LA PROFESIONALIZACION DE LOS RECURSOS HUMANOS EN EL CONTEXTO DE UN MARCO ETICO - PowerPoint PPT Presentation

1 / 83
About This Presentation
Title:

LA PROFESIONALIZACION DE LOS RECURSOS HUMANOS EN EL CONTEXTO DE UN MARCO ETICO

Description:

Cualquier intento de ofrecer beneficios a cambio de favores o trato especial, ... otro funcionario p blico que, sin pertenecer a los cuadros funcionales de la ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:217
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 84
Provided by: amig9
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: LA PROFESIONALIZACION DE LOS RECURSOS HUMANOS EN EL CONTEXTO DE UN MARCO ETICO


1
LA PROFESIONALIZACION DE LOS RECURSOS HUMANOS EN
EL CONTEXTO DE UN MARCO ETICO
  • CARRERA ADMINISTRATIVA Y POLITICA RETRIBUTIVA
  • REGIMEN DISCIPLINARIO E INCOMPATIBILIDADES

México, Octubre 2008
2
LA REFORMA DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE
URUGUAY
  • Los cambios en su principal capital
  • los recursos humanos

3
Qué es la Dirección General Impositiva?
  • Inserta en la Administración Central y
    dependiente del Ministerio de Economía y
    Finanzas, la Dirección General Impositiva (DGI)
    es la Unidad Ejecutora responsable de la
    administración de los impuestos internos del país

4
Inserción de la DGI en la Administración Central
de Uruguay
5
Misión, Objetivos, Cometidos y Estructura
Organizativa ( Decreto 192 de junio de 2006)
  • MISION
  • Asegurar la recaudación de los recursos del
    Estado mediante la eficaz aplicación de las
    normas relativas a los tributos internos de su
    competencia promoviendo el cumplimiento
    voluntario de los contribuyentes en un marco de
    respeto a sus derechos, actuando con integridad,
    eficiencia y profesionalismo

6
Misión, Objetivos, Cometidos (continuación)
  • OBJETIVOS ESTRATEGICOS
  • Facilitar el cumplimiento voluntario de las
    obligaciones
  • Combatir el fraude y el incumplimiento fiscal
  • Fortalecer el compromiso funcional
  • Fortalecer la efectiva aplicación de las normas
    tributarias a efectos de lograr el desempeño
    eficaz, eficiente y transparente en la gestión de
    la organización

7
Estructura Organizativa
División Administración
Div.Grandes Contribuyentes
8
CAUSAS DE LA REFORMA DE LA DGI
  • Contexto Económico Crisis de 2002
  • déficit fiscal
  • inviabilidad de la solución tradicional (creación
    de nuevos impuestos y aumentos de alícuotas)
  • Necesidad de mejora de la recaudación sin
    aumentar impuestos
  • La DGI es responsable de la recaudación del 86
    del Presupuesto Nacional

9
SITUACION DE LA DGI ANTES DE LA REFORMA
  • Administración Burocrática
  • Falta de objetivos y planificación estratégica
  • Falta de inversión carencias edilicias, de
    equipamiento, etc.
  • Baja utilización de las nuevas tecnologías de la
    información

10
SITUACION DE LOS RR.HH. DE LA DGI ANTES DE LA
REFORMA
  • Plantilla de personal desequilibrada (relación
    profesional/administrativo distribución
    geográfica)
  • Profesionales con baja retribución
  • Pirámide salarial achatada
  • Horarios efectivos reducidos
  • Dedicación parcial / Multiempleo
  • Conflicto de intereses
  • Carencia de carrera administrativa

11
Cronología de la Reforma
  • Ley 17.706 de Noviembre de 2003 (art. 2º)
  • El Poder Ejecutivo priorizará la mejora de
    gestión y equipamiento de la DGI, habilitándole a
    destinar hasta el 25 de la mejora real de la
    recaudación a incrementar sus rubros
    presupuestarios.
  • Establece un nuevo régimen de desempeño de los
    recursos humanos dedicación exclusiva,
    remuneraciones extraordinarias e
    incompatibilidades

