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SALUD OCUPACIONAL MARCO LEGAL La Ley 9 de 1979, se establece las normas de preservaci n y mejora de la salud de los trabajadores, protegi ndolos de los factores ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


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SALUD OCUPACIONAL
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MARCO LEGAL
La Ley 9ª de 1979, se establece las normas de
preservación y mejora de la salud de los
trabajadores, protegiéndolos de los factores de
riesgo. Que la Ley 100 de 1993, el Decreto Ley
1295 de 1994 y los Decretos reglamentarios 1771 y
1772 de 1994 y Ley 789 de 2002 determinan la
organización y administración del Sistema General
de Riesgos Profesionales, a fin de fortalecer y
promover las condiciones de trabajo y de salud de
los empleados. Que en los Artículos 2 y 3 de la
Resolución 2400 de 1979, del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social (Hoy Ministerio de la
Protección Social), establece las obligaciones de
los empleadores y de los trabajadores sobre
vivienda, higiene y seguridad.
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SALUD OCUPACIONAL
  • La Salud Ocupacional es el conjunto de
    actividades multidisciplinarias encaminadas a la
    promoción, educación, prevención control,
    recuperación y rehabilitación de los
    trabajadores, para protegerlos de los riesgos
    ocupacionales y ubicarlos en un ambiente de
    trabajo de acuerdo con sus condiciones
    fisiológicas.

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SALUD OCUPACIONAL
  • Medicina del Trabajo
  • Conjunto de actividades dirigidas a la promoción
    y control de la salud de los trabajadores. En
    este subprograma se integran las acciones de
    Medicina Preventiva y Medicina del trabajo,
    teniendo en cuenta que las dos tienden a
    garantizar óptimas
  • condiciones de bienestar físico, mental y social
    de las personas, protegiéndolos de los factores
    de riesgo ocupacionales, ubicándolos en un puesto
    de trabajo acorde con sus condiciones
    psico-físicas y manteniéndolos en aptitud de
    producción laboral.

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SALUD OCUPACIONAL
Medicina del Trabajo Objetivo
General  Orientarse por el mejoramiento y
mantenimiento de las condiciones generales de
salud y calidad de vida de los trabajadores.     O
bjetivos Específicos  Educar a todo el personal
en la forma de mantener su salud Capacitación en
factores de riesgo, sus efectos sobre la salud y
la manera de corregirlos. Prevenir, detectar
precozmente y controlar las enfermedades
generales (EG) y las profesionales (EP). Ubicar
al trabajador en el cargo acorde con sus
condiciones psico-físicas. Hacer seguimiento
periódico de los trabajadores para identificar y
vigilar a los expuestos a riesgos específicos.
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SALUD OCUPACIONAL
  • Higiene Industrial
  • La Higiene industrial es la disciplina dedicada
    al reconocimiento, evaluación y control de
    aquellos factores y agentes ambientales
    originados en o por el lugar de trabajo, que
    puedan causar enfermedad e ineficiencia entre los
    trabajadores o entre los ciudadanos de una
    comunidad.

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SALUD OCUPACIONAL
Higiene Industrial Objetivos  Identificar y
evaluar mediante estudio ambientales periódicos,
los agentes y factores de riesgos del trabajo que
afecten o puedan afectar la salud de los
trabajadores.   Determinar y aplicar las medidas
para el control de riesgos de accidentes y
enfermedades relacionadas con el trabajo y
verificar periódicamente su eficiencia.
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SALUD OCUPACIONAL
  • Seguridad Industrial
  • La Seguridad industrial comprende el conjunto de
    técnicas y actividades destinadas a la
    identificación, valoración y al control de las
    causas de los accidentes de trabajo.

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SALUD OCUPACIONAL
Seguridad Industrial Objetivo general Mantener
un ambiente laboral seguro, mediante el control
de las causas básicas de potencialmente pueden
causar daño a la integridad física del trabajador
o a los recursos de la empresa.     Objetivos
específicos Identificar, valorar y controlar las
causas básicas de accidentes. Implementar
mecanismos periódicos de monitoreo y control
permanente de los factores que tengan un alto
potencial de pérdida para la empresa. Relacionar
actividades con los otros subprogramas para
asegurar la adecuada protección de los
empleados. Elaborar y capacitar en procedimientos
adecuados de trabajo con criterios de seguridad,
calidad y producción.
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SEGUIMIENTO
  • A través de los Indicadores de proceso
  • Índices de frecuencia y severidad de accidentes
    de trabajo.
  • Tasas de ausentismo general, por accidente de
    trabajo, por enfermedad profesional y por
    enfermedad común, en el último año.
  • Tasas específicas de enfermedades profesionales,
    en el último año.
  • Grado de cumplimiento del Programa de Salud
    Ocupacional de acuerdo con el cronograma de
    actividades.
  • La medición de estos indicadores es mensual.

