Title: REFORMA TRIBUTARIA
1MÓDULO AÑO 2008
IMPUESTO DE RENTA Y
COMPLEMENTARIO
2Clases de Impuestos
- Impuestos
- Tasas
- Ingresos Parafiscales
- Rentas de Dominio Público
Ordinarios
Ingresos Fiscales
- Herencias
- Donaciones
- Confiscación
- Expropiación
ESTADO
Extraordinarios
o
Narcotráfico
o
3Clases de Impuestos
- Impuestos Directos
- Impuestos Indirectos
Tributarios
Teoría Presupuestal de los Ingresos
- Tasas
- Multas
- Rentas contractuales
- Fondos especiales
No Tributarios
4Ingresos Tributarios
- Impuesto de Renta y Complementario
- Impuesto predial unificado
- Impuesto de industria y comercio, avisos y
tableros - Impuesto de turismo
- Impuesto unificado de vehículos
- Impuesto de delineación urbana
- Impuesto de espectáculos
- Impuesto de azar
Impuestos Directos
5Impuesto de Renta
Gravan las personas, la riqueza y los bienes de
los individuos y la renta así mismo la
transmisión de riquezas por causa de muerte o
donación
IMPUESTOS DIRECTOS
CARACTERÍSTICAS
? Consulta la capacidad económica ? Permite
exenciones a favor de las clases menos
favorecidas ? Son más ciertos y seguros,
contribuyen al equilibrio de los presupuestos ?
Son proporcionales a la riqueza pública y
privada ? Son menos susceptibles de traslación
que los indirectos
6IMPUESTO DE RENTA
Es un impuesto de período que requiere que llegue
el 31 de Diciembre para cuantificar cuáles fueron
las utilidades o pérdidas del año. Su
cuantificación es por período
IMPUESTO DE PERÍODO
7Vigencia de la Ley
Inciso 3º del Art. 338 Carta
Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen
contribuciones en las que la base sea el
resultado de hechos ocurridos durante un período
determinado, no pueden aplicarse sino a partir
del período que comience después de iniciar la
vigencia de la respectiva ley, ordenanza o
acuerdo.
El impuesto sobre la RENTA es un impuesto de
PERÍODO
Sentencia C1006-03 C.C
Impuestos Instantáneos
- Normas Sustantivas
- Normas Procedimentales
?
Promulgación
VIGENCIA Ley No. 1.111 Dic 27 - 2006
?
Rige a partir de
Impuestos de Período
Período Siguiente
- Normas Sustantivas
?
8Vigencia de la Ley
PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD
- Aplicable en el período de la publicación de la
Ley - En su aplicación debe cumplirse su condición
como principio.
CARACTERÍSTICAS
CORTE CONSTITUCIONAL
CONSEJO DE ESTADO
Jurisprudencia
Sent. C527 / 96 Sent. C185 / 97 Sent. C006 / 98
?
Derecho Tributario
PENAL
9Estructura - Impuesto de Renta
Sujeto Activo
Sujeto Pasivo
Elementos
Hecho Generador
Base Gravable
Tarifa
Causación y Período Gravable
10SUJETOS PASIVOS
11Obligación Tributaria
P.N
DIAN
P.J
O B L I G A C I Ó N T R I B U T A R I A
Sustancial
Formales o Accesorias
12Sujetos Pasivos
P.N
Contribuyentes
No declarantes
Declarantes
Personas Físicas
Sucesión Ilíquida
Nacionales y Extranjeros.
Fuente Nacional
Renta y Ganancias Ocasionales
RESIDENTES
y
Fuente Extranjera
Sujetos a Impto Rta
13Sujetos Pasivos
P.N
Contribuyentes
No declarantes
Declarantes
Personas Físicas
Sucesión Ilíquida
Nacionales y Extranjeros.
Renta y Ganancias Ocasionales
SIN RESIDENCIA
Fuente Nacional
Sujetos a Impto Rta
14Sujetos Pasivos
RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES
Permanencia continua en el país por más de 6
meses en el año o período gravable, o que se
completen dentro de este lo mismo que la
permanencia discontinua por más de 6 meses en el
año o período gravable
Los EXTRANJEROS residentes en Colombia Sólo están
sujetos al impto sobre la Rta o G.O. de fuente
extranjera a partir del 5º año o período gravable
de residencia continua o discontinua en el país.
15Sujetos Pasivos
Fuente Nacional
Renta y Ganancias Ocasionales
Nacionales
y
Gravadas
Fuente fuera de Col.
SOCIEDADES
Renta y Ganancias Ocasionales
Extranjeras
Fuente Nacional
Gravadas
S.A.
Ltdas.
16Sujetos Pasivos
P.J
Declaración de Renta y Complem.
Contribuyentes
R. Ordinario
R. Trib. Esp.
D.R 4400/04 D.R 640/05
Análisis
No Contribuyentes
Declaración de Ingresos y Patrim.
Ver Excepción
17Ingresos Fuente Nacional
Art. 24 E.T
?
1,2,3,4,11 y 12
1. Rentas de Capital
2. Renta Comercial
9,10,13 y 14
3. Renta de Trabajo
5 y 6
7,8 y 15
CASOS ESPECIALES
18Hecho Generador
Es la manifestación externa del hecho imponible,
supone que al realizarse un ingreso se va a
producir o se produjo una RENTA
.
Hecho Imponible
Hecho económico que causa materialmente la
obligación. Elemento que atribuido a una persona
natural o jurídica , hace parte total o
parcialmente en forma relativa o absoluta de su
capacidad contributiva
Ejemplo
H.G
Celebrar un contrato
Percibir Ingresos
H.I
19BASE GRAVABLE
20Base Gravable
- Magnitud del hecho generador que se grava con el
impuesto - Mide el incremento del patrimonio
- Se tasa sobre una base gravable general,
denominada R.L.G.
