Title: IV Encuentro Iberoamericano de Derecho Aduanero
1IV Encuentro Iberoamericano de Derecho
Aduanero
2La solución de Controversias en los Tratados
Comerciales
3Características Particulares
- Las controversias son entre Estados No entre
particulares. - Coercibilidad.
- ? El derecho internacional es ignorado por los
Estados poderosos cuando el mismo es considerado
como inconveniente para los intereses nacionales. - Papel de los ciudadanos particulares ?
- Dependen en su totalidad de los Estados para
hacer valer sus intereses en las controversias. - Poseen información y recursos financieros que los
Estados o el gobierno no tienen ? contratación de
expertos y de abogados para hacer valer sus
argumentos.
4Diferencia de Enfoques
- Sistema político o negociado.
- Sistema legalista o judicial.
5Sistema Político
- Su objetivo es animar a las partes para
encontrar, no una solución jurídica, sino
negociada.
6Argumentos de quienes defienden el sistema
político
- El sistema jurídico es pugnaz.
- El sistema judicial promueve el abandono de la
conciliación y de la solución negociada. - Tarde o temprano debe acudirse a una solución
negociada. - Nada garantiza que la parte incumplida va a
acatar el fallo.
7Argumentos de quienes defienden el sistema
Político
- La publicidad de los litigios hará más difícil
resolver la disputa. - Las partes tienden a no ceder para no dar la
imagen de perdedores. - Es inevitable que los países a veces se aparten
de las reglas del GATT debido a presiones
domésticas que los gobiernos no pueden resistir ?
el sistema legalista hará perder flexibilidad al
tratado.
8Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Judicial
- Lo que deteriora el ambiente es el incumplimiento
de las obligaciones. - La negociación deja desprotegida a la parte más
débil, lo que no ocurre con un sistema que hace
valer celosamente las reglas. - La negociación siempre se resuelve a favor de
quien negocia mejor .
9Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Judicial
- Las disputas siempre son públicas así se llegue a
una solución negociada ? la posición de las
partes negociadores termina por ser de
conocimineto publico. - Si el sistema se deja enteramente a las
negociaciones no habrá ninguna presión para
arreglar el incumplimiento. - Es necesario presionar a los gobiernos que no
cumplen para contrarrestar las presiones
internas. - Habrá mas cumplimientos si el GATT condena los
incumplimientos que si los ignora.
10Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Jurídico
- El resultado del panel mejorará la posición
negociadora de la parte favorecida por el fallo. - En un sistema negociado el único costo de la
parte incumplida es el tener que enfrentar el
intercambio de notas diplomáticas entre las
partes.
11Solución de Controversias OMC
- Gabriel Ibarra
- Junio de 2008
12Solución de Diferencias
- GATT 1947
- Ronda de Uruguay de 1994
13 14Sistema de Solución de Diferencias bajo el GATT
- Proviene de un desarrollo de la costumbre,
posteriormente codificada y definida en ciertos
textos y adoptados por las partes - Solo cubría bienes.
- El objetivo del sistema era buscar una solución
negociada y no decidir una cuestión litigiosa. - No se tenía en cuenta los principios de derecho
internacional público.
15Sistema de Solución de Diferencias bajo el GATT
- Era un sistema no uniforme
- Un régimen general
- Un régimen especial para disputas en donde la
parte demandante es un país en vías de desarrollo
- Un régimen especial previstos en los acuerdos no
arancelarios adoptados en la Ronda de Tokyo
16Debilidades del GATT
- Se debía adoptar por consenso
- La decisión de establecer un panel
- La decisión de aprobar el informe emitido por un
panel - La decisión de autorizar la imposición de
contramedidas.
17Plan Uruguay - Brasil
- 1961
- Pretendía proporcionar a los países en vía de
desarrollo una compensación financiera por las
violaciones de los países desarrollados al
Acuerdo General. - La parte afectada por las medidas ilegales podía
ver su situación agravada si adoptaba medidas de
represalia. - Las medidas de represalia no tenían poder
disuasivo respecto de los países desarrollados.
18Desventajas del Antiguo Sistema GATT
- Informalidad.
- Largas demoras y dilaciones ? Bloqueos.
- Sistema impredecible e incierto.
- Imposibilidad de hacer efectivas las decisiones.
- Fomento de decisiones unilaterales.
19- SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS EN LA OMC
- Artículos XXIII y XXIV
20Misión
- Proporcionar a los Miembros de la organización
un sistema pronto, eficiente, confiable y basado
en normas, para solucionar las disputas que se
puedan presentar en la interpretación y en la
aplicación de los acuerdos de la OMC
21Objetivo del Mecanismo de Solución de Diferencias
- Dar previsibilidad y seguridad al sistema
multilateral - Supresión de la medida ilegal o del
incumplimiento. - Hacer cumplir las normas.
