Title: Diapositiva 1
1Comisión Nacional de Valores Tema Registro de
Valores Licda. Galina M. Chávez P. 9 de marzo
de 2005
2 Registro de Valores
3Formas de Registro
- Los valores que sean objeto de una oferta pública
- Las acciones de emisores domiciliados en la
República de Panamá. - III. Los valores listados en una bolsa de valores
en la República de Panamá.
4 Estadísticas de Registro de Oferta de Valores
año 2004
5Estadísticas de Registros en la CNV
6Factores
- Realizar consultas previas
- Utilizar modelos de solicitudes ya realizadas.
- Buscar experiencia de Asesores Financieros y
Legales - Agilidad en la comunicación, con reiteraciones a
las observaciones realizadas vía correo
electrónico.
7Tiempo de Ejecución de trámites de ofertas
públicas
8Cuadro Informativo de emisores
- Visita nuestra página web www.conaval.gob.pa
sección Información al Inversionista bajo el
nombre de Informativo de emisores -
- http//200.46.126.10/Informacion20al20inversion
ista/autodefinitivo.xls
9Obligaciones
- Presentación oportuna de Informes de
Actualización Trimestral con una periodicidad de
dos meses siguientes al cierre del trimestre
correspondiente e Informes de Actualización Anual
con una periodicidad de tres meses siguientes al
cierre del periodo fiscal correspondiente. - Revelar sobre los Hechos de Importancia que
ocurran a través de comunicados públicos. - Pagar Tarifa de Supervisión
10Costos de registro y supervisión
- La Tarifa de Registro para ofertas públicas y
valores sujetos a registro es de 0.015 del
precio inicial de oferta de los valores con un
mínimo de B/.500.00 y un máximo de B/.50,000.00 - La Tarifa de Supervisión (Pago Anual) para
valores registrados es de 0.010 del valor de
mercado de valores registrados en circulación,
con un mínimo de B/500.00 y un máximo de B/
15,000.00 - Según ley 11 del 30 de enero de 2002
11Costos de registro y supervisión
- Emisión de Bonos Corporativos por 100MM (Banco
General, S.A.) - Tarifa de Registro 15,000.00
- Tarifa de Supervisión 10,000.00
- Emisión de Acciones Preferidas por 30MM (Global
Bank Corp.) - Tarifa de Registro 4,500.00
- Tarifa de Supervisión 3,000.00
- Emisión de Valores Comerciales Negociables por
2,000,000.00 (Helefactor Corp.) - Tarifa de Registro 500.00
- Tarifa de Supervisión 200.00
- Siempre y cuando esté el 100 del valor
registrado en circulación
12Todo emisor cuyos valores deban registrarse en
mercado primario presentarán , mediante abogado,
una solicitud de registro que consistirá junto
con la siguiente documentación
13Documentación
- Poder de abogado
- Certificado de Registro Público
- Copia de la Cédula de los Directores y
Dignatarios. - Copia de Escritura Pública contentiva del Pacto
Social. - Estados Financieros Auditados e Interinos del
último cierre. - Presentación comparativa de los Estados
Financieros Anuales de los últimos tres últimos
ejercicios fiscales. - Resolución de la Junta Directiva
- Modelo de los valores
- Formulario RV-1
- Declaración Jurada firmada por el Representante
Legal - Proyectos de Contratos
- Opinión del Asesor Legal
- Recibo de pago de la Tarifa de Registro
- Prospecto Informativo
14Emisores Extranjeros
15Emisores Extranjeros(sin jurisdicción
reconocida)
- Deberá asignar un apoderado con oficinas
establecidas en Panamá. - Declaración relativa a la forma en que pueden
verse afectados a los derechos de los
inversionistas. - Opinión Legal en caso de que la emisión
constituya garantía real. - Descripción de las restricciones al pago de
dividendos.
16Emisores Extranjeros(jurisdicción reconocida
2000)
- Provincias del Québec y Ontario (Canadá)
- Hong Kong
- Holanda
- México
- Australia
- Italia
- (Comité Técnico de la Organización Internacional
de Comisiones de Valores)
- Estados Unidos de Norteamérica
- Francia
- España
- Reino Unido
- Japón Suiza
- Suecia
- El Salvador (Acuerdo 3-03)
- En Consulta Jurisdicción con Costa Rica
17Emisores Extranjeros(jurisdicción reconocida)
- Solicitud de registro presentado por abogado
idóneo. - Documentación
- Poder conferido al abogado.
- Poder general de representación.
