Barcelona).
3
Algunos hermanos separados, (protestantes), para
no admitir la confesión, sostienen que ésta se
estableció en el IV Concilio de Letrán (1215),
pero está históricamente demostrado que lo que el
citado Concilio mandó, fue la obligación de
confesar una vez al año (Cap. XXI. DENZINGER
Magisterio de la Iglesia, n. 437. Ed. Herder.
Barcelona). La confesión privada, como hoy la
tenemos, existe desde el siglo VI, introducida
por los monjes irlandeses que reaccionaron a la
muy dura práctica de la penitencia de entonces.
Desde el siglo II había una larga lista de
pecados, muchos de los cuales excomulgaban para
toda la vida. Así como la vida es dinámica y va
cambiando con el paso del tiempo, a lo largo de
la historia de la Iglesia, el modo de practicarse
la confesión también ha ido cambiando, aunque
SIEMPRE manteniendo lo esencial del sacramento.
4
El Ritual de la Penitencia, (n 9, b. Pg. 13,
1975), indica que el ministro competente para el
sacramento de la reconciliación o penitencia es
el sacerdote, que, según las leyes canónicas,
tiene facultad de absolver.
El sacerdote debe perdonar o retener los pecados
con equidad y responsabilidad se supone que el
pecador debe manifestárselos.
Solamente el pecador puede informarle qué grado
de consentimiento hubo en su pecado.
Sabemos que la presencia real del confesor y del
penitente son esenciales es inválida la
confesión por cualquier medio de comunicación
disponible, (P. Royo Marín O.P. Teología Moral
para Seglares, 2, 2ª, IV, n 193). Ed. BAC,
Madrid), entre otras razones, porque pone en
peligro el secreto sacramental.
5
Se peca gravemente si no atendemos al mandato de
la Iglesia, que nos obliga a una confesión anual
como mínimo (tal como lo expresa el Nuevo Código
de Derecho Canónico, n. 989) o antes si hubiera
peligro de muerte o si se ha de comulgar
(DENZINGER Magisterio de la Iglesia, n. 918. Ed.
Herder. Barcelona).
Es necesario confesarse con más frecuencia con
la frecuencia necesaria para no vivir
habitualmente en pecado grave. Un buen cristiano
se confiesa una vez al mes, como algo normal.
La confesión devuelve la gracia, si se ha
perdido la aumenta si se la tiene y da auxilios
especiales para evitar nuevos pecados. Los
sacerdotes deben prestarse a confesar a todos los
que se lo pidan de modo razonable (Nuevo CATIC,
N. 1464).
6
  • Para hacer una buena confesión son cinco los
    puntos a ser tenidos en cuenta
  • Examen de conciencia.
  • Dolor de los pecados.
  • Propósito de enmienda.
  • Decir los pecados al confesor.
  • Cumplir la penitencia.

7
Es necesario el arrepentimiento en la confesión
porque si bien es dogma de fe que cuando Dios
perdona, perdona de veras (Lamberto de
Echevarría Creo en el perdón de los pecados,
IX. Cuadernos BAC, n. 67), también su justicia es
infinita, y por lo tanto no puede perdonar a
quien no se arrepiente. Dios no puede perdonar
sin arrepentimiento previo (P. Royo Marín O.P.,
Teología Moral para Seglares 2, 2ª, IV, n.
178, c. Ed. BAC. Madrid).
Quien haya tenido la desgracia de pecar
gravemente, si quiere salvarse, debe, además de
arrepentirse, confesarse para que le sean
perdonados sus pecados el sacramento de la
penitencia fue instituido por Cristo para
perdonar los pecados cometidos después del
Bautismo (DENZINGER Magisterio de la Iglesia,
nn. 839, 911, 916. Ed. Herder. Barcelona).
8
El Papa Pío XII, en la Encíclica Mystici
Corporis, habla de los valores de la confesión
frecuente diciendo que aumenta el recto
conocimiento de uno mismo, crece la humildad
cristiana, se desarraiga la maldad de las
costumbres, se pone un dique a la pereza y
negligencia espiritual, y se aumenta la gracia
por la misma fuerza del sacramento (Acta
Apostolicae Sedis, n. 35 -1943- 235). El
Concilio Vaticano II dice que la confesión
sacramental frecuente, preparada por el examen de
conciencia cotidiano, ayuda a la necesaria
conversión del corazón (Presbyterorum Ordinis,
n. 18).