Determinación de la Base Gravable
Depuración Sistema Ordinario
Depuración Sistema Extraordinario
R.L
R.P
R.G.E.
Comparación Patrimonios
21RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
22Renta Líquida Gravable
Art. 26 E.T.
XXXXXX
Ingresos Ordinarios y Extraordinarios del
Período.................
I.N.C.D.R.N.G.O...................................
........................
(XXXXXX)
-
Devoluciones Rebajas y Descuentos.................
................
-
(XXXXXX)
INGRESOS NETOS
XXXXXX
Costos (Imputables a los Ingresos)................
...............................
-
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA BRUTA
Deducciones.......................................
..........................
(XXXXXX)
-
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA
-
Rentas Exentas....................................
.........................
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE..
23RENTA PRESUNTIVA
24Renta Presuntiva
No obligados - Excluidos
Art. 11 Ley No. 1.111/06 - Art. 191 E.T
P.N Declaración Inicial
?
BASE Patrimonio Líquido del año anterior
- A partir del año 2001 hasta 2006 el 6
- A partir del año 2007 el 3
Tarifa
Ley No. 1.111/06
Circular No. 009/07 - DIAN
Exclusiones
Se conservan las mismas excepto los valores
absolutos que se actualizan a través de la
U.V.T ? 19.000 U.V.T Sector agropecuario ?
13.000 U.V.T Casa habitación
25Renta Presuntiva
DETERMINACIÓN DEL VALOR PATRIMONIAL NETO
Art. 193 E.T.
PATRIMONIO LÍQUIDO
X
V.P.N.
V/R PATRIMONIAL DEL BIEN
PATRIMONIO BRUTO
26Renta Presuntiva
Patrimonio Líquido año anterior XXXX Menos
Depuración (año base anterior) (XXX) Total
Patrimonio Líquido depurado XXXX
.
Tarifa Año 2007 3
TOTAL RENTA PRESUNTIVA INIC XXXX
MAS RENTA GRAVADA ACT. EXCL. XXXX
TOTAL RENTA PRESUNTIVA XXXX
27TARIFAS
28Tarifas
IMPUESTO DE RENTA PERSONAS JURÍDICAS
Reg. Ordinario
Reg. Tri. Esp.
Contr. Esta. Jur.
U.Z.F
35 - año 2006 34 - año 2007 33 - año 2008
20
15
35 - año 2006 34 - año 2007 33 - año 2008
Ley 963/05
Usuarios Operadores Usuarios Ind. Bienes Usuarios
Ind. Servicios
Sociedades Nals y Extranjeras
D.R. No. 4400 / 04 D.R. No. 640 / 05
Ley No. 1004/05
Usuarios Comerciales
Ley No. 1.111/06
A partir del 1º Enero / 07
29Tarifas
IMPUESTO DE RENTA PERSONAS NATURALES
Con residencia en el país
Sin residencia en el país
Colombianos
Extranjeros
Extranjeros
35 - año 2006 34 - año 2007 33 - año 2008
- Tabla intervalos
- Tarifa Marginal
Año 2006
D.R 4715/05 Art. 1
Año 2007 y S.S
Ley No. 1.111/06
30Tarifa Marginal P.N
Art. 241 E.T.
1.090 UVT 22.861.660 - 1.700 UVT
35.655.800 - 4.100 UVT 85.993.400
2007
31Otras Tarifas Impto Rta
Profesores extranjeros sin residencia en el país,
contratados por períodos no superiores a 4 meses
por instituciones de educación superior,
aprobadas por el ICFES, causa impto a tarifa del
7, vía rte fte.
Inversionistas extranjeros cuyos ingresos
provengan de la exploración, explotación o
producción de hidrocarburos y de dividendos,
causa impto a tarifa del 7
Pagos al exterior arrendamiento de maquinaria y
otros por constructores colombianos para obras
civiles a través de licitaciones públicas
internacionales, causa impto a tarifa del 2
32Personas Naturales No obligados a declarar
33P.N No Obligados a Declarar
OBLIGADOS - 2 0 0 7 -
Valores Expresados En Miles de Pesos
- Menores Ingresos
- Asalariados
- Trabajadores Indep.
IBgt 29.363 ó PBgt 94.383
ITgt 69.214 ó PBgt 94.383
ITgt 69.214 ó PBgt 94.383
- Todos los RESPONSABLES de IVA (por concepto se
excluye a los del R.S) - Consumos a través de T. de Crédito durante el
año 2007 sea gt 58.727 - Consignaciones Bancarias, Depósitos durante el
año 2007 sea gt 94.383
?
?
Rte. Fte.
Facturación
Oficio No. 1763 Enero 10 de 2007
34P.N No Obligados a Declarar
OBLIGADOS - 2 0 0 8 -
Valores Expresados En Miles de Pesos
IBgt 30.876 ó PBgt 99.243
- Menores Ingresos
- Asalariados
- Trabajadores Indep.
ITgt 72.778 ó PBgt 99.243
ITgt 72.778 ó PBgt 99.243
- Todos los RESPONSABLES de IVA (por concepto se
excluye a los del R.S) - Consumos a través de T. de Crédito durante el
año 2008 sea gt 61.751 - Consignaciones Bancarias, Depósitos durante el
año 2008 sea gt 99.243
?
?
Rte. Fte.
Facturación
Oficio No. 1763 Enero 10 de 2007
35Clases de Formularios
DECLARACIÓN DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS O DE
INGRESOS Y PATRIMONIO
AÑO GRAVABLE 2007
Personas Naturales
Personas Jurídicas Personas Naturales
Obligadas a Llevar Contabilidad
No Obligadas a Llevar Contabilidad
36Datos Informativos
Parafiscales
Gastos de Nómina
Seguridad Social
PAGADOS 2007 Art. 114 E.T.
