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T cnicas administrativas horizontales para la protecci n ambiental Lecci n14 Fundamentos jur dicos y sociales para la ordenaci n territorial y medioambiental – PowerPoint PPT presentation

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1
Técnicas administrativas horizontales para la
protección ambiental
  • Lección14

Fundamentos jurídicos y sociales para la
ordenación territorial y medioambiental Universida
d de Zaragoza
Curso 2012-13
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Normas procedimentales, horizontales o
transversales
  • Prevención de las afecciones generadas por la
    construcción de infraestructuras (Evaluación de
    Impacto Ambiental, Evaluación Ambiental
    Estratégica) o la instalación de actividades
    (Autorización Ambiental Integrada)
  • Derechos en materia de administración y justicia
    ambiental (información y participación pública, y
    responsabilidad por daños ambientales)

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1) Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
  • De proyectos de obras, instalaciones y
    actividades
  • Tanto públicos como privados
  • Regulación
  • R.D.-Leg. 1/2008, 11 enero, por el que se aprueba
    el T.R. de la Ley de Evaluación de Impacto
    Ambiental de proyectos (modificado en 2010)
  • Normas CCAA
  • ? Ley 7/2006, 22 junio, de protección ambiental
    de Aragón (arts. 24-35)

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Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)
  • Definición
  • Técnica o instrumento de tutela ambiental
    preventiva -con relación a proyectos de obras y
    actividades-
  • de naturaleza participativa,
  • consistente en el conjunto de estudios y análisis
    técnicos que permiten estimar los efectos que la
    ejecución de un determinado proyecto puede causar
    sobre el medio ambiente

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Ámbito de aplicación (art. 3) (1)
  • Anexo I imprescindible (siempre).
  • Actuaciones de carácter físico con un importante
    potencial destructivo del medioambiente.
  • Diversos sectores agricultura, ganadería,
    industria extractiva, industria siderúrgica,
    industrias de productos alimenticios, proyectos
    de infraestructuras,
  • Se establecen umbrales complementados por la
    determinación de zonas especialmente sensibles y
    humedales incluidos en la lista del Convenio
    Ramsar

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Ámbito de aplicación (2)
  • Anexo II y cuando se afecte a los espacios de la
    Red Natura 2000 ?
  • estudio casuístico de la autoridad ambiental
    (conforme criterios Anexo III)
  • y decisión motivada y pública.
  • Normas estatales posteriores que así lo
    establezcan
  • Leyes CCAA que establezcan normas adicionales de
    protección

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Exclusiones EIA
  • 3 supuestos
  • Proyectos relacionados con los objetivos de
    defensa nacional, cuando la aplicación pueda
    tener repercusiones negativas sobre dichas
    necesidades
  • Proyectos aprobados específicamente por una Ley
    del Estado
  • Decisión excepcional adoptada por el Consejo de
    Ministros (AGE) y el órgano que determine la
    legislación de cada CA requiere acuerdo motivado.

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Procedimiento (simplificado) EIA
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Procedimiento EIA (simplificado)
  • Iniciación
  • Solicitud del promotor al órgano sustantivo con
    documento inicial del proyecto (definición,
    características y ubicación principales
    alternativas y análisis de sus efectos
    diagnóstico territorial y medioambiental.
  • Si no es Anexo I medidas preventivas,
    correctoras o compensatorias, y su forma de
    seguimiento).
  • Conformidad documentos ? órgano ambiental
  • Determinación por el órgano ambiental de la
    amplitud y el nivel de detalle del estudio de
    impacto ambiental (o su necesidad)
  • Consulta de las AAPP implicadas otras personas
    vinculadas a la protección del medio ambiente. 3
    meses plazo.

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  • Estudio de impacto ambiental
  • Por el promotor del proyecto (datos art. 7
    TRLEIA)
  • Amplitud y nivel de detalle comunicados por
    órgano ambiental
  • Accesible ? resumen del estudio y conclusiones
    en términos fácilmente comprensibles
  • Información pública y consultas (estudio
    proyecto)
  • Órg. Sustantivo. Plazo gt 30 días. Tomarse en
    consideración. Decisión final debe justificar las
    razones en las que se basa.
  • Solicitud informes a las AAPP afectadas
  • Declaración de impacto ambiental
  • El órgano sustantivo remite el expediente al
    órgano ambiental, ? emite la D.I.A. (3 meses)
    condiciones proyecto protección medio ambiente y
    recursos naturales
  • Siempre pública (AGE BOE) y comunicación
    promotor (15días)
  • Autorización proyecto
  • Órgano sustantivo. Público decisión, razones,
    medidas adoptadas

