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IV Encuentro Iberoamericano de Derecho Aduanero

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IV Encuentro Iberoamericano de Derecho Aduanero La soluci n de Controversias en los Tratados Comerciales Caracter sticas Particulares Las controversias son entre ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: IV Encuentro Iberoamericano de Derecho Aduanero


1
IV Encuentro Iberoamericano de Derecho
Aduanero
2
La solución de Controversias en los Tratados
Comerciales
3
Características Particulares
  • Las controversias son entre Estados No entre
    particulares.
  • Coercibilidad.
  • ? El derecho internacional es ignorado por los
    Estados poderosos cuando el mismo es considerado
    como inconveniente para los intereses nacionales.
  • Papel de los ciudadanos particulares ?
  • Dependen en su totalidad de los Estados para
    hacer valer sus intereses en las controversias.
  • Poseen información y recursos financieros que los
    Estados o el gobierno no tienen ? contratación de
    expertos y de abogados para hacer valer sus
    argumentos.

4
Diferencia de Enfoques
  • Sistema político o negociado.
  • Sistema legalista o judicial.

5
Sistema Político
  • Su objetivo es animar a las partes para
    encontrar, no una solución jurídica, sino
    negociada.

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Argumentos de quienes defienden el sistema
político
  • El sistema jurídico es pugnaz.
  • El sistema judicial promueve el abandono de la
    conciliación y de la solución negociada.
  • Tarde o temprano debe acudirse a una solución
    negociada.
  • Nada garantiza que la parte incumplida va a
    acatar el fallo.

7
Argumentos de quienes defienden el sistema
Político
  • La publicidad de los litigios hará más difícil
    resolver la disputa.
  • Las partes tienden a no ceder para no dar la
    imagen de perdedores.
  • Es inevitable que los países a veces se aparten
    de las reglas del GATT debido a presiones
    domésticas que los gobiernos no pueden resistir ?
    el sistema legalista hará perder flexibilidad al
    tratado.

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Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Judicial
  • Lo que deteriora el ambiente es el incumplimiento
    de las obligaciones.
  • La negociación deja desprotegida a la parte más
    débil, lo que no ocurre con un sistema que hace
    valer celosamente las reglas.
  • La negociación siempre se resuelve a favor de
    quien negocia mejor .

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Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Judicial
  • Las disputas siempre son públicas así se llegue a
    una solución negociada ? la posición de las
    partes negociadores termina por ser de
    conocimineto publico.
  • Si el sistema se deja enteramente a las
    negociaciones no habrá ninguna presión para
    arreglar el incumplimiento.
  • Es necesario presionar a los gobiernos que no
    cumplen para contrarrestar las presiones
    internas.
  • Habrá mas cumplimientos si el GATT condena los
    incumplimientos que si los ignora.

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Argumentos de Quienes Defienden el Sistema
Jurídico
  • El resultado del panel mejorará la posición
    negociadora de la parte favorecida por el fallo.
  • En un sistema negociado el único costo de la
    parte incumplida es el tener que enfrentar el
    intercambio de notas diplomáticas entre las
    partes.

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Solución de Controversias OMC
  • Gabriel Ibarra
  • Junio de 2008

12
Solución de Diferencias
  • GATT 1947
  • Ronda de Uruguay de 1994

13
  • GATT

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Sistema de Solución de Diferencias bajo el GATT
  • Proviene de un desarrollo de la costumbre,
    posteriormente codificada y definida en ciertos
    textos y adoptados por las partes
  • Solo cubría bienes.
  • El objetivo del sistema era buscar una solución
    negociada y no decidir una cuestión litigiosa.
  • No se tenía en cuenta los principios de derecho
    internacional público.

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Sistema de Solución de Diferencias bajo el GATT
  • Era un sistema no uniforme
  • Un régimen general
  • Un régimen especial para disputas en donde la
    parte demandante es un país en vías de desarrollo
  • Un régimen especial previstos en los acuerdos no
    arancelarios adoptados en la Ronda de Tokyo

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Debilidades del GATT
  • Se debía adoptar por consenso
  • La decisión de establecer un panel
  • La decisión de aprobar el informe emitido por un
    panel
  • La decisión de autorizar la imposición de
    contramedidas.

