El futuro de la planificacin hidrolgica en Galicia' Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puer - PowerPoint PPT Presentation

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El futuro de la planificacin hidrolgica en Galicia' Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puer

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Title: El futuro de la planificacin hidrolgica en Galicia' Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puer


1
El futuro de la planificación hidrológica en
Galicia. Colegio de Ingenieros de Caminos,
Canales y Puertos. Santiago de Compostela,
30 de septiembre de 2009.
LA DMA Y LA PLANIFICACIÓN HIDROLÓGICA. Algunas
reflexiones. Francisco Bueno Hernández Doctor
Ingeniero de Caminos / Universidad de Burgos
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La Directiva Marco del Agua y la Planificación
Hidrológica
  • La DMA.
  • Objeto y objetivos.
  • Cuestiones previas.
  • Algunas reflexiones acerca del contenido y
    aplicación de la DMA.
  • Sobre la filosofía y principios de la DMA.
  • Sobre algunas lagunas de la DMA.
  • Sobre interpretaciones erróneas o interesadas de
    la DMA.
  • Reflexiones sobre planificación y gestión del
    agua y sobre las políticas del agua.
  • Las obras hidráulicas. Su consideración en la
    sociedad y su consideración en la planificación
    hidrológica.
  • Los usos del agua. Agua, regadío y territorio.
  • Las competencias en materia de aguas y sus
    transferencias.

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La DMA. Objeto y objetivos (I)
  • El objeto principal de la DMA es
  • El establecimiento de un marco para la
    protección de las aguas superficiales
    continentales, las aguas de transición, las aguas
    costeras y las aguas subterráneas, de forma que
    se proteja su estado y el de los ecosistemas y
    humedales asociados.
  • El establecimiento de ese marco debe, entre otras
    cosas
  • Prevenir el deterioro adicional y proteger y
    mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos y,
    con respecto a sus necesidades de agua, de los
    ecosistemas terrestres y humedales directamente
    dependientes de los anteriores.
  • Promover el uso sostenible del agua basado en la
    protección a largo plazo de los recursos
    hídricos.
  • Reducir progresivamente o interrumpir los
    vertidos de sustancias prioritarias y sustancias
    peligrosas prioritarias.
  • Garantizar la reducción progresiva de la
    contaminación del agua subterránea.
  • Contribuir a paliar los efectos de las
    inundaciones y sequías.
  • Garantizar el suministro de agua superficial o
    subterránea en buen estado, tal y como requiere
    un uso del agua sostenible, equilibrado y
    equitativo.
  • Proteger las aguas territoriales y marinas.
  • Lograr los objetivos de los acuerdos
    internacionales, y en particular aquellos cuya
    finalidad es prevenir y erradicar la
    contaminación del medio ambiente marino.

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La DMA. Cuestiones previas (I)
  • Con anterioridad a la promulgación de la DMA, en
    1996 la Comisión, a instancias del Parlamento
    Europeo, emitió una comunicación sobre La
    política comunitaria europea en materia de
    aguas, que fijó como objetivos
  • El suministro seguro de agua potable.
  • La suficiencia en cantidad y calidad de recursos
    hídricos para atender otras necesidades
    económicas.
  • La protección y el mantenimiento del buen estado
    ecológico y de funcionamiento del medio ambiente
    acuático y la satisfacción de las necesidades
    hídricas de las zonas húmedas y de los
    ecosistemas y hábitat terrestres.
  • La gestión del agua para prevenir o reducir el
    impacto de inundaciones o sequías.
  • Se pretendía por primera vez configurar una
    visión integradora de la política de aguas
    comunitarias.
  • Sin embargo este enfoque fue modificado por el
    Parlamento, que requirió a la Comisión a que
    presentase un nuevo informe basado en estándares
    de emisión estrictos y uniformes.

