La responsabilidad de los directivos y gerentes PowerPoint PPT Presentation

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Title: La responsabilidad de los directivos y gerentes


1
La responsabilidad de los directivos y gerentes
Profesor
Alonso Morales Acosta
2
Valor de la Empresa
MAS GANANCIAS
SA
MENOS COSTOS
MAS Y MEJORES SERVICIOS
COOP
TECNOLOG脥A
T. F脥SICA
T. CONTRACTUAL
SISTEMAS DE CONTRATOS DE EMPRESAS
GRUPOS DE INTER脡S
Directivos
ADMINISTRADORES LOS GESTIONAN
SOCIOS APORTAN SOLO RECURSOS
GG
  • COSTOS DE TRANSACCION POR MALA GEST脥ON
  • POR ACTOS DE GESTI脫N INDEBIDA
  • POR ACTOS DE APROPIACI脫N INDEBIDA

3
MECANISMOS DE ALINEACI脫N DE INTERESESREGIMEN DE
RESPONSABILIDAD
SOCIOS ADMINISTRADORES Reduce costos de
transacci贸n relaci贸n entre socios y
administradores COSTOS DE AGENCIA
INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES MECANISMOS
DISUASORIO E INCENTIVADOR PARA QUE EL
ADMINISTRADOR GESTIONE LA EMPRESA DE ACUERDO AL
INTERES DE SUS DUE脩OS (SOCIOS)
AMENAZA DE INDEMNIZACI脫N POR DA脩OS POR
COMPORTAMIENTOS INCORRECTOS
Alonso Morales Acosta
4
MAYOR RIGOR NO PRODUCE MAYOR VALOR DE LA EMPRESA
C贸mo debe ser el r茅gimen de la responsabilidad
por dolo, culpa leve, culpa grave,
responsabilidad objetiva , o exoneraci贸n de
responsabilidad?
OJO MAYOR RIGOR TIENE UN PUNTO EN QUE NO
PRODUCE MAYOR VALOR EN LA EMPRESA
HABRA MAS EFECTO PREVENTIVO O DISUASIVO PERO NO
NECESARIAMENTE MAS VALOR
Carlos Torres Morales
5
MAYOR RIGOR NO PRODUCE MAYOR VALOR DE LA EMPRESA
NO NECESARIAMENTE MAYOR RIGOR EN
RESPONSABILIDAD
MAYOR VALOR DE LA EMPRESA

HAY UN PUNTO EN DONDE MAYOR RIGOR EN
RESPONSABILIDAD (COSTO MARGINAL CRECIENTE
PARA ADMINISTRADORES)
  • MENOR VALOR DE LA EMPRESA
  • (COSTO MARGINAL DECRECIENTE PARA SOCIOS)

Alonso Morales Acosta
6
MAYOR RIGOR NO PRODUCE MAYOR VALOR DE LA EMPRESA
OJO MAYOR RIGOR MAYOR COSTOS
  • MENOS DECISIONES EFICIENTES
  • MENOS RIESGO
  • MAS TIEMPO DE DELIBERACIONES Y CONSULTAS
  • MAS MURALLAS DE PAPEL
  • MAS DICT脕MENES O INFORMES T脡CNICOS DE ABOGADOS
  • (OPINIONES DE BANCO DE NEGOCIOS, INGENIEROS)
  • MAS COSTOS DE SEGUROS
  • MAS CL脕USULAS PENALES LIMITATIVAS DE
    RESPONSABILIDAD

7
LO 脫PTIMO
Buscar el punto de equilibrio en el que habiendo
responsabilidad se maximice el valor de la
empresa
En un punto medio
8
QU脡 DICE LA DOCTRINA?
  • 1. RESPECTO DE LA GESTI脫N DE NEGOCIOS
  • INDULGENCIA (FRANQUICIA POR CULPA LEVE)
  • 2. RESPECTO DEL DEBER DE LEALTAD
  • DRASTICIDAD CON EL DOLO

