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SEGURO ESCOLAR

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Title: SEGURO ESCOLAR


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SEGURO ESCOLAR
  • Universidad de Valparaíso

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SEGURO ESCOLAR
  • El seguro escolar nace desde la Ley 16.744 de
    Accidentes de Trabajo y Enfermedades
    Profesionales, dictada en el año 1968.
  • Corresponde a un aporte que paga el Estado a
    todos los estudiantes del país Educación
    Parvularia, Básica, Media, Técnica, Agrícola,
    Comercial e Industrial, Educación Universitaria e
    Institutos Profesionales dependientes del Estado
    o reconocidos por éste.

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A quiénes beneficia
  • A todos los estudiantes desde los preescolares de
    4 años, niños, jóvenes, incluso adultos que sean
    alumnos universitarios o estudiantes regulares de
    un posgrado de Universidades Públicas o Privadas
    reconocidas por el Estado.
  • También beneficia a los alumnos con régimen de
    internado que estén realizando práctica
    profesional y a los que deben pernoctar fuera de
    su residencia habitual por motivos de su práctica.

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Qué accidentes cubre
Opera desde el momento de la matrícula e
independientemente si el beneficiario se
encuentra afiliado en una Isapre o en
Fonasa. Accidente escolar es Toda lesión que
un estudiante sufra con ocasión o a causa de sus
estudios o de su práctica y que le produzca
incapacidad o muerte.
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  • Toda actividad extra programática, pero que tenga
    relación con la formación académica y que sea
    respaldada por la Dirección del establecimiento,
    está cubierta por el Seguro Escolar.
  • Las giras de estudios al extranjero estarían
    cubiertas si se realizan con ocasión de estudios,
    sin embargo el pago de los beneficios debe ser
    analizado en cada caso y debe consultarse al
    Departamento Provincial de Educación.

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BENEFICIOS MEDICOS Y ECONOMICOS
  • Los beneficios médicos van desde la ocurrencia
    del accidente hasta su total recuperación,
    siempre que se cumpla el siguiente requisito
  • La primera atención debe hacerse en una
    institución de la Red de Salud Pública.
  • Sólo en estas dependencias funciona el Seguro.
  • La Ley establece que las prestaciones se
    otorgaran hasta su curación completa o mientras
    subsistan los síntomas de las secuelas causadas
    por el accidente.

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PRESTACIONES MEDICAS
  • Las prestaciones incluídas son
  • Médicas, Quirúrgicas o Dentales tanto si se
    realizan en establecimientos externos o en el
    domicilio del afectado con médicos de la Red del
    Servicio Público.
  • Cubre las hospitalizaciones determinadas por el
    médico, la rehabilitación física y la reeducación
    profesional.

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BENEFICIOS ECONOMICOS
  • Se cancelarán los medicamentos y productos
    farmacéuticos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
  • Gastos de traslado y cualquier otro gasto que sea
    necesario para otorgar las atenciones
    anteriormente descritas.
  • Para todo lo anterior, el alumno debe seguir las
    indicaciones médicas, de lo contrario pierde el
    beneficio.

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  • Si el estudiante incurre en gastos, ya sea porque
    los Servicios de Salud Públicos no cuentan con lo
    necesario para la atención o el médico solicita
    alguna atención en el área privada de salud o la
    compra de medicamentos, se deben presentar todas
    las boletas para que el INP las reembolse.

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INVALIDEZ O MUERTE
  • En algunos casos las lesiones son tan graves que
    pueden producir invalidez o incluso la muerte.
  • Para estos casos existe la pensión de invalidez
    vitalicia (con el 70 de pérdida de su capacidad
    de trabajo). Esto debe ser evaluado por un médico
    de la red estatal de salud .
  • Si la invalidez es menor a 70 y superior o igual
    a 15 la pensión será sólo temporal. Esto es
    sólo si se comprueba a través de un informe
    social, que carece de recursos hasta que termine
    sus estudios.

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  • En ambos casos el estudiante debe someterse a
    tratamientos médicos para lograr su
    rehabilitación.
  • Si el lesionado fallece, los familiares o la
    institución que se haga cargo de los servicios
    funerarios, recibirá un monto mínimo
    ( 29.797). Estos gastos son pagados por el INP.

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PAGOS DE ESTUDIOS
  • Todo estudiante invalidado a consecuencia de un
    accidente escolar, que experimente una merma
    importante en su capacidad de estudio, tendrá
    derecho a recibir educación gratuita por parte
    del Estado (Art. 9 del Decreto que norma esta
    materia).
  • Para obtener este beneficio, Compin
    (correspondiente al domicilio) debe determinar el
    grado de incapacidad tras lo cual debe
    gestionarse este beneficio en el Departamento
    Provincial de Educación, pues el costo es asumido
    por el Ministerio de Educación.

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PARA QUE EL SEGURO SEA EFECTIVO
  • - La atención debe ser en una Posta u
    Hospital
  • Público.
  • Debe ser denunciado en la misma Posta u Hospital,
    por medio de la DECLARACION INDIVIDUAL DE
    ACCIDENTES, dentro de las 24 horas.
  • Para acreditar un accidente de trayecto es
    necesario el parte de Carabineros y declaración
    de testigos o cualquier otro medio de prueba.
  • Si el accidente es de tránsito, la
    Superintendencia de Seguridad Social explica que
  • Se deben agotar todas las prestaciones previstas
    en el Seguro Automotriz Obligatorio, antes de
    entrar en vigencia el Seguro Escolar.

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Cómo opera en la Universidad de Valparaíso
  • El Seguro Escolar es administrado por el
    Servicio Médico y Dental de los Alumnos,
    específicamente por la Enfermera del Servicio,
    siendo la contraparte autorizada con el INP.
  • Internamente se utilizará el siguiente
    procedimiento
  • Cada Facultad designará un funcionario
    responsable de la tramitación del Seguro al
    interior de su Facultad.
  • Cada Facultad debe disponer de formularios, los
    que deben ser solicitados a la Enfermera de
    SEMDA.
  • Una vez recibida la solicitud por escrito, el
    SEMDA despachará cinco formularios foliados.

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  • La Facultad debe sacar cinco copias de cada
    folio, de las cuales una queda en su poder,
    cuatro se envían al Establecimiento de Salud
    donde fue atendido el alumno y una al SEMDA.
  • Para realizar una nueva solicitud de formularios,
    debe haberse utilizado la totalidad de los
    formularios anteriores.
  • SEMDA lleva un registro de los accidentes.
  • Cualquier consulta o requerimiento de información
    sobre el tema, será resuelto por la Enfermera
    Administradora del Seguro Escolar.
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