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La DMA. Cuestiones previas (II)
  • En el origen de este cambio sustancial en los
    objetivos y criterios estaba, entre otras
    cuestiones, la falta de preocupación de buena
    parte de los países de la UE acerca de la
    disponibilidad de agua debido a sus condiciones
    hidrológicas, olvidando o relegando la situación
    en los países del sur o mediterráneos.
  • La preocupación se centró en los aspectos de
    calidad de las aguas y en evitar el deterioro
    ambiental.
  • De los cuatro puntos que marcaban los objetivos
    del informe de 1996, tan sólo el tercero quedó
    reflejado en la DMA.
  • Los otros tres se recogen en la DMA como
    subordinados al objetivo de garantizar una buena
    calidad ecológica.
  • Así, finalmente los objetivos de la DMA quedaron
    limitadas a los aspectos medioambientales y
    ecológicos del agua, quedando excluidos otras
    consideraciones.

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La DMA. Algunas reflexiones (I)
  • Por lo tanto, la DMA no es una directiva cuyo
    objetivo sea establecer una política del agua, ya
    que quedan fuera de ella aspectos muy importantes
    de lo que debe considerarse como tal
  • Regulación general del Dominio Público
    Hidráulico.
  • Titularidad del recurso.
  • Regulación del uso del agua.
  • Establecimiento del régimen concesional.
  • Registros y policías del agua.
  • Organización de la Administración Hidráulica.
  • Comunidades de Usuarios.
  • Régimen económico-financiero y régimen
    sancionador.
  • Titularidad y ejecución de las obras hidráulicas.
  • Etc.
  • En consecuencia, la DMA no es una ley de aguas
    comunitaria que suponga una sustitución o
    modificación sustancial de nuestro ordenamiento,
    sino de una norma que requiere en su
    transposición la modificación o desarrollo de
    algunos aspectos parciales de fundamental
    importancia, pero parciales- de las normas
    españolas.

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La DMA. Algunas reflexiones (II)
  • la DMA no siempre ha sido considerada en
    nuestro país en su justo alcance, como un nuevo y
    eminente instrumento útil para la mejora
    medioambiental del medio hídrico, sino que ha
    sido frecuente objeto de mitificaciones y malas
    interpretaciones que ha distorsionado su
    verdadero sentido y la han convertido, a veces,
    en un icono de conveniencia al que se imputa, por
    ignorancia o interés, cuestiones que le son
    completamente ajenas, y que se ignora cuando
    resulta molesto o inconveniente.
  • Esta mitificación de la DMA como el instrumento
    central, casi objeto de culto intelectual
    impuesto por la modernidad europea, que por fin
    resolverá los problemas del agua en España, viejo
    país enredado en prácticas y planteamientos
    obsoletos, es, en mi opinión, profundamente
    ingenua, revela un gran desconocimiento de la
    propia historia y ha generado un espejismo, una
    ensoñación colectiva de la que es preciso
    despertar, si se desea avanzar de forma efectiva,
    no retórica, en la mejora de la situación
    existente. La DMA es un actor muy importante para
    el necesario avance en la gestión del agua, pero
    no es todo el elenco de la obra, ni mucho menos
    su director de escena.
  • Francisco Cabezas.
  • Ingeniería y Territorio número 85.
  • Mito y verdad de la Directiva Marco.

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La DMA. Algunas reflexiones (III)
  • Partiendo de la base de su necesidad y de lo
    dicho anteriormente, es conveniente hacer algunas
    consideraciones acerca de algunas cuestiones
    conceptuales de la DMA, así como de
    interpretaciones erróneas de sus objetivos y de
    su articulado.
  • Entre las cuestiones conceptuales pueden citarse
  • Marco general homogéneo impuesto desde los países
    del norte y centro de Europa, donde los problemas
    del agua son diferentes a los países
    mediterráneos y en particular a España.
  • Esto deriva en la no consideración de aspectos
    que en España son muy importantes,
    fundamentalmente los cuantitativos.
  • Marco general homogéneo considerado para toda
    España y que no tiene en cuenta las muy
    diferentes condiciones hidrológicas y las muy
    diferentes regiones físicas.
  • Es una traslación a nivel nacional del problema
    del punto anterior.
  • Los problemas del agua son diferentes en cada
    lugar y las soluciones a estos problemas deben
    ser por lo tanto diferentes, tanto a nivel de
    objetivos, como de criterios, como de soluciones
    concretas.