PAGADOS 2007
CAUSADOS 2007
INDEPENDIENTE DE SU INCLUSIÓN COMO COSTO O
DEDUCCIÓN DEBEN DE INFORMARSE LOS
CORRESPONDIENTES VALORES
37PATRIMONIO
38Patrimonio Bruto
Art. 261 E.T.
Total de Bienes y Derechos Apreciables en
Dinero Poseídos por el Contribuyente en el
último día del año O período Gravable.
Además bienes poseídos en el Exterior
Concepto de Residencia
39Patrimonio Bruto
Art. 265 E.T.
BIENES POSEIDOS EN EL PAIS
- Derechos reales sobre bienes corporales e
incorporales - ubicados o que se exploten en el país.
- Acciones y derechos sociales en cías nacionales.
- Acciones y derechos sociales en entidades
extranjeras - en las cuales sus negocios estén en Colombia.
40Patrimonio Bruto
Art. 267 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS
REGLA GENERAL
Esta constituido por su precio de costo Activos
poseídos en el último día del año gravable
LEASING
41Patrimonio Bruto
Art. 267 E.T.
Valor patrimonial activos no monetarios
A partir del año 2007 Será equivalente al
costo Ajustado a 31 de Dic de 2006
Base de Depreciación
Costo del bien sin incluir
Art. 70 Incremento Costo Fiscal IPC Art. 72
Avalúo o Autoavalúo como Costo Fiscal Art.. 90-2
Saneamiento de Bienes Raíces Ley 75 / 86 Art. 65
Ajuste al v/r Ccial Act. Fijos Ley 49 / 90 Avalúo
Catastral / 90
NOTA Tampoco se tiene en cuenta el Ajuste por
inflación al gt v/r de los ajustes
42Patrimonio Bruto
VALOR DE LOS DEPÓSITOS EN CTAS DE CORRIENTES Y DE
AHORRO
- Es el saldo en el último día del período
gravable - Incluida la Corrección Monetaria (Cta Ahorros)
- Intereses Causados y no Cobrados
- Los expresados en moneda extranjera (Nacional)
Devolver Asientos Contables Cheques Girados y
no Entregados
Art. 268 E.T.
43Patrimonio Bruto
VALOR PATRIMONIAL DE LOS TÍTULO, BONOS, SEGUROS
DE VIDA
- Es el costo de adquisición
- Más los descuentos
- Rendimientos causados y no cobrados
Obligados a Llevar Contabilidad
NO Obligados a Llevar Contabilidad
SISTEMA DE CAJA
Mecanismos especiales de valoración
Art. 271 E.T.
44Patrimonio Bruto
VALOR PATRIMONIAL DE LOS TÍTULOS y BONOS
COTIZADOS EN BOLSA
- Será el promedio de transacciones en bolsa del
- último mes del período gravable.
Circular No. 038 - DIAN Mar 21 de 2007
NO HA SALIDO LA APLICABLE AL AÑO GRAVABLE 2007
Art. 271 E.T.
45Patrimonio Bruto
Art. 270 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LAS CUENTAS POR COBRAR
- Será el valor nominal al 31 Dic de cada año
MENOS
- Deducción por deudas manifiestamente perdidas
- Provisión por deudas de dudoso o difícil recaudo
46Patrimonio Bruto
Art. 146 E.T.
DEUDAS MANIFIESTAMENTE PERDIDAS
- Demostrar realidad de la deuda
- Justificar su descargo (Cobro Prejurídico
Jurídico) - Probar que se originó en Activi. productoras de
renta - Descargar la deuda en el año que la solicite
Art. 79 Y 80 D.R. 187/75
QUIENES LLEVEN CONTABILIDAD
47Patrimonio Bruto
Art. 145 E.T.
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
- Demostrar realidad de la deuda
- - Probar que se originó en Actividad productora
de renta - Cantidades razonables con criterio comercial
- Corresponda a cartera vencida
NOTA SÓLO es Deducible para quienes lleven
contabilidad / causación
48Patrimonio Bruto
Art. 145 E.T.
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
NO PROCEDE LA PROVISIÓN
- Deudas contraídas entre sí por empresas o
- personas económicamente vinculadas,
- o por los socios para con la sociedad
- o viceversa
49Patrimonio Bruto
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
PROVISIÓN INDIVIDUAL DE CARTERA
Fíjese como cuota razonable hasta un 33 anual
del valor nominal de cada deuda Con más de un
año de vencida
Art. 74 D.R. 187/75
50Patrimonio Bruto
PROVISIÓN DEUDAS DUDOSO COBRO
Art. 75 D.R. 187/75
PROVISIÓN GENERAL DE CARTERA
5 Deudas gt a 3 meses y lt de 6 meses 10
Deudas gt a 6 meses y lt de 1 Año 15 Deudas con
más de 1 año de vencida
CÁLCULO ÚLTIMO DÍA DEL EJERCICIO GRAVABLE SI
CAMBIA DE SISTEMA DEBE HACER AJUSTES
51Patrimonio Bruto
Art. 272 E.T.
VALOR PATRIMONIAL ACCIONES Y APORTES EN SOCIEDADES
OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD
X
- Debe ser declarado por el Costo Fiscal Ajustado
Ley No. 1.111/06
- Entidades de Control y Vigilancia
- Mecanismos Especiales
- De Valoración
SUPERINTENDENCIAS
Art. 1 D.R 2336/95
52Patrimonio Bruto
VALOR PATRIMONIAL ACCIONES Y APORTES
NO OBLIGADOS A LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD
COSTO DE ADQUISICIÓN - COSTO DECLARADO 2006/07
AJUSTE BIENES RAICES ACCIONES Y APORTES QUE SEAN
ACTIVOS FIJOS
Para Enajenación y costo
Art. 73 E.T D.R. 4584 / 06
53Patrimonio Bruto
Art. 149 E.T.