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Plan Uruguay - Brasil
  • 1961
  • Pretendía proporcionar a los países en vía de
    desarrollo una compensación financiera por las
    violaciones de los países desarrollados al
    Acuerdo General.
  • La parte afectada por las medidas ilegales podía
    ver su situación agravada si adoptaba medidas de
    represalia.
  • Las medidas de represalia no tenían poder
    disuasivo respecto de los países desarrollados.

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Desventajas del Antiguo Sistema GATT
  • Informalidad.
  • Largas demoras y dilaciones ? Bloqueos.
  • Sistema impredecible e incierto.
  • Imposibilidad de hacer efectivas las decisiones.
  • Fomento de decisiones unilaterales.

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  • SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS EN LA OMC
  • Artículos XXIII y XXIV

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Misión
  • Proporcionar a los Miembros de la organización
    un sistema pronto, eficiente, confiable y basado
    en normas, para solucionar las disputas que se
    puedan presentar en la interpretación y en la
    aplicación de los acuerdos de la OMC

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Objetivo del Mecanismo de Solución de Diferencias
  • Dar previsibilidad y seguridad al sistema
    multilateral
  • Supresión de la medida ilegal o del
    incumplimiento.
  • Hacer cumplir las normas.
  • Preservar los derechos y obligaciones de los
    miembros, sin que pueda aumentarlos o
    disminuirlos.
  • Compensación ( Subsidiaria , transitoria y
    provisional)
  • Represalia

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Características
  • Procedimientos claros y detallados.
  • Tiempos estrictos.
  • El proceso es automático y sólo puede quedar sin
    efectos por decisión unánime.
  • Tribunal de apelación.
  • Se deben tener en cuentas los principios de
    derecho internacional público.

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Motivos para la Reclamación
  • Violación del Acuerdo General, o de las
    obligaciones que de el dimanan.
  • Anulación o menoscabo

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Violación del Acuerdo General
  • Quebranto de los derechos y obligaciones
    contemplados en el acuerdo.
  • Se presume la anulación o menoscabo

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Anulación o MenoscaboArtículo XXIII
  • Se presenta anulación o menoscabo cuando un
    país, después de haber dado una concesión, adopta
    una medida que contrarresta o hace nugatoria la
    ventaja concedida.

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Modalidades de Menoscabo
  • Incumplimiento de las obligaciones del Tratado.
  • Aplicación de una medida que no es contraria al
    Tratado
  • En este caso no se puede exigir la revocación de
    la medida.
  • El OSD o el órgano de apelación sólo podrán
    recomendar un ajuste mutuamente satisfactorio

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Órgano de Solución de Diferencias
  • Esta integrado por todos los Países Miembros.

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Funciones
  • Administrar las normas y procedimientos sobre
    consultas y solución de diferencias.
  • Establecer grupos espaciales o paneles.
  • Adoptar los informes de los grupos especiales y
    del órgano de apelación.
  • Vigilar la aplicación de las Resoluciones y
    recomendaciones.
  • Autorizar la suspensión de concesiones y otras
    obligaciones.

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Etapas del Sistema de Solución de Controversias
  • Consultas
  • Revisión por un Grupo Especial y, de ser el caso,
    por el Órgano de Apelación
  • Adopción de informes por el Órgano de Solución de
    Diferencias
  • Seguimiento de las recomendaciones o resoluciones
    adoptadas por el Órgano de Solución de
    Diferencias.
  • Posibilidad de que se autorice la imposición de
    contramedidas.