- Preservar los derechos y obligaciones de los
miembros, sin que pueda aumentarlos o
disminuirlos. - Compensación ( Subsidiaria , transitoria y
provisional) - Represalia
22Características
- Procedimientos claros y detallados.
- Tiempos estrictos.
- El proceso es automático y sólo puede quedar sin
efectos por decisión unánime. - Tribunal de apelación.
- Se deben tener en cuentas los principios de
derecho internacional público.
23Motivos para la Reclamación
- Violación del Acuerdo General, o de las
obligaciones que de el dimanan. - Anulación o menoscabo
24Violación del Acuerdo General
- Quebranto de los derechos y obligaciones
contemplados en el acuerdo. - Se presume la anulación o menoscabo
25Anulación o MenoscaboArtículo XXIII
-
- Se presenta anulación o menoscabo cuando un
país, después de haber dado una concesión, adopta
una medida que contrarresta o hace nugatoria la
ventaja concedida.
26Modalidades de Menoscabo
- Incumplimiento de las obligaciones del Tratado.
- Aplicación de una medida que no es contraria al
Tratado - En este caso no se puede exigir la revocación de
la medida. - El OSD o el órgano de apelación sólo podrán
recomendar un ajuste mutuamente satisfactorio
27Órgano de Solución de Diferencias
- Esta integrado por todos los Países Miembros.
28Funciones
- Administrar las normas y procedimientos sobre
consultas y solución de diferencias. - Establecer grupos espaciales o paneles.
- Adoptar los informes de los grupos especiales y
del órgano de apelación. - Vigilar la aplicación de las Resoluciones y
recomendaciones. - Autorizar la suspensión de concesiones y otras
obligaciones.
29Etapas del Sistema de Solución de Controversias
- Consultas
- Revisión por un Grupo Especial y, de ser el caso,
por el Órgano de Apelación - Adopción de informes por el Órgano de Solución de
Diferencias - Seguimiento de las recomendaciones o resoluciones
adoptadas por el Órgano de Solución de
Diferencias. - Posibilidad de que se autorice la imposición de
contramedidas.
30ConsultasArtículo 4o
31Objetivos
- Resolver el conflicto sin la intervención
institucional de la OMC. - Se trata de llegar a un arreglo antes de que se
establezca un panel
32Terceros Interesados o Miembro Asociado
- Cualquier miembro de la OMC
- Que se vea afectado con el motivo de la consulta
- Puede presentar solicitud dentro de los 10 días
siguientes a la distribución formal a los
Miembros - El Miembro al cual se dirigió la consulta estudia
la solicitud del Tercero y determina si este
tiene o no interés comercial sustancial - Si el tercero no es aceptado como asociado en la
controversia, puede iniciar un proceso de
consultas independiente.
33Confidencialidad
- Las consultas serán confidenciales.
- No servirán como medio para prejuzgar los
derechos de ningún miembro en otras posibles
diligencias.
34Duración
- Hasta 60 días
- Hasta 30 días en el caso de bienes perecederos.
35- Conformación del Panel o de los Grupos Especiales
- Artículo 6º y ss.
36Solicitud
- Si dentro de los plazos establecidos las
consultas no prosperan el país reclamante puede
solicitar al OSD que establezca un grupo
especial. - El OSD debe proceder a establecer el grupo
especial de manera automática, salvo cuando
decida lo contrario por consenso.
37Constitución del Grupo Especial
- No existen paneles ni panelistas permanentes.
- Se establece de forma inmediata.
- No se establece cuando se da el consenso
negativo. - Están integrados por 3 personas salvo cuando las
partes decidan que deben ser 5.
38Constitución del Grupo Especial
- La Secretaría tiene una lista indicativa de
personas, funcionarios gubernamentales o no. - La Secretaría propondrá a las partes los
integrantes del grupo especial. - Las partes no se opondrán a ellos sino por
razones imperiosas
39Constitución del Grupo Especial
- Si no hay acuerdo en el nombramiento de los
integrantes del grupo especial, a petición de
cualquiera de las partes, el Director General, en
consulta con el Presidente del OSD y con el
Presidente del Consejo o Comité respectivo,
establecerá la composición del grupo.
40Parte País en Desarrollo
-
- Cuando una de las partes es un país en
desarrollo, y la otra es un país desarrollado, la
primera podrá solicitar que en el panel participe
,al menos, un integrante que sea nacional de una
país en desarrollo.
41Calidades del Panelista
- Funcionarios gubernamentales o no
- No actuarán en nombre de un gobierno u
organización - No deben ser ciudadanos de las naciones
involucradas
42Adopción del Informe
- Las deliberaciones del grupo son confidenciales.