LÍMITE DEL VALOR PATRIMONIAL DE LAS ACCIONES Y
APORTES EN LA VENTA (PÉRDIDA)
PARA DETERMINAR EL VALOR DE LA PÉRDIDA EN LA
ENAJENACIÓN DE ACCIONES NO SE TENDRÁ ENCUENTA EL
VALOR DE LOS AJUSTES DE QUE TRATA
P.N.
Art. 70 E.T.
Art. 90-2 E.T.
Art. 73 E.T.
X
X
X
P.J.
Reajustes Fiscales
Sanea/to B. Raíces
54Patrimonio Bruto
COSTO DE LOS INVENTARIOS
- Costo del Inv. Final al 31 Dic. de 2006
- Más ajustes por inflación (338 E.T)
- (Art. 21 Ley 788 de 2002) - (D.R 416 Febrero
21 de 2003) - Menos disminución del Inventario por faltante
Mcía - Hasta 5 - Caso Fortuito disminución mayor. Art.
64 E.T
Hasta 2006
Ley No. 1.111/06
X
55Patrimonio Bruto
ACTIVOS MOVIBLES
Inventario Periódico
Hoy
Unidades Inv. Final
Antes
3
5
Inv. Inic. Compras
Costo - Deducción
Concepto No. 061874 Sep. 2002 Oficio No. 057347
Ago. 2005 Sentencia No. 14122 Oct de
2005 Relación de Causalidad Directa e Indirecta
Disminución del Inventario Final por Faltantes
de Mercancía
Inventario Permanente
Nuevo
- Tratamiento como deducción
- Sólo para m/cías de fácil destrucción o pérdida
- Demostrar el hecho
- Disminución hasta en un del Inv.
Inc.Com
NO acepta disminuciones mayores por Fuerza Mayor
Caso Fortuito
3
Sentencia No. 15032 Sep de 2006
56Patrimonio Bruto
Art. 92 E.T.
Art. 276 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INVENTARIOS SEMOVIENTES
NEGOCIO GANADERÍA
- Costo de Adquisición no inferior al valor Ccial
31 Dic/07. - Más Capitalizaciones
- (Resolución No. 0038 Febrero 05 de 2008 aplica
para año gravable 2007) - PARA QUIENES PERTENECEN AL NEGOCIO DE GANADERÍA
- Y SÓLO PARA GANADO BOVINO
57Patrimonio Bruto
Art. 92 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INVENTARIOS SEMOVIENTES
COMERCIALIZACIÓN
Hasta 2006
Ley No. 1.111/06
- Costo de Adquisición.
- Más Ajustes x Inflación Si aplica
- La explotación de ganado en compañía o en
participación - Tanto para quien reciba como quien entrega es
NEGOCIO - DE GANADERÍA
X
58Patrimonio Bruto
Art. 69 E.T.
COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS
- Precio de Adquisición o Costo Declarado Año
Anterior - Más Reajustes Fiscales / Sólo Personas Naturales
no obligadas - a ajustar por inflación
- Valor de adiciones y mejoras / Bienes muebles
- El Valor de las Construcciones, mejoras
locativas no tomadas - deducibles y contribuciones por
valorización / Bienes Inmuebles - Menos. Depreciación Ajustada por Inflación
X
Hasta 2006
Ley No. 1.111/06
59Patrimonio Bruto
COSTO FISCAL ACTIVOS
A partir del año 2007 Será equivalente al
costo Ajustado a 31 de Dic de 2006
Base de Depreciación
Costo del bien sin incluir
Art. 70 Incremento Costo Fiscal IPC Art. 72
Avalúo o Autoavalúo como Costo Fiscal Art.. 90-2
Saneamiento de Bienes Raíces Ley 75 / 86 Art. 65
Ajuste al v/r Ccial Act. Fijos Ley 49 / 90 Avalúo
Catastral / 90
NOTA Tampoco se tiene en cuenta el Ajuste por
inflación al gt v/r de los ajustes
60Patrimonio Bruto
Art. 277 E.T.
VALOR PATRIMONIAL DE LOS INMUEBLES
NO OBLIGADOS - CONTABILIDAD
OBLIGADOS - CONTABILIDAD
Deberán declarar los bienes Inmuebles por el
COSTO FISCAL Tener en cuenta Normas del Libro I
Título II Capítulo I y III Art. 90-2 Saneamiento
de B Raíces
Deberán declarar los bienes inmuebles por el
MAYOR VALOR entre el costo de adquisición, el
costo fiscal, el autoavalúo, el avalúo
catastral actualizado al final del ejercicio
Tener en cuenta mejoras no incluidas en el
avalúo y el saneamiento de bienes raíces
61Patrimonio Bruto
Art. 280 - 281 E.T.
REAJUSTE FISCAL
A LOS ACTIVOS PATRIMONIALES
EFECTOS DEL REAJUSTE FISCAL
Se PODRÁ ajustar anualmente el costo de los
bienes que tengan el carácter de ACTIVOS FIJOS
en el Mismo porcentaje en que se ajusta la UVT
Declaración de Renta
Renta en la enajenación G.O en la enajenación
2 años Renta Presuntiva Patrimonio Líquido
EXCEPCIÓN
P.N que opten por el ajuste del Artículo 73
62DEPRECIACIÓN
63Patrimonio Bruto
BIENES DEPRECIABLES
BIENES NO DEPRECIABLES
Activos fijos tangibles con excepción de los
terrenos, que no sean amortizables
Activos movibles tales como inventarios y
los valores mobiliarios
64Patrimonio Bruto
Art. 131 E.T.
