Cmo exportar a la Unin Europa cumpliendo con los reglamentos tcnicos Auditorio de la Cmara de Comer - PowerPoint PPT Presentation

1 / 18
About This Presentation
Title:

Cmo exportar a la Unin Europa cumpliendo con los reglamentos tcnicos Auditorio de la Cmara de Comer

Description:

Proyecto de Cooperaci n UE-PERU en materia de Asistencia t cnica ... C mo exportar a la Uni n Europa. cumpliendo con los ... (Laminas II) ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:69
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 19
Provided by: maia9
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: Cmo exportar a la Unin Europa cumpliendo con los reglamentos tcnicos Auditorio de la Cmara de Comer


1
Cómo exportar a la Unión Europa
cumpliendo con los reglamentos técnicos ?
Auditorio de la Cámara de Comercio, Industria y
Turismo de Loreto13 - 14/11/2008 Expositora
Katelyne GhémarMAIA sprl, Bruselas (Laminas II)
1
2
Qué significa la libre circulación para los
productos peruanos?
  • Cómo se logró la libre circulación en la UE?
  • Que debe cumplir un producto peruano para
    circular libremente en la UE? (del punto de
    vista de la normativa técnica de la UE)

2
3
2. LA LIBRE CIRCULACION DE MERCANCIASEN LA UE
  • Qué significa la libre circulación de los
    productos peruanos en el mercado de la UE?

3
4
Firma de los Tratados de Roma
5
1. El objetivo de libre circulación de
mercancías de la Unión Aduanera hasta el
mercado interior
  • Qué se previo al inicio de la construcción
    europea?
  • El Tratado de Roma firmado en 1957 preveía
  • Creación de una Unión aduanera con un Arancel
    Externo Común y la eliminación de los Derechos de
    Aduana entre los Estados miembros (Art.9, Art. 25
    CEE).
  • La eliminación de los contingentes y de las
    medidas de efecto equivalente para realizar la
    libre circulación de mercancías (Art. 30-34 CEE).
  • PERIODO DE TRANSICIÓN entre 1957 y 1970.

5
6
1. El objetivo de libre circulación de
mercancías de la Unión Aduanera hasta el
mercado interior
  • Cuándo se alcanzaron los objetivos del Tratado?
  • La U.A. se estableció el 1 de julio de 1968 - se
    eliminaron los aranceles entre los Estados
    miembros. El Reglamento del Consejo del 28 de
    Junio, estableciendo el Arancel Externo Común
    (AEC), entró en vigor el mismo día.
  • La supresión de los contingentes fue realizada
    también el 1 de julio de 1968
  • Alguna armonización fiscal con la introducción de
    IVA en todos los países hasta 1970.
  • SIN EMBARGO reglamentaciones técnicas nacionales
    ! (medidas de efecto equivalente).

6
7
Antes de la armonización de reglas (1960)
8
Eliminación de medidas de efecto equivalente (y
excepciones)
  • Generalmente disposiciones de naturaleza
    comercial (condiciones de puesta en el mercado)
    o de naturaleza técnica (elementos de la
    composición o presentación de los productos).
  • Ejemplos
  • Alemania uso de una legislación del siglo XVII
    que establece las condiciones de composición de
    la cerveza. Las cervezas (belgas) que no cumplían
    con dichos requisitos no podían ser
    comercializadas como cervezas en Alemania.
  • Bélgica reglamentación que imponía que la
    margarina se comercialice solo en embalajes
    cúbicos

8
9
Las excepciones (art. 36 CEE)
  • Art. 36 CEE permite interdicciones o
    restricciones a las importaciones o a las
    exportaciones por razones de
  • orden público
  • moralidad y seguridad públicas,
  • protección de la salud y vida de las personas y
    animales,
  • preservación de los vegetales,
  • protección del patrimonio artístico, histórico o
    arqueológico nacional o
  • protección de la propiedad industrial y
    comercial.
  • No obstante, tales prohibiciones o restricciones
    no pueden constituir un medio de discriminación
    arbitraria ni una restricción encubierta del
    comercio entre los Estados miembros.