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Comité Paritario de Salud ocupacional COPASO
  • El Comité Paritario de Salud Ocupacional
    constituye un medio importante para promocionar
    la Salud Ocupacional en todos los niveles de la
    empresa, buscar acuerdos con las directivas y
    responsables del Programa de Salud Ocupacional en
    función del logro de metas y objetivos concretos,
    divulgar y sustentar prácticas saludables y
    motivar la adquisición de hábitos seguros.
  • Se debe conformar en las instalaciones de la
    empresa en reunión de la cual participarán el
    Representante Legal y sus trabajadores, dando
    cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al
    Decreto 1295 de 1994 en su articulo 63 y las
    exigencias de la División de Salud Ocupacional
    del Ministerio de Trabajo.

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VIGENCIA DEL COPASO
  • El periodo de los miembros del Comité es de dos
    (2) años y el empleador está obligado a
    proporcionar por lo menos cuatros horas semanales
    dentro de la jornada normal de trabajo de uno de
    los miembros para el funcionamiento del Comité.

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RESPONSABILIDADES DEL COPASO
  • Actuar como veedores del cumplimiento de los
    programas de salud ocupacional de la empresa.
  • Participar en las actividades de promoción,
    divulgación y capacitación sobre medicina,
    higiene y seguridad , para lograr la
    participación de todo el personal en los
    programas de salud ocupacional.
  • Colaborar en el análisis de las causas de los
    accidentes de trabajo y proponer medidas
    correctivas.
  • También los COPASO tienen entre sus funciones,
    visitar periódicamente los lugares de trabajo e
    inspeccionar los ambientes, máquinas y
    operaciones e informar al empleador sobre la
    existencia de factores de riesgo.
  • El COPASO debe tener un plan de trabajo concreto
    orientado a apoyar el control de los factores de
    riesgo más prioritarios. No debe ser un
    instrumento de quejas y reclamos de temas
    distintos a la salud y la seguridad laboral.

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ACTIVIDADES DEL COPASO
  • Actividades de promoción, divulgación y
    capacitación sobre medicina, higiene y
    seguridad, para lograr la participación de todo
    el personal en los programas de salud
    ocupacional.

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ACTIVIDADES DEL COPASO
  • Con base en la Resolución 2013 de 1986 y el
    Decreto 1295 de 1994 y la Resolución interna 1018
    de 2009, cada uno de los Directores Regionales o
    Seccionales deberá constituir el Plan de
    Actividades de Salud Ocupacional.
  • El COPASO Regional realizará las actividades
    establecidas en el Plan de Actividades de Salud.
  • El Plan de Actividades de Salud, debe contener
    las actividades de los Subprogramas de Salud
    Ocupacional y las recomendaciones de la ARP.

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Sistema de seguridad social
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AFILIACIONES (ARP)
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AFILIACIONES (EPS)
SOLTERO SOLTERO CASADO CASADO CASADO UNIÓN LIBRE UNIÓN LIBRE
Sin beneficiarios Con beneficiarios Sin beneficiarios Sin beneficiarios Con beneficiarios Sin beneficiarios Con beneficiarios
Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula Fotocopia de Cédula
Formulario diligenciado Formulario diligenciado Formulario diligenciado Formulario diligenciado Formulario diligenciado Formulario diligenciado Formulario diligenciado
Padres Fotocopia de Cédula(s) de los padre(s) / Extrajuicio de dependencia económica de los padres y Registro civil del afiliado. Padres Fotocopia de Cédula(s) de los padre(s) / Extrajuicio de dependencia económica de los padres y Registro civil del afiliado. Esposo(a) Por unidad de núcleo familiar . Esposo(a) Fotocopia del Registro civil de matrimonio y extrajuicio de dependencia económica. Compañero o Compañera Por unidad de núcleo familiar, la unión debe ser superior a dos años. Compañero o Compañera extrajuicio de dependencia económica y convivencia.
Hijos (Hasta los 24 años) Fotocopia del Registro civil o Tarjeta de Identidad. Certificado de escolaridad. Hijos (Hasta los 24 años) Fotocopia del Registro civil o Tarjeta de Identidad. Certificado de escolaridad. Hijos (Hasta los 24 años) Fotocopia del Registro civil o Tarjeta de Identidad. Certificado de escolaridad. Hijos (Hasta los 24 años) Fotocopia del Registro civil o Tarjeta de Identidad. Certificado de escolaridad.
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AFILIACIONES (AFP)
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TRASLADOS (EPS, AFP)
  • EPS El afiliado puede hacer traslado cada 24
    meses. (art. 16 Decreto 047/00)
  • AFP Los afiliados al régimen de pensión podrán
    trasladarse de régimen por una sola vez cada
    cinco (5) años.

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Administradora de Riesgos Profesionales
SURATEP es una empresa Administradora de Riesgos
Profesionales (ARP), filial de Suramericana, cuya
función principal consiste en prevenir, atender y
proteger a los trabajadores de los efectos
causados por accidentes y enfermedades que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del
trabajo que desarrollan
Cubrimiento
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Administradora de Riesgos Profesionales
RESPUESTA
PREVENCIÓN
ASISTENCIA
23
GRACIAS
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