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El funcionamiento del Consejo Nacional para la Ni

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El funcionamiento del Consejo Nacional para la Ni ez y Adolescencia CONANI ... Se aprecia del resultado de las mesas de trabajo, una evidente confusi n de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El funcionamiento del Consejo Nacional para la Ni


1
Primer Taller De Autodiagnóstico de la
Implementación de la Ley 136-03
Conclusiones y Recomendaciones Preliminares
Santo Domingo , 13 al 15 de febrero de 2007
2
Conclusiones
3
AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
  • El funcionamiento del Consejo Nacional para la
    Niñez y Adolescencia CONANI- con instancias que
    reportan actividades administrativas y operativas
    en general. Aunque el Consejo existía como
    Consejo Nacional para la Niñez, su funcionamiento
    y el tipo de actividades y funciones cumplidas a
    partir de la vigencia de la Ley 136-03 serán
    objeto de análisis posterior en este mismo
    informe de conclusiones.
  • El CONANI ha diseñado y decidido un cuerpo
    normativo de reglamentación para su
    funcionamiento interno
  • Se han aprobado políticas nacionales de
    protección en VIH-SIDA y en discapacitados (
    PROTECCION ESPECIAL) NO SE REPORTO diseño de
    políticas públicas básicas o estructurales para
    la protección de derechos universales
  • Existen cuatro Comisiones especiales de carácter
    permanente, estas son
  • 1.- Comisión contra la explotación sexual
    comercial,
  • 2.- Comisión para la erradicación del trabajo
    infantil,
  • 3.- Comisión de Ejecución de la Justicia de NNA,
  • 4.- Comisión por el derecho a un nombre y
    nacionalidad
  • Por vía de Resolución Administrativa se decide
    otorgar funciones de las Juntas Locales de
    Protección al Ministerio Público.

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AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
  • Creación de Nueve (9) Oficinas Regionales del
    CONANI, lo cual significa menos del 50 de las
    Provincias, y alrededor de 8 oficinas
    municipales, aunque no se reporta con precisión
    el estado de su funcionamiento y las acciones
    seguidas y acompañadas. (Están proyectadas la
    creación de al menos 3 directorios Municipales).
    Se reporta igualmente la dificultad o falta de
    comunicación entre el nivel nacional y el
    regional.
  • Se reporta el inicio de la elaboración de
    Indicadores de Niñez, aunque se desconoce el
    enfoque estadístico y conceptual, así como el
    estado en que se encuentra su elaboración
  • Se han creado hogares de paso, que los
    participantes no precisan en cantidad y calidad,
    sucediendo igual con el reporte de algunos
    Centros de Atención, Centros de Estancias
    Infantiles y Casas Hogares, reportados en
    funcionamiento, sin precisar cantidad y especie
    de la atención
  • Existen esfuerzos de Capacitación del personal
    del sistema de protección,
  • Los procesos de la tutela y de las declaraciones
    de abandono se reportan atendidos y procesados
    con rapidez,
  • Aparece como positiva la aplicación efectiva por
    parte de la Sala Penal de la inimputabilidad a
    niños y adolescentes de menos de 13 años.
  • Falta de control y monitoreo en los planes
    y programas de la niñez.
  • Desigualdad procesal de las partes por
    inasistencia del letrado gratuito

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AVANCES con análisis y calificación de
obstáculos relacionados-
  • Creación del tribunal de control de ejecución
    de la sanción de N.N.A.
  • Creación de los equipos multidisciplinarios
    de los Tribunales
  • Conformación parcial del personal de la Dirección
    nacional de Atención Integral de la PGR y
    ampliación del espacio Físico.
  • Creación de la Defensa Publica de niños,
    niñas y adolescentes y existencia de
    reglamentación sobre sus actuaciones formales
    aunque no se reportan protocolos de actuación
    sobre cada una de sus funciones