10
Eliminación de medidas de efecto equivalente y
excepciones
  • Sin embargo, los E.M. han aplicado, en ciertos
    casos, medidas que tienden a disminuir la
    importación de bienes originarios de otros E.M. ?
    multiplicación de reglamentos técnicos que
    obstaculizan la libre circulación y que
    incrementan los costos de los operadores
    económicos.
  • ? Esto incita al Tribunal de Justicia a
    desarrollar una jurisprudencia sobre las medidas
    de efecto equivalente (MEE).

10
11
MEE Jurisprudencia del Tribunal de Justicia
  • En su análisis, el Tribunal de Justicia distingue
    entre
  • Las medidas discriminatorias (aplicables solo a
    mercancías importadas y no a mercancías
    producidas en el Estado miembro (E.M.) de
    importacion
  • ? se prohíben, salvo si se justifican al amparo
    del articulo 36
  • Las medidas aplicables a todos los productos, es
    decir las medidas relativas a la comercialización
    de los productos
  • ? No pueden constituir un obstáculo
    injustificable al comercio intra-comunitario

12
Inicio de la armonización comunitaria de
reglamentos nacionales (RT)
  • Necesidad de armonizar las reglamentaciones
    técnicas de los Estados miembros para asegurar la
    libre circulación de mercancías
  • ? La Comisión establece un Programa de
    armonización que adopta el Consejo en 1969
  • Propone un reconocimiento de los controles
    llevados a cabo por otro Estado miembro, si los
    estima equivalentes
  • Prevé armonizaciones prioritarias para el 1 de
    enero de 1970 (pero este programa se demora
    rápidamente)

13
Armonización de reglas técnicas
Posibilidad de aplicar medidas nacionales
únicamente si son justificadas por interés
publico no económico (excepciones art .30 del
Tratado) o exigencias imperativas (jurisprudencia)
Producto se exporta a Francia. Si el producto
respete las reglas armonizadas puede
comercializarse en Francia
14
Inicio de la armonización comunitaria de
reglamentos nacionales (RT)
  • Armonización difícil porque
  • Materia muy técnica, compleja y evoluciona
    rápidamente
  • Falta de confianza entre Estados miembros.
  • Costos de adaptación para las industrias de los
    Estados cuyas normas no se adoptan.
  • Decisión a la unanimidad hasta 1985.
  • ? El éxito de la eliminación de los derechos de
    aduana y de las cuotas contrarrestado por el
    mantenimiento de reglamentos técnicos nacionales
    que se convierten en obstáculos al comercio.

15
Principio del reconocimiento mutuo (se aplica
desde 1979 a productos NO objeto de armonización
16
Inicio de la armonización comunitaria de
reglamentos nacionales (RT)
  • Nuevo enfoque de Armonización (1985)
  • Abarca más productos
  • Productos de mas alto riesgo (eléctricos,
    juguetes, dispositivos medicales, construcción,
    etc).
  • Armoniza únicamente las condiciones esenciales de
    los productos.
  • Trabaja con normas armonizadas a nivel CE.
  • Permite avanzar en el proceso de armonización
    comunitaria
  • Sin embargo, problemas relacionados con los
    costos de evaluación de la conformidad y
    controles ex post.

17
2. La libre circulación de mercancías en la Unión
Europea
  • SEGUNDA ETAPA MERCADO UNICO
  • Supresión de TODOS los obstáculos (todavía
    existentes) a la libre circulación
  • LIBRO BLANCO medidas para el Mercado Interior
  • Supresión de los controles en frontera Diciembre
    de 1992
  • MERCADO UNICO 1/1/1993

18
Mercado interior
Producto armonizado
Debe respectar las reglas armonizadas
Producto no armonizado
Conformidad con reglas nacionales del país de
comercialización (Francia)
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com