- El informe se redactará sin que estén presentes
las partes. - Las opiniones que expresen los integrantes del
grupo especial en el informe serán anónimas. - El informe debe ser adoptado por el OSD dentro de
los 60 días después de su circulación entre los
miembros. - No es adoptado por el OSD
- Cuando un miembro decide apelar, o
- Cuando el OSD así lo decida por consenso.
43 44Órgano de Apelación
- El órgano de apelación, a diferencia de los
grupos de trabajo que son ad hoc, es de
carácter permanente
45Conformación
- Los miembros son nombrados por el OSD.
- Son siete miembros
- Por cuatro años
- Los periodos son escalonados de tal forma que
no terminen ni inicien al mismo tiempo. - El Presidente es elegido por los miembros del
Órgano de Apelación - Periodo 1 año.
46Ámbito
- Se puede apelar
- Las cuestiones de derecho tratados en el informe
del grupo especial - Las interpretaciones jurídicas formuladas por
este. - No pueden plantear cuestiones que no hubiesen
planteado antes ante el grupo especial. - No es posible examinar de nuevo las pruebas
existentes ni nuevas cuestiones.
47Adopción por el OSD
- Los informes serán adoptados por el OSD, salvo
que este decida no adoptarlo por consenso.
48Vigilancia Sobre el Cumplimiento del Dictamen
49Plazo Para el Cumplimiento del Dictamen
- 30 días para la parte a la que se le obliga a
modificar su conducta para señalar al OSD las
medidas que aplicará. - En el evento en que no le fuere posible cumplir
con este plazo, se podrá establecer uno
prudencial - Por propuesta de la parte demanda aprobada por
el OSD, ó - Por medio del acuerdo entre las partes
involucradas, ó - Por decisión arbitral, cuando las opciones no
sean exitosas. - El arbitro no puede permitir un plazo superior a
15 meses a partir de la fecha de adopción del
informe por parte del OSD.
50Compensación
- La parte infractora no cumple con las
recomendaciones dentro del plazo prudencial. - Compensación una ventaja que el miembro ofrece
al reclamante. - Son de carácter voluntarias
- La parte reclamante no está obligada a aceptar.
51Represalía
- La parte infractora no cumple con las
recomendaciones , no hay compensación o la
ofrecida no es satisfactoria. - La parte afectada puede pedir al OSD que le
autorice tomar medidas de retorsión en detrimento
del comercio de la otra parte. - Estas medidas se pueden hacer a partir de los 20
días siguientes a la fecha de vencimiento del
plazo prudencial. - El nivel de suspensión debe ser proporcional a la
anulación o menoscabo. - Si la parte afectada considera que la suspensión
es desproporcionada, o no se siguió el
procedimiento, puede someter el asunto a
arbitraje ante el órgano que conoció del litigio
original. - La suspensión sólo se aplicará hasta que
-
- Se suprima la medida declarada incompatible.
- El país incumplida ofrezca una solución al
menoscabo. - Solución mutuamente convenida.
52Pueden los Particulares Solicitar que los
Estados Inicien un litigio?
53Interacción entre el sector público y el privado
en los litigios de derecho internacional(Shaffer)
- El Derecho Internacional público perjudica o
beneficia, en últimas, al sector privado. - El derecho económico internacional, es cada día
más usado por el sector privado para defender sus
intereses comerciales, quien ejerce a su sombra
sus influencias. - Incremento de la interacción e intereses entre el
sector público y privado en los litigios
comerciales. Especialmente en el ámbito de la
OMC. - Las disputas en el ámbito de los tratados
comerciales no son de naturaleza exclusivamente
intergubernamental o pública - ? Supone la asociación entre los sectores público
y privado, en la persecución de objetivos
comunes. - ? El Sector privado puede contribuir a reducir la
carga y el trabajo procesal que significa un
litigio. ( Elaboración o contestación de
demandas , estudios económicos etc.) - ? El sector Privado puede ayudar a obtener
pruebas.
54Tensiones Sector Privado - Público
- El interés particular puede no coincidir con
intereses políticos o con el interés público. - Un Estado puede tener interés en abstenerse de
iniciar un litigio por razones políticas. Ej.
Plan Colombia. - El sector privado puede aspirar a una mayor
pugnacidad o agresividad en el litigio - Gobierno
puede no estar interesado en generar tensiones
excesivas. - Gobierno puede no estar interesado en atacar
asuntos que pueden volverse en su contra . Ej.
Aplicación Ley antidumping subsidios - Plan
vallejo. - Un sector puede estar interesado en iniciar un
litigio que perjudique a otro sector.
55Propuestas
- El sistema de solución de controversias de la OMC
debería ampliarse - ? permitir a los particulares intervenir de
manera directa, sin ninguna interferencia
gubernamental, en los litigios comerciales.
( Ernst-Ulrich Petersmann- Alan Wolff -
Ragosta). - La libertad de comercio debe de consagrarse como
un derecho fundamental del individuo. (
Ernst-Ulrich Petersmann).
56FIN