9
  • Quien vive en pecado grave es fácil que se
    condene por tres razones
  • Porque es muy probable que después le falten las
    ganas de confesarse, como tampoco las tiene
    ahora
  • Porque aún teniendo la decisión de confesarse
    próximamente, es probable que la muerte sorprenda
    a esta persona y no llegue a tiempo al
    sacramento.
  • Porque quien descuida la confesión, acumula cada
    vez más pecados, y cada vez tendrá más
    dificultades para vencer tanta debilidad
    espiritual.

Jesucristo es muy claro al advertirnos Me
buscaréis y no me encontraréis, y moriréis en
vuestro pecado (Jn. 7, 34 8, 21).
10
Examen de Conciencia
Consiste en recordar los pecados (de pensamiento,
palabra, obra o por omisión, contra la ley de
Dios, de la Iglesia o contra las obligaciones
particulares) cometidos desde la última confesión
bien hecha. Este examen debe hacerse antes de
la confesión (Nuevo CATIC. N. 1454). TODOS los
pecados deben ser dichos en la confesión,
inclusive, la cantidad de veces que fueron
cometidos, si se trata de pecados graves. Para
quien se confiesa con frecuencia, basta una
mirada seria a su conciencia, con arrepentimiento
y propósito de enmienda, pensando en el modo de
evitar las ocasiones de pecado.
11
Me arrepiento?
Arrepentirse implica que a uno le duele el
alma, le pesa haber hecho - o no haber hecho
algo, por lo cual sentimos dolor, culpa y ganas
de no reincidir, porque comprendemos que fue algo
malo y mal hecho que ofende a Dios y al prójimo,
y, propone no repetir dicha ofensa. El
arrepentimiento es un aborrecimiento del pecado
cometido. El Nuevo CATIC, n. 1451 dice que es
un detestar el pecado. El arrepentimiento es
una cuestión de voluntad, quien menciona no
haber querido cometer tal pecado tiene verdadero
dolor. El verdadero arrepentimiento incluye el
pedir perdón a Dios por el pecado cometido el P.
Diego Muñoz, S.I. nos invita a la reflexión al
decir No sería sincero nuestro arrepentimiento
si pretendiéramos despreciar el modo ordinario
establecido por Dios para perdonarnos (Pueblo
de Dios, II, 3. Montilla. Córdoba).
12
El dolor es lo más importante de la confesión
porque si hay dolor, hay arrepentimiento,
entonces, explica el P. Royo Marín O.P., podrá
haber perdón de los pecados (Teología de la
salvación, 1ª, III, n. 77. Ed. BAC. Madrid).
Por esto es muy importante que los enfermos no
estén muy graves a la hora de llamar a un
sacerdote si el paciente pierde sus facultades
mentales tal vez no llegaría a arrepentirse de
sus faltas. Sin arrepentimiento, no hay perdón,
y sin perdón no hay salvación posible. Si sólo
hubieren pecados veniales, también es necesaria
la presencia del pesar, al menos por alguno de
los mencionados.
13
Se llama contrición perfecta (o de caridad) al
arrepentimiento, dolor y detestación al pesar
sobrenatural del pecado cometido, como ofensa a
Dios, por amor a Dios, por ser Él tan bueno,
porque es nuestro Padre que nos ama tanto y
porque no merece que lo ofendamos. Merece, en
cambio, que lo agrademos en todo y sobre todas
las cosas por esto es un dolor perfecto porque
moviliza el amor de amistad hacia Dios. El Nuevo
CATIC, n. 1452 dice Cuando brota del amor de
Dios amado sobre todas las cosas, la contrición
se llama contrición perfecta. Semejante
contrición perdona las faltas veniales obtiene
también el perdón de los pecados mortales si
comprende la firme resolución de recurrir tan
pronto sea posible a la confesión sacramental.
Pero además, debe existir la firme decisión de no
volver a pecar (Nuevo CATIC, n. 1451).
14
Atrición es un pesar sobrenatural de haber
ofendido a Dios por temor a los castigos que Dios
puede enviar en esta vida y en la otra, o por la
fealdad del pecado cometido, que es siempre una
ingratitud para con Dios y un acto de rebeldía.
