Por qu una Cumbre de Nutricin y Salud - PowerPoint PPT Presentation

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Por qu una Cumbre de Nutricin y Salud

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Por qu una Cumbre de Nutrici n y Salud? H. Senador Guido Girardi ... SEDENTARISMO DIABETES MELLITUS. TABAQUISMO OBESIDAD. D FICIT. PSICOSOCIAL ESTRES. DEPRESI N ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Por qu una Cumbre de Nutricin y Salud


1
Por qué una Cumbre de Nutrición y Salud?
  • H. Senador Guido Girardi

2
EVOLUCIÓN DEL SOBREPESO Y OBESIDAD EL ESCOLARES
DEL SECTOR PÚBLICO 1994 - 2006
FUENTE MAPA NUTRICIONAL JUNAEB
3
SITUACIÓN DE OBESIDAD EN ESCOLARES DEL SECTOR
PÚBLICO SEGÚN REGIONES 2006
FUENTE MAPA NUTRICIONAL JUNAEB
4
COMPORTAMIENTO DE LA OBESIDAD SEGÚN GRADO DEL
SECTOR PÚBLICO 1995-2000-2005-2006
FUENTE MAPA NUTRICIONAL JUNAEB
5
Encuesta Nacional de Salud Chile 2003
6
LOS ADULTOS CHILENOS DE HOY
Hipertensión Arterial
Hipercolesterolemia

Riesgo Cardiovascular
Diabetes
Fuente Encuesta de Salud MINSAL 2003
7
Sobrepeso, Obesidad y Obesidad Mórbida.
8
Obesidad en Chile 2006
Fuente Encuesta Nacional de Salud 2003
II Encuesta Nacional de Calidad de Vida y Salud
Chile 2006
9
Hipertensión arterial según Regiones.
10
Colesterol Total Elevado según Regiones.
11
Tabaquismo según regiones
12
CONSUMO DE CIGARRILLOS EN ESCOLARES8º Básico a
4º Medio. Prevalencia/mes por sexo
13
Sedentarismo
Según nivel educacional
Según sexo
97,9
94,1
90,1
90,0
86,5
100
93,3
88,8
100
80
80
60
60
40
40
20
20
0
0
Técnico
Universitario
Sin educación
Básica
Media
HOMBRE
MUJER
profesional
14
Riesgo Cardiovascular Alto y Muy Alto
Nacional 54.9 Hombres 64.2 Mujeres 46.2
15
Mortalidad por cáncer en Chile 1970-2004 Proporció
n sobre el total de muertes
UNA DE CADA 4 MUERTES EN CHILE SE DEBE A CANCER
16
Mortalidad por tumores malignos de mama Chile
1990-2004. Tasas por 100.000
femenino
Fuente DEIS/MINSAL
17
Mortalidad por tumores malignos de próstata Chile
1990-2004. Tasas por 100.000
Fuente DEIS/MINSAL
18
Pais (trans grasa total papas, pollo)
Contenido de Ácidos Grasos TRANS producidos
industrialmente en una porción grande de Papas
Fritas y Nuggets de Pollo en Cadenas de
Alimentación Rápida en diversos países.
Ac Grasos TRANS industriales (g)
S. Stender et al NEJM 35415 2006
19







Risks Associated to Disease Burden Lost DALYs 2000



20
Días sobre Norma Diaria PM10, Santiago
400
356
356
355
345
345
345
350
300
250
200
Nº de Días Sobre Norma
138
150
115
118
109
101
95
86
100
67
67
51
51
42
50
0
2000
2001
2002
2003
2004
2005
CHILE (150ug/m3)
CHILE (120ug/m3)
Comunidad Europea (50ug/m3)
Días de superación de norma diaria (promedio 24
horas) para MP10 en la Región Metropolitana,
usando la referencia de nuestra normativa y la
adoptada por la Comunidad Europea.
21
Días sobre Norma Diaria PM2.5, Santiago
400
334
350
321
304
292
289
303
300
250
205
205
204
206
194
200
Nº de Días Sobre Norma
173
150
97
86
82
100
77
72
61
50
0
2000
2001
2002
2003
2004
2005
EPA 1997 (65 ug/m3)
EPA Actual (35 ug/m3)
OMS (25 ug/m3)
Días de superación de norma diaria (promedio 24
horas) para MP2.5 en la Región Metropolitana,
usando la referencia de normativa internacional.
22
HIPERTENSIÓN ARTERIAL ALIMENTACION HIPER
COLESTEROLEMIA NO SALUDABLE ENFERMEDAD
CORONARIA SEDENTARISMO DIABETES MELLITUS
TABAQUISMO OBESIDAD DÉFICIT PSIC
OSOCIAL ESTRES DEPRESIÓN
23
(No Transcript)
24
(No Transcript)
25
METAS NACIONALES / OBJETIVOS SANITARIOS REFORMA
DE SALUD 2010








CONDICIONANTES

METAS

INDICADOR

2000

2010

14










OBESIDAD/

Disminuir la prevalencia de
Obesidad pre
-
10


19
ALIMENTACIÓN

obesidad en 3 puntos
escolar P/T 2 DE


7
porcentuales en pre
-



escolares.