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2. Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)
  • Evaluación de planes y programas con incidencia
    ambiental
  • Regulación
  • Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de
    los efectos de determinados planes y programas
    sobre el medioambiente.
  • Normas CCAA

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Evaluación Ambiental Estratégica
  • Definición
  • Proceso formalizado, sistemático y abierto a la
    participación pública
  • permite evaluar los efectos ambientales de un
    plan o programa elaborado por una Administración,
    así como sus alternativas,
  • culmina con la realización de un informe
    (Memoria Ambiental), sobre los resultados de la
    evaluación.
  • La Memoria Ambiental ha de tenerse en cuenta al
    aprobar el plan o programa, debiendo publicarse
    la información sobre su aprobación y sobre cómo
    ha integrado las exigencias ambientales.

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EAE Ámbito de aplicación (1)
  • Planes y programas (y sus modificaciones) que
    puedan tener efectos significativos sobre el
    medio ambiente y (de manera concurrente)
  • Se elaboren o aprueben por una Administración
    pública.
  • Su elaboración y aprobación venga exigida por una
    disposición legal o reglamentaria o por acuerdo
    del Consejo de Ministros o del Consejo de
    Gobierno de una comunidad autónoma (Ej Planes OT
    CCAA)
  • ? Efectos significativos sobre el medio ambiente
  • Si establecen marco de la futura autorización de
    proyectos legalmente sometidos a EIA en diversas
    materias (agricultura, ganadería, energía,
    transporte, gestión de residuos, ocupación del
    dominio público marítimo terrestre, turismo,
    ordenación del territorio, )
  • Si requieren evaluación según la regulación de la
    Red Natura 2000.

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Ámbito de aplicación (2)
  • Si se prevé que tendrán efectos sobre el medio
    ambiente, también
  • Los planes y programas que establezcan el uso de
    zonas de reducido ámbito territorial.
  • Las modificaciones menores de planes y programas.
  • Los planes y programas distintos a los previstos
    en el apartado 2.a. (definición planes y
    programas)
  • Excluidos de aplicación
  • Los que tengan como único objeto la defensa
    nacional o la protección civil en casos de
    emergencia.
  • Los de tipo financiero o presupuestario

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Procedimiento (simplificado) EAE
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Procedimiento EAE, claves
  • Superposición en el procedimiento de aprobación
    de ciertos planes y programas de un proceso de
    evaluación
  • informe de sostenibilidad ambiental
  • consultas al público
  • Memoria ambiental
  • Deben identificar, describir y evaluar los
    probables efectos significativos del plan o
    programa sobre el medio, y unas alternativas
    razonables, técnica y ambientalmente viables al
    plan o programa

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Diferencias básicas EIA y EAE
EIA EAE
Tipo de ejecución de lo evaluado Directa No directa
Tipo de actuaciones Públicas y privadas Públicas
Fin procedimiento D.I.A. vinculante Consultas y documentos se tendrán en cuenta
Órgano ambiental Mayor protagonismo Menor protagonismo
Ambas posibilidad de consulta transfronteriza
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3) Autorización Ambiental Integrada
  • Origen Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre,
    ? Directiva IPPC (Integrated Pollution Prevention
    and Control) Prevención y Control Integrados de
    la Contaminación
  • Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención
  • y control integrados de la contaminación
  • autorización ambiental integrada

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Autorización Ambiental Integrada
  • Sistema integrado
  • concesión de un permiso ambiental único para las
    actividades industriales a las que se aplica, en
    el que se contemplan de forma global todos los
    posibles efectos contaminantes sobre la
    atmósfera, el agua y el suelo,
  • y se adoptan medidas para evitar o reducir dicha
    contaminación.
  • Prevención mejores técnicas disponibles.
  • Permiso único simplificación administrativa ?
    ventanilla única

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Ámbito de aplicación
  • Instalaciones públicas o privadas en las que se
    desarrolle alguna de las actividades industriales
    incluidas en las categorías del anexo 1,
  • Construcción, montaje, explotación o traslado y
    modificación sustancial
  • Instalaciones de combustión industrias químicas,
    del papel y cartón, agroalimentarias y
    explotaciones ganaderas gestión de residuos,
  • Excepción instalaciones o partes de las mismas
    utilizadas para la investigación, desarrollo y
    experimentación de nuevos productos y procesos

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  • Contaminación (definición artículo 3)
  • Introducción directa o indirecta, mediante la
    actividad humana
  • DE sustancias, vibraciones, calor o ruido en la
    atmósfera, el agua o el suelo,
  • QUE puedan tener efectos perjudiciales para la
    salud humana o la calidad del medioambiente,
  • O QUE puedan causar daños a los bienes materiales
    o deteriorar o perjudicar el disfrute u otras
    utilizaciones legítimas del medioambiente.