12
Cronología de la Reforma
  • Diciembre de 2003
  • El MEF y la DGI suscriben un Convenio de
    Financiación con la Unión Europea para ejecutar
    un Proyecto de Modernización denominado
    Fortalecimiento Institucional para la Gestión y
    Administración de los Recursos Impositivos
    (FIGARI)
  • Objetivo Organizar el Cambio hacia una
    Administración de calidad, apoyada
    fundamentalmente en un sistema integral de gestión

13
Cronología de la Reforma
  • Mayo de 2005
  • Se dicta el Decreto Nº 166/005 que reglamenta lo
    establecido en la Ley 17.706 de 2003
  • Reestructura de la DGI
  • Compromiso de gestión MEF-DGI
  • Planificación Estratégica
  • Planificación Operativa
  • Objetivos cuantificables con sus correspondientes
    indicadores
  • Evaluación de la gestión por el MEF en base a
    cumplimiento de objetivos y metas estipulados

14
Cronología de la Reforma
  • Mayo de 2005
  • Reestructura de la DGI
  • Creación de la Auditoría Interna
  • Creación de la División Grandes Contribuyentes
  • Creaciones y supresiones de funciones

15
La reestructura y los recursos humanosRESTRICCION
ES
  • Régimen de Incompatibilidades de carácter general
  • Régimen de Dedicación Exclusiva
  • General (profesionales y administrativos)
  • Voluntaria
  • Excepciones determinadas con autorización previa
  • Ingreso sólo mediante concurso de oposición y
    méritos

16
La reestructura y los recursos humanosRESTRICCION
ES
  • Encargaturas de supervisión por períodos de tres
    años
  • Al término de los tres años se evaluarán por un
    Tribunal
  • También se evaluarán sobre la base de
    cumplimiento con metas y objetivos establecidos
    en el Compromiso de Gestión y el Plan Operativo
    Anual correspondiente.
  • Base mínima de 48 horas semanales de labor para
    todos los empleados.

17
La reestructura y los recursos humanosINCENTIVOS
  • Régimen extraordinario de retribuciones,
    compensación por dedicación exclusiva
  • Salario competitivo con los de la actividad
    privada según el puesto de trabajo
  • Pirámide salarial según escala jerárquica
  • Salario variable según cumplimiento de metas
    (prima anual de hasta un 15 de lo percibido por
    cada funcionario en el año a evaluar)
  • Carrera administrativa

18
Cronología de la Reforma
  • Setiembre de 2005 firma del primer Compromiso
    de Gestión entre MEF y DGI
  • Diciembre de 2006 aprobación de una importante
    Reforma Tributaria (Ley 18.083) y puesta en
    marcha en julio de 2007
  • Cambio profundo del Sistema Tributario
    (implantación del Impuesto a la Renta de las
    Personas Físicas o IRPF)
  • Sustitución de 28 impuestos para gestionar (de
    los cuales sólo 9 aportaban el 95.5 de toda la
    recaudación) por sólo 14 impuestos.
  • Ampliación del universo de contribuyentes por
    aplicación del IRPF (560.000 nuevos
    contribuyentes)

19
El impacto de la Reforma Tributaria
2007Contribuyentes antes de Ley 18.083
20
El impacto de la Reforma Tributaria
2007Contribuyentes después de Ley 18.083
21
Cronología de la Reforma
  • Diciembre de 2006 (Aprobación del Código de
    Conducta Ética)
  • OBJETIVOS
  • - Contar con un capital humano profesional y
    éticamente inobjetable comprometido con la misión
    institucional
  • - Proyectar la organización con una imagen de
    confiabilidad y transparencia hacia la sociedad.
  • - Alcanzar una cultura organizativa
    caracterizada por la interiorización de conductas
    y actitudes alineadas tanto con la legalidad,
    profesionalidad, lealtad a la Institución,
    equidad, imparcialidad, respeto y consideración
    al ciudadano.

22
El Código de Conducta Ética
  • PROPÓSITOS
  • - Enunciar los principios éticos que deben
    inspirar la conducta y el quehacer de todos los
    funcionarios
  • - Proveer un marco de referencia respecto al
    comportamiento esperado
  • - Promover la importancia de la integridad en
    una administración sana y eficaz a efectos de
    mantener y profundizar la confianza de la
    comunidad.

23
El Código de Conducta Ética
  • ALCANCE
  • Regirá la conducta de todas las personas que
    prestan servicios en la Dirección General
    Impositiva en todos los niveles y jerarquías bajo
    cualquier modalidad de vínculo estatutario o
    contractual, temporal o permanente, remunerado u
    honorario.

24
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 1. COMPROMISO PERSONAL
  • Responsabilidad del funcionario de conocer y
    comprender el contenido del Código.
  • Compromiso de alcanzar las más altas normas
    éticas en apoyo de la misión y valores de la
    Administración Tributaria.
  • Desempeñar las funciones con cuidado, diligencia
    y profesionalismo
  • Guiarse por principios de integridad,
    neutralidad, imparcialidad, transparencia y
    responsabilidad.
  • Evitar cualquier acción que aparente violar
    normas de conducta del Código.

25
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 2. CUMPLIMIENTO DE LA LEY
  • Conocer y cumplir la Constitución, las leyes, los
    decretos y las resoluciones que regulan la
    actividad.
  • Cumplir las órdenes que les impartan sus
    superiores jerárquicos en el ámbito de su
    competencia, dentro de los límites de la
    obediencia debida.
  • No apartarse, en las funciones y decisiones, del
    marco legal que rige a la Administración Pública
    en general y a la Tributaria en particular.

26
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 3. RELACIONES CON OTROS FUNCIONARIOS
  • Tratar a los pares, superiores, subordinados y a
    cualquier otro funcionario público de forma
    profesional, igualitaria, con respeto y cortesía
  • Prestar a los mismos la máxima cooperación en el
    ejercicio de sus funciones.

27
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 4. RELACIONES CON EL CONTRIBUYENTE Y CON EL
    USUARIO
  • Asumir ante el contribuyente y el usuario en
    general una conducta cordial y profesional.
  • Respetar activamente los derechos del ciudadano
  • Brindar un servicio basado en la imparcialidad,
    igualdad y transparencia armonizándolas con las
    funciones de control propias del Organismo.

28
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 5. INTEGRIDAD Y HONESTIDAD
  • Observar una conducta íntegra y honesta durante
    el desempeño de las funciones.
  • Deberá asumir igual conducta fuera de su trabajo,
    acatando las leyes y actuando con principios
    éticos acordes a su calidad de servidor público.

29
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 6. PROBIDAD
  • No se debe, directa o indirectamente, ni para sí
    ni para terceros, solicitar o aceptar dinero
  • No se solicitará ningún provecho o beneficio con
    la finalidad de cumplir un acto de su empleo o
    contrario a los deberes del mismo.
  • Cualquier intento de ofrecer beneficios a cambio
    de favores o trato especial, será informado
    inmediatamente al superior.

30
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 7. REGALOS Y HOSPITALIDAD
  • Se rechazará cualquier regalo, servicio,
    hospitalidad o beneficio que pudiere ser visto
    como
  • un intento de influir en su opinión
  • afectar su imparcialidad
  • poner en duda su integridad
  • poner en duda la integridad de la Administración.

31
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 8. CONFLICTOS DE INTERÉS
  • Distinguir y separar radicalmente los intereses
    personales del interés público.
  • Hacer que prime el interés público sobre el
    particular.
  • Evitar situaciones que lleven a un conflicto de
    interés real, potencial o percibido.

32
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 9. DECLARACIONES PUBLICAS
  • Ejercer el derecho constitucional de libre
    expresión del pensamiento con los límites
    establecidos por el ordenamiento jurídico vigente
  • Abstenerse de realizar declaraciones que pudieren
    afectar o menoscabar la imagen de la
    Administración Tributaria.

33
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 10. CONFIDENCIALIDAD
  • El funcionario debe mantener en estricta
    confidencialidad toda la información que obtenga
    en el cumplimiento de sus funciones,
  • Debe adoptar las medidas precautorias pertinentes.

34
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 11. USO DE INFORMACIÓN OFICIAL
  • El funcionario sólo utilizará la información
    oficial a la que tenga acceso para el fiel
    cumplimiento de sus funciones y cometidos.
  • Es contrario a la probidad usar en beneficio
    propio o de terceros información reservada o
    privilegiada.

35
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 12. USO DE RECURSOS DE LA ORGANIZACION
  • El funcionario debe hacer un uso adecuado y
    prudente de los recursos humanos y de los bienes
    que se ponen a su disposición para el ejercicio
    de sus funciones.
  • En ningún caso los recursos pagados con dinero
    público deben ser empleados para propósitos o
    provecho personales.

36
Los Principios del Código de Conducta Etica
  • 13. OBLIGACION DE DENUNCIAR
  • Se debe denunciar ante la Auditoría Interna
    cualquier tipo de hecho o conducta que viole o
    exteriorice la apariencia de violar las
    disposiciones del Código.
  • El funcionario que fuere objeto de investigación
    penal debe informar de inmediato el hecho a la
    Auditoria Interna, la cual aconsejará las medidas
    a adoptar de conformidad con las disposiciones
    vigentes

37
Algunos resultados de la Reforma relacionados con
los RR. HH.
  • El 11 del personal se retiró de la DGI.

38
Algunos resultados de la Reforma relacionados con
los RR. HH.
  • Los ingresos se ajustan a las necesidades, con
    perfiles laborales específicos.

39
Algunos resultados de la Reforma relacionados con
los RR. HH.
  • Racional y competitivo ajusta de la pirámide
    salarial.

40
Algunos resultados de la Reforma relacionados con
los RR. HH.
  • Cambios de composición de la plantilla.
  • Año 2002 250 profesionales (17 del total)
  • Año 2007 500 profesionales (40 del total)

41
Hacia el futuro
  • El programa de integridad de la DGI

42
PROGRAMA DE INTEGRIDADAseguramiento de
resultados
  • El Código de Conducta debe formar parte de una
    estrategia más amplia de gestión de recursos
    humanos y de combate a las conductas irregulares.
  • Esta estrategia debe considerar el impacto de la
    mejora de la integridad en tres contextos
    distintos interno, contribuyentes, sociedad
    civil.

43
PROGRAMA DE INTEGRIDADComponentes de la
Estrategia
  • 1. Contar con una guía de auto-evaluación que
    permita
  • identificar puntos fuertes y áreas a mejorar.
  • seleccionar las áreas críticas a mejorar.
  • acordar el plan de mejora y su calendario de
    aplicación.
  • revisar periódicamente el progreso y la idoneidad
    de los planes adoptados.

44
PROGRAMA DE INTEGRIDADComponentes de la
Estrategia
  • 2. Desarrollar talleres de integridad que
    permitan
  • participar e involucrarse a todos los
    funcionarios de la DGI en la estrategia de
    integridad.
  • recopilar situaciones de la actividad de los
    funcionarios que presenten dilemas éticos.
  • actualizar la estrategia de integridad con los
    resultados de los talleres.

45
PROGRAMA DE INTEGRIDADComponentes de la
Estrategia
  • 3. Desarrollar actividades de capacitación y
    divulgación
  • con trabajos, exposiciones, etc. específicos
    sobre el tema ético.
  • incorporar a cualquier programa de capacitación
    el tema de la integridad.

46
El Nuevo Régimen de Desempeño
  • Incompatibilidades
  • Dedicación Exclusiva

47
Incompatibilidades de carácter general (Artículo
9º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 166/2005)
  • no podrán ser dependientes, asesores,
    apoderados, auditores, consultores, socios,
    directores, síndicos o similares, de las personas
    físicas o jurídicas, públicas o privadas, que se
    encuentren sujetas al contralor de la DGI ya sea
    en forma rentada u honoraria.
  • No podrán percibir de dichas personas ninguna
    retribución, comisión u honorario de clase alguna
    .

48
Incompatibilidades de carácter general (Artículo
9º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 166/2005)
  • Otras situaciones de incompatibilidad
  • las personas físicas que presten servicios a
    la Dirección General Impositiva, en virtud de un
    contrato de arrendamiento de servicio o de obra,
    de una beca, o de una pasantía, siempre que tales
    servicios se vinculen a actividades técnicas de
    contralor o gestión de los tributos administrados
    por el organismo

49
Incompatibilidades de carácter general (Artículo
9º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 166/2005)
  • Otras situaciones de incompatibilidad
  • las personas que sean contratadas por
    organismos internacionales a solicitud de la
    Dirección General Impositiva, o mediante la
    ejecución de proyectos por terceros, por períodos
    mayores a 180 días, salvo cuando se trate de
    actividades de capacitación, o de asesorías
    técnicas previamente autorizadas por el
    Ministerio de Economía y Finanzas

50
Incompatibilidades de carácter general (Artículo
9º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 166/2005)
  • Otras situaciones de incompatibilidad
  • cualquier otro funcionario público que, sin
    pertenecer a los cuadros funcionales de la
    Dirección General Impositiva, preste
    efectivamente servicios en la misma, cualquiera
    sea el plazo y naturaleza del vínculo funcional

51
Régimen de DEDICACIÓN EXCLUSIVA (Artículo 11º del
Decreto del P. Ejecutivo Nº 166/2005)
  • La dedicación exclusiva significa la
    consagración integral a las funciones del cargo
    con exclusión de toda otra actividad remunerada,
    sea pública o privada. El régimen de dedicación
    exclusiva requiere de los funcionarios la
    permanencia en el servicio sobre una base mínima
    de cuarenta horas semanales de labor .

52
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
(Art. 12º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº
166/2005)
  • El Director General de Rentas, mediante acto
    fundado, podrá autorizar, de forma expresa y
    previa, la realización de las siguientes
    actividades

53
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
  • Ejercer la docencia en la educación primaria,
    secundaria y universitaria, tanto pública como
    privada.
  • Las derivadas de la administración del patrimonio
    personal o familiar, (padres, hijos o cónyuges),
    siempre que dicho patrimonio no se encuentre
    vinculado a la prestación de servicios
    profesionales ni implique la prestación de
    servicios, ni la enajenación de bienes a la
    Dirección General Impositiva.

54
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
  • Realizar consultorías en el exterior para
    Gobiernos u organismos internacionales integrados
    por Estados, dedicados a las áreas tributarias o
    de administración pública, en uso de licencia
    reglamentaria o en su defecto, en uso de licencia
    sin goce de sueldo. En caso de consultorías para
    Organismos Públicos nacionales, sólo se podrán
    realizar en uso de licencia sin goce de sueldo.

55
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
  • Desempeñar tareas honorarias en las personas e
    instituciones de derecho privado incluidas en el
    Título 3, Capítulo I, artículos 1 y 2 del Texto
    Ordenado 1996, salvo las entidades gremiales de
    empleadores.
  • La producción y creación literaria, artística,
    científica y técnica siempre que no se originen
    en una relación de dependencia.

56
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
  • La participación ocasional en coloquios y
    programas en cualquier medio de comunicación.
  • El dictado de cursos o conferencias en centros
    oficiales destinados a la formación de
    funcionarios, cuando no tenga carácter habitual.
  • La colaboración y la asistencia como expositor
    ocasional a congresos, seminarios, conferencias o
    cursos de carácter profesional.

57
EXCEPCIONES al Régimen de Dedicación Exclusiva
  • El desarrollo de actividades deportivas y
    artísticas fuera de la relación de dependencia,
    por las que se perciban viáticos o similares.
  • Peritajes a solicitud del Poder Judicial y de la
    Administración Pública.
  • Los Escribanos pertenecientes a la Dirección
    General Impositiva quedan habilitados a autorizar
    actos y contratos en representación de esta
    Unidad Ejecutora.

58
Declaraciones Juradas (sobre excepciones
autorizadas)
  • Los funcionarios que realicen actividades
    comprendidas entre las excepciones y en las
    condiciones previstas por los artículos 10 y 12
    del Decreto 166/005 deberán presentar declaración
    jurada anual respecto de las mismas.

59
Declaraciones Juradas(sobre patrimonio)
  • Director General, Sub Director General,
    Directores de División, Encargados de
    Departamento, Asesores del Dir.Gral, Auditor
    Gral. Interno y todos los funcionarios de la
    Dirección General Impositiva que cumplan tareas
    de inspección quedan obligados a presentar
    declaraciones juradas patrimoniales (Ley Nº
    17.060 de 23 de diciembre de 1998)

60
Declaraciones Juradas(sobre vínculos anteriores
al nuevo régimen)
  • Los funcionarios de la DGI deberán declarar las
    vinculaciones que hayan tenido en (los dos años
    anteriores a la adhesión al nuevo régimen) con
    entidades sujetas al contralor del Organismo,
    sean estas de carácter profesional, laboral,
    comercial, familiar, así como las de cualquier
    otra naturaleza que pudieran significar un
    menoscabo de su independencia, especificando
    retribuciones, salarios u honorarios percibidos
    de forma directa, indirecta o a través de una
    sociedad profesional.

61
Declaraciones Juradas(sobre vínculos anteriores
al nuevo régimen)
  • La información contenida en las declaraciones
    juradas sobre vínculos, son recibidas y
    custodiadas por la Auditoría Interna, siendo
    utilizadas exclusivamente para el contralor del
    efectivo cumplimiento de las disposiciones.

62
REGIMEN DISCIPLINARIO
63
El control de las conductas
  • ORGANOS COMPETENTES
  • La Auditoría Interna de la DGI
  • Como ya se expuso, el Decreto nº 166/005
    reglamenta la Ley Nº 17.706 de 2003.
  • En el marco de dicha reglamentación, el artículo
    3º crea la Auditoría Interna haciéndola depender
    directamente de la Dirección General.

64
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • La Auditoría Interna de la DGI
  • sin perjuicio de las competencias otorgadas
    por las normas legales y decretos reglamentarios
    a la Auditoría Interna de la Nación y al Tribunal
    de Cuentas de la República, tendrá los siguientes
    cometidos

65
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • a) Controlar la correcta aplicación de los
    procedimientos, controles y otros aspectos
    administrativos, realizando a los efectos las
    auditorías o revisiones que considere necesarias.

66
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • b) Controlar de forma sistemática y permanente
    el cumplimiento del régimen de incompatibilidades
    y dedicación exclusiva por parte de los
    funcionarios de la Dirección General lmpositiva.

67
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • c) Investigar previa resolución del Director
    General, las presuntas implicancias y violaciones
    al régimen de exclusividad e incompatibilidades
    en las que incurran los funcionarios, y si
    correspondiere, aconsejar la aplicación de
    sanciones una vez sustanciadas las actuaciones
    con las garantías del debido proceso.

68
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • d) Investigar y detectar la participación de
    funcionarios, sujetos pasivos de tributos
    administrados por la Dirección General lmpositiva
    o terceros incursos en actos irregulares o
    ilícitos derivados de la participación de
    funcionarios y proponer acciones a emprender.

69
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • e) Instruir los sumarios e investigaciones
    administrativas de acuerdo a lo dispuesto por la
    Sección III del Decreto N 500/991, de 27 de
    setiembre de 1991, cuando el Director General de
    Rentas así lo resuelva.

70
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Auditoría Interna DGI (cometidos)
  • f) Controlar que los funcionarios declaren las
    vinculaciones que hayan tenido en los dos años
    anteriores a la adhesión al régimen de
    incompatibilidad, con entidades sujetas a
    contralor de DGI, sean de carácter profesional,
    laboral, comercial, familiar o de cualquier otra
    naturaleza que pudieran significar un menoscabo
    de su independencia

71
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Director General de Rentas
  • Dispone la iniciación del procedimiento
    disciplinario y su resolución, pudiendo aplicar
    sanciones de hasta 39 días de suspensión.
  • Resuelve el Recurso de reposición

72
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Ministro de Economía y Finanzas
  • Ratifica la iniciación del procedimiento
    disciplinario en aquellos casos en que se dispone
    la suspensión preventiva del ejercicio del cargo.
  • Impone las sanciones mayores a 39 días de
    suspensión hasta 6 meses.
  • Resuelve el Recurso jerárquico

73
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Fiscal de Gobierno de Turno
  • Produce informe cuando el funcionario instructor
    es el Asesor Jefe o cuando la sanción aconsejada
    sea la destitución.

74
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Comisión Nacional del Servicio Civil
  • Se pronuncia sobre la destitución de los
    funcionarios en último término antes de la
    resolución de la autoridad administrativa.

75
El control de las conductasÓrganos Competentes
  • Parlamento
  • Concede la venia para la destitución en el caso
    de los funcionarios presupuestados.

76
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actividades Preventivas
  • Destinadas a definir perfiles de posibles
    comportamientos de riesgo o irregulares
  • Articulan los medios fundamental-mente
    informáticos que permiten detectar tales
    comportamientos

77
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Medidas Preventivas
  • Suponen que todo usuario de los sistemas de
    información esta identificado con un código y una
    contraseña
  • Todo acceso debe quedar registrado con indicación
    del usuario, los datos consultados, la fecha, la
    hora y la terminal utilizada.

78
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Medidas Preventivas
  • Las facultades de acceso se definen por perfiles
    coherentes con las necesidades del trabajo
    desarrollado
  • Cualquier modificación en las condiciones de
    desempeño del puesto de trabajo, debe reflejarse
    en la aplicación informática que gestiona el
    sistema de información. Cualquier modificación de
    la situación de los usuarios, también debe
    reflejarse en la gestión del acceso al sistema de
    información

79
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actuaciones de Detección
  • Destinadas a identificar a los funcionarios que
    pudieren haber incurrido en conductas irregulares
  • Implican una evaluación prima-facie de los
    hechos y elementos probatorios a fin de decidir
    si se profundiza en la investigación o se archiva
    el caso.

80
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actuaciones de Detección
  • Aplicación Informática AI-LOGS permite
    relacionar los diferentes accesos a la
    información corporativa con un conjunto de
    situaciones supuestamente riesgosas o sospechosas
    (horarios o localizaciones anómalas, consultas
    injustificadas por naturaleza del puesto de
    trabajo, falta de asignación a casos de
    contribuyentes consultados, etc.)

81
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actuaciones de Detección
  • Aplicación Informática AI-LOGS
  • Orientación de la detección a mayor magnitud en
    la incoherencia del acceso, mayor es el riesgo de
    existencia de una conducta irregular

82
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actuaciones de Investigación
  • Destinadas a obtener los elementos de prueba que
    lleven a la certeza razonada de la existencia de
    un hecho irregular y sus posibles autores.
  • En cuanto al procedimiento, puede hacerse en el
    marco de una Auditoría o en el marco general
    regulado por el Dto. 500/991.

83
El control de las conductasTipología de las
Actividades de Control
  • Actuaciones de Investigación
  • En cuanto a su inicio, puede ser de oficio, por
    actuaciones previas de la administración o a
    consecuencia de denuncias presentadas
  • Principio rector de la investigación arribar a
    la verdad utilizando todos los instrumentos
    legales con el respeto cabal de los derechos
    constitucionales.
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com