6
Algunas debilidades específicas
  • Pocos Directorios Municipales creados, así como
    falta creación de Oficinas Municipales
  • Falta de creación de las Juntas Locales de
    Protección y Restitución de Derechos
  • Distribución poco equitativa de los recursos de
    funcionamiento del sistema de protección, no sólo
    en términos presupuestarios, sino también del
    recurso humano
  • Ausencia de Políticas Municipales a favor de la
    niñez en el nivel municipal, y en general,
    Ausencia de políticas sociales, asistenciales y
    de protección, especialmente en los sectores que
    conforman los miembros del Directorio Nacional
    (sindical, empresarial, Liga Municipal,
    Secretaria de la Mujer, ayuntamientos).
  • Debilidades en la supervisión y seguimiento de
    los entes coordinados por el CONANI
  • Ausencia de política descentralizadora permanente
    como meta del sistema de protección
  • Ausencia de política de coordinación con los
    demás actores del sistema.
  • Falta de política de educación a la ciudadanía
    para orientación sobre el rol del CONANI y la Ley
    136-03.
  • Ausencia de políticas para las declaraciones
    tardías de nacimientos

7
Algunas debilidades específicas
  • En materia civil o protección, se indica la falta
    de defensores públicos, toda vez que solo existen
    en materia penal.
  • Falta de documentación (actas de nacimiento) en
    los expedientes en materia de guarda y faltas
    graves cometidas por las Oficialías del Estado
    Civil en la expedición de las Actas del Estado
    Civil. Todo ello, asociado a la elevada cantidad
    de niños y niñas no declarados, lo cual retrasa
    los procesos.
  • .Retraso procesal, especialmente en la emisión de
    las sentencias y en particular en materia de
    autoridad parental.
  • La acción de solicitud de la autoridad parental
    no contiene las causas que establece la ley.
  • Retraso en el proceso administrativo de la
    adopción.
  • Confusión de los procesos de guarda y tutela con
    los de adopción, no solo por parte de los
    usuarios sino también de parte de los actores del
    sistema de protección.
  • Mínimas sentencias dictadas en materia de
    protección e igualmente son mínimas las
    homologaciones de Autorizaciones de viaje.
  • Inexistencia del proceso de homologación para la
    designación de la familia sustituta.
  • No se ha completado la creación de tribunales de
    la jurisdicción especializada en el país.

8
Algunas debilidades específicas
  • Muchas sentencias emanadas de las salas penales
    no contienen los datos del adolescente
  • Respecto a la Dirección Nacional de Atención se
    señala la carencia de equipos multidisciplinarios
    en los tribunales y en otras instancias que
    establece la ley , así como la carencia de
    recursos para ejecutar fielmente sus tareas y la
    ausencia de un reglamento que rija sus
    actuaciones.
  • Ausencia del equipo multi-disciplinario de la
    Dirección Nacional de Atención Integral de la PGR
    y desacuerdo entre PGR y CONANI en cuanto a la
    partida presupuestaria
  • En materia penal, desaplicación de la gama de
    medidas definitivas prevista en el Código de
    niños, niñas y adolescentes, ya que la
    medida que mas se aplica es la prisión
    preventiva
  • En materia de alimentos, dificultad de los
    usuarios para acceder a la justicia
  • Retardo en la elaboración y realización de
    los informes y evaluación
  • Falta de envío a tiempo de la sentencia
    firme por parte del tribunal competente a los
    fines de la ejecución de las sanciones a los
    adolescentes

9
Algunas Reflexiones
10
Algunas Reflexiones
  • REFLEXION UNO
  • LA NATURALEZA SISTEMICA Y SU RELACION CON EL
    EFECTIVO GOCE DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y
    ADOLESCENTES
  • Un sistema orgánico de instituciones, órganos y
    entidades, de diversa naturaleza en lo
    administrativo y en lo judicial, coexiste y
    funciona en la medida en que se apodere de la
    noción como tal sistema.
  • La definición y actuación como sistema es un
    ordenador de funciones destinadas a un fin común.
    Como ordenador de funciones, el resultado estará
    determinado por el fiel cumplimiento de los roles
    de todo y cada uno de los integrantes del sistema.

