Reforma al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones - PowerPoint PPT Presentation

About This Presentation
Title:

Reforma al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones

Description:

Se eleva de $ 4.800 a $ 6.000 = Remuneraciones devengadas desde 01/04/07 (Art. ... III. NUEVA PRESTACION ADICIONAL POR PERMANENCIA (Opting Inn) ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:356
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 24
Provided by: H113
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Reforma al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones


1
Reforma al Sistema Integrado de Jubilaciones y
Pensiones
Decreto 313/07B.O. del 03/04/07Vigencia
03/04//07
LEY 26.222B.O. del 08/03/07Vigencia 16/3/07
Junio 2007
Dr.Fernando Horacio Payá
2
I. REMUNERACION MAXIMA SUJETA A APORTES (Art.
1º Ley 26.222)
  • Se eleva de 4.800 a 6.000
  • Remuneraciones devengadas desde 01/04/07 (Art. 1º
    inc. a) Dec. 313/07
  • MOPRE no cambia el valor sino la cantidad
  • Se faculta al Poder Ejecutivo a incrementarla en
    proporción al aumento del haber máximo en el
    régimen de reparto El tope había subido de
    3.100 y 3.800
  • Anses 11 s/1.200 132 c/u

Afiliados
SI
  • AFJP 7 S/1.200 84 c/u (hasta 31/12/07)

Nuevos afiliados 11 desde 01/04/07)
  • Anses Desde 1/10/05 no hay tope máximo de
    contribuciones (dec. 491/04)


Empleadores
NO
  • Ingreso Base aumenta cálculo promedio sueldo
    últimos 5 años (Invalidez y Pensión)
  • PC y PAP aumenta cálculo promedio sueldos
    últimos 10 años

Tiene efecto para
Beneficios
SI
  • Comisión 1 s/1.200 12 c/afiliado

SI
AFJP
  • Capital Complementario mayor aporte lo disminuye
  • Incrementa la prima que paga empleador sobre
    nómina salarial

ART
SI
  • Prestaciones en dinero se incrementan

3
II. OPCION DE REGIMEN (Art.30 Ley 24.241 modif.
Art. 2 Ley 26222)
Capitalización Suscribe solicitud (art. 1º Inst.
4/07 SAFJP)
Pueden optar en los 90 días de comienzo de
relación laboral o actividad autónoma
A) TRABAJADORES NUEVOS
Expresa Solicitud
Reparto
Antes AFJP
Tácita Indeciso
Hoy R. Público
INDECISOS 54.000
EFECTO 80 NO OPTA (Abril 2007) Trab.
Nuevos 64.000
OPTARON 10.000
ANSES Caja 80 s/rec. 619 MM(04/07) 495
MM x 12 5.940 MM c/año
CONSECUENCIAS
No capitalizan aportes por 5 años
Prom. 2006 25,2 1.497 MM
Afiliados
Rentabilidad perdida s/ 5.940 MM
X 5 años 7.487 MM
Datos SAFJP Boletín Estadístico Mayo 2007
4
II. OPCION DE REGIMEN (Art.30 Ley 24.241 modif.
Art. 2 Ley 26222)
POSIBILIDAD DE NUEVO CAMBIO DE REGIMEN
Af. Voluntario OkAf. Indeciso No Aplicable
CADA 5 AÑOS
REGIMEN TRANSITORIO Res. ANSES 212/07
Afiliados Indecisos asignados a
CapitalizaciónEntre 1/1/07 y 31/03/07
Afiliados Indecisos asignados a Reparto A partir
01/04/07
Quedan en Capitalización pero pueden pasar a
reparto entre 12/04/07 y 31/12/07
Pueden pasar a Capitalización en cualquier momento
5
II. OPCION DE REGIMEN
B) TRASPASOS VOLUNTARIOS (art. 14 Ley 26.222)
  • Afiliados a capitalización pueden optar por pasar
    a reparto en 180 días (hábiles art. 1º inc. g.
    Dec.313/07) 12/04/07 al 31/12/07
  • Cada 5 años los afiliados al SIJP (Cap. y Rep.)
    podrán optar por cambiar de Régimen No traspaso
    voluntario mayores de 50/55 años (Art. 4º D
    313/07), sí en esta oportunidad por única vez
  • Verdadera libertad de opción
  • Motivación ideológica del traspaso
  • Destino de los Fondos de la CCI

