Title: Una Mirada a la implantacin de la Ley para la Prevencin e Intervencin contra la Violencia Domstica e
1Una Mirada a la implantación de la Ley para la
Prevención e Intervención contra la Violencia
Doméstica en el sistema de justicia de Puerto
Rico14 anos después
Lcda. Aileen Navas Auger, Sub Procuradora Oficina
de la Procuradora de las Mujeres, Puerto
Rico Seminario Interamericano sobre Género y
Justicia, CEJA Vina del Mar, Chile 12, 13 de
noviembre 2003
2Ley para la Prevención e Intervención con la
Violencia Doméstica
- Ley 54 del 15 de agosto de 1989, según enmendada
- Provee alternativas concretas para las personas
que confrontan violencia física, sexual o
emocional en la relación de pareja. - cónyuges
- ex-cónyuges
- personas que cohabitan o han cohabitado
- personas que sostienen o han sostenido una
relacion consensual intima - personas que han procreado entre si un hijo/a
3Política Pública
- El gobierno de Puerto Rico reconoce que la
violencia domestica es uno de los problemas mas
graves y complejos que confronta nuestra
sociedad.debemos dar enfasis a atender ls
dificultades que las situaciones de violencia
domestica presenta, particularmente a mujeres y
menores para presenrvar su integridad fisica y
emocional, procurar su seguridad y salvar sus
vidas.
4Política Pública
- Como política pública, el gobierno de Puerto
Rico repudia enérgicamente la violencia doméstica
por ser contraria a los valores de paz, dignidad
y respeto que este pueblo quiere mantener para
los individuos, las familias y la comunidad en
general. A través de esta política pública se
propicia el desarrollo, establecimiento y
fortalecimiento de remedios eficaces para ofrecer
protección y ayuda a las víctimas, alternativas
para la rehabilitación de los ofensores y
estrategias para la prevención de la violencia
doméstica.
5Política Pública
- Reconoce que la violencia doméstica es una de las
manifestaciones más críticas de los efectos de
inequidad en las relaciones entre hombres y
mujeres - Las ideas, actitudes y conductas discriminatorias
también permean las instituciones sociales
llamadas a resolver y prevenir el problema y sus
consecuencias
6REMEDIOS
- Civiles y Punitivos
- Ordenes de Protección
- Medidas provisionales
- Delitos
- Maltrato físico, psicológico, agresión sexual
conyugal - Incumplimiento de la Orden de Protección
7Magnitud del Problema
- Persistencia de profundos patrones culturales,
históricos, jurídicos y religiosos limita y
obstaculiza una solución inmediata a este grave
problema social - Actitudes hacia la violencia doméstica como algo
íntimo, familiar donde el Estado no debe
intervenir son todavía grandes limitaciones
8El Discrimen por Razón de Género en los
Tribunales, 1995
- Autoevaluación de la Rama Judicial
- Comisión Judicial Especial para Investigar el
Discrimen por Género en los Tribunales de Puerto
Rico - identificación de conductas discriminatorias
que impedían y aún impiden un acceso real a la
justicia
9Hallazgos, sobre violencia doméstica en el
sistema de justicia de Puerto Rico, 1995
- Se trivializa y minimiza la violencia doméstica
- Resistencia entre los componentes del sistema a
conceptualizar como delito la violencia doméstica - Existe una actitud negativa de abogados/as hacia
la Ley - Sistema confiere poca credibilidad a las mujeres
en estos casos
10Hallazgos
- Usualmente, se culpa a las mujeres de la
violencia doméstica - Existe desconocimiento general entre los/as
funcionarios/as del sistema sobre el ciclo de
violencia doméstica - El sistema de justicia desalienta la presentación
y promueve el retiro de cargos de violencia
doméstica
11Hallazgos
- No existen suficientes mecanismos de orientación
y apoyo dirigidos a las víctimas de violencia
doméstica - Funcionarios/as adoptan, equivocadamente,
posturas de conciliadores
12Hallazgos
- Algunos/as jueces y juezas se niegan a conceder
remedios de la ley, sin que exista impedimento
legal para ello - Interpretación errónea de los estatutos de la ley
por parte de los/as jueces y juezas - Exigen prueba de patrón de conducta en casos de
maltrato físico
13Hallazgos
- Hay jueces y juezas que no toman en consideración
el historial de violencia doméstica de un padre
agresor al hacer determinaciones provisionales de
custodia y relaciones paterno filiales al emitir
una Orden de Protección
14Hallazgos
- Ordenes de Protección
- Renuencia de jueces y juezas a expedirlas
- Demoras en la concesión del remedio
- Concesión de O.P. recíprocas
- Diligenciamiento pobre de las citaciones y de las
órdenes de protección - Concepciones errónes (penalizar a la víctima si
agresor viola la Orden)
15Hallazgos
- Ambiente del Tribunal intimida a las víctimas
- En la aplicación de la Ley 54, se discrimina
contra homosexuales y lesbianas por parte de
algunos/as jueces y juezas
16Hallazgos
- Como resultado de estereotipos sexistas
- En los casos de violación, existe tendencia a ver
la violación como un hecho pasional provocado por
la mujer - Se tiende a fomentar la negociación de