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Supervivencia
Desarrollo Participación
Protección Integral
Protección Especial
12
Reflexiones
  • En ese orden de funciones Unos órganos se
    encargan de coordinar y velar por los derechos
    universales de los niños, niñas y adolescentes,
    es decir, aquellas encargadas de la satisfacción
    universal de los derechos, y otros órganos se
    encargan de la protección individual o protección
    especial, es decir, cuando a un niño o un grupo
    de niños individualmente considerados se les
    amenaza o viola en sus derechos. Quien planifica
    y controla la política pública y a asu vez
    coordina el funcionamiento del sistema, no
    ejecuta programas de atención ni da ordenes de
    protección individual.

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Reflexiones
REFLEXION DOS EL ALCANCE DE LA PROTECCION INTEGRAL
Conjunto de políticas, acciones, planes y
programas, que con PRIORIDAD ABSOLUTA, se dictan
y ejecutan desde el Estado, con la firme
participación y solidaridad de la familia y la
sociedad, para garantizar que todos los niños y
niñas gocen, de manera EFECTIVA Y SIN
DISCRIMINACION, de los Derechos Humanos a la
SUPERVIVENCIA, al DESARROLLO y a la
PARTICIPACION,
14
POLITICAS PLANES PROGRAMAS
15
Reflexiones
  • Por ello, la actuación del sistema no puede tener
    como referencia y meta la atención individual,
    porque se quedaría en una fase reactiva y no
    activa del control y la prevención social para
    que se avance en el vencimiento de las causas
    sustanciales de la violación de los derechos,
    ubicadas por lo general en las señaladas
    desigualdades.
  • Así como existen medidas de protección para la
    atención individual, el sistema de protección y
    la sociedad toda como control activo en el
    cumplimiento real de los derechos de los niños,
    están obligados a diseñar estrategias para
    monitorear este cumplimiento así como el
    comportamiento de los mecanismos institucionales
    para garantizarlos.
  • En ese sentido, todos los instrumentos
    internacionales de derechos Humanos, con la
    Declaración Universal de Derechos Humanos a la
    cabeza, y en particular la Convención sobre los
    Derechos del Niño, comprometen a los Estados
    Parte a contemplar en sus legislaciones internas
    y a verificar en sus instituciones
    administrativas y judiciales efectivos sistemas
    domésticos o internos para la garantía de los
    derechos universales, y para el control en su
    cumplimiento así como para la restitución en caso
    de ser violados.

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Reflexiones
Se aprecia del resultado de las mesas de trabajo
una referencia privilegiada a la atención
individualizada y espurias referencias a la
protección Universal, lo que constituye un riesgo
de distorsión del paradigma de protección
integral de derechos humanos de los niños. Se
evidencia así, la ausencia de sistemas claros y
prácticas reales dirigidas a la protección
universal, lo cual además de preocupante en
términos de la materialización de la protección
integral, invita a no dudar en la elaboración e
implementación de acciones y estrategias
inmediatas para la conformación de mecanismos
institucionales y sociales con ese fin.
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Reflexiones
A pesar de que se reporta la creación de
programas en manos del CONANI como parte de la
solución, hay que reflexionar por cuanto ello
podría ser parte del problema y no de la
solución, en razón de que 1) la mayor creación
y existencia de necesidad de programas de
atención individualizada, refleja una errada idea
de la protección integral, puesto que la atención
final es sólo la respuesta a la violación de
derechos existente 2) La percepción de la mayor
necesidad de programas, revela una realidad que
no sólo es la de la existencia de más niños
violados en sus derechos, sino la ausencia de
políticas para prevenir estas violaciones, 3) La
percepción de necesidad de programas puede estar
revelando que la masificación de la atención es
un avance a la solución de la problemática de la
infancia, cuando en realidad la mayor existencia
de programas es sólo consecuencia del verdadero
problema y de las verdaderas causas. 4) La
percepción de la atención especial e
individualizada de niños reporta la visión del
niño como un problema, y no delimita que el niño
en estas circunstancias es la manifestación del
problema.
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Recomendaciones preliminares
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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
  • REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
  • Se aprecia del resultado de las mesas de trabajo,
    una evidente confusión de roles en el
    cumplimiento de las funciones de cada órgano del
    sistema de protección de la niñez y adolescencia
    que traen como consecuencia la desfiguración,
    tergiversación y distorsión del comportamiento
    como sistema.
  • Muchas instancias del sistema se comportan como
    Instituciones totales, asumiendo la atención
    cuando son planificadores y contralores de ella,
    o asumiendo la orden administrativa de
    restitución cuando son solicitantes de la misma y
    no decidores de ella, o tomando decisiones al
    interior del programa sin ningún o con muy poco
    control de los componentes del programa, por lo
    que el propio programa se formula, se evalúa y
    toma decisiones sobre los derechos del niño o
    niña que atiende.