Form. Pág. WebRes. 191/07 ANSES
  • ANSES
  • CORREO
  • AFJP
  • UDAI

CD o Formulario WEB
  • Procedimiento del traspaso

Residentes en el Exterior. FormularioConvenioRes
. 284/07 Anses
INTERROGANTES
Reparto PBU PC (?) Y PAP
Otorga Régimen
Capitalización JO con saldo CCI
  • Beneficios Futuros

Inv. y Pens. R. Públic (Saldo?)
D. 816/94
Vejez R. Público JO
Precedentes
R. Público
Monotributistas D. 1124/03
Saldo CCI (?)
Arbitrajes
6
II. OPCION DE REGIMEN
FINALIDAD
VISION MACRO
  • Sin planificación Traspaso Libre y empujado
    por publicidad Recaudación

TRASPASO VOLUNTARIO
  • Con planificación Traspaso Selectivo
    Conveniencia del Afiliado

VISION INDIVIDUAL
  • Traspaso previo análisis de conveniencia

SOLUCION LOGICA
TRASPASO COMPULSIVVO
EDAD Y REMUNERACION
DE CORTE Distribución de roles por pilares
7
II. OPCION DE REGIMEN (Art. 30 bis Ley 24241
incorpora art. 3º Ley 26.222)
C) TRASPASOS COMPULSIVOS A REPARTO
  • Afiliados a capitalización

55 o Varones
20.000 en CCI (250 MOPRES)
  • Mayores de (al 1/04/07)

50 o Mujeres
  • Que cumplan en el futuro
  • Pasan a afiliados R. Público por Ministerio de la
    Ley, salvo voluntad expresa en contrario
    comunicación fehaciente de ratificación (Art. 3
    Inst. 4/07 SAFJP)Formulario Web AFJP y envío por
    correo a cargo AFJP
  • Plazo de 90 días (corridos) corre desde 12/04/07
    al 11/0707 (art. 1º inc. f) D. 313/07)
  • Ejercer opción de permanencia (Hasta 10/07/07)
  • Transferir los fondos a reparto (vence 13/07/07)
  • Se trata de un régimen permanente que opera
    respecto de cada afiliado de Cap. que cumpla
    50/55 años y tenga 250 MOPRE o menos en la CCI

8
II. OPCION DE REGIMEN (Art. 30 bis Ley 24241
incorpora art. 3º Ley 26.222)
C) TRASPASOS COMPULSIVOS A REPARTO (Cont.)
  • No se aplica
  • Si están tramitando o percibiendo Prest.
    Previsionales
  • Tengan integrado en CCI Capital x Ley 24.557
  • (aunque no haya trámite previsional)

RTIJ. ANTICIPADAPEAPENSION
MUERTE
INCAPACIDAD LABORAL TOTAL PERMANENTE DEFINITIVA
  • Si se aplica(Art. 5º Inst. 4/07 SAFJP)

a) Afiliados percibiendo Incap. Lab. Temporaria
(ILT) (Art. 7 Ley 24.557)
b) Afiliados Incap. Lab. parcial permanente
provisoria (Art. 8 y 9 LRT)
  • Si durante lapso de opción (90 días) inicia
    trámite previsional en la AFJP debe optar
    previamente por permanencia en Capitalización
    (art. 6 Inst. 4/07)
  • Si afiliado fallece durante plazo opción Pensión
    otorga Reparto

9
II. OPCION DE REGIMEN (Art. 30 bis Ley 24241
incorpora art. 3º Ley 26.222)
C) TRASPASOS COMPULSIVOS A REPARTO (Cont.)
  • Afiliado fallece antes de plazo de opción. AFJP
    ignora y transfiere fondos cuando es enterada del
    siniestro recupera de ANSES en próxima revisión,
    saldo y renta
  • Se transfieren
  • Aportes obligatorios y su rentabilidad (No imp.
    voluntarias o dep. conv.)
  • En especie Activos No dinero (Art. 3 D
    313/07)
  • Ingresan a ANSES como aportes personales y se
    computan como años de servicio para PBU, PC, PAP,
    PEA, PENSION
  • Si a los 70 (PEA) no acredita derecho a beneficio
    se redetermina el cálculo del saldo transferido
    dividiéndolo por aporte mínimo 11 s/3 MOPRE si
    tampoco alcanza MORATORIA11 s/ 240 26,40
    1 mes. Ej 3.000/26,4 113,6 meses / 12 9
    años 4 meses