BASE PARA CALCULAR DEPRECIACIÓN
X
- Precio de Adquisición / Ajustes por Inflación
- Impuestos
- Adiciones y mejoras
- Gastos necesarios para ponerlos en condiciones
de uso
Ley No. 1.111/06
- A las Ventas
- Aduanero
- Timbre
65Patrimonio Bruto
Ley No. 1.111/06
COSTO FISCAL ACTIVOS
A partir del año 2007 Será equivalente al
costo Ajustado a 31 de Dic de 2006
Base de Depreciación
Costo del bien sin incluir
Art. 70 Incremento Costo Fiscal IPC Art. 72
Avalúo o Autoavalúo como Costo Fiscal Art.. 90-2
Saneamiento de Bienes Raíces Ley 75 / 86 Art. 65
Ajuste al v/r Ccial Act. Fijos Ley 49 / 90 Avalúo
Catastral / 90
NOTA Tampoco se tiene en cuenta el Ajuste por
inflación al gt v/r de los ajustes
66Patrimonio Bruto
Art. 134 E.T.
SISTEMA DE CÁLCULO - DEPRECIACIÓN
- Línea Recta
- Reducción de Saldos
- Acelerada Art.140 E.T.
- Otro Reconocido V.T
- Tasas flexibles o variables
- Se debe conservar por un período.
- - Puede cambiar de sistema sin autorización
Puede cambiar de sistema con autorización 3
meses anterioridad
X
Art. 4 D.R. 1649 / 76
A partir de 1992 no se utiliza dicho sistema
67Patrimonio Bruto
VIDA ÚTIL DE LOS ACTIVOS FIJOS DEPRECIABLES
- Inmuebles Incluido los oleoductos
- Barcos, Trenes, Aviones, Maquinaria y Equipo y
B. Muebles - Vehículo Automotores
- Computadores
20 Años
10 Años
5 Años
Art. 2 D.R. 3019/89
5 Años
68Patrimonio Bruto
Art. 136 E.T.
DEPRECIACIÓN EN UN SOLO AÑO ACTIVOS MENORES
A partir del año gravable de 1990, los activos
fijos depreciables adquiridos a partir de dicho
año, cuyo valor, de adquisición sea igual o
inferior a 1.049.000, podrán depreciarse en el
mismo año en que se adquieran, sin consideración
a la vida útil de los mismos.
OJO con el Activo
Art. 6 D.R. 3019/89
50 UVT - 1.049.000 por el 2007
50 UVT - 1.103.000 por el 2008
69Patrimonio Bruto
OTRAS CONSIDERACIONES - DEPRECIACIÓN -
Constitución de Reserva
Depreciación de bienes usados
Art. 130
Art. 139
Registro contable de la depreciación
Art. 141
- Para obligados a llevar libros de contabilidad
Las cuotas deberán registrarse en libros de
contabilidad
- No procede para los no obligados a llevar
libros de contabilidad
Sentencia No. 12316 Mar. 08 de 2002
SÍ
70Patrimonio Bruto
VALOR PATRIMONIAL BIENES INCORPORALES
VALOR ADQUISICIÓN DEMOSTRADO MENOS AMORTIZACIONES
CONCEDIDAS
- Patentes de Invención - Marcas
- Good-Will - Derechos de Autor
- Crédito Mercantil - Know How
- Licencias - Otros
71PASIVOS
72Pasivos
Art. 283 E.T.
REQUISITOS PARA SU ACEPTACIÓN
- Que sean pasivos reales
- Respaldados en documentos idóneos
- Identificación tributaria
- Conservar por 5 años los documentos
Prueba Supletoria
DOCUMENTOS DE FECHA CIERTA QUIENES NO LLEVEN
CONTABILIDAD
Art. 770 E.T.
Art. 771 E.T.
USO FRAUDULENTO DE CÉDULAS SE DESCONOCERÁN
PASIVOS
Art. 650E.T
73Beneficio Tributario
Ley 863/03
Art. 239-1 E.T.
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE POR ACTIVOS OMITIDOS O
PASIVOS INEXISTENTES
PERMANENTE
- Valor de los Activos Omitidos - Valor de los
Pasivos Inexistentes
- RENTA LÍQUIDA GRAVABLE
- CALCULAR RESPECTIVO IMPUESTO
74INGRESOS
75Renta Líquida Gravable
Art. 26 E.T.
XXXXXX
Ingresos Ordinarios y Extraordinarios del
Período.................
I.N.C.D.R.N.G.O...................................
........................
(XXXXXX)
-
Devoluciones Rebajas y Descuentos.................
................
-
(XXXXXX)
INGRESOS NETOS
XXXXXX
Costos (Imputables a los Ingresos)................
...............................
-
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA BRUTA
Deducciones.......................................
..........................
(XXXXXX)
-
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA
-
Rentas Exentas....................................
.........................
(XXXXXX)
XXXXXX
RENTA LÍQUIDA GRAVABLE..
76Ingresos Fuente Nacional
Art. 24 E.T
?
1,2,3,4,11 y 12
1. Rentas de Capital
2. Renta Comercial
9,10,13 y 14
3. Renta de Trabajo
5 y 6
7,8 y 15
CASOS ESPECIALES
77Ingresos
Art. 27 E.T.
REALIZACIÓN DEL INGRESO
Recibido efectivamente en dinero o en especie,
en forma que equivalga legalmente a un pago, o
cuando el derecho a exigirlos se extingue por
cualquier otro modo legal distinto al pago.
Excepto Ingresos recibidos por anticipado, se
gravan sólo en el año o período en que se causen.
78Ingresos
Art. 27 E.T.
EXCEPCIONES DE LA REALIZACIÓN DEL INGRESO
- Ingresos obtenidos por contribuyentes que lleven
contabilidad por - causación.
- Ingresos por concepto de dividendos y
participaciones de utilidades - se entienden realizados cuando les hayan sido
abonados en calidad - de exigibles.
- Ingresos provenientes de la enajenación de
bienes inmuebles, se - entiende realizado en la fecha de la escritura
pública.
