Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia - PowerPoint PPT Presentation

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Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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Trastoca el sistema patriarcal ... EL BIEN JUR DICO QUE PROTEGE ES LA VIDA DE ... contexto del continente americano, que pone de manifiesto acciones concertadas ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


1
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia
2
LGAMVLV
  • Publicada
  • en el Diario Oficial de la Federación el 1 de
    febrero de 2007,
  • entrando en vigor al otro
  • día de su publicación

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  • Es una ley estructural sustentada en los
    artículos 1 y 4 de la Constitución Política de
    los Estados Unidos Mexicanos
  • Por sus características jurídicas es una Ley
    marco que define preceptos jurídicos para los
    tres órdenes de gobierno e impacta el marco
    jurídico de las Entidades Federativas en materia
    civil y materia familiar y del fuero común,
    además del ámbito federal.

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La Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia
  • Armoniza la Convención de Belém Do Pará
  • Armoniza la CEDAW
  • Está diseñada desde la Perspectiva de Género
  • Trastoca el sistema patriarcal
  • Se fundamenta en la vigencia y garantía de los
    DDHH de las Mujeres de todas las edades

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Estado de Derecho para las Humanas
  • EL BIEN JURÍDICO QUE PROTEGE ES LA VIDA DE LAS
    MUJERES DE TODAS LAS EDADES SIN DISCRIMINACIÓN DE
    NINGÚN TIPO Y BAJO NINGUNA ÍNDOLE

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Los Principios Rectores de los DDHH en la Ley
General
  • IGUALDAD JURÍDICA ENTRE MUJERES Y HOMBRES
  • EL RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA DE LAS MUJERES
  • LA NO DISCRIMINACIÓN
  • LA LIBERTAD DE LAS MUJERES

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Nuevo Marco Jurídico
  • Para su aplicación efectiva es necesario
    constituir 32 instrumentos específicos jurídicos
    en las 32 Entidades Federativas
  • 23 Estados y el Distrito Federal han aprobado la
    ley de acceso local.
  • Faltan Tabasco, Oaxaca, Michoacán, Colima,
    Nayarit, Querétaro, Guanajuato y Zacatecas.

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Los Transitorios de la Ley General
  • Reglamentos de la Ley General y del Sistema
    Nacional para PASE la VCMN
  • Reformas legislativas
  • Presupuestos
  • Constitución del Banco Nacional de Datos e
    Información sobre casos de VGMN
  • Realización del Diagnóstico Nacional sobre casos
    de VGMN

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En un siguiente paso, el ámbito legislativo a
nivel local debe
  • Reformar códigos, leyes y la legislación en
    materia de administración pública, que se
    contrapongan a los preceptos de la Ley General.
  • Reformar los bandos municipales y la normatividad
    en el ámbito municipal

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Para la aplicación de la Perspectiva de Género
  • Diseñar presupuestos específicos,
  • Ejecutar políticas permanentes para la
    especialización de las y los funcionarios,
  • Ejecutar las acciones gubernamentales en
    Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de
    la violencia de género contra mujeres y niñas.

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ReiteroLey Estructural, crea un nuevo Paradigma
de los Derechos Humanos de las Mujeres y de las
Niñas.
  • En función de lo que establecen los artículos 76
    y 133 de la CPEUM, la LGAMVLV
  • Armoniza la Convención Belém Do Pará
  • Armoniza la CEDAW
  • Otros Instrumentos del Derecho Internacional de
    los Derechos Humanos
  • Concreta Acuerdos suscritos por el Gobierno
    Mexicano

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En el contexto Americano
  • La Convención Interamericana para Prevenir,
    Sancionar y Erradicar la Violencia contra la
    Mujer, es el primer instrumento vinculante en el
    contexto del continente americano, que pone de
    manifiesto acciones concertadas para eliminar la
    violencia contra las mujeres basada en su género

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La Convención Belém Do Pará
  • Violencia contra la mujer, cualquier acción o
    conducta que cause muerte, daño o sufrimiento
    físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en
    el ámbito público como en el privado.
  • La violencia contra la mujer, es una ofensa a su
    dignidad humana y una manifestación de las
    relaciones de poder históricamente desiguales
    entre mujeres y hombres.
  • Constituye una violación a los derechos humanos y
    las libertades fundamentales y limita total o
    parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y
    ejercicio de tales derechos y libertades.

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La CEDAW en el contexto de NU
  • La CEDAW determina la base jurídica para la
    igualdad entre mujeres y hombres,
  • Eliminación de la discriminación en todas las
    esferas públicas, privadas y sociales
  • Sus preceptos sustento esencial para la
    concepción de la perspectiva de género
    establecida formalmente por la Comisión Económica
    y Social de NU en 1997

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Los Tipos de Violencia de Género
  • Psicológica
  • Física
  • Patrimonial
  • Económica
  • Sexual

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Violencia Psicológica
  • Es cualquier acto u omisión que dañe la
    estabilidad psicológica, que puede consistir en
    negligencia, abandono, descuido reiterado,
    celotipia, insultos, humillaciones, devaluación,
    marginación, desamor, indiferencia, infidelidad,
    comparaciones destructivas, rechazo, restricción
    a la autodeterminación y amenazas, las cuales
    conllevan a la víctima a la depresión, al
    aislamiento, a la devaluación de su autoestima e
    incluso al suicidio

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Violencia Física
  • Es cualquier acto que inflige daño no accidental,
    usando la fuerza física o algún tipo de arma u
    objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean
    internas, externas, o ambas