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CU脕L ES EL EST脕NDAR?
Art铆culo 171 LGS.- Ejercicio del cargo y
reserva Los directores desempe帽an el cargo con
la diligencia de un ordenado comerciante y de un
representante leal. Est谩n obligados a guardar
reserva respecto de los negocios de la sociedad y
de la informaci贸n social a que tengan acceso, a煤n
despu茅s de cesar en sus funciones.
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REGLAS GENERALES
Art. 177 LGS.- Responsabilidad Directores Los
directores responden, ilimitada y solidariamente,
ante la sociedad, los accionistas y los terceros
por los da帽os y perjuicios que causen por los
acuerdos o actos contrarios a la ley, al estatuto
o por los realizados con dolo, abuso de
facultades o negligencia grave.
Art. 33 LGC.- Rigen para los 贸rganos de toda
cooperativa, en cuanto les respecta, las
siguientes normas complementarias Inc. 7.- Los
miembros de los consejos y de los comit茅s son
respectiva y solidariamente responsables por las
decisiones de esos 贸rganos. Inc. 8.- Quedan
eximidos de responsabilidad los miembros de los
consejos y comit茅s que salven expresamente su
voto en el acto de tomarse la decisi贸n
correspondiente, con cargo de hacerlo constar en
la respectiva acta y/o en carta notarial.
11
REGLAS GENERALES RESPONSABILIDAD POR ACTOS
PREVIOS A LA INSCRIPCI脫N
  • Responsabilidad solidaria, exclusiva y personal
    de los que celebran o suscriben cualquier
    documento en nombre de la Cooperativa
  • Responsabilidad civil y penal.
  • Salvo ratificaci贸n.
  • (Art. 12.4 Ley General de Cooperativas)

12
REGLAS GENERALES RESPONSABILIDAD SOLIDARIA AL
INTERIOR DE LOS 脫RGANOS DE ADMINISTRACI脫N
  • Ya constituida...
  • Responsabilidad solidaria de todos los miembros
    del 贸rgano de administraci贸n por las decisiones.

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REGLAS GENERALES RESPONSABILIDAD SOLIDARIA QUE
ALCANZA AL GERENTE
  • Por los acuerdos que ejecute, salvo, que deje
    constancia de su discrepancia y objeciones antes
    de ejecutarlos.

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REGLAS GENERALES RESPONSABILIDAD SOLIDARIA QUE
ALCANZA AL CONSEJO DE VIGILANCIA
  • Por los actos fiscalizables que no observe en la
    forma y t茅rmino que determine el Estatuto, a
    menos que dejen expresa constancia de sus
    objeciones.

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EL EST脕NDAR
CON LA LEALTAD Y DILIGENCIA DE UN BUEN HOMBRE DE
NEGOCIOS Ley Argentina
DEBER DE LEALTAD
DEBER DE CUIDADO
ART. 171 LGS
Como un representante leal
Diligencia del ordenado empresario
16
DEBER DE CUIDADO
  • DOS 脫RDENES
  • a. Reglados Actos o acuerdos que infringen el
    marco legal o estatutario.
  • b. Actos de Gesti贸n Actos o acuerdos con dolo o
    negligencia grave.

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DEBER DE CUIDADO
O DILIGENCIA DEL ORDENADO EMPRESARIO
GESTI脫N Y SUPERVISI脫N
ATENCI脫N Y DEDICACI脫N
REGLADA CUMPLIMIENTO NORMATIVO
AUTONOM脥A NIVEL DE PERICIA EN NEGOCIOS
  1. LGC
  2. Leyes Especiales
  3. Estatuto
  4. Acuerdos de Junta General
  5. Acuerdos de Directorio (G.G.)