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La DMA. Algunas reflexiones (IV)
  • Entre las cuestiones conceptuales pueden citarse
  • Aunque en la exposición de motivos (o
    considerandos) se especifica que la gestión del
    agua y la consideración de inundaciones y de
    sequías son objetivos de la misma, la realidad es
    que no es así.
  • No trata de la gestión del agua en el sentido
    amplio que debe tener.
  • No trata de las inundaciones ni de las sequías.
  • Para el proceso de planificación, estas
    cuestiones derivan, o deberían derivar en
  • Dificultad en conseguir en buena parte de las
    demarcaciones hidrográficas españolas los
    objetivos ambientales al final del proceso
    planificador y del establecimiento del programa
    de medidas.
  • Necesidad de trascender la propia DMA en el
    tratamiento de los aspectos cuantitativos del
    agua, cuestión esencial en nuestro país.
  • Necesidad de trascender la propia DMA en el
    tratamiento de las inundaciones y de las sequías,
    abordando ambas como una parte integrante de los
    aspectos cuantitativos anteriores.
  • No podemos quedarnos en la actual filosofía de
    los Planes de Sequía y en tomar como referencias
    niveles de embalses o acuíferos y en base a ellos
    establecer políticas de restricciones.

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La DMA. Algunas reflexiones (V)
  • En lo referente a la interpretación del
    articulado, una cuestión importante es el de la
    recuperación de los costes
  • El artículo 9 establece que los Estados
    miembros tendrán en cuenta el principio de la
    recuperación de los costes de los servicios
    relacionados con el agua, incluidos los costes
    medioambientales y los relativos a los recursos
    la política de precios del agua proporcione
    incentivos adecuados para que los usuarios
    utilicen de forma eficiente los recursos hídricos
    y, por tanto, contribuyan a los objetivos
    medioambientales de la presente Directiva.
  • En la DMA no aparece en ningún sitio el concepto
    de recuperación íntegra del coste, utilizado
    insistentemente desde diversos sectores y
    estamentos.
  • La DMA tiene como objetivo único la calidad del
    agua y además señala su naturaleza no
    comercial.
  • La política de precios del agua señalada por la
    DMA debe orientarse a eliminar criterios
    arbitrarios y a fomentar usos eficientes, pero
    eso no significa que
  • Los precios del agua deban ser todos iguales. En
    cada lugar concreto tendrá que estar en función
    de su disponibilidad y de los costes en que se
    haya de incurrir para cumplir el servicio.
  • Los precios deban cubrir todos los costes.
  • Y otros servicios e infraestructuras?
    carreteras, aeropuertos, sanidad, .
  • Y los impuestos?.

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La DMA. Algunas reflexiones (VI)
  • Para terminar con las reflexiones acerca de la
    Directiva Marco, señalar dos características
  • La fijación de objetivos muy ambiciosos en el
    estado final de las masas de agua y de los
    ecosistemas acuáticos.
  • El alto componente científico, superior al
    técnico.
  • En principio estas dos características no son ni
    buenas ni malas. Lo que hay que hacer es saber
    con respecto a ambas donde nos encontramos.
  • El algunas veces considerado como exceso de
    ambición no es malo en sí, pero sí lo es si como
    consecuencia de la alta dificultad en conseguir
    los objetivos, cuando se vea que no se cumplen,
    se abandone o se relaje el proceso.
  • Algo parecido podría argumentarse con respecto al
    segundo punto. La gran complejidad de los asuntos
    científicos a considerar es buena, porque dará un
    impulso a datos básicos para un mejor
    conocimiento del comportamiento ecosistémico de
    las cuencas o demarcaciones hidrográficas. Pero
    el escaso bagaje que todavía tenemos en estos
    asuntos puede llevar también a la desilusión como
    en el caso anterior.

