Ley 19983: Regula transferencia y otorga mrito ejecutivo a la factura' - PowerPoint PPT Presentation

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Ley 19983: Regula transferencia y otorga mrito ejecutivo a la factura'

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Abogado. Regulaci n legal de la cesi n de cr ditos antes de la Ley 19983 ... Exist an dificultades pare el cobro de los saldos de precio consignados en la factura ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Ley 19983: Regula transferencia y otorga mrito ejecutivo a la factura'


1
Ley 19983Regula transferencia y otorga mérito
ejecutivo a la factura.
  • ASIMET
  • Abril 2005
  • Paula Osorio
  • Abogado

2
Regulación legal de la cesión de créditos antes
de la Ley 19983
  • Cesión de créditos nominativos
  • CC artículo 1901 y siguientes
  • Cesión no produce efecto entre cedente y
    cesionario sino mediante la entrega del título.
  • La cobranza judicial de los créditos contenidos
    en la factura solo se puede intentar iniciando
    juicio ordinario

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Problemas antes de la Ley 19983
  • No existía agilidad en la cesión de la factura
  • Existían dificultades pare el cobro de los saldos
    de precio consignados en la factura

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Objetivos de la ley
  • Consagrar en forma específica un sistema de
    cesión de los créditos contenidos en la factura
  • Facilitar el cobro de la factura

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Merito ejecutivo
  • Ley otorga mérito ejecutivo a la factura
  • Se puede iniciar juicio ejecutivo, juicio sumario
    que se inicia de inmediato con medidas de apremio
  • Gestión judicial preparatoria de la vía ejecutiva

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Copia título ejecutivo. Requisitos
  • Que la factura no haya sido reclamada
  • Plazo
  • 8 días siguientes a recepción factura
  • En el plazo acordado por las partes (hasta 30
    días)
  • Forma carta certificada u otra forma fehaciente
  • Que su pago sea actualmente exigible y la acción
    para su cobro no se encuentre prescrita

7
Titulo Ejecutivo. Requisitos (2)
  • Que conste en la misma factura el recibo de las
    mercadería o del servicio
  • Constancia también es necesaria para ceder la
    factura

8
Obligación constancia de recibo
  • Se establece la obligación del comprador o
    beneficiario del servicio de dejar constancia del
    recibo de las mercaderías o del servicio prestado
  • SII fiscalizará el cumplimiento de dicha
    obligación
  • SII debe denunciar al Juzgado de Policía Local
  • Multa a beneficio fiscal 50 hasta 40 UTA

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Obligación constancia de recibo (2)
  • LEY
  • Indicación recinto y fecha entrega
  • Nombre completo, RUT y domicilio comprador o
    beneficiario
  • Identificación de la persona que recibe y firma
  • Ley otorga plazo de 8 días o plazo pactado por
    las partes (hasta 30 días) para reclamar de la
    factura
  • RES
  • Indicación recinto y fecha entrega
  • Nombre, RUT y firma de la persona que realiza
    acuse recibo
  • Recuadro Se exige información se contenga en
    recuadro
  • Debe incluirse El acuse de recibo que se
    declara en este acto, acredita que la entrega de
    mercaderías o servicio han sido recibidos en
    total conformidad

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Título Ejecutivo. Requisitos (3)
  • Que puesta en conocimiento del obligado a su pago
    mediante notificación judicial no se alegue
    falsedad en el mismo acto o dentro de tercero día

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Título Ejecutivo. Requisitos (4)
  • Alegación de falsificación respecto de
  • Factura o guía de despacho
  • Del recibo
  • Falta de entrega de las mercaderías o servicio
  • Sanciones. Vencido totalmente será condenado al
    pago del saldo más indemnización de perjuicios
    suma igual al saldo más interés máximo
    convencional entre la notificación y el pago

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Plazo prescripción acción ejecutiva
  • 1 año contado desde el vencimiento de la
    obligación de pago. Si tuviera vencimientos
    parciales , plazo correrá respecto de cada
    vencimiento

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Cesión de la factura Efectos respecto del deudor
  • Debe notificarse al deudor
  • Notario Público, sea personalmente, con
    exhibición de copia del respectivo título
  • Mediante envío de Carta Certificada, adjuntando
    copias certificadas por el Notario
  • Caso de carta certificada, cesión produce efectos
    respecto deudor desde 6 día siguiente

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Cesión No constituye operación de crédito de
dinero
  • Cesión translaticia de dominio no constituye
    operación de crédito de dinero

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Factura electrónica
  • Se aplican las mismas normas
  • Recibo de todo o parte del precio deberá ser
    suscrito por el receptor con su firma electrónica
  • Recepción mercaderías o servicios acuse recibo
    electrónico del receptor
  • En caso de guía de despacho, recepción puede
    constar por escrito

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Factura electrónica (2)
  • Notificación al deudor también puede hacerse
    mediante su anotación en un registro público
    electrónico
  • Registro lo llevará el SII
  • SII puede encargar a terceros administración del
    registro
  • Notificación se produce al día siguiente hábil de
    la anotación en el registro

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Factura electrónica. Res. 14 (3)
  • Recepción mercaderías o servicios acuse recibo
    electrónico del receptor
  • En caso de guía de despacho, recepción puede
    constar por escrito
  • Notificación al deudor también puede hacerse
    mediante su anotación en un registro público
    electrónico
  • La exigencia de contar con un ejemplar que pueda
    ser destinado a la cesión o cobro ejecutivo
    deberá ser cumplida mediante la emisión de al
    menos una representación impresa del documento
    electrónico que incluya en el recuadro la
    identificación de la persona que realiza el acuse
    recibo

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Vigencia de la ley
  • 4 meses contados desde la publicación de la ley
  • Publicación 15 diciembre 2004
  • Entra en vigencia 15 abril 2005

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OTRAS MODIFICACIONES Resolución Exenta 14 del 8
de Febrero de 2005
  • Cambio color en el recuadro (30.09.05)
  • Fecha vigencia emisión (15.04.05)

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Cambio color recuadro verde
  • Factura, guía de despacho, NC, ND
  • 30 septiembre de 2005. SII no autorizará emisión
    con recuadro ROJO
  • Dentro mes octubre deben ser inutilizados
  • Sanción por la no inutilización 97N10 o 109,
    según el caso

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Fecha vigencia
  • Factura, guía de despacho, NC, ND ahora tienen
    fecha de vigencia
  • Hasta 31.12 año siguiente del timbraje

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(No Transcript)
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