Se efectuará la tradición del dominio de los
bienes raíces por la inscripción del título en la
oficina de registro de instrumentos públicos
Art. 756 Código Civil
79Ingresos
CONCILIACIÓN INGRESOS FISCALES
RENTA
Ingresos No Operacionales
Ingresos Operacionales
INDUSTRIA Y COMERCIO
CONTABILIDAD
IVA
80Ingresos
INGRESOS A DECLARAR
INGRESOS BRUTOS OPERACIONALES
INGRESOS BRUTOS NO OPERACIONALES
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
- Intereses Pendientes
- por causar / Fros
- - Intereses Presuntivos
INTERESES PENDIENTES POR CAUSAR
81Ingresos
Ley 788/02
Art. 26 E.T.
INTERESES PRESUNTOS PARA P.N Y P.J
- Sus efectos son meramente FISCALES
- - Se causa sobre préstamos en DINERO
- - Rendimiento mínimo
Socios/Accionistas
Sociedades
2008 9,15
2007 6,82
D.R 636 Marzo 04 /08
82Ingresos
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
- La prima por colocación de Acciones
- Utilidad en la Enajenación de Acciones
- Distribución de Utilidades en Acciones o Cuotas
- Componente Inflacionario de los Rdtos. Fros. (PN
y PJ) - Recompensas
- Utilidad en la venta de casa o Apto. de
habitación - Indemnizaciones por seguro de daño
.
68,89
Ingresos
Año 2007
D.R 636 Marzo 04 /08
28,77
Costos y Gastos financieros
83Utilidad enajenación acciones
Determinación de la Parte que no Constituye Renta
ni Ganancia Ocasional En la Enajenación de
Acciones
D.R 836/91 Artículo 8
- Incremento patrimonial Utilidades Retenidas no
Gravadas (01-01-Adquisición) y - 31-12-Enajenación) y se divide por el número de
días en dicho período - El resultado anterior se multiplica por el de
días en que las acciones hubieren - estado en poder del socio
- El resultado así obtenido se multiplica por el
de participación al momento de - la venta, de las acciones enajenadas,
dentro del capital de la sociedad.
84Ingresos
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
- Los Gananciales (pero sí la porción conyugal)
- Donaciones para partidos y Mv/tos políticos
- Participaciones y Dividendos Art. 49 E.T
- Distribución de Utilidades por Liquidación
- Incentivo a la Capitalización Rural
- APORTES VOLUNTARIOS A FONDOS DE PENSIONES
- Aportes del Empleador a Fondos de Cesantías
- Utilidad venta de bienes raices / saneamiento
- Rendimientos Bonos de Solidaridad
.
.
D.R 379 Febrero 12 /07
D.R 567 Marzo 01 /07
85Ingresos
INGRESOS QUE NO CONSTITUYEN RENTA NI GANANCIA
OCASIONAL
LÍMITES A LOS INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA
NI GANANCIA OCASIONAL
PARA EL AÑO GRAVABLE 2003 LIMITADOS AL
70
PARA EL AÑO GRAVABLE 2004 LIMITADOS AL
100
Ley 788/02
Ley 863/03
86Costos
Art. 58 E.T.
REALIZACIÓN DE LOS COSTOS
Cuando se paguen en efectivamente en dinero o en
especie, o cuando su exigibilidad termine por
cualquier otro modo que equivalga a un pago.
Excepto Costos incurridos por anticipado, se
deducen en el año o período en que se causen. Y
quines lleven Contabilidad por el sistema de
causación
87Costos
CARACTERÍSTCAS FISCALES PARA SU PROCEDENCIA
- Relación de causalidad
- Necesarios
- Proporcionales
RENTA DECLARADA
- Costos del respectivo período gravable
- Documentos soportes cumplan requisitos (Art.
771-2 E.T. - 617 E.T) - Cancelar el impuesto de timbre y la Rte Fte
(Art. 177 E.T. 632 E.T)
88Deducciones Generales
Art. 107 E.T.
EXPENSAS NECESARIAS SON DEDUCIBLES
Son deducibles las expensas realizadas durante el
año o período gravable en el desarrollo de
cualquier actividad productora de renta siempre y
cuando tenga relación de causalidad con la
actividad productora de Renta y que sean
necesarias y proporcionales de acuerdo con cada
actividad
La necesidad y proporcionalidad de las expensas
debe determinarse con criterio comercial,
teniendo en cuenta Las limitaciones establecidas
en los artículos siguientes
89Costos
Art. 771-2 E.T.
PROCEDENCIA DE COSTOS Y DEDUCCIONES
FACTURAS CON REQUISITOS DEL ART. 617 E.T.
b. Apellidos y Nombre o Razón Social y Nit del
vendedor c. Apellidos y Nombre o Razón Social y
Nit del adquiriente B. ó S. d. Número consecutivo
de facturación e. Fecha de su expedición f.
Descripción específica o genérica del servicios
prestado o el bien vendido g. Valor total de la
operación
90Limitaciones a los Costos y Deducciones
- Prohibición de tratar como costo el Impuesto a
las Ventas - Limitación a profesionales independientes y
comisionistas
Limitados al 50 - INGRESOS Ó LOS QUE PROCEDAN
DEL 50
Ley 788/02
- Los pagos laborales no sujetos a retención en
la fuente - Compras a proveedores ficticios o insolventes
- Los imputables a los INCRNGO ni a las rentas
exentas
91Limitaciones a las Deducciones
Ley 788/02
- Salarios Pago de Aportes parafiscales
- Financiación de estudios para trabajadores
- Prestaciones sociales - Consolidación
- Pensiones de jubilación provisión
- Deducción de aportes (Pagados)
- Deducción de gastos pagados en el exterior -
Límite
92Limitaciones a las Deducciones
Art. 150
PÉRDIDAS EMPRESAS P.N ACTVIDADES AGROPECUARIAS
CARACTERÍSTICAS
Se hace extensible al sector PECUARIO Solicitar
deducción NO COMPENSAR Deducibles en los 5 años
sgtes a su ocurrencia Su deducción de rentas de
igual naturaleza NOTA LAS OPERACIONES
DEBERAN ESTAR CONTABILIZADAS de acuerdo A los
ppios de contabilidad.