30
ConsultasArtículo 4o
31
Objetivos
  • Resolver el conflicto sin la intervención
    institucional de la OMC.
  • Se trata de llegar a un arreglo antes de que se
    establezca un panel

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Terceros Interesados o Miembro Asociado
  • Cualquier miembro de la OMC
  • Que se vea afectado con el motivo de la consulta
  • Puede presentar solicitud dentro de los 10 días
    siguientes a la distribución formal a los
    Miembros
  • El Miembro al cual se dirigió la consulta estudia
    la solicitud del Tercero y determina si este
    tiene o no interés comercial sustancial
  • Si el tercero no es aceptado como asociado en la
    controversia, puede iniciar un proceso de
    consultas independiente.

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Confidencialidad
  • Las consultas serán confidenciales.
  • No servirán como medio para prejuzgar los
    derechos de ningún miembro en otras posibles
    diligencias.

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Duración
  • Hasta 60 días
  • Hasta 30 días en el caso de bienes perecederos.

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  • Conformación del Panel o de los Grupos Especiales
  • Artículo 6º y ss.

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Solicitud
  • Si dentro de los plazos establecidos las
    consultas no prosperan el país reclamante puede
    solicitar al OSD que establezca un grupo
    especial.
  • El OSD debe proceder a establecer el grupo
    especial de manera automática, salvo cuando
    decida lo contrario por consenso.

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Constitución del Grupo Especial
  • No existen paneles ni panelistas permanentes.
  • Se establece de forma inmediata.
  • No se establece cuando se da el consenso
    negativo.
  • Están integrados por 3 personas salvo cuando las
    partes decidan que deben ser 5.

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Constitución del Grupo Especial
  • La Secretaría tiene una lista indicativa de
    personas, funcionarios gubernamentales o no.
  • La Secretaría propondrá a las partes los
    integrantes del grupo especial.
  • Las partes no se opondrán a ellos sino por
    razones imperiosas

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Constitución del Grupo Especial
  • Si no hay acuerdo en el nombramiento de los
    integrantes del grupo especial, a petición de
    cualquiera de las partes, el Director General, en
    consulta con el Presidente del OSD y con el
    Presidente del Consejo o Comité respectivo,
    establecerá la composición del grupo.

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Parte País en Desarrollo
  • Cuando una de las partes es un país en
    desarrollo, y la otra es un país desarrollado, la
    primera podrá solicitar que en el panel participe
    ,al menos, un integrante que sea nacional de una
    país en desarrollo.

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Calidades del Panelista
  • Funcionarios gubernamentales o no
  • No actuarán en nombre de un gobierno u
    organización
  • No deben ser ciudadanos de las naciones
    involucradas

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Adopción del Informe
  • Las deliberaciones del grupo son confidenciales.
  • El informe se redactará sin que estén presentes
    las partes.
  • Las opiniones que expresen los integrantes del
    grupo especial en el informe serán anónimas.
  • El informe debe ser adoptado por el OSD dentro de
    los 60 días después de su circulación entre los
    miembros.
  • No es adoptado por el OSD
  • Cuando un miembro decide apelar, o
  • Cuando el OSD así lo decida por consenso.

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  • Apelación

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Órgano de Apelación
  • El órgano de apelación, a diferencia de los
    grupos de trabajo que son ad hoc, es de
    carácter permanente

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Conformación
  • Los miembros son nombrados por el OSD.
  • Son siete miembros
  • Por cuatro años
  • Los periodos son escalonados de tal forma que
    no terminen ni inicien al mismo tiempo.
  • El Presidente es elegido por los miembros del
    Órgano de Apelación
  • Periodo 1 año.

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Ámbito
  • Se puede apelar
  • Las cuestiones de derecho tratados en el informe
    del grupo especial
  • Las interpretaciones jurídicas formuladas por
    este.
  • No pueden plantear cuestiones que no hubiesen
    planteado antes ante el grupo especial.
  • No es posible examinar de nuevo las pruebas
    existentes ni nuevas cuestiones.

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Adopción por el OSD
  • Los informes serán adoptados por el OSD, salvo
    que este decida no adoptarlo por consenso.