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
  • REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
  • Es preciso señalar con preocupación lo siguiente
  • No corresponde al CONANI la ejecución de
    Programas
  • No corresponde al Ministerio Público ordenar las
    medidas de protección individual, puesto que éste
    órgano es solicitante de la misma conforme a la
    ley 136-03
  • No corresponde al Equipo Multidisciplinario tomar
    decisiones sobre los derechos de los Niños
    atendidos ni sobre la orientación del programa
  • No corresponde a los Programas determinar la
    forma de restitución de un derecho, esto es, no
    le corresponde determinar en que programa será
    atendido un niño.
  • Los Tribunales de Niños y Adolescentes , en Sala
    Civil, deben determinar las medidas de protección
    individual ( Restitución de Derechos) hasta tanto
    se creen y funcionen las Juntas Locales de
    Restitución de Derechos.


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
  • REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
  • Ante lo anteriormente analizado y por la
    ausencia de mecanismos permanentes de
    coordinación y orientación intersectorial, SE
    RECOMIENDA

A corto plazo Creación de un mecanismo
institucional interno a cada órgano (Salas
Situacionales), que permitan el seguimiento y
sistematización de la ejecución de sus funciones.
A su vez cada Sala Situacional, deberá reunirse
con la sala situacional de todo el sistema, de
carácter permanente bajo la guía del Directorio
Nacional del CONANI, al menos, una vez al mes, a
fin de sistematizar integralmente todas las
acciones ejecutadas y tomar decisiones de
coordinación en conjunto. A mediano Plazo
Elaboración de Modelo Organizacional de
Coordinación Intersectorial, con referencia a las
funciones previstas en la Ley, diseñado con la
participación y validación de todos los
integrantes del sistema e institucionalizarlo
como Directriz de Coordinación Intersectorial
aprobada por el Directorio Nacional del CONANI A
mediano Plazo Diseño anual de Planes
Estratégicos y Operativos de los órganos del
Sistema que permita integrar las acciones comunes
y desarrollar una gestión con aliados externos al
sistema (sector público y sector privado)

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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
  • SE RECOMIENDA
  • Analizar para su eventual derogatoria la
    Resolución que asigna competencia para dictar
    medidas de protección al Ministerio Público
  • Como consecuencia de la acción recomendada en el
    punto anterior, analizar la viabilidad de una
    resolución que establezca la forma y
    procedimientos para que el Ministerio Público
    haga la solicitud de medidas de protección
    individual, como lo contempla la ley 136-03, en
    los literales k, l y m del artículo 211
  • Elaboración y puesta en funcionamiento del
    Protocolo de Actuación del CONANI, que contemple
    claras definiciones y formas de actuación en
  • 1) Deliberación de políticas, planes y Programas,
  • 2) Formas de Registro de Programas y Entidades de
    Atención
  • 3) Normas de Procedimiento en materia de
    seguimiento y evaluación de Programas,
  • 4) Análisis de Situación del Estado de los
    Derechos de la Niñez, con un sistema de
    información oportuna que permita su actualización
    anual,
  • 5) Normas de actuación para la coordinación del
    Sistema