También, con propósito de enmienda y de
confesarse lo antes posible. Se trata de un dolor
imperfecto, pero basta para la confesión (Nuevo
CATIC, n. 1453).
No puede haber confesión sin propósito de
enmienda, además, dicho propósito, no puede
limitarse a los pecados de la confesión presente
debe ser para siempre. Sin verdadero propósito
de enmienda, la confesión es inválida y
sacrílega, lo aclara el P. Royo Marín (Teología
de la salvación 1ª, III, n 78. Ed. BAC. Madrid).
15
El propósito parte de la voluntad, mientras que
la razón lo preverá. Al primer paso, debemos
darlo cada uno con firme determinación Dios hará
el resto si se lo pedimos a través de mucha
oración, pidiéndole a Dios y a la Santísima
Virgen, y si fuera posible, comulgando con
frecuencia.
Si a pesar de la firme determinación, la
debilidad nos superara y reincidiéramos en el
pecado, deberemos confesarnos enseguida. Nadie
puede tener la certeza total de no volver a caer
en los mismos errores.
Al respecto, Juan Pablo II enseña No se trata
de la certeza de no volver a cometer pecado, sino
de la voluntad de no volver a caer (Ejercicios
Espirituales para jóvenes, 1ª, V. Ed. BAC
POPULAR. Madrid).
16
Se considera ocasión próxima de pecado a toda
persona, cosa o circunstancia, exterior a
nosotros, que nos induce a pecar, nos da
oportunidad de pecar, nos facilita el pecado, nos
atrae hacia él y constituye un peligro de pecar.
El Magisterio de la Iglesia nos advierte que
hay obligación grave de evitar, si se puede, la
ocasión próxima de pecar gravemente (DENZINGER
Magisterio de la Iglesia, n. 1211ss. Ed. Herder,
Barcelona).
17
La confesión va dirigida directamente a Dios a
través del sacerdote que es el ministro
autorizado por Dios y por la autoridad de la
Iglesia, para este acto sagrado de amor hacia
nuestro Padre, en el que nos reconocemos
responsables por las faltas cometidas por las
cuales ofendimos a Dios y al prójimo, por esto le
pedimos Su Perdón y Su Paz. Dice Gonzalo Flórez
al respecto La confesión del creyente no puede
equipararse simplemente a una declaración humana
de culpabilidad. Es ante todo un acto religioso,
movido por la fe y la confianza en Dios, a través
del cual el penitente expresa su arrepentimiento,
juntamente con el reconocimiento humilde de la
propia culpa, y la esperanza de alcanzar el
perdón. Es un acto que va dirigido principalmente
a Dios, Creador y Padre, fundamento último del
orden moral, cuya voluntad se siente agraviada
por tanto desorden humano, y cuyo amor se muestra
siempre dispuesto al perdón y a la
reconciliación (Penitencia y Unción de los
enfermos, 1ª, XV, 3. Ed. BAC. Madrid, 1996).
18
Sigilo Sacramental
Se llama sigilo sacramental al silencio
hermético que guarda el sacerdote, con respecto a
los pecados que los penitentes le confiamos
después de cada confesión. El Magisterio de la
Iglesia lo define como secreto que no admite
excepción (Nuevo CATIC, n. 1467) por esto, es
absurdo callar los pecados graves, en la
confesión, por vergüenza porque el confesor no
puede decir NADA de lo que escucha (Nuevo CATIC,
n. 2490).
Algo más, aunque el secreto de la confesión no
obliga de igual modo al sacerdote como al
penitente, también el penitente debe guardar
secreto de lo que se le dice en la confesión
Baldomero Jiménez Duque explica la razón Normas
que serán exactas para aquella persona
determinada, aireadas fuera, pueden ser
interpretadas equivocadamente, o tomadas con un
valor y sentido universal que no tienen y así
convertirlas en un verdadero disparate (La
dirección espiritual, III, A, 4. Ed. Juan Flors,
Barcelona).
19
Sepamos que es pecado escuchar confesiones
ajenas. Y si involuntariamente, alguien escuchara
una confesión ajena, tiene la obligación de
guardar secreto nos lo indica Jesús Martínez
García (Hablemos de la Fe, IV, 10. Ed. Rialp.
Madrid, 1992).
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