La formacin del capital social en las cooperativas y el rol del asociado - PowerPoint PPT Presentation

1 / 24
About This Presentation
Title:

La formacin del capital social en las cooperativas y el rol del asociado

Description:

12-10-2006 - Buenos Aires. 1. La formaci n ... Prosecretario de la Federaci n Argentina de Cooperativas de Consumo ... Por qu no se habla? Es un tema tab ? ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:125
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 25
Provided by: pc67623
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: La formacin del capital social en las cooperativas y el rol del asociado


1
La formación del capital social en las
cooperativas y el rol del asociado
(algunos elementos conceptuales)
SeminarioReunión del Consejo Consultivo de la
Alianza Cooperativa Internacional -
AméricasBuenos Aires, Argentina, 12 de Octubre
de 2006
  • Dr. Ing. Rubén Emilio ZEIDASíndico Suplente de
    COOPERAR
  • Prosecretario de la Federación Argentina de
    Cooperativas de Consumo
  • Ex Presidente de El Hogar Obrero Coop. Ltda.

2
El capital en las cooperativas
  • Por qué no se habla? Es un tema tabú?
  • Es un resabio ideológico que tiene 2 siglos de
    antigüedad?
  • No queremos admitir que las cooperativas son
    empresas y que las empresas son los únicos entes
    de la sociedad generadores de capital
    reproductivo?
  • Procuraremos respuestas abriendo e impulsando un
    amplio debate.

3
TRABAJO Y CAPITAL
  • Valores supremos de la persona sobre los que se
    fundamenta su estabilidad emocional amor y
    trabajo (Sigmund Freud)
  • Capital es el fruto del trabajo acumulado -
    Carlos Marx El Capital (1848) y- León XIII
    encíclica Rerum Novarum (1891) sobre la
    condición de los obreros

4
Objetivos de esta presentación -1
  • Reivindicar la importancia de la acumulación del
    capital, especialmente del capital reproductivo.
  • Plantear la importancia del capital patrimonial
    y asociativo que no pertenece a los asociados
    y de su posible utilidad en las cooperativas como
    un indicador de la eficacia de sus Consejos de
    Administración.
  • Revalorizar las aptitudes intrínsecas de las
    cooperativas para mejorar la relación trabajo
    capital y para una distribución pacífica y más
    equitativa del valor agregado por el trabajo.

5
Objetivos de esta presentación -2
  • Mejorar la óptica de la sociedad sobre el
    funcionamiento de las cooperativas que son
    mayoritariamente consideradas comoa)
    ambulancias jurