DERECHOS Y DEBERES DE LA PERSONA HUMANA - PowerPoint PPT Presentation

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DERECHOS Y DEBERES DE LA PERSONA HUMANA

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La DSI no es un sistema cient fico, ni filos fico, ni teol gico, ni ideol gico. ... Al trabajo y poder elegirlo, integridad f sica y a las buenas costumbres. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: DERECHOS Y DEBERES DE LA PERSONA HUMANA


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DERECHOS Y DEBERES DE LA PERSONA HUMANA
  • León XIII Juan XXIII

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Introducción
  • La DSI no es un sistema científico, ni
    filosófico, ni teológico, ni ideológico.
  • Es una manifestación del Magisterio pastoral de
    la Iglesia, proyectado a condiciones actuales de
    la sociedad humana.
  • Constituye por principios de orden religioso y
    moral, procedente de la Revelación y el Dere-cho
    natural, para inspirar su conducta moral y
    religiosa en el campo social.

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2. La persona humana y la convivencia social (I)
  • La convivencia social se plantea desde la
    persona, su dignidad natural y sobrenatural, y se
    manifiesta a través de sus derechos y deberes
    fundamentales.
  • La persona es naturaleza dotada de inteligen-cia
    y voluntad libre, de ahí nacen los derechos y
    deberes universales e inviolables.
  • La convivencia se ha de realizar según los
    valores de la verdad, la justicia, el amor y la
    libertad.

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(II)
  • Sólo así será posible una convivencia ordena-da,
    fructífera, propia de su dignidad
  • La persona es el centro de la vida social.
  • El Estado reconocerá, respetará, armonizará,
    tutelará y promoverá los derechos.
  • En el orden nacional e internacional, pues el
    bien común compete a toda persona.
  • La sociedad tiene que ser un medio natural para
    el desenvolvimiento de las facultades
    individuales y sociales.

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(III)
  • Pío XII señala las condiciones de la paz
    interna la convivencia en el orden y en la
    tranquilidad, y los principios que deben
    presi-dir Dios, causa primera y la persona, que
    es el sujeto, fundamento y fin de la vida social.
  • Juan XXIII El hombre es causa y fin de las
    instituciones sociales, llamado a vivir con los
    demás, procurando el bien mutuo, necesario en un
    orden de verdad, justicia, amor y libertad. Así
    se abren a los valores espirituales.

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3. Relación de los derechos y deberes de la
persona (I)
  • Aunque Juan XXIII no es el primero, sí es el que
    hace un catálogo más completo, compacto y
    orgánico.
  • Lo propone como fundamento de toda la doctrina
    social, política e internacional.
  • Se salva el bien común cuando se cumplen los
    derechos y deberes de la persona.
  • León XIII en Libertas afirma la dignidad y los
    derechos fundamentales del hombre, como centro de
    la vida social.

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(II)
  • Pío XI, en Mit brennender sorge (contra el
    nazismo) defiende los derechos fundamentales
    falseados por la ideología totalitaria. Los
    fundamenta en el derecho natural, divino en su
    origen.
  • Su primera exposición sistemática es en Divini
    Redemptoris (contra el comunismo)
  • En Quadragesimo anno habla del carácter
    individual y social de la propiedad privada,
    derecho y dignidad del trabajo, relaciones entre
    capital y trabajo, el salario familiar, sobre la
    configuración del orden económico y social y
    sobre el corporativismo.

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(III)
  • Pío XII desarrolla la doctrina sobre la persona
    y da un catálogo amplio de los derechos
    fundamentales, así como una explicación casi
    exhaustiva de muchos de ellos. (R, 1.942, nº 35
    Discurso 1-6-1941)
  • Añade el derecho del espacio vital de la familia
    donde incluye el derecho de la emigración e
    inmigración.
  • El derecho a la vida y a la integridad corporal
    los presenta desde punto de vista moral y
    religioso.

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(IV)
  • Juan XXIII señala que la dignidad de la persona
    se concreta en la realización de los derechos y
    deberes, y reúne los aspectos de la vida personal
    en función de la convivencia.
  • PT no es una simple declaración formal, teórica
    y abstracta. Quiere evitar fórmulas vacías, sino
    vinculantes para toda la sociedad.
  • Destacan la importancia de los derechos
    sociales, económicos y culturales
  • También la correlación entre derechos y deberes
    que es la sustancia de la convivencia social.

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(V)
  • Existe una reserva de Juan XXIII para con las
    modernas declaraciones de derechos y es su
    fundamentación o valor de orden positivo, valen
    lo que la autoridad que las promulga, sujetas a
    cambio e interpretación de la autoridad que los
    promulga.
  • Para los Papas, provienen del derecho natural,
    universales, no dependen de la autoridad, pues
    son anteriores a ella.
  • En la mayoría no se hace alusión a Dios,
    manifes-tación de la existencia del ateismo
    militante que opera a escala mundial.

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3. Derechos naturales del hombre en la PT. (I)
  • 1. A la existencia Integridad física, medios
    para una vida digna alimentación, vestido,
    habitación, descanso, asistencia sanitaria y
    servicios sociales, seguridad social enfermedad,
    vejez, invalidez, viudez, paro, etc.
  • 2. Valores morales y culturales Respeto a la
    persona, buena reputación, libertad para buscar
    la verdad, dentro de los límites de la moral y
    bien común, manifestar y defender sus ideas,
    cultivar el arte, información objetiva de los
    sucesos públicos, participar de los bienes de la
    cultura, a instrucción y formación
    técnico-profesional.

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(II)
  • 3. De honrar a Dios Honrar a Dios según propia
    conciencia, profesar privada o públi-camente la
    religión, a la elección de estado crear una
    familia o seguir el sacerdocio o religioso.
  • 4. De orden económico Al trabajo y poder
    elegirlo, integridad física y a las buenas
    costumbres. El trabajo de la mujer compatible con
    su condición de esposa y madre, retribución en
    justicia para él y su familia, a la propiedad
    privada, libertad de reunión y asociación, de
    emigración e inmigración.

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(III)
  • 5. De orden político Tomar parte activa en la
    vida pública y contribuir al bien común, a la
    defensa jurídica de sus derechos.
  • La convivencia es de
    naturaleza moral, se apoya en la
    verdad, se realiza en la justicia, se completa
    en el amor mutuo y encuentra su equilibrio en
    la libertad
  • (P.T. nº 37)
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