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS AL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
  • SE RECOMIENDA
  • Institucionalizar el mecanismo para el control y
    demanda en el cumplimiento de los derechos
    universales. En tanto se cree la Defensoría del
    Pueblo, esta responsabilidad se sugiere deba
    estar en el Ministerio Público, quien a través de
    la Acción de Amparo empodere a la Sala Civil del
    Tribunal de Niños y Adolescentes para la garantía
    de derechos colectivos o difusos. En tal sentido,
    se sugiere, la creación de mecanismos y
    procedimientos claros y eficaces al interior del
    Ministerio Público. Su función principal
    permitirá controlar jurisdiccionalmente incluso
    no sólo la ausencia de políticas públicas a favor
    de los derechos universales, sino también
    controlar judicialmente el cumplimiento de las
    funciones de protección universal por parte de
    los órganos del sistema de protección.


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LOS PROGRAMAS
  • SE RECOMIENDA
  • REVISION DE LOS PROGRAMAS EXISTENTES EN CUANTO A
    SU ENFOQUE avanzar sobre la transformación de
    los programas de protección que aún no se han
    adecuado a la nueva doctrina. En ese camino es
    necesario articular a las instituciones para
    avanzar en el proceso de garantizar los derechos
    de los niños, niñas y adolescentes, de manera
    eficiente y efectiva. También, es oportuna la
    posibilidad de la cooperación del UNICEF para la
    transformación de las entidades de atención del
    sistema penal de responsabilidad del adolescente.
  • ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PLAN DE
    TRANSFERENCIA DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN que
    actualmente se encuentren bajo la administración
    y ejecutoria del CONANI. Esta transferencia se
    debe hacer a las entidades y servicios públicos
    que corresponda según el tipo de atención. Tanto
    el Plan de Transferencia como su ejecución
    progresiva debe comprometer a todos los órganos
    del sistema, puesto que se trata de una actuación
    sinérgica que permitirá de esa forma la
    integración y el enfoque de trabajo compartido
    para lograr la ubicación de los programas y
    entidades de atención en el lugar de servicio
    público al que correspondan. También en este
    aspecto se debe considerar la cooperación técnica
    del UNICEF.


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LOS PROGRAMAS
  • SE RECOMIENDA
  • IMPLEMENTAR UN SISTEMA DE CONTROL, SEGUIMIENTO Y
    EVALUACION DE PROGRAMAS, QUE INCLUYA UN SISTEMA
    DE MEDICION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS SOBRE
    LA BASE DE LA PROTECCION Y RESTITUCION REAL DE
    LOS DERECHOS (Es necesario medir el impacto de
    los programas aplicados. Medir la capacidad que
    estos tienen para incluir a los niños en
    situación de calle, por ejemplo. Cualquier
    programa que no logre la inclusión de los niños y
    niñas, es parte del problema y no parte de la
    solución.)
  • LAS DECISIONES SOBRE INTEGRACION DEL NIÑO, NIÑA O
    ADOLESCENTE A UN PROGRAMA NO DEBE SER ASUNTO DE
    LOS PROPIOS ADMINISTRADORES DEL PROGRAMA, SINO DE
    UNA MEDIDA DE PROTECCION. EN CONSECUENCIA, URGE
    SEPARAR ESTOS ROLES
  • DIAGNOSTICO DE ENTIDADES Y PROGRAMAS DE ATENCION
    INMEDIATA (CENSO DE PROGRAMAS).


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y
RESTITUCION DE DERECHOS
  • SE RECOMIENDA
  • Creación de las Juntas Locales de Protección.
    URGE la elaboración de un Plan Mínimo de Acción
    para la implementación de las Juntas Locales de
    Protección. En tal sentido, se recomienda
    empoderar a las comunidades y a las ONGs,
    sensibilizando y difundiendo suficientemente la
    importancia de su creación y funcionamiento real.
    Se recomienda que en el caso de los municipios en
    que no exista Directorio Municipal para el
    registro de Ongs que determina el artículo 466
    de la Ley, se habilite temporalmente un registro
    por municipio en la Oficina Nacional del CONANI,
    que lleve tal registro y acuerde la celebración
    de las asambleas para la elección de los
    integrantes de las Juntas Locales de Protección.
    Se recomienda para tal fin, aprovechar al máximo
    el recurso y capital humano organizado en los
    Municipios Amigos de la Niñez, organizados a
    través del Departamento de Niñez de los
    Ayuntamientos y en tal sentido, coordinar las
    acciones del Plan Mínimo recomendado con la
    cooperación del UNICEF.