Nuevo
Nuevo
Ley No. 1.111/06
ANTES Operaciones contabilizadas en libros
registrados
93Límites a las Deducciones
Art. 115
DEDUCCIÓN - IMPUESTOS
ANTES
HOY
80 Industria y Comercio / Predial
100 Industria y Comercio, Avisos y tablero 100
Impuesto Predial
1)
2)
Condición QUE SE HAYAN PAGADO y que tenga
relación de causalidad con la RENTA DEL
CONTRIBUYENTE
Condición QUE SE HAYAN PAGADO y que tenga
relación de causalidad con la ACTIVIDAD ECO/CA
CONTRIBUYENTE
Sentencia No. C1003 Oct. 2004 el impuesto de
avisos y tableros no es deducible Oficio No.
057347 Ago. 2005 tratamiento impuesto como
deducción o costo
2)
El 25 GMF tanto para P.N. como P.J
Condición QUE SE HAYAN PAGADO y Aunque NO tenga
relación de causalidad con la ACTIVIDAD ECO/CA
CONTRIBUYENTE, Además deberá ser CERTIFICADA
94Límites a las Deducciones
OTRAS DEDUCCIONES Y SUS LIMITANTES
- Intereses Vigilados por S.B. 100 Otros hasta
el límite. - El componente inflacionario no es deducible para
quienes - no aplican ajustes por inflación
- Deducción sobre préstamos por adquisición de
vivienda. - aplica para Personas Naturales.
- Deducción por donaciones
- Depreciación teniendo en cuenta limitaciones
- Cartera morosa o perdida
- Deducción por pérdidas de activos / diferido a
cinco años
95Deducción Inversión Activos Fijos
Art. 158-3 E.T - D.R 1766 de 2004
Hasta 2006
- P.N y P.J ? Contribuyentes del Impto Renta
- Aplica para los años 2004, 2005, 2006, 2007
- Tratar como Deducción el 30 del valor de la
Inversión - El beneficio también es para los costos de
infraestructura y montaje - El IVA como mayor valor del Activo, Descuento
Tributario o Descontable
DEFINICIÓN ACTIVO FÍJO REAL PRODUCTIVO
Bienes tangibles Formen Parte del
Patrimonio Participen de forma Directa y
Permanente - Actividad Productora Y se Deprecian
o Amortizan Fiscalmente
- LÍMITANTES
- HASTA LA VIDA ÚTIL DEL BIEN
- Y NO PUEDE HACER USO DEL BENEFICIO DE AUDITORÍA
- NO SE ACEPTAN PÉRDIDAS FISCALES POR ESTE
BENEFICIO
96Límites a las Deducciones
DEDUCCIÓN INVERSIÓN ACTIVOS FIJOS
Ley No. 1.111/06
REGLAMENTARIO
? Beneficio era transitorio desde el 2004 a 2007
incluido PERMANENTE ? Aplica solo para P.N y
P.J sólo contribuyentes del impto sobre la
renta ? Incrementa el porcentaje de deducción
pasa del 30 al 40 ? Excluye la posibilidad de
hacer uso del beneficio de auditoria ? Esta
deducción no genera utilidad gravada en cabeza de
los socios
D.R 567 Marzo 01 /07
NOTA
A partir del 1º de Enero de 2007 quienes hagan
uso del presente beneficio, entonces dicho bien
sólo podrá depreciarse por el sistema de LÍNEA
RECTA
97No son Deducibles
- No son deducibles las pérdidas, por enajenación
de activos - a vinculados económicos (PJ y PN entre sí) -
Activos fijos o - movibles.
- No son deducibles las pérdidas, por enajenación
de activos - de sociedades limitadas a socios, cónyuge o
los parientes - dentro del cuarto grado de consanguinidad,
segundo - de afinidad o único civil Activos fijos o
movibles. - No son deducibles las pérdidas, por enajenación
de acciones - o cuotas de interés social
- No son deducibles las pérdidas fiscales de
personas naturales - ni tampoco se podrán compensar.
98No son Deducibles
- Intereses en el pago de impuestos
- Gravamen a los Movimientos Financieros Hasta
2006 - A partir del 1º de Enero de 2007 es deducible el
- 25 del GMF
- Pérdida Enajenación de Bonos de Solidaridad
Ley No. 1.111/06
99Rentas Gravables
RENTA LÍQUIDA ESPECIAL POR RECUPERACIÓN DE
DEDUCCIONES
- RECUPERACIÓN DE CANTIDADES CONCEDIDAS POR
- Depreciación / Utilidad en Venta de Activos
- Pérdida de Activos Fijos
- Deudas de dudosos o difícil cobro (Provisiones)
- Deudas perdidas o sin valor
- Pensiones de jubilación o invalidez
- Indemnizaciones / Compañías de Seguros
- Amortizaciones
100COMPENSACIONES
101Compensaciones
Ley No. 1.111/06
- Pérdidas Fiscales
- Exceso de Renta Presuntiva sobre la Renta
- Líquida Ordinaria
102Compensaciones
Ley 788 de 2002
Sin Reforma
Compensaciones
5 AÑOS 8 AÑOS
Art. 147 1 E.T
Límite 25 por Año
Ajustar Por Inflación
Exceso Rta Presuntiva Sobre Renta Líquida
Ordinaria
5 AÑOS
Se ha eliminado el tratamiento de Deducción
103Compensaciones
Art. 147
Ley No. 1.111/06
Sólo para SOCIEDADES Se elimina el límite de
los 8 años 25 A partir del 2007 se
compensan R.L.O Se reajustan fiscalmente
Las pérdidas no son trasladables a los socios
SÍ PUEDE COMPENSAR LA PÉRDIDA ORIGINADA EN
INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS REALES
PRODUCTIVOS Liquidar Renta Presuntiva
COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES
104Compensaciones
Sociedades
Art. 147
COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS FISCALES
Ley 788 de 2002
Ley 1.111 de 2006
2007
2002
2003 2006
Compensar con R.L dentro de 5 años
Compensar con R.L dentro 8 años - 25
Compensar con R.L
105DESCUENTOS TRIBUTARIOS
106Descuentos Tributarios
- Por impuestos pagados en el exterior
- Reforestación
- Empresas Colombiana de Tte. Internacional
- IVA en la importación de maquinaria pesada
industria básica - Empresas de servicio público domiciliario /
Acueducto, Alcan.