alegaciones en los casos de delitos sexuales y
violencia doméstica - Se revitimiza a la mujer
17Recomendaciones
- Intensificar esfuerzos en educación y
sensibilización sobre ciclo de violencia
doméstica - Adiestramientos especializados
- Desarrollar mecanismos eficientes de orientación
a víctimas - Desarrollar normas internas de aplicación
uniforme sobre los procedimientos judiciales y
recursos de apoyo
18Recomendaciones
- Fomentar el desarrollo y establecimiento de
albergues y programas de ayuda a las víctimas y
de programas de readiestramiento y reeducación a
los agresores - Estudiar la viabilidad de establecer salas
especializadas - Desarrollar sistema eficiente de información
sobre los casos de violencia doméstica y órdenes
de protección
19Recomendaciones
- Activar mecanismos de supervisión interna para
atender las quejas de trato discriminatorio e
inadecuado a las víctimas e imponer sanciones
disciplinarias correspondientes - Coordinación efectiva interagencial para la
citación y diligenciamiento de las órdenes de
protección y arrestos
20Implantación de Recomendaciones
- Creación del Comité Asesor de Igualdad y Género
- considerar y revisar las recomendaciones del
Informe 1995 - Identificar los hallazgos que tenían que ver con
la Rama Judicial - formular y proponer al Tribunal Supremo los
planes y medidas necesarias para implantar dichas
recomendaciones
21Informe de Progreso de noviembre de 2002
- Orden Administrativa para permitir
intercesoras/es en las salas que asistan a las
víctimas de violencia doméstica - Creación de Comités Interagenciales entre los
Jueces Administradores y otros componentes para
coordinar el diligenciamiento de órdenes
22- Enmienda a las Reglas para la Administración del
Tribunal de Primera Instancia para que toda
solicitud de O.P. fuera antendida en cualquier
sala, independientemente de las normas de
competencia y traslado - Se desarrolló Guías especializadas para
Materiales y Adiestramiento del personal
23- Sala Especializada, Proyecto Piloto
- Se dispuso un procedimiento administrativo
uniforme para el diligenciamiento de las O.P. - Registro de Ordenes de Protección y validación de
ordenes de otras jurisdicciones - Creación de Archivo Electrónico de O.P. por
legislación (fondos)
24- Se llevó a cabo un Plan de Capacitación Interna
Especializado - Sistema de Identificación de Casos para llevar el
tracto de O.P. en los distintos tribunales
25Dónde estamos y hacia dónde vamos?
- El Comité recomendó la Creación de un Equipo
Especializado a los fines de identificar,
recomendar y evaluar continuamente si los
proyectos están logrando los objetivos definidos
y si como resultado de ello se evidencia un
cambio de conducta significativo en la Rama
Judicial que apunte hacia la erradicación del
discrimen por razón de género
26Oficina de la Procuradora de las Mujeres
- Ley 20 de 11 de abril de 2001
- Elimina la Comisión de Asuntos de la Mujer
adscrita a la Oficina de la Gobernadora - Agencia independiente
- Fiscalizar la implantación de la política pública
que garantice la equidad de género - Funciones
- Investigativas
- Fiscalizadoras
- Cuasi-judiciales
27(No Transcript)
28(No Transcript)
29(No Transcript)
30Respuestas Institucionales Actuales
- Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM)
- Creación de la Comisión Nacional para la
Erradicación de la Violencia Doméstica, Agresión
Sexual, Acecho y Violencia en Cita (CNEV) - Componentes Departamento de Justicia, Policía
de Puerto Rico, Administración de Tribunales,
Administración de Corrección, Departamento de
Salud (Centro de Ayuda a Víctimas de Violación y
ONGS
31Objetivos
- Fortalecimiento de la comunicación, redes de
apoyo y colaboración entre ONGs y Agencias
gubernamentales - Desarrollo e Implantación de un Plan de Trabajo
en colaboración para la erradicación de la
violencia doméstica, la agresión sexual, acecho y
la violencia en cita hacia las mujeres
32Comisión InteragencialNecesidad de una Política
Pública Integrada, Orden Ejecutiva OE-2003-40
33Funciones Principales del Comité Interagencial
- Desarrollar Políticas Públicas Integradas
- Promover la colaboración y coordinación
interagencial para maximizar los recursos
disponibles y uniformar el manejo en las agencias
para combatir y prevenir la violencia doméstica - Identificar y desarrolla protocolos necesarios
- Asegurar la implantación de las políticas
públicas desarrolladas
34- Dar seguimiento y evaluar continuamente los
protocolos para enmendarlos o mejorarlos - Identificar los obstáculos que impiden que las
personas que solicitan remedios y servicios
contra la violencia doméstica puedan obtenerlos
de manera adecuada - Recomendar acciones correctivas con el propósito
de mejorar las políticas públicas y procesos de
cada agencia, respondiendo a las necesidades de
las personas afectadas por la violencia doméstica
35Estrategias Efectivas
- SERVICIOS DE APOYO A LAS VICTIMAS
- Servicios Psicosociales y de Protección
- Puerto Rico tiene 10 albergues y 15 centros de
servicio que reciben fondos y apoyo de la OPM.