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Vigilancia Sobre el Cumplimiento del Dictamen
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Plazo Para el Cumplimiento del Dictamen
  • 30 días para la parte a la que se le obliga a
    modificar su conducta para señalar al OSD las
    medidas que aplicará.
  • En el evento en que no le fuere posible cumplir
    con este plazo, se podrá establecer uno
    prudencial
  • Por propuesta de la parte demanda aprobada por
    el OSD, ó
  • Por medio del acuerdo entre las partes
    involucradas, ó
  • Por decisión arbitral, cuando las opciones no
    sean exitosas.
  • El arbitro no puede permitir un plazo superior a
    15 meses a partir de la fecha de adopción del
    informe por parte del OSD.

50
Compensación
  • La parte infractora no cumple con las
    recomendaciones dentro del plazo prudencial.
  • Compensación una ventaja que el miembro ofrece
    al reclamante.
  • Son de carácter voluntarias
  • La parte reclamante no está obligada a aceptar.

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Represalía
  • La parte infractora no cumple con las
    recomendaciones , no hay compensación o la
    ofrecida no es satisfactoria.
  • La parte afectada puede pedir al OSD que le
    autorice tomar medidas de retorsión en detrimento
    del comercio de la otra parte.
  • Estas medidas se pueden hacer a partir de los 20
    días siguientes a la fecha de vencimiento del
    plazo prudencial.
  • El nivel de suspensión debe ser proporcional a la
    anulación o menoscabo.
  • Si la parte afectada considera que la suspensión
    es desproporcionada, o no se siguió el
    procedimiento, puede someter el asunto a
    arbitraje ante el órgano que conoció del litigio
    original.
  • La suspensión sólo se aplicará hasta que
  • Se suprima la medida declarada incompatible.
  • El país incumplida ofrezca una solución al
    menoscabo.
  • Solución mutuamente convenida.

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Pueden los Particulares Solicitar que los
Estados Inicien un litigio?
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Interacción entre el sector público y el privado
en los litigios de derecho internacional(Shaffer)
  • El Derecho Internacional público perjudica o
    beneficia, en últimas, al sector privado.
  • El derecho económico internacional, es cada día
    más usado por el sector privado para defender sus
    intereses comerciales, quien ejerce a su sombra
    sus influencias.
  • Incremento de la interacción e intereses entre el
    sector público y privado en los litigios
    comerciales. Especialmente en el ámbito de la
    OMC.
  • Las disputas en el ámbito de los tratados
    comerciales no son de naturaleza exclusivamente
    intergubernamental o pública
  • ? Supone la asociación entre los sectores público
    y privado, en la persecución de objetivos
    comunes.
  • ? El Sector privado puede contribuir a reducir la
    carga y el trabajo procesal que significa un
    litigio. ( Elaboración o contestación de
    demandas , estudios económicos etc.)
  • ? El sector Privado puede ayudar a obtener
    pruebas.

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Tensiones Sector Privado - Público
  • El interés particular puede no coincidir con
    intereses políticos o con el interés público.
  • Un Estado puede tener interés en abstenerse de
    iniciar un litigio por razones políticas. Ej.
    Plan Colombia.
  • El sector privado puede aspirar a una mayor
    pugnacidad o agresividad en el litigio - Gobierno
    puede no estar interesado en generar tensiones
    excesivas.
  • Gobierno puede no estar interesado en atacar
    asuntos que pueden volverse en su contra . Ej.
    Aplicación Ley antidumping subsidios - Plan
    vallejo.
  • Un sector puede estar interesado en iniciar un
    litigio que perjudique a otro sector.

55
Propuestas
  • El sistema de solución de controversias de la OMC
    debería ampliarse
  • ? permitir a los particulares intervenir de
    manera directa, sin ninguna interferencia
    gubernamental, en los litigios comerciales.
    ( Ernst-Ulrich Petersmann- Alan Wolff -
    Ragosta).
  • La libertad de comercio debe de consagrarse como
    un derecho fundamental del individuo. (
    Ernst-Ulrich Petersmann).

56
FIN
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