10
II. OPCION DE REGIMEN
C) TRASPASOS COMPULSIVOS A REPARTO (Cont.)
  • Se fija indirectamente edad y salario de corte
  • Era mejor proyecto original P.E. en 1994 (nacidos
    desde 1/1/47)
  • Para afiliado Tiempo lógico de acumulación de
    aporte y renta
  • Para estado y AFJP
  • Universo etario determinado
  • Cálculo de prima de seguro y reaseguro
  • Traspasos estimados 1.000.000/1.500.000 (alto
    porcentaje de irregulares)
  • Caja inmediata ANSES 1.000MM Flujo permanente
  • El Estado asume rol de Primer Pilar. En muchos
    casos va a tener que financiar los beneficios con
    fondos fiscales

11
II. OPCION REGIMEN EXCLUSIOND) Traspasos
compulsivos a reparto
EDAD APORTES APORTES HABER CARGO
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES MAGISTRADOS JUDICIALES 60 30 30 82 5 AÑOS
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES MAGISTRADOS JUDICIALES 60 15 C0NT 20 DISC 82 5 AÑOS
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES SERVICIO EXTERIOR 65 30 30 85 4 AÑOS
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES SERVICIO EXTERIOR 65 15 C0NT 20 DISC 85 4 AÑOS
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES INVESTGADORES Y CIENTIFICOS 65/60 30 30 85 1 AÑO
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES INVESTGADORES Y CIENTIFICOS 65/60 15 C0NT 20 DISC 85 1 AÑO
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES DOCENTES NO UNIVERSITARIOS 60/57 25-10 25-10 82 AL CESE
REGIMENES ESPECIALES REGIMENES ESPECIALES DOCENTES NO UNIVERSITARIOS 60/57 30   82 AL CESE
  • LEY 24.018
  • LEY 22.731
  • LEY 22.929
  • LEY 24.016

Deroga D. 78/94Reglamentario art. 168 L.
24.241Deroga Ley 18.037 y 18.038 complementarias
y modificatorias
LEGISLACION
19/06/07 Clarín dice que son 175.000 personas y
2.800 MM
12
II. OPCION REGIMEN EXCLUSION
  • CORTE SUPREMA
  • Magistrados - Craviotto, Gerardo (19/05/99)
  • Ser. Exterior - Siri, Ricardo (9/08/05)
  • Docentes - Gemelli, Esther (28/07/05)
  • CAM. FED. CONTENC.
  • Científicos - Becher, Enrique (29/03/99)

JURISPRUDENCIA
  • CAM. FED. S. SOCIAL
  • Científicos - Cascone, Osvaldo (20/10/04)
  • ANSES - RES
  • Magistrados Dibur, José N. (30/04/03)

PROCURACION DEL TESORO TODOS EXCLUIDOS DEL SIJP
  • No pueden optar Todos pasan a Anses
  • Saldo CCI (ap. obligatorio por esa actividad)
  • Se transfiere en especie (activos) el 28/5/07
    prórroga 15/06/07
  • SAFJP, ANSES y AFIP Controlan

Res. 135/07 Sec. S. Social 03/05/07
  • Servicios simultáneos NO especiales
  • Servicios sucesivos NO especiales
  • Requisitos incumplidos o incumplibles
  • Voluntad contraria del titular (Amparos)

Situación Cuestionables
13
III. NUEVA PRESTACION ADICIONAL POR PERMANENCIA
(Opting Inn)
  • Fue creada (en 1994) para los que optaban por
    reparto
  • Era de 0,85 por año de aporte posterior a 1994
    sobre el promedio de remuneración últimos 10 años
  • Como incentivo para los traspasos voluntarios y
    compulsivos se eleva al 1,5 y continúa la
    prestación compensatoria también de 1,5 s/años
    anteriores a 1994. Se aplica a los beneficios
    solicitados desde 01/07/07 (Art. 1º inc. c.
    D.313/07). Los ya jubilados pueden solicitar el
    reajuste de la PAP desde 01/07/07. Se entiende
    que es sin retroactividad (Art. 2º D. 313/07).
  • Tema Actualización
  • ANSES toma los salarios a valor histórico por Ley
    de convertibilidad (Res. 63/94) desde 1/4/91
  • Jurisprudencia
  • La actualización está expresamente dispuesta por
    la Ley (Art. 24 Ley 24.241) y no supone
    indexación prohibida sino realidad salarial
    (Corte Suprema y Cám. Seg. Social)

