Title: Funcionarios, Competencias y Responsabilidades en las Contrataciones del Estado
1Funcionarios, Competencias y Responsabilidades en
las Contrataciones del Estado
- Expositor Héctor Inga Huamán
2MARCO LEGAL
- Decreto Legislativo Nº 1017 Aprueba Ley de
Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo N 184-2008-EF Aprueba
Reglamento del D. L. 1017.
Entrada en vigencia 01 de febrero del 2009
3Proceso de Contratación
4Funcionarios y órganos encargados de las
contrataciones
- Titular de la Entidad
- Área usuaria
- Órgano encargado de las contrataciones
- Comité Especial
5Funcionarios y órganos encargados de las
contrataciones
- Titular de la Entidad.
- Entidades con Pliego Presupuestal.
- Aprueba, autoriza y supervisa.
- Empresas del Estado.
- Gerente General.
- Competencia especial para exoneraciones (Consejo
Regional, Municipal o Directorio) - Delegación de facultades.
6EVALUACION DE LA EJECUCION DEL PAC
- El Titular evaluará semestralmente ejecución del
PAC. - Podrá adoptar medidas correctivas para alcanzar
metas y objetivos del POI. - También podrá disponer deslinde de
responsabilidades respectivas.
7Delegación
- El Titular de la Entidad no puede delegar
- Autorización de exoneraciones.
- Declaración de nulidad de oficio.
- Aprobación de prestaciones adicionales de obra.
- Emisión de pronunciamientos sobre las
observaciones a las Bases Administrativas. - Decisión de encargar procesos a entidad privada
nacional o internacional
8Órganos Ejecutores
- Área Usuaria.
- Determina las necesidades, características y
cantidad de lo que se va a contratar. - Formula requerimiento
- Supervisión de la ejecución contractual
9Determinación de Características Técnicas
- La definición de las características le
corresponde al área usuaria, el OEC, como
producto del estudio del mercado y con
autorización del área usuaria, podrá ajustar las
características de lo que se va a contratar.
10Órganos Ejecutores
- Órgano encargado de las contrataciones.
- Planifica, prepara y efectúa adquisiciones.
- Elabora Plan Anual y el expediente de
contratación. - Realiza estudio de mercado.
- Determina valor referencial.
- Apoyo permanente al Comité Especial
11FRACCIONAMIENTO
- EL OEC será responsable en el incumplimiento de
la prohibición. - El MEF establecerá mediante D.S. -previa opinión
favorable del MINTRA y Producción- los sectores
destinados a la participación exclusiva de las
MYPES.
12COMITÉ ESPECIAL
-
- Tres miembros uno del área usuaria y otro del
OEC. Por lo menos 01 debe conocer técnicamente el
objeto de la contratación. -
- La designación debe cuidar que exista
correspondencia entre cada miembro titular y su
suplente. -
13COMITÉ ESPECIAL
- En la conformación del Comité Especial Permanente
sólo será exigible que 01 sea representante del
OEC. - Debe instalarse al día siguiente de la
designación, notificada junto con el Expediente
de Contratación.
14COMITÉ ESPECIAL
- Impedimentos
- Se precisa lo siguiente
- 1. Si hay sanción impuesta a miembro luego de
ser designado, dejará de ser integrante de dicho
Comité. - 2. Impedimento para quienes aprueban actos por
delegación, se circunscriben a ese proceso. -
15COMITÉ ESPECIAL
- Intervención de miembros suplentes
- Si el titular está ausente, su suplente lo
reemplazará, respetándose la conformación. -
- Entidad evaluará motivo de ausencia, sin impedir
participación de su suplente. -
- El miembro titular reemplazado, podrá
reincorporarse al comité como miembro suplente,
previa autorización posterior a la evaluación
señalada.
16COMITÉ ESPECIAL
- Comité Especial
- Si duda sobre exactitud de un documento,
informará a la OEC para la inmediata
fiscalización posterior. - No suspenderá el proceso. Comunicará, en su caso,
al Tribunal de Contrataciones del Estado. - Hay responsabilidad solidaria por cualquier
irregularidad imputable por dolo, negligencia o
culpa inexcusable.
17Responsabilidades Administrativa en el ámbito
público
- Responsabilidad derivada de las contrataciones
públicas Administrativa, Civil y Penal. - Funcionarios Involucrados, según cada etapa
- Área usuaria, Órgano Encargado de las
Contrataciones -OEC- y Comité Especial
18Responsabilidades Administrativas de funcionarios
y servidores
- Autoridad de la Entidad evalúa desempeño de sus
servidores o funcionarios. - Entidad dispondrá periódica y selectivamente,
exámenes y auditorías especializadas. - En empresas del Estado, la evaluación es
efectuada por el Directorio.
19Determinación de responsabilidades de funcionarios
- Previo un procedimiento administrativo.
- Individualización de los responsables.
- Sanciones previstas en la normativa.
20Sanciones Administrativas en el ámbito público
- Si hay incumplimiento de los funcionarios y/o
servidores se aplicará, según gravedad, las
siguientes sanciones - a) Amonestación escrita
- b) Suspensión sin goce de remuneración de treinta
a noventa días - c) Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta
por doce meses y, - d) Destitución.
21Impedimentos para ser postor o contratista
- Se ha precisado
- ámbito y tiempo de extensión de cada impedimento.
- impedimento a titulares de entidades y
funcionarios (se circunscribe a la Entidad que se
trate). - impedimentos de apoderados o representantes
legales.
22Obligaciones de los proveedores
- Inscribirse en el RNP y no encontrarse
inhabilitado para contratar con el Estado. - Cumplir las reglas fijadas en las bases
integradas. - Actuar con sujeción al principio de moralidad en
cualquier fase de a contratación.
23Infracciones Administrativas Por parte de los
proveedores
- Se aplicará sanciones a proveedores,
participantes, postores, contratistas, expertos
independientes y árbitros por las siguientes
infracciones - No mantener su oferta hasta el consentimiento de
la Buena Pro. - Prestar servicios con existencia de vicios
ocultos.
24Sanciones Administrativas en el Ámbito Privado
- 3. Presentar documentación falsa, o información
inexacta al Tribunal o al OSCE. - 4. Incumplir obligaciones del contrato después de
otorgada la conformidad del mismo. - 5. Otras que establezca el Reglamento.
- Plazos para emitir Resolución
- Determinar responsabilidad (3 meses, ampliable a
4 meses).
25Sanciones Administrativas a los proveedores
Procedimiento de Sanción
- VIGENCIA DE LA SANCIÓN
- Sanción efectiva desde sexto día hábil siguiente
de la notificación al infractor. - EXPERTOS INDEPENDIENTES
- Deberá remitirse al Tribunal todos los actuados
Informe evidencias. - Posible consecuencia suspensión no lt 6 meses ni
gt 12 meses. - SANCIONES A ÁRBITROS
- Sanción Económica por incumplimiento de remisión
del laudo al OSCE, en los 5 días hábiles de
notificado. (lt1, 4 UITgt )
26Sanciones Administrativas a los proveedores
recurso de reconsideración
- Dentro de los cinco (5) días hábiles de
notificada o publicada la resolución. - Requisito de admisibilidad garantía 1 UIT (mín.
30 días de vigencia), subsanable en 2 días. Si
no, declarado NO PRESENTADO. - Garantía se devuelve fundado o nulo. Se ejecuta
infundado e improcedente. - El Tribunal resolverá dentro de 15 días hábiles.