NIVEL DE INCERTIDUMBRE
PROFESIONALISMO E INTUCI脫N
  • Mala regulaci贸n
  • Conservadurismo en la gesti贸n
  • Monta帽as de papel

Juez valorizaci贸n t茅cnica econ贸mica completa
POR CULPA LEVE PRESUNTA
CULPA INEXCUSABLE (DOLO)
ACTO DE GESTI脫N INDEBIDA
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DEBER DE LEALTAD
COMO UN REPRESENTANTE LEAL
DEBER脥A ANTEPONER LOS INTERESES DE LOS
ACCIONISTAS A LOS PROPIOS NO VICEVERSA
  • SI VICEVERSA FRAUDE Y HAY DOLO ( CULPA
    INEXCUSABLE)
  • TRANSACCIONES VINCULADAS
  • NO ALINEAMIENTO DE INTERESES
  • BUSCA RENDIMIENTO PERSONAL
  • JUEZ
  • JUICIO DE ORDEN MORAL
  • HAY MENOS INCERTIDUMBRE

DOLO (CULPA INEXCUSABLE)
ACTO DE APROPIACI脫N INDEBIDA
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RECOMIENDA LA DOCTRINA
Por qu茅 se debe endurecer?
Las conductas desleales son menos visibles
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Riguroso con deslealtad
Endurecimiento en tres planos
21
Conclusiones falencias en LGC
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LEYES ESPECIALES
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RESPONSABILIDAD LAVADO DE ACTIVOS. LEY N潞
27693 CAC Y COOP VIVIENDA
1.Resp. Consejo de Adm. y el Gerente
cumplimiento de Sistema de prevenci贸n de lavado
de activos y financiamiento del terrorismo.
2.Finalidad Detecci贸n de operaciones
sospechosas e informaci贸n a la UIF. 3. Sistema
de prevenci贸n incluye Manual de Procedimiento y
C贸digo de Conducta.
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RESPONSABILIDAD LAVADO DE ACTIVOS. LEY N潞
27693 CAC Y COOP VIVIENDA
  • 4. Oficial de Cumplimiento
  • Resp. por su nombramiento C.A. y G.
  • Funci贸n vigilar el cumplimiento del sistema.
    Supervisi贸n bajo confidencialidad.
  • Relaci贸n
  • v铆nculo laboral
  • reporta directamente al C.A.
  • 5. Sanciones Oscilan entre una amonestaci贸n y
    100 UIT.

25
RESPONSABILIDADES ESPECIALES RESPONSABILIDAD
PENAL
  • Configuraci贸n de los delitos
  • a. Adm. Fraudulenta (Art. 198潞 C贸digo Penal)
  • b. Contra la confianza en la buena fe en los
    negocios (Art. 215潞 C贸digo Penal).
  • d. Delitos tributarios y aduaneros (Decreto
    Legislativo No. 813)

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RESPONSABILIDADES ESPECIALES RESPONSABILIDAD
PENAL
  • Penas (ejemplos)
  • a. Balance Paralelo No mayor de un a帽o y con
    sesenta a noventa d铆as multa.
  • b. Fraude en Adm. De Personas Jur铆dicas De uno a
    cuatro a帽os.
  • c. Libramiento indebido De uno a cinco a帽os.

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RESPONSABILIDADES ESPECIALES RESPONSABILIDAD
TRIBUTARIO
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS REPRESENTANTES
LEGALES
Art. 16潞 TUO del C贸digo Tributario se encuentran
obligados a pagar los tributos y cumplir
obligaciones formales los representantes
legales y los designados por las personas
jur铆dicas. Solidariamente responsables, cuando
se deje de pagar por dolo, negligencia grave o
abuso de facultades.
28
RESPONSABILIDADES ESPECIALES RESPONSABILIDAD
TRIBUTARIO
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS REPRESENTANTES
LEGALES
SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD
Nuestra normatividad tributaria ha transitado de
un sistema subjetivo a un sistema mixto.
SUBJETIVO OBJETIVO MIXTO
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RESPONSABILIDADES ESPECIALES RESPONSABILIDAD
TRIBUTARIO
SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD
Sistema Mixto. Decreto Legislativo 953 (desde
07.02.04 hasta la actualidad)
  • En efecto, adem谩s de los supuestos se帽alados por
    la Ley 27335, el Decreto Legislativo adiciona los
    siguientes supuestos objetivos
  • Deudor no lleve contabilidad o lleve dos o m谩s
    juegos de libros para una misma contabilidad con
    distintos asientos.
  • Condici贸n de no habido.
  • La existencia de doble facturaci贸n.聽
  • Cuando el contribuyente no se inscriba ante
    SUNAT.
  • Cuando no existe identidad entre la informaci贸n
    de los comprobantes de pago y los libros
    contables.
  • La obtenci贸n indebida de Notas de Cr茅dito
    Negociables u otros valores similares.