14
IV. TOPE MAXIMO COMISION DE LA AFJP
  • El art. 4º Ley 26.222 modifica Art. 68 inc. b)
    Ley 24.241
  • Fija tope máximo 1 s/base imponible para
    comisión de las AFJP s/aportes obligatorios
  • Se aplica sobre remuneraciones devengadas desde
    abril/07 (Art. 1º inc. d) Dec. 313/07)
  • Hasta el 31/12/07 se podrá adicionar el costo del
    seguro del invalidez y fallecimiento
  • Actualmente Comisión promedio 2,53
  • Seguro 1,41
  • C. Neta 1,12
  • Hoy las AFJP no cobran comisión sobre
  • Imposiciones voluntarias
  • Depósitos convenidos
  • Pago de retiros programados
  • Sigue suspendida comisión s/rentabilidad (D.
    216/02) s/rentabilidad mayor del 5 hasta 20
    s/excedente con tope del 1,5 del fondo

15
IV. TOPE MAXIMO COMISION DE LA AFJP
  • Nueva norma crea peligroso precedente de fijación
    de precio máximo por Ley del Congreso
  • No deroga Art. 67 Ley 24.241 El importe de las
    comisiones será establecido libremente por cada
    AFJP CONTRADICCION
  • Delega en Poder Ejecutivo facultad de disminuir
    el porcentaje de la comisión, sin fijar pauta ni
    plazo. Contra ART. 76 Const. Nacional prohibe al
    Congreso la delegación Legislativa
  • Conclusión
  • Grave Precedente Tope por Ley
  • Inconstitucional Delegación Legislativa

16
V. INVERSIONES COMPULSIVAS
  • Art. 74 Ley 24.241 Listado de instrumentos en
    los que pueden invertir el activo del Fondo
  • Art. 5º Ley 26.222 incorpora inc. Q) que obliga
    a las AFJP a invertir un mínimo del 5 y un
    máximo del 20 en
  • Títulos de Deuda, Certificados de participación
    en Fideicomisos, Activos u otros Títulos Valores
    representativos de deuda que financien proyectos
    productivos o de Infraestructura a mediano y
    largo plazo en la R.A.
  • El P. E. establece cronograma para llegar a ese
    mínimo (5) en 5 años
  • Inversión obligatoria contraria a la filosofía
    Ley 24.241 que solo, enumera destinos posibles
    de inversión
  • Fijar inversiones mínimas (5) también contaría
    espíritu Ley. Solo establece topes máximos y
    también contienen máximos por emisor y por
    instrumento (para evitar la concentración en
    cierto tipo de activos)
  • Inversión obligatoria y con un mínimo tal alto,
    hará muy difícil cumplir los demás límites
  • Posible conflicto entre la obligación de cumplir
    con el mínimo del 5 y la colocación en los
    productos más seguros y rentables que también
    exige la Ley

17
V. INVERSIONES COMPULSIVAS
Joint Ventures Inversiones de Riesgo por
definición Expl. Perlera
ENARSA
Empresas del Estado
  • Senado agregó Activos

AySA
  • Los proyectos de la infraestructura o
    productivos serán mayoritariamentedel sector
    público o privado bajo licitación pública y en
    general con tasas políticas
  • Hoy con un fondo de 96.000MM 5 es 4.800
    MM.
  • En 5 años con un incremento del 12 anual Fondo
    153.600 MM 5 7.680MM
  • Es muy difícil que se generen proyectos de
    infraestructura o productivos por esos valores y
    que den garantía de seguridad y rentabilidad para
    los ahorros previsionales de todos los afiliados
  • No se aclara quién determinará cuáles son los
    proyectos que cumplan los recaudos que pide la Ley
  • Conclusión
  • Medida grave en contra de la letra y el espíritu
    del sistema de inversiones de la Ley 24.241
  • Creación de peligroso precedente
  • Lamentable experiencia con la inversión
    compulsiva en Letras de Tesorería en Diciembre
    2001
  • Reiteración de la pretensión del Estado Nacional
    de disponer políticamente de los fondos de la
    seguridad social.