Obesidad 1
16


Disminuir la prevalencia de
básico P/T 2 DE


36
12

obesidad en 4 puntos


porcentuales en escolares
Obesidad
32


de 1 básico y
embarazada

embaraz
adas.


28


COMO VAMOS EN EL 2008

89





SEDENTARISMO/

91

Disminuir la prevalencia de
Sed
entarismo

ACTIVIDAD FISICA

sedentarismo en la
mayor 15 años

84
población mayor de 15 años
en 7 puntos porcentuales.




26
METAS NACIONALES / OBJETIVOS SANITARIOS REFORMA
DE SALUD 2010








CONDICIONANTES

METAS

INDICADOR

2000

2010

14










OBESIDAD/

Disminuir la prevalencia de
Obesidad pre
-
10


19
ALIMENTACIÓN

obesidad en 3 puntos
escolar P/T 2 DE


7
porcentuales en pre
-



escolares.

Obesidad 1
16


Disminuir la prevalencia de
básico P/T 2 DE


36
12

obesidad en 4 puntos


porcentuales en escolares
Obesidad
32


de 1 básico y
embarazada

embaraz
adas.


28

COMO VAMOS EN EL 2008


89





SEDENTARISMO/

91

Disminuir la prevalencia de
Sed
entarismo

ACTIVIDAD FISICA

sedentarismo en la
mayor 15 años

84
población mayor de 15 años
en 7 puntos porcentuales.




27
Expectativa de Vida en Chile 1910-2005
28
Distribución del ingreso autónomo percápita del
hogar, 2003 2006 ().Encuesta CASEN 2006
29
Brecha entre el 10 más rico y el 10 máspobre
para algunos países
Japón
4,5
Finlandia
Noruega
Suecia
Corea del Sur
Dinamarca
Francia
Suiza
Irlanda
Israel
Australia
China
Reino Unido
Alemania
Italia
E.E.U.U.
16,6
Singapur
Costa Rica
Uruguay
Mexico
36
Chile
0
10
20
30
40
50

Fuente Elaboración propia a partir de datos
entregados por el Informe sobre Desarrollo Humano
2003
30
Permanece la inequidad

31
Recaudación Tributaria como del PIB para
algunos países, 2000
32
El Mercado de los Supermercados
33
El mercado de Farmacias/ventade Medicamentos
34
DERECHOS DE AGUAS EN CHILEFuente DGA

35
(No Transcript)
36
Proyecto de Ley
  • Art. 1. Todos aquellos que expendan o
    comercialicen alimentos, de cualquier clase y a
    cualquier título, destinado al consumo humano,
    deberán, en todo momento asegurar su inocuidad,
    fomentar un consumo racional y saludable,
    informar veraz e íntegramente sobre la
    composición de sus productos, subproductos y
    componentes, y responder de los perjuicios que
    causen a los consumidores, en su caso, en
    conformidad a la ley y a la reglamentación
    vigente.
  • Art. 2. Se define para efectos de esta ley como
    nutrientes indicadores de calidad de dieta todos
    aquellos cuyo contenido excesivo o deficitario en
    los alimentos pueden constituir un factor de
    riesgo para la salud de las personas, incluyendo
    efectos de largo plazo como la prevalencia o
    severidad de enfermedades crónicas relacionadas
    con la nutrición.
  • Art. 3. Los fabricantes, distribuidores e
    importadores de alimentos deberán declarar y
    rotular el contenido de nutrientes indicadores de
    calidad de dieta definidos en esta ley en el
    envase o rótulo del producto e informar de ello a
    la autoridad sanitaria.
  • Deberá rotularse, en todo caso, el contenido
    de grasas totales, grasas saturadas, grasas
    trans, azúcar, sodio, fibra y calcio.