Los servicios incluyen servicios psicosociales y
orientación. Ante la demanda, hacen falta más
albergues y servicios. - Servicios Legales
- Hemos garantizado servicios de asesoramiento y
representación legal en todas las 13 regiones
judiciales, aunque no a tiempo completo.
Obviamente no es suficiente.
36- Unidades o Divisiones Especializadas
- Policía
- Departamento de Justicia
- Adiestramientos especializados y de
sensibilización
37- Intercesoras/es Legales
- Se proveen servicios de orientación y apoyo en el
proceso investigativo y judicial en todas las 13
Regiones Judiciales por 16 intercesoras. - Tribunales Especializados
- No se ha logrado en Puerto Rico aunque existe un
Proyecto Piloto
38- POLITICAS SOBRE ARRESTO E INTERVENCION POLICIAL Y
SANCIONES - Arrestos Mandatorios, Intervenciones policiacas
vigorosas - La ley 54 dispone para arrestos mandatorios pero
solo en los casos de violación a órdenes de
protección. La práctica evidencia una respuesta
inadecuada no se radican casi acusaciones por
violar órdenes de protección ni ocurren arrestos
con la frecuencia que corresponde a la
incidencia.
39- Sanciones
- Se ha demostrado a la saciedad que en las
jurisdicciones que han logrado reducir
dramáticamente los incidentes graves y asesinatos
de mujeres por sus parejas han implementado una
política de cero tolerancia. Las Fiscalías y los
Tribunales demuestran en el procesamiento de
estos casos la seriedad del delito y no permiten
impunidad a los agresores. - En Puerto Rico los estudios y las estadísticas
evidencian un bajo porcentaje de radicaciones de
cargos y de convicciones en estos delitos
señalando hacia una inadecuada preparación, pobre
manejo y resistencia conceptual de fiscales,
jueces y policías no especializados/as.
40- Intervenciones del Sistema de Salud
- Centros de Salud para identificar víctimas y
proveer ayuda - En Puerto Rico se aprobó en 1998 un Protocolo
para el Manejo de Sobrevivientes de Violencia
Doméstica para ser utilizado mandatoriamente por
los proveedores de servicios de salud en
instalaciones públicas y privadas. El
incumplimiento con el protocolo impide la
certificación de la instalación como proveedora
de servicios de salud.
41- Urge la sensibilización de este personal de
servicios y la supervisión del protocolo el cual
debe ser revisado para incluír medidas que han
evidenciado efectividad tales como citas de
seguimiento y la incorporación de preguntas sobre
abuso conyugal en las entrevistas iniciales y de
seguimiento. - Cursos de Derechos Reproductivos y Violencia
Doméstica a enfermer_at_s No existen en Puerto Rico.
42- Trabajos de Base Comunitaria
- La OPM ha establecido una estrecha relación de
colaboración con 25 organizaciones de base
comunitaria que brindan servicios a mujeres
sobrevivientes de violencia doméstica y agresión
sexual. - Alcance comunitarios a través de líderes
comunitarios - Esta medida no se ha implantado en Puerto Rico,
aunque estamos en esa dirección
43Evaluación de la Respuesta del Sistema de
Justicia en los casos de Violencia Doméstica
(Proyecto Arrest)
- Realizar una minuciosa evaluación sobre el
procesamiento de los casos de violencia doméstica
en Puerto Rico por el Sistema de Justicia
Criminal. - Identificar qué prácticas han sido implementadas
por cada uno de los componentes del Sistema de
Justicia Criminal responsables de procesar los
casos de violencia doméstica
44Objetivos
- Llevar a cabo una investigación/evaluación de la
respuesta institucional en el procesamiento de
los casos de violencia doméstica realizando una
investigación minuciosa del Sistema de Justicia
Criminal en Puerto Rico.
45Meta
- Centralizar y coordinar las funciones realizadas
por la Policía, el Departamento de Justicia, la
Rama Judicial y el Departamento de Corrección en
el procesamiento de los casos de Violencia
Doméstica en Puerto Rico.
46Hacia dónde vamos?
- Integración y colaboración de los distintos
componentes - Contínua evaluación de los mecanismos implantados
y los procesos - Contínua lucha para prevenir la violencia contra
las mujeres y garantizar los derechos humanos de
las mujeres