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RESPONSABILIDADES ESPECIALES
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS REPRESENTANTES
LEGALES
SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD
Sistema Mixto. Decreto Legislativo 953 (desde
07.02.04 hasta la actualidad)
  • Supuestos objetivos
  • Goce de exoneraciones o beneficios en actividades
    distintas de las que corresponden.
  • Cuando se elabore o comercialice clandestinamente
    bienes gravados.聽
  • Cuando no se haya declarado ni determinado su
    obligaci贸n , no obstante requerimiento de la
    SUNAT
  • Con la omisi贸n de uno o m谩s trabajadores al
    presentar las declaraciones relativas a los
    tributos que graven las remuneraciones de 茅stos.
  • Cuando se acojan indebidamente al RUS o al RER.
  • Bajo este orden de ideas, las causales objetivas
    de imputaci贸n de responsabilidad solidaria, han
    sido ampliadas a 11 supuestos y en todos los
    dem谩s casos, corresponder谩 a la Administraci贸n
    Tributaria probar la existencia de Dolo,
    Negligencia Grave o Abuso de Facultades.

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RESPONSABILIDADES ESPECIALESRESPONSABILIDAD DE
LOS DIRECTIVOS C脫DIGO DE CONSUMO (LEY 29571)
S脕NCION Personas que ejercen Direcci贸n,
administraci贸n y representaci贸n
direcci贸n personas
administraci贸n representaci贸n

dolo culpa inexcusable planeamiento
realizaci贸n ejecuci贸n
EXCEPCIONES
Tendr谩n responsabilidad y una multa de hasta 5
UIT
32
MuchasGracias
Alonso Morales Acosta
alonso.morales_at_tytl.com.pe
33
DEBER DE CUIDADO AUDITORIA INTERNA -
RESPONSABILIDAD (Res. SBS No. 742-2001)
Al Consejo de Vigilancia 1. Responde por las
labores m铆nimas de auditor铆a interna mediante una
Unidad de Auditoria Interna, un Auditor Interno a
tiempo completo o parcial o por un miembro del
propio consejo de Vigilancia. (Art. 4)
34
DEBER DE CUIDADO AUDITORIA INTERNA -
RESPONSABILIDAD (Res. SBS No. 742-2001)
2. El Plan de Trabajo de Auditoria Interna debe
ser aprobado por el Consejo de Vigilancia. 3.
Consejo de Vigilancia Presenta a la FENACREP y
al Consejo de Administraci贸n informes
trimestrales de Auditoria Interna. 4.El Consejo
de Administraci贸n debe adoptar una posici贸n con
respecto al informe a fin de adoptar o rechazar
sus conclusiones.
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DEBER DE CUIDADO AUDITORIA EXTERNA -
RESPONSABILIDAD (Res. SBS No. 741-2001)
1. Responsabilidad en el Consejo de
Administraci贸n por su nombramiento pero el
Consejo de Vigilancia propone terna. 2. Consejo
de Administraci贸n y Gerencia son responsables de
dar la informaci贸n necesaria al Auditor Externo.
3.El Consejo de Administraci贸n toma
conocimiento de los informes y promueve adopci贸n
de medidas. 4. La memoria anual debe contener el
dictamen de auditoria.
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(LGS Art. 177 LGC Art. 33 inc. 7-8)
Art. 177 LGS.- Responsabilidad Directores Los
directores responden, ilimitada y solidariamente,
ante la sociedad, los accionistas y los terceros
por los da帽os y perjuicios que causen por los
acuerdos o actos contrarios a la ley, al estatuto
o por los realizados con dolo, abuso de
facultades o negligencia grave.
Art. 33 LGC.- Rigen para los 贸rganos de toda
cooperativa, en cuanto les respecta, las
siguientes normas complementarias Inc. 7.- Los
miembros de los consejos y de los comit茅s son
respectiva y solidariamente responsables por las
decisiones de esos 贸rganos. Inc. 8.- Quedan
eximidos de responsabilidad los miembros de los
consejos y comit茅s que salven expresamente su
voto en el acto de tomarse la decisi贸n
correspondiente, con cargo de hacerlo constar en
la respectiva acta y/o en carta notarial.
37
i
38
Facilitaci贸n de litigaci贸n
i
Supletoriamente el Art. 181 LGS exige que puedan
ejercer directamente este derecho los que
representan por lo menos 1/3 del Capital Social.
39
i
40
DEBER DE CUIDADO
El error, la inexperiencia, la impericia o la
incapacidad pueden producir p茅rdidas pero que por
s铆 mismas no representan causales de
responsabilidad.
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DEBER DE CUIDADO
  • a. Actos que infringen el marco legal o
    estatutario
  • Incumplimientos flagrantes a la Ley Falta de
    diligencia.
  • Ejemplos
  • . Acci贸n (no reviste la forma del
    acuerdo)proporcionar info. que viola la reserva
    del cargo.
  • Omisi贸n No denunciar por escrito
    irregularidades.
  • No aprobar las memorias y EEFF.
  • No convocar a elecci贸n anual.
  • No hacer cumplir decisiones de la Asamblea
    General.