37
  • Art. 4. No se podrá adicionar a los alimentos y
    comidas preparadas ingredientes o aditivos
    innecesarios de acuerdo a la naturaleza propia
    del alimento, o que con su adición generen una
    impresión que puedan inducir a equívocos, engaños
    o falsedades, o que de alguna forma sean
    susceptibles de crear una impresión errónea
    respecto a la naturaleza, composición o calidad
    del producto y del contenido de nutrientes
    indicadores de la calidad del alimento.
  • Art. 5. Los establecimientos educacionales del
    país deberán incluir en sus programas de estudios
    en todos sus niveles de enseñanza, hábitos de una
    alimentación saludable y los efectos nocivos de
    una dieta excesiva en grasas, grasas saturadas,
    azúcares, sodio y otros alimentos cuyo consumo en
    determinadas cantidades o volúmenes pueden
    representar un riesgo para la salud.
  • Art. 6. Los alimentos o comida preparada que
    presenten la condición sanitaria de alimento con
    altos contenidos de nutrientes indicadores de
    exceso no podrán expenderse, ni comercializarse
    dentro de establecimientos educacionales de
    educación básica y media, ni a menos de 100
    metros de distancia de ellos.
  • Se prohíbe su expendio, a título gratuito, a
    menores de 18 años. Además, no podrán ser
    expendidos, distribuidos ni comercializados a
    cualquier título, a menores de 14 años.

38
  • Art.7. Los alimentos que presenten a lo menos la
    cantidad de nutrientes indicadores de exceso o
    déficit serán etiquetados como para cada caso se
    indica en las tablas siguientes, o bajo una
    leyenda y simbología equivalente, sin perjuicio
    de las facultades de la Autoridad Sanitaria en la
    materia.
  • Para la grasa total, grasa saturada, azucares
    adicionadas y sodio corresponderá señalar
    alimento con bajo, mediano o alto contenido de
    nutrientes poco saludables respectivamente
  • Para la fibra y el calcio corresponderá
    señalar alimento con bajo, mediano o alto
    contenido de nutrientes saludables,
    respectivamente
  • El porcentaje de grasas trans, producidas por
    hidrogenación industrial presentes en cualquier
    alimento no podrá superior del 2 de la grasa
    total.

39
PARA AQUELLOS NUTRIENTES INDICADORES EN QUE MAS
ES PEOR nutrientes propios del exceso
GRASA TOTAL GRASA SATURADA, SODIO y AZUCARES
ADICIONADOS
Grasas trans industriales por norma bajo 2 de
la grasa total
40
PARA AQUELLOS NUTRIENTES INDICADORES EN QUE MAS
ES PEOR nutrientes propios del exceso
GRASA SATURADA SODIO AZUCARES ADICIONADOS
Grasas trans industriales por norma bajo 2 de
la grasa total
41
MEDIO
ALTO
BAJO
42
  • Art. 8. Los alimentos calificados de alto
    contenido de nutrientes indicadores de exceso no
    podrán ser ofrecidos o publicitados a menores de
    edad, ni incluir a dichos menores en su oferta
    publicitaria ni a adultos que representen alto
    grado de admiración, popularidad o conocimiento
    entre el público infantil. Su publicidad sólo
    podrá hacerse, en medios masivos, en horario
    nocturno.
  • En todo caso, no podrá inducirse su consumo en
    menores de edad o valerse de medios que se
    aprovechen de su credulidad. La venta de estos
    alimentos no podrá efectuarse mediante ganchos
    comerciales, no relacionados con las
    características propias del producto, tales como
    regalos, concursos, juegos u otro elemento de
    atracción infantil.
  • De ninguna manera se podrán atribuir
    propiedades, condiciones o beneficios distintos a
    las que realmente presentan o contengan de
    acuerdo a su propia naturaleza.
  • Toda publicidad de estos alimentos deberá llevar
    una advertencia de la autoridad sanitaria que
    señale los riesgos en la salud de su consumo
    indiscriminado o indebido.
  • Art. 9. El que produjere, expendiere o
    comercialice cualquier alimento que por su
    contenido de nutrientes indicadores de exceso
    genere o pueda generar daños en la salud de las
    personas y que se presente o comercialice como de
    bajo contenido o asemeje un bajo contenido de
    nutrientes indicadores de exceso siendo de alto
    contenido de nutrientes indicadores de exceso
    será sancionado con la pena de multa de 50 a 1000
    UTM
  • Art. 10. El que produjere, expendiere o
    comercialice cualquier alimento que genere o
    pueda generar daños en la salud de las personas
    por el sólo hecho de su consumo, será sancionado
    con la pena de multa de 50 a 5000 UTM.
  • Art. 11. El que produjere, expendiere o
    comercialice cualquier alimento en contacto con
    elementos tóxicos o contaminantes será castigado
    con la pena de multa de 50 a 5000 UTM. Si de ello
    además derivare la contaminación de los alimentos
    o riesgo o daño en la salud de los consumidores,
    la pena será además la de presidio menor en su
    grado mínimo a medio.
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