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Reflexiones varias (I)
  • Dejando la Directiva, hay algunas cuestiones
    relacionadas con la planificación y gestión del
    agua y con las políticas del agua que siguen, a
    mi modo de ver, un rumbo equivocado y sobre el
    que no se quiere hablar ni debatir
  • Es por ejemplo el caso de las obras hidráulicas.
    Debido a la propia naturaleza de la DMA, las
    obras hidráulicas son vistas como masas de agua
    artificial, masas de agua modificadas, principal
    fuente de impacto, etc.
  • Por otro lado, la consideración que las obras
    hidráulicas tienen en la sociedad es, en general,
    la de que provocan un fuerte impacto ambiental,
    sensación incluso alentada desde distintos
    sectores e incluso administraciones, y olvidando
    los servicios que prestan, que van desde los
    medioambientales hasta los de primera necesidad,
    pasando por los económicos.
  • Más grave es la consideración de que son
    innecesarias y que la simple gestión, en sentido
    reducido, es suficiente para resolver los
    problemas. Y nada más lejos de la realidad.
  • Estas consideraciones acerca de las obras
    hidráulicas están instaladas, desafortunadamente,
    también en algunos estamentos planificadores y de
    decisión.
  • Se olvida que la gestión del agua se basa en dos
    aspectos, de igual importancia
  • La gestión propiamente dicha, y
  • Las infraestructuras hidráulicas, sin las cuales
    no hay agua que gestionar.

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Reflexiones varias (II)
  • Las infraestructuras hidráulicas son necesarias y
    es necesario invertir en ellas, tanto en nuevas
    como en el mantenimiento y mejora de las ya
    existentes, con el fin de mejorar en aspectos
    diversos medioambientales, disminución de
    pérdidas y consecuente disminución de la presión
    sobre el recurso natural, aumento de la garantía
    de suministro, disminución de los efectos de
    sequías e inundaciones, etc
  • Mejora en conducciones de zonas regables y
    transformación en sistemas de regadío.
  • Alguna nueva presa.
  • Mejora en mantenimiento de presas existentes y en
    la adaptación a las nuevas exigencias de
    seguridad.
  • Mejora en conducciones y redes de abastecimiento.
  • Los planes de modernización de regadíos van muy
    atrasados, a pesar de la mejora en la gestión de
    los recursos que eso supondría de forma
    inmediata.
  • Condición preservar el recurso agua y los
    ecosistemas asociados.
  • A partir de ahí las infraestructuras hidráulicas
    si están bien concebidas y diseñadas, con
    criterios de excelencia y ajustadas a las
    necesidades reales no solamente pueden ser buenas
    sino que además solucionan problemas.
  • Es necesario, por irreal, desechar la idea de que
    las obras hidráulicas son hormigón, que son
    intrínsecamente negativas o que sean
    principalmente un impacto sobre el recurso.

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Reflexiones varias (III)
  • Acerca de los usos del agua, también se han
    instalado algunas ideas que, como poco, son
    discutibles
  • La de la perversidad intrínseca de algunos usos,
    léase campos de golf o regadíos.
  • La de la perversidad intrínseca de algunos
    sectores, léase comunidades de regantes.
  • Los usos del agua deben tener en cuenta los
    principios de eficiencia en el uso del recurso,
    ambiental y económica y no otros.
  • El regadío en España sigue siendo necesario. A
    pesar de la disminución de su importancia
    relativa en la economía nacional, las
    implicaciones sociales, de ocupación del
    territorio, de abastecimiento de productos
    básicos e incluso los medioambientales por
    abandono del campo son importantes.
  • Hay muchas zonas en las que el esfuerzo de los
    regantes ha sido importante y los resultados
    también gracias a la utilización y optimización
    de sistemas de regadío muy eficientes.
  • Es imprescindible la aceleración en el proceso de
    transformación de los regadíos incluidos en los
    distintos planes de modernización.

