DEBATE DE CONTROL POLTICO' Proteccin institucional a la niez en Colombia DAVID LUNA SNCHEZ' Represen - PowerPoint PPT Presentation

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DEBATE DE CONTROL POLTICO' Proteccin institucional a la niez en Colombia DAVID LUNA SNCHEZ' Represen

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... a los derechos de los ni os por Departamentos (por cada cien mil habitantes) ... (por cada cien mil habitantes). Fuente Medicina Legal 2004 ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: DEBATE DE CONTROL POLTICO' Proteccin institucional a la niez en Colombia DAVID LUNA SNCHEZ' Represen


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DEBATE DE CONTROL POLÍTICO.Protección
institucional a la niñez en ColombiaDAVID
LUNA SÁNCHEZ.Representante a la Cámara por
Bogotá.www.davidluna.com.co
DAVID LUNA REPRESENTANTE A LA CÁMARA
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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • 2. Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • 3. Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • 2. Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • 3. Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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I. ASPECTOS JURÍDICOS
El artículo 44 de la Carta Política es la
norma básica que consagra la prevalencia de los
derechos de los niños (as) Son derechos
fundamentales de los niños la vida, la
integridad física, la salud y la seguridad
social, la alimentación equilibrada, su nombre y
su nacionalidad, tener una familia y no ser
separado de ella, el cuidado y el amor, la
educación y la cultura, la recreación y la libre
expresión de su opinión. Serán protegidos contra
toda forma de abandono, violencia física o moral,
secuestro, venta, abuso sexual, explotación
laboral o económica y trabajos riesgosos.
()
5
I. ASPECTOS JURÍDICOS
  • Lo anterior ha sido ratificado por nuestra Corte
    Constitucional, en varias oportunidades
  • El niño, por la debilidad que le es
    característica y por la indefensión en que se
    encuentra, es sujeto de especial protección
    constitucional.
  • Las autoridades públicas tienen la obligación de
    velar, dentro de sus respectivas órbitas de
    competencia, porque los niños no sean objeto de
    la brutalidad de sus padres o de cualquier otra
    persona.
  • Es obligación del Estado crear el marco
    institucional adecuado para proteger a los niños
    víctimas de delitos.
  • Sentencia T 116/95. M.P José Gregorio
    Hernández.

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I. ASPECTOS JURÍDICOS
  • Lo anterior se conoce como
  • El Principio de la prevalencia de los derechos
    fundamentales de los niños, el cual se constituye
    en un interés superior para la sociedad y en una
    obligación para el Estado.
  • Ese principio jurídico desborda el derecho
    interno e impone obligaciones de carácter
    internacional, como se explica a continuación.

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I. ASPECTOS JURÍDICOS.
  • Existen varias normas de derecho
    internacional público (Tratados Internacionales)
    que imponen la obligación de proteger los
    derechos de los niños (as).
  • A manera enunciativa algunos de ellos

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I. ASPECTOS JURÍDICOS
Otras normas de derecho internacional público
Pacto Internacional de derechos Civiles y
Políticos.
Aprobado por la ley 74 de 1968.
Convenio relativo a la protección del niño y a
la cooperación en materia internacional.
Aprobado por la ley 74 de 1968.
Convención interamericana sobre el Tráfico
internacional de menores.
Aprobado por la ley 470 de 1998.
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  • I. ASPECTOS JURÍDICOS
  • Artículo 77 Estatuto de Roma Posibilidad de
    prisión perpetua.
  • La Corte podrá, con sujeción a lo dispuesto en
    el artículo 110, imponer a la persona declarada
    culpable de uno de los crímenes a que se hace
    referencia en el artículo 5 del presente Estatuto
    una de las penas siguientes
  • La reclusión a perpetuidad cuando lo
    justifiquen la extrema gravedad del crimen y las
    circunstancias personales del condenado.

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  • I. ASPECTOS JURÍDICOS
  • Colombia ratificó el Estatuto de Roma de la Corte
    Penal Internacional Ley 742 de 2002.
  • Tratado que fue incluido en el bloque de
    constitucionalidad (Art. 93 C.P), mediante el
    Acto Legislativo 02 de 2001.

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I. ASPECTOS JURÍDICOS
UN COLOMBIANO SI PUEDE SER CONDENADO A PRISIÓN
PERPETUA?
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I. ASPECTOS JURÍDICOS
Si, pero únicamente en el ámbito internacional,
pues, la prisión perpetua opera exclusivamente en
el ámbito del ejercicio de las competencias
atribuidas por el Estatuto a la Corte Penal
Internacional.
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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • 4. Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
A continuación se presentan algunas estadísticas
de las violaciones a los derechos de los niños en
Colombia. Maltrato Infantil. FUENTE Medicina
Legal-2006

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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
Abuso Sexual Dictámenes sexológicos.
Fuente Medicina Legal 2006.
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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
Es una problemática social generalizada, que
se presenta en todo el territorio nacional, sin
excepción. Veamos violaciones a los
derechos de los niños por Departamentos (por cada
cien mil habitantes). Fuente Medicina Legal 2004
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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS En
departamentos donde predomina la población rural
la situación es igual. (por cada cien mil
habitantes). Fuente Medicina Legal
2004

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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS

En Colombia los niños (as) comprendidos entre
los 0 y 14 años, corresponden al 30.7 de la
población total del país y las cifras sobre
violaciones a sus derechos son aterradoras, de
acuerdo a lo reportado por el ICBF Fuente
ICBF Nación 2005
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  • II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • Qué indican las cifras en materia de violaciones
    a los derechos de los niños?