Ley No. 1.111/06
20 Inversión
107Descuentos Tributarios
INVERSIÓN EN ACCIONES DE SOCIEDADES AGROPECUARIAS
Sólo para contribuyentes Inversión en acciones
que se coticen en bolsa de empresas
agropecuarias Límite hasta el 1 de la RLG del
año en que se realice la inversión Inversión
mínima 2 años DE LO CONTRARIO PIERDE EL
BENEFICIO El tratamiento de la inversión será
tratado como Descuento Tributario
Ley No. 1.111/06
D.R 667 Marzo 06 /07
108Descuentos Tributarios
Ley No. 1.111/06
POR IMPUESTOS PAGADOS EN EL EXTERIOR
DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES RECIBIDOS DE
SOCIEDADES EN EL EXTERIOR. ELIMINA EL LíMITE
PARA LOS PAISES CON LOS CUALES COLOMBIA TENGA
SUSCRITO UN CONVENIO DE INTEGRACIÓN
109Anticipo Impuesto de Renta
VER ANEXO
NOTA LOS CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO
ESPECIAL NO DEBEN LIQUIDAR ANTICIPO DEL IMPUESTO
SOBRE LA RENTA
Sólo Contribuyentes
110Beneficio de Auditoría
Art. 689 1 E.T
- P.N y P.J ? Contribuyentes del Impto Renta
- Prorrogable por 4 años a partir del año 2007
inclusive - Presentación Oportuna y el Pago en los plazos
establecidos - Si Corrige Antes del Vencimiento Se continúa
con el Beneficio
18 Meses
INCREMENTA INR/2007 EN 2.5 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2006
12 Meses
INCREMENTA INR/2007 EN 3.0 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2006
6 Meses
INCREMENTA INR/2007 EN 5.0 Inflación EN
RELACIÓN CON EL INR / 2006
-
LÍMITANTES - NO APLICA PARA QUIENES GOZAN DE BENEFICIOS EN
ZONAS ESPECIALES - SI EL IMPTO NETO DE RENTA /2006 lt A 2 SMLMV NO
APLICA EL BENEFICIO - SI SE NOTIFICA EMPLAZAMIENTO PARA CORREGIR NO
APLICA EL BENEFICIO - SI SE DEMUESTREA QUE LAS RTE FTE DECLARADAS SON
INEXISTENTES NO APLICA
111Cuando se tiene x no presentada una declaración
Art. 580 E.T
LEY ANTITRÁMITES
Art. 641 E.T
Art. 588 E.T
- a) Cuando no se presente en los lugares
señalados - b) Cuando no se suministra la identificación del
declarante - c) Cuando no contenga los factores
necesarios para - identificar las bases gravables
- d) Cuando no se presente firmada
- e) Cuando la declaración de Rte Fte se presente
sin pago
112Impuesto Sobre la Renta
AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN
?
FISCALES
CONTABLES
ELIMINACIÓN
D.E. 2687 / 88 D. 624 / 89 E.T Art. 330 Ley 49 /
90 D. 1744 / 91 D.R. 2075 / 92 D.R 2591 / 93 D.R
2649 / 93 -Contable Ley 174 / 94 Ley 223 / 95 D.R
326 /95 Ley 788 / 2002 Ley 1111 / 2006
SÍ
Oficio 2007-01-006192 18-01-2007 Superintendencia
de Sociedades
113Impuesto Sobre la Renta
AJUSTES INTEGRALES POR INFLACIÓN
EFECTOS QUE PRODUCEN SU ELIMINACIÓN DESDE EL
PUNTO DE VISTA FISCAL
Pérdidas en la Enajenación Activos
Valor patrimonial de los Activos
Depreciación de Activos
Revalorización Patrim. vs IMPTO PATRIM.
Se sustituye por los Reajustes Fiscales
- Capitalización ? INCR Socios
- Mayor Valor del Patrimonio
- Imputar con el Impto Patrimonio.
Impacto económico Sector real
Recobran vigencia las G.O para las P.J Art. 318
E.T
114Impuesto al Patrimonio
Constitucionalidad - Generalidades
Hecho generador
Impuesto Al Patrimonio
Causación
Base gravable y Tarifa
115Impuesto al Patrimonio
HECHO GENERADOR, CAUSACIÓN, BASE GRAVABLE y
TARIFA
- Hecho Generador Posesión de Riqueza al 1o de
Enero del - año 2007 cuyo valor sea superior a 3.000.000
- Causación Se causa el 1º de Enero de cada año,
por los años 2007, 2008, 2009 y 2010 - Base Gravable P.L poseído el
- 1º Enero de 2007, menos
- Tarifa 1.2 de la Base Gravable
- V/R Patrimonial Netos de las Acciones o
aportes poseídos en sociedades Nals - Los
primeros 220.000.000 Casa Hab.
Impto Patrimonio vs Revalorización Pat