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Reflexiones varias (IV)
  • Algo parecido ocurre con la utilización de los
    distintos recursos hídricos superficiales,
    subterráneos, reutilización, desalación y
    trasvases, enfrentando unos a otros, generalmente
    los superficiales a los demás.
  • La utilización de unos u otros debe hacerse en
    base a los principios señalados antes para los
    usos y sin prejuicios. En cada situación, la
    mejor opción será diferente a la de otras.
  • Los recursos no deben verse como contrapuestos,
    sino que deben ser complementarios en la mayoría
    de los casos.
  • Más grave todavía, es la identificación de la
    utilización de distintos recursos con distintas
    opciones políticas.

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Reflexiones varias (V)
  • Otro de los aspectos que han entrado en una
    dinámica difícil de parar es el de las
    transferencias de competencias a las comunidades
    autónomas en materia de aguas. En particular el,
    también a mi modo de ver, más grave de todos es
    el de la gestión de las actuales cuencas
    hidrográficas por parte de algunas CC.AA.
  • No deja de ser paradójico que cuando por fin en
    Europa se consagra el concepto de demarcación
    hidrográfica, 80 años después de que se adoptase
    en España, seamos nosotros los que iniciemos el
    proceso contrario.
  • La asunción de competencias de Andalucía en la
    cuenca del Guadalquivir, los Estatutos de
    Cataluña o de Castilla La Mancha, o la próxima
    transferencia a Castilla y León de la cuenca del
    Duero son procesos que rompen la unidad de cuenca
    y por tanto la unicidad del ciclo hidrológico.
  • Pero además de esa unidad de cuenca, la
    administración central abandona la gestión de un
    recurso natural económico y ambiental-,
    rompiendo la unidad de criterios y de acción en
    su gestión.
  • Además se corre el riesgo de perder la estructura
    de las actuales confederaciones hidrográficas,
    perfectamente válida y eficaz hasta ahora, pero
    que también lo es en la actualidad (con las
    modificaciones que sean necesarias para su mejor
    funcionamiento y eficacia en la gestión) y está
    capacitada para serlo en un futuro.
  • En particular en temas como el de la
    participación de los usuarios en la gestión y
    otros varios, en los que las estructuras de los
    órganos de las cuencas intracomunitarias no las
    han superado.

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Epílogo (I)
  • La DMA constituye una norma necesaria dentro de
    las políticas del agua europea y españolas y su
    aplicación, al margen de los resultados
    obtenidos, será sin duda beneficiosa.
  • La DMA no es una Ley ni un marco completo de las
    políticas del agua. Nunca ha pretendido serlo,
    sino tan solo marcar objetivos ecológicos para
    las distintas masas de agua.
  • La DMA no se plantea objetivos que en la zona
    mediterránea son ineludibles para una política
    global del agua. Por eso, la planificación
    derivada de ella debería tener en cuenta además
    aspectos cuantitativos y de planificación y
    gestión de situaciones extremas (son extremas
    pero normales en dichas regiones), aspectos en
    los que la planificación hidrológica española
    tiene experiencia.
  • La DMA ha sufrido un interesado proceso de
    mitificación por parte de diversos sectores
    logrando imbuir en amplios estamentos verdades
    que no lo son por el propio espíritu de la
    directiva, pero que a fuer de ser repetidos con
    asiduidad, en tal se han convertido.

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Epílogo (II)
  • En contra de una opinión generalizada, el
    problema del agua no es único. Los problemas son
    distintos en cada región o zona, y como tal
    requerirán de objetivos, criterios y soluciones
    también diferentes.
  • Las obras e infraestructuras hidráulicas
    constituyen un elemento esencial de la gestión
    del agua. Además han sido y son imprescindibles
    en la estructura social y económica de España.
  • La utilización de los recursos disponibles debe
    realizarse con criterios modernos de diseño,
    excelencia y de absoluta falta de prejuicios, ni
    técnicos ni ideológicos ni políticos en su toma
    en consideración.
  • La planificación hidrológica y la gestión del
    agua, al manejar un recurso ambiental de vital
    importancia debe tener criterios únicos y comunes
    para todo el estado. En consecuencia se considera
    necesario el mantenimiento en manos de la
    Administración Central de todo lo relativo a su
    planificación y gestión.
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