- Documento expedido por la entidad reguladora
- Copia del Prospecto Informativo
- Copia del titulo
- Estados Financieros Anuales
- Formulario RV-JR
18Emisores Extranjeros(jurisdicción reconocida)
- Obligaciones
- Remitirán la misma información financiera
periódica que están obligados a presentar al ente
regulador de la jurisdicción reconocida en donde
estén registrados. - Con la misma periodicidad establecida en dichas
jurisdicciones, se deberán remitir a la Comisión
copias íntegras y autenticadas de los Estados
Financieros Interinos y de los Estados
Financieros Anuales Auditados, así como de
cualquier otro reporte periódico o especial,
financiero o con información complementaria, que
le fuera requerido por la autoridad reguladora de
la jurisdicción que le haya concedido el
registro. - No obstante lo anterior, el emisor que remita sus
Estados Financieros Interinos o Auditados por
correo electrónico a la Comisión, dentro del
tiempo oportuno para la entrega, deberá aportar a
la Comisión Nacional de Valores copia autenticada
de los mismos dentro de los treinta (30) días
calendario subsiguientes al vencimiento del plazo
para la entrega del citado informe financiero.
19Registro por Jurisdicción Reconocida año 2004
20II. Registro de Acciones
- Es obligatorio el registro de las acciones de
emisores domiciliados en la República de Panamá
que al último día del año fiscal, tenga cincuenta
o más accionistas domiciliados en la República de
Panamá que sean propietarios efectivos de no
menos del diez por ciento del capital pagado de
dicho emisor. - El Acuerdo 6-2004 del 18 de agosto de 2004,
establece una excepción a este numeral. Cuando se
hayan surtido y formalizado procesos de fusión en
que resulten absorbidos emisores de acciones
registradas. La cantidad de acciones que se
refiere el numeral 2 corresponderá a la de la
fecha efectiva del convenio de fusión y no a la
del último día del año fiscal del solicitante. - Con la solicitud de registro, deberán presentar
el formulario RV-2
21III. Registro de Valores listados en Bolsa
- Quedan comprendidos en esta categoría
- Los valores que bajo la vigencia del decreto 247
se listaron en la BVP sin estar registrados en la
CNV. - Valores objeto de una colocación privada, que el
emisor solicite registro para negociación de
mercado secundario, siempre y cuando dichos
valores se encuentren en circulación por lo menos
un año.
22Impacto de las Reformas Fiscales
- La reforma implica que las emisiones exentas de
pago de FECI son las de valores registrados en la
CNV. - Se introducen, para todos, las normas
internacionales de información financiera (NIIFS)
y los auditores externos deben seguir las normas
internacionales de auditoria (NIA). Esto elimina
otra distorsión que existía de que solo los
bancos, compañías de seguros y empresas
registradas en la CNV o que reportan a ésta,
debían ajustar sus estados financieros a las
NIIFS. - Se introduce la declaración jurada que debe
firmar el presidente de la empresa, y otros, en
cuanto a la veracidad de la información
financiera. Esta no es una novedad en el mercado
de valores. Desde el año 2002, mediante Acuerdo
7-02 (www.conaval.gob.pa) la CNV estableció ésta
obligación
23Presente y Futuro
- Presente
- Se han implementado guías para la recepción de
documentos. - Se han minimizado el tiempo de análisis.
- Se han publicado información sobre los emisores.
- Se han realizado charlas instructivas.
- Futuro
- Entrega de información financiera por ventanilla
virtual. - Disminuir la documentación a aportar.
- Atraer a posibles emisores con las Jurisdicciones
Reconocidas. - Emisiones Privadas, posibles valores a
registrarse.
24Ubicación de Formularios en la página
webwww.conaval.gob.pa
25Ubicación de Formularios en la página
webwww.conaval.gob.pa
26Estadísticas de Multas
27Ventajas
- Obtiene fondos producto de sus ofertas públicas.
El dinero que se obtiene puede ser utilizado para
propósitos como capital de trabajo, desarrollo,
adquirir equipo, retirar deuda existente,
adquirir otros negocios. - Se brinda liquidez a los propietarios y a los
inversionistas profesionales. - La empresa gana prestigio, es más conocida.
- La empresa puede eliminar garantías existentes
como garantías personales y/o reales y evita la
necesidad de fianzas personales de los
accionistas. - Estarán exentos del impuesto sobre la renta los
intereses u otros beneficios que se paguen o
acrediten sobre valores registrados y que sean
colocados a través de una bolsa de valores
28Preguntas más frecuentes
- Cómo las sociedades pueden registrarse?
- Cuales son los valores que más se negocian?
- Cuál es la cantidad Mínima de Capital que debe
tener un emisor? - Requisitos para ofrecer públicamente títulos ?
- A quienes protegen la CNV?
29 Muchas gracias por su atención!
- galina_at_conaval.gob.pa
- Ave. Balboa, Edificio May Ball
- Piso 2, Oficina 206.
- Tel. 265-2514
- Fax. 269-8842
- Apartado 0832 2281 WTC
- Panamá, República de Panamá