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Solicitud y concesión ? Ley 30/1992
  • Solicitud por el interesado ? órgano competente
    CA
  • Información pública y consultas transfronterizas
  • Emisión de informes preceptivos
  • Organismos de cuenca, si se producirán vertidos
  • Ayuntamientos (en relación a sus competencias)
  • Propuesta de resolución y trámite de audiencia
  • Propuesta elaborada tras la evaluación ambiental
    del proyecto en su conjunto
  • Resolución otorgamiento o denegación de la AAI
  • Pone fin al procedimiento. Silencio
    administrativo negativo
  • Notificación y publicidad

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Funcionamiento AAI contenido mínimo
  • Reducción y control de la contaminación
    industrial conforme a las mejores técnicas
    posibles
  • Plazo máximo 8 años, renovables. Posibilidad
    modificación de oficio en cualquier momento, sin
    derecho a indemnización.
  • Fijación individual de los valores límite de
    emisión de sustancias contaminantes
  • Prescripciones que garanticen la protección del
    suelo y de las aguas subterráneas y la
    minimización de la contaminación transfronteriza,
  • Procedimientos y métodos de gestión de los
    residuos y de control de emisiones
  • Condiciones de explotación en situaciones
    distintas a las normales que puedan afectar al
    medioambiente

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Disciplina ambiental
  • Régimen de infracciones y sanciones y medidas
    provisionales de corrección, seguridad o control,
    precintado de aparatos o equipos, clausura o
    parada temporal, parcial o total de
    instalaciones
  • Obligación de reponer y restaurar las cosas,
    indemnización por los daños y perjuicios causados
    a las Administraciones o a los particulares.

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4. Participación Pública, acceso a la información
y a la Justicia en materia de Medio Ambiente
  • Derecho y deber de participación de los
    ciudadanos (responsabilidad protección Medio
    Ambiente) 45 CE
  • 9.2 CE poderes públicos facilitar la
    participación ciudadanos Gobernanza UE.
  • Desarrollo normativo Convenio de Aarhus
    (Dinamarca) 1998 ? reglamentos y directivas
    europeas
  • Información, toma de decisiones, acceso a la
    justicia
  • Ley 27/2006, 18 de julio, por la que se regulan
    los derechos de acceso a la información,
    participación pública y acceso a la justicia en
    materia de medioambiente
  • ? Campañas de educación y sensibilización
    ciudadana

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Acceso a la información ? participación
  • Objetivo recibir información medioambiental y
    acceder a la que obre en poder de las AAPP
  • Definiciones muy amplias de información
    ambiental y autoridades públicas, NO órganos
    jurisdiccionales o legislativos
  • Difusión activa y pasiva (previa solicitud)

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Participación de los ciudadanos
  • Derecho participación real y efectiva del público
    en la elaboración, revisión o modificación de
    planes y programas Derecho a formular
    observaciones y comentarios
  • ? Participación política ? elecciones
  • Derecho a recurrir en vía administrativa o
    judicial cualquier acción u omisión
    administrativa que suponga vulneración de estos
    derechos
  • Acción popular para las ONGs ambientales que
    desarrollen su actividad en el ámbito territorial
    afectado por el acto u omisión impugnados

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5. Responsabilidad por daños al medio ambiente
  • Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad
    Medioambiental (Directiva 2004/35/CE)
  • Obligación de los operadores adoptar medidas
    para prevenir, evitar y reparar los daños
    medioambientales
  • Régimen administrativo de responsabilidad
    ambiental objetiva e ilimitada, basado en
  • Principio de prevención, y de
  • quien contamina paga,
  • Compatible con la imposición de sanciones
    administrativas o penales.

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  • Gradualidad de las obligaciones de operadores y
    AAPP, en función del origen del daño (obligación
    de elaborar una propuesta de medidas reparadoras
    y someterla a la autoridad competente).
  • Garantías financieras
  • seguro, aval, o reserva técnica/ fondo ad hoc.
  • Fondo de compensación de daños medioambientales
  • Fondo estatal de reparación de daños
    medioambientales
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