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Violencia Patrimonial
  • Es cualquier acto u omisión que afecta la
    supervivencia de la víctima. Se manifiesta en la
    transformación, sustracción, destrucción,
    retención o distracción de objetos, documentos
    personales, bienes y valores, derechos
    patrimoniales o recursos económicos destinados a
    satisfacer sus necesidades y puede abarcar los
    daños a los bienes comunes o propios de la
    víctima

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Violencia Económica
  • Es toda acción u omisión del Agresor que afecta
    la supervivencia económica de la víctima. Se
    manifiesta a través de limitaciones encaminadas a
    controlar el ingreso de sus percepciones
    económicas, así como la percepción de un salario
    menor por igual trabajo, dentro de un mismo
    centro laboral

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Violencia Sexual
  • Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo
    y/o la sexualidad de la Víctima y que por tanto
    atenta contra su libertad, dignidad e integridad
    física. Es una expresión de abuso de poder que
    implica la supremacía masculina sobre la mujer,
    al denigrarla y concebirla como objeto, y

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Las Modalidades de la Violencia de Género contra
Mujeres y Niñas
  • Familiar
  • Laboral y Docente
  • Institucional
  • Comunitaria
  • Violencia Feminicida

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VIOLENCIA EN EL ÁMBITO FAMILIAR.
  • Es el acto abusivo de poder u omisión
    intencional, dirigido a dominar, someter,
    controlar, o agredir de manera física, verbal,
    psicológica, patrimonial, económica y sexual a
    las mujeres, dentro o fuera del domicilio
    familiar, cuyo Agresor tenga o haya tenido
    relación de parentesco por consanguinidad o
    afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan
    o hayan mantenido una relación de hecho.

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VIOLENCIA LABORAL Y DOCENTE
  • Se ejerce por las personas que tienen un vínculo
    laboral, docente o análogo con la víctima,
    independientemente de la relación jerárquica,
    consistente en un acto o una omisión en abuso de
    poder que daña la autoestima, salud, integridad,
    libertad y seguridad de la víctima, e impide su
    desarrollo y atenta contra la igualdad. Puede
    consistir en un solo evento dañino o en una serie
    de eventos cuya suma produce el daño. También
    incluye el acoso o el hostigamiento sexual.

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VIOLENCIA EN LA COMUNIDAD.
  • Son los actos individuales o colectivos que
    transgreden derechos fundamentales de las mujeres
    y propician su denigración, discriminación,
    marginación o exclusión en el ámbito público.

25
VIOLENCIA INSTITUCIONAL
  • Son los actos u omisiones de las y los servidores
    públicos de cualquier orden de gobierno que
    discriminen o tengan como fin dilatar,
    obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los
    derechos humanos de las mujeres así como su
    acceso al disfrute de políticas públicas
    destinadas a prevenir, atender, investigar,
    sancionar y erradicar los diferentes tipos de
    violencia.

26
VIOLENCIA FEMINICIDA
  • Es la forma extrema de violencia de género contra
    las mujeres, producto de la violación de sus
    derechos humanos, en los ámbitos público y
    privado, conformada por el conjunto de conductas
    misóginas que pueden conllevar impunidad social y
    del Estado y puede culminar en homicidio y otras
    formas de muerte violenta de mujeres.

27
Alerta de Violencia de Género
  • Es el conjunto de acciones gubernamentales de
    emergencia para enfrentar y erradicar la
    violencia feminicida en un territorio
    determinado, ya sea ejercida por individuos o por
    la propia comunidad.

28
La Declaratoria de la Alerta
  • La Alerta de Violencia de Género contra las
    Mujeres tendrá como objetivo fundamental
  • Garantizar la seguridad de las mismas,
  • El cese de la violencia en su contra,
  • Eliminar las desigualdades producidas por una
    legislación que agravia sus derechos humanos

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Órdenes de Protección
  • Son actos de protección y de urgente aplicación
    en función del interés superior de la Víctima y
    son fundamentalmente precautorias y cautelares.
    Deberán otorgarse por la autoridad competente,
    inmediatamente que conozcan de hechos
    probablemente constitutivos de infracciones o
    delitos que impliquen violencia contra las
    mujeres.

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Los tipos y modalidades de la violencia de
género desde la Prevención, la Atención, la
Sanción y la Erradicación
  • Es necesario identificar los ámbitos, las
    condiciones, las formas y las comisiones
    punitivas que atentan contra los derechos humanos
    de las mujeres y las niñas, incluyendo los que en
    su trasgresión, pueden derivar en su muerte.
  • En el contexto de la Ley, configurar en el Estado
    de Derecho desde estos tipos y modalidades
    establecidos en la Ley General

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Sistema Nacional
32
Competencias
  • Tres
  • Poderes
  • de la Unión

33
Coordinación
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Nuevo Paradigma
  • Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños
    y Adolescentes.
  • Ley de Desarrollo Social
  • Ley Federal para Prevenir y Erradicar la
    Discriminación
  • Ley Federal para Sancionar y Erradicar la Trata
    de Personas
  • Ley General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
  • Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
    Libre de Violencia.

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Estado de Derecho para las Humanas
  • La salvaguarda de la vida y de los derechos
    humanos de las mujeres y las niñas requiere de
    instrumentos oportunos, de respuesta inmediata,
    de instrumentación desde el Estado Mexicano.
  • Interés Superior de las Mujeres
    víctimas/sobrevivientes
  • El Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
    Violencia Principio Rector de sus DDHH

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  • Muchas Gracias por su atención
  • Angélica de la Peña Gómez
  • Red de Investigadoras Por la Vida y la Libertad
    de las Mujeres, A. C.
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