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ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y
RESTITUCION DE DERECHOS
  • SE RECOMIENDA
  • Se insiste en la RECOMENDACIÓN de derogatoria de
    la Resolución que da potestad al Ministerio
    Público para dictar medidas de Protección.
  • Se recomienda la elaboración de CENSOS
    MUNICIPALES DE PROGRAMAS Y ENTIDADES DE ATENCION
    PUBLICAS Y PRIVADAS, con especial énfasis en los
    Municipios en donde se celebren las Asambleas
    para la implementación de las Juntas Locales de
    Protección, a fin de que al entrar éstas en
    funcionamiento tenga una referencia programática
    en donde ordenar el cumplimiento de las medidas
    que dictaren.


28
ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LA APLICACIÓN JUDICIAL
  • SE RECOMIENDA
  • Fortalecer La especialidad del área de Derechos
    de los Niños y Adolescentes en lo Civil y Penal
    como parte de la materialización del principio de
    prioridad absoluta establecido en la Convención
    sobre los Derechos del Niño, por tanto se
    RECOMIENDA la especialización judicial en niñez
    en las Salas Civiles y Penales, así como la
    formación exhaustiva del personal y de los jueces
    para su profesionalización.
  • Diseñar y ejecutar Plan de Selección y
    Capacitación de Personal de la Policía Judicial
    Especializada
  • Ante la desaplicación de la gama de medidas
    penales de carácter socioeducativo SE RECOMIENDA
  • A) Diseño de programas socioeducativas para el
    cumplimiento de la pena, especialmente los de
    prestación de servicios comunitarios, reglas de
    conducta y semilibertad.
  • B) coordinación del CONANI con los ayuntamientos
    y/o municipios para acordar el programa de
    prestación de servicios comunitarios. Poner en
    funcionamiento al menos 5 en el plazo de un año.


29
ANALISIS Y RECOMENDACIONES
REFERIDAS A LA APLICACIÓN JUDICIAL
  • SE RECOMIENDA
  • Instar a aprobar resolución que cree la Defensa
    Técnica en Salas Civiles para procesos de
    protección
  • Diseño y aprobación del Protocolo de Actuación y
    funciones de la Defensa Tecnica conforme al
    articulo 255 de la ley 136-03


30
  • Priorización de Acciones

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PRIORIZACION DE ACCIONES
Se priorizan como inmediatas las siguientes
acciones
  • Plan Mínimo de acción para la creación y
    funcionamiento de las Juntas Locales de
    Protección y Restitución de Derechos
  • Incorporación sistemática a la agenda
    deliberativa del Directorio del CONANI del
    análisis y propuesta para el diseño de políticas
    sociales básicas, asistenciales y de protección,
    análisis del Presupuesto Publico para ejecución
    de políticas a favor de los derechos de la niñez
    y adolescencia, y evaluaciòn de planes
    sectoriales.
  • Plan de Coordinación intersectorial de los
    órganos del sistema a corto y mediano plazo
  • Plan de Formación y Capacitación intensivo y
    permanente de recursos humanos en materia de
    protección integral, que integre los aspectos
    fundamentales de la doctrina de N U sobre
    derechos de los Niños y la formación para
    planificación y acción estratégica de protección
    universal y protección especial conforme a los
    roles de los órganos del sistema, incluyendo la
    producción y distribución de material de consulta
    permanente. Este Plan debe contener un sistema de
    Evaluación de Personal capacitado, de sus
    acciones y resultados medibles conforme a la
    formación recibida.
  • Plan de Transferencia y adecuación de Programas y
    Entidades de Atención e inicio de modelos
    transferidos con enfoque de protección integral.

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