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  • II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • En maltrato infantil, los más afectados son los
    niños (as) que se encuentran entre los 5 y 14
    años, superando en todos los eventos los mil
    (1000) casos reportados por Medicina Legal.
  • Las lesiones físicas más frecuentes por maltrato
    infantil son en brazos, piernas y en la cara.
  • Las consecuencias psicológicas derivan en
    trastornos de la personalidad y aislamiento de
    los menores maltratados.


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  • II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • En materia de abuso sexual las más afectadas son
    las niñas que se encuentran en el rango de los 10
    a 14 años, llegando casi a cinco mil (5000)
    dictámenes sexológicos practicados por Medicina
    Legal durante el 2005.
  • Las consecuencias físicas del abuso sexual están
    relacionadas con embarazos no deseados,
    enfermedades de transmisión sexual y afectaciones
    severas en los órganos genitales.
  • Las consecuencias psicológicas se traducen en
    miedo generalizado, depresión, baja autoestima y
    rechazo al propio cuerpo.


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  • II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • El maltrato infantil y el abuso sexual son las
    dos formas de violaciones a los derechos de los
    niños mas reiterativas.
  • Gran parte de la violencia ejercida contra niños
    (as) permanece oculta, muchos niños tienen miedo
    de denunciar los episodios de violencia que
    sufren.


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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • Según ICBF
  • Casi 18 mil casos de maltrato físico y
    prácticamente 3 mil de abuso sexual para el año
    2005.
  • Lo más preocupante es que de acuerdo a la UNICEF
    estas cifras son un subregistro, pues
    corresponden tan solo al 5 de los casos que se
    presentan en Colombia.


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II. VIOLACIONES A LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
  • Lo que aquí se plantea es un problema social
    generalizado que no escapa a ninguna región de
    Colombia, tampoco tiene distinciones de clase
    social.
  • Es obligación de la sociedad y del Estado
    ejecutar las políticas públicas tendientes a
    solucionar el problema o a mitigar sus
    consecuencias.
  • Pero qué se está haciendo al respecto?

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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • 2. Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • 3. Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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  • III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y DE SEXUALIDAD
    RESPONSABLE EN MENORES DE EDAD.
  • Presidencia de la República.
  • Programa Presidencial Colombia Joven.
  • Diagnóstico de la situación y de las políticas de
    salud sexual y reproductiva.
  • Estrategias de prevención en salud sexual y
    reproductiva en menores de edad.
  • Educación sexual en el ámbito escolar.
  • Ministerio de la Protección Social.
  • Programa de Política Nacional Sexual y
    Reproductiva.


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  • III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y DE SEXUALIDAD
    RESPONSABLE EN MENORES DE EDAD.


Alejandro Gaviria sostiene que existe una
relación inversa entre la probabilidad de
embarazo y el nivel socioeconómico. La
probabilidad de embarazo es 23 mayor en jóvenes
de estrato bajo que las de estrato alto. En otras
palabras, la probabilidad de que una joven quede
embarazada se triplica al pasar del estrato alto
al bajo.
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  • III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y DE SEXUALIDAD
    RESPONSABLE EN MENORES DE EDAD.
  • FUENTE Gaviria Alejandro, Los que Suben y los
    que Bajan, Fedesarrollo.


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  • III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y DE SEXUALIDAD
    RESPONSABLE EN MENORES DE EDAD.

  • La falta de educación es un factor de riesgo
    preponderante en la incidencia de embarazo
    juvenil.
  • La pobreza y la falta de educación incrementan la
    probabilidad de embarazo.
  • Alejandro Gaviria sostiene que si no se modifican
    las perspectivas de movilidad social de los
    grupos más pobres será muy difícil lograr avances
    en la política sexual y reproductiva del país.

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III. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y DE SEXUALIDAD
RESPONSABLE EN MENORES DE EDAD. Recomendación a
tener en cuenta por las Entidades encargadas de
fijar las políticas de sexualidad
responsable Existe una clara correlación y
dependencia entre el desarrollo de la política
estatal en materia de salud sexual y reproductiva
y el comportamiento sexual de jóvenes y
adolescentes (menores de 18 años).

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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • 3. Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • 4. Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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  • IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
    PROTECCIÓN
  • Ministerio de la Protección Social.
  • Programa de Política Nacional de Salud Sexual y
    Reproductiva.
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Plan Indicativo Institucional Una gestión
    eficiente para beneficio de la niñez y la familia
    2003-2006.
  • Sistema Nacional de Bienestar Familiar Atención
    a niños (as) maltratados y abusados mediante el
    Modelo de Atención Integral a Víctimas de
    Violencia Sexual.