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CONSEJO DE ADMINISTRACI脫N
GERENTE
1. Aprobar estados financieros y memoria anual antes de someter a Asamblea.
2. Aprobar planes y presupuestos
3. Designar auditores externos
4. Elegir consejeros por cooptaci贸n (seg煤n estatuto)
5. Entregar informaci贸n suficiente, fidedigna y oportuna con los socios.
1. Existencia, regularidad y veracidad de los sistemas de contabilidad
2. Representaci贸n conjunta en actos y contratos
3. Ejecutar planes y programar acuerdos del Consejo de Administraci贸n.
4. Veracidad de la informaci贸n para A. Gl, Consejo de Administraci贸n, Consejo de Vigilancia y Presidencia.
5. No ocultamiento de irregularidades. 6. No uso indebido del nombre o bienes sociales
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CONSEJO DE VIGILANCIA
5. Disponer de arqueos de caja y auditor铆as. Responsable por labores m铆nimas auditor铆a interna. Res. SBS. 742-2001
6. Verificar la veracidad de las informaciones contables.
7. Verificar que la contabilidad se ha llevada estricta sujeci贸n a la Ley.
8. Inspeccionar los libros de actas de Cons. de Adm. y comit茅s.
9. En general, el garante de la veracidad, legalidad y seguridad de bienes.
1. Proponer al Cons. de Adm. las ternas de auditores externos
2. Solicitar al Cons. de Adm. y/o gerencia informes sobre el incumplimiento de acuerdos de aquel y de la A. Gl.
3. Hacer constar en las sesiones de la A. Gl. las infracciones a la Ley o Estatuto en que incurrieran 茅sta o sus miembros.
4. Convocar a A. Gl. solo en los casos previstos en la Ley
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C脫MITE ELECTORAL
1. Objeto espec铆fico Proceso Electoral
2. Funciones cesi贸n con qu贸rum, decidir con mayor铆a, llevar libro de actas y elegir a su presidente.
3. Organizar el proceso electoral Pronunciarse sobre los candidatos aptos, las lista de electos y de elegibles, tachas, escrutar los votos, etc.

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DEBER DE CUIDADO
  • Hecho realizado con dolo, negligencia grave que
    perjudica la actividad, operaciones y resultados
    de la Coop.
  • Intencionalmente perjudica (dolo) o sin el mas
    elemental cuidado (negligencia grave) al decidir
    o no una operaci贸n.
  • Ejm. Compra de local, software.
  • Endeudamiento
  • Otorgamiento de Garant铆as
  • Ejecuci贸n de un programa de inversiones.
  • Lanzamiento sin estudio de mercado.
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