18
VI. FINANCIACION DE LAS PRESTACIONES DE INVALIDEZ
Y FALLECIMIENTO
AFJP responsable por el pago de retiros por
invalidez e integración de Capitales
complementarios para pensiones y retiros
definitivos por invalidez
Art. 95 y 96 Ley 24.241
A) REGIMEN ACTUAL
AFJP contratan Seguro Colectivo con Cías. de Vida
Previsional. Pagan prima (1,41 promedio) que
deducen de las comisiones que perciben del
afiliado (2,53 promedio)
19
VI. FINANCIACION DE LAS PRESTACIONES DE INVALIDEZ
Y FALLECIMIENTO
  • El costo del Seguro Colectivo de Invalidez y
    Fallecimiento (1,41) es actualmente el
    componente más significativo (55,73) de la
    comisión de las AFJP (2,53)
  • Solución de la nueva Norma
  • Universalizar entre los aportantes, el
    financiamiento y cobertura de las contingencias
    de invalidez y muerte
  • Imputar el costo a la Rentabilidad del conjunto
    de los Fondos administrados por las AFJP
  • Crear un mecanismo de cálculo de los Aportes
    Mutuales y de compensación de resultados entre
    las AFJP

REGIMEN DE LA LEY 26.222
20
VI. FINANCIACION DE LAS PRESTACIONES DE INVALIDEZ
Y FALLECIMIENTO
  • Deroga Arts. 174 y 175 Ley 24.241. Suprime Cías.
    de Vida Previsional y el Seguro Colectivo (Art.
    18) pero ellas siguen administrando el run off
    con las reservas constituidas
  • Se forma un Fondo de Aportes Mutuales que será
    parte integrante del Fondo administrado por la
    AFJP, afectando activos suficientes
  • Modifica arts. 95 y 96 Ley 24.241, AFJP es
    responsable de esas obligaciones con los Aportes
    Mutuales (art. 8 y 9)
  • El Fondo mutual se expresa en cuotas de cada AFJP
  • Las deducciones (aportes mutuales) deben ser
    suficientes y uniformes para todas las AFJP
  • De esas deducciones deben quedar excluidos los
    afiliados mayores de 60/65 años, los
    beneficiarios de Retiros Programados y los que
    pasaron a Reparto y mantienen Fondos en su CCI,
    que no tienen cobertura de invalidez y
    fallecimiento
  • B) REGIMEN DE LA LEY 26.222

21
FINANCIACION DE LAS PRESTACIONES DE INVALIDEZ Y
FALLECIMIENTO
  • Reglamentación (P. E.) fija mecanismo de cálculo
    de los aportes y compensaciones entre las AFJP
    para uniformidad de costo, y control de la
    gestión en cada fondo mutual
  • La reglamentación debe aclarar como funcionará la
    uniformidad de costos y compensaciones entre las
    AFJP, ya que hoy hay un costo promedio del
    seguro colectivo (1,41) pero varias AFJP tienen
    costos menores y otras bastantes mayores, a fin
    de no encarecer el sistema
  • La mutualidad probablemente aumente el costo
    siniestral al nivelar sin tener en cuenta las
    carteras históricamente mejor administrada
  • La mutualidad puede ser una nueva justificación
    para los fallos judiciales que otorgan
    beneficios por invalidez y pensiones con
    porcentajes de incapacidad menores a los que
    requiere la Ley

COMENTARIOS
22
VII. GARANTIA DE HABER MINIMO (Art. 11 Ley
26.222)
  • Texto original Art. 125 Ley 24.241 Garantía
    Estatal para beneficios del SIJP (Cap. Y Rep. )
    (3, 2/3 MOPRE 300)
  • Ley 24.463 deroga Art. 125 y dice Haber mínimo y
    máximo R. Público . Fija Ley de Presupuesto (Art.
    17 Ley 24.241)
  • Ley 26.222 Art. 11 incorpora nuevo Art. 125 Ley
    24.241Establece garantía de Estado Nacional para
    todos los beneficiarios del SIJP del Régimen
    Público y a los del Régimen de Capitalización que
    perciban componente público, el haber mínimo del
    Art. 17 Presupuesto (530)
  • Quedan excluidos beneficiarios de capitalización
    titulares de
  • Ret. transitorios por invalidez
  • Ret. definitivo por invalidez
  • Pensión por fallecimiento del afiliado

1963 Varones
SIN COMPONENTE PUBLICO
Nacidos a partir
1968 Mujeres
23
  • MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com