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  • IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
    PROTECCIÓN
  • El Instituto Colombiano de Bienestar
    Familiar debe privilegiar la calidad de los
    programas de atención que ofrece a los niños
    víctimas de abuso sexual, maltrato, abandono,
    etc.
  • Las políticas de atención deben girar
    entorno a los menores, ellos deben ser los únicos
    privilegiados a tal punto que el Instituto
    debería corresponder a la denominación de
    Instituto Colombiano de la Infancia.

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IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN FIJA LAS
POLÍTICAS ESTATALES

SISTEMA NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL.
COMUNIDADES ORGANIZADAS Y PARTICULARES.
ENTIDADES TERRITORIALES. DEPARTAMENTOS MUNICIPIOS
DISTRITOS.
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  • IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
    PROTECCIÓN
  • El Ministerio de la Protección Social es la
    Entidad Superior y Tutelar al cual está adscrito
    el ICBF.
  • El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
    tiene la responsabilidad de coordinar e integrar
    el Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF).
  • Los Departamentos, Municipios y Distritos tienen
    una función accesoria en materia de protección a
    los derechos de los niños, razón por la cual se
    deben definir claramente las competencias entre
    las Entidades Territoriales y el ICBF.
  • Los particulares y las comunidades organizadas
    son contratados por el ICBF.

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  • IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
    PROTECCIÓN
  • La Contratación que hace el ICBF para
    atender sus obligaciones de protección a los
    niños víctimas de abuso sexual y maltrato debe
    cumplir los siguientes requisitos mínimos
  • Atender las consecuencias psicológicas y físicas
    de las agresiones de una manera integral y
    continuada.
  • Contar con una amplia gama de profesionales con
    conocimientos interdisciplinarios médicos,
    psicólogos, abogados, trabajadores sociales.
  • La atención debe ser personal, continuada y
    profesionalizada, vinculando a las familias de
    las víctimas.
  • No se concibe privilegiar la atención a los
    agresores y descuidar a la víctima.


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IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN - Quiénes están prestando el
servicio de atención a los niños víctimas de
abuso sexual y maltrato infantil y bajo qué
criterios? - Cuál es la aplicación que le
está dando el ICBF a los diferentes modelos de
atención pero en especial al de víctimas de
violencia sexual? - Cuál es el costo de
atención por niño, desagregando el componente del
gasto? - Cuáles son los criterios de
calidad y la continuidad en la prestación del
servicio de atención? Son algunas de las
preguntas que nos hacemos quienes estamos
preocupados por la políticas públicas de
protección a la niñez.

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IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN


MODALIDADES DE ATENCIÓN
Hogares sustitutos
Intervención de apoyo
Externados
Internados
  • Qué características deben tener estas
    instituciones?
  • Cualquiera de las anteriores instituciones y bajo
    cualquier modalidad de atención
  • debe reunir los requisitos de profesionalidad,
    universalidad y especialidad en la
  • atención de los niños (as) a quienes se les han
    vulnerado sus derechos.

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IV. ENTIDADES RESPONSABLES DE LA PREVENCIÓN Y
PROTECCIÓN
  • Para ello se hace necesario
  • Que se brinde atención a nivel terapéutico que
    permita al menor superar y reparar las
    experiencias dolorosas y traumáticas tanto en lo
    físico como en lo psicológico.
  • Que la atención no sea por unos pocos días
    posteriores al evento traumático (violación,
    maltrato, abandono, etc.) sino que sea continuada
    y vincule a la familia.
  • Que se realicen actividades lúdicas deporte,
    recreación, artes etc., que también ayudan al
    mejoramiento del menor.
  • Que sea una atención con criterios de calidad en
    todos los aspectos alimentación balanceada,
    afecto, cariño.

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Temario.
  • Aspectos jurídicos.
  • Normas Constitucionales.
  • Normas de derecho internacional.
  • Cifras de violaciones a los derechos de los
    niños.
  • 3. Políticas de prevención y de sexualidad
    responsable en menores de edad.
  • 4. Entidades responsables de la prevención y
    protección.
  • 5. Conclusiones.

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  • V. CONCLUSIONES
  • El Constituyente de 1991, le otorgó a los niños
    (as) el carácter de sujetos jurídicos
    cualificados, por la importancia que representan
    para la sociedad. Desafortunadamente ese mandato
    constitucional no se ha visto reflejado en las
    políticas del actual gobierno.
  • La problemática que aquí se ha planteado es
    generalizada en todo el país, en las zonas
    rurales y urbanas, en todos los estratos.
  • Dentro de nuestra estructura estatal corresponde
    al Ministerio de la Protección Social y al
    Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la
    ejecución de las políticas públicas para la
    protección de los niños en general y de manera
    especial, la de aquellos que han sido víctimas de
    cualquier afectación a sus derechos.
  • En Colombia las políticas de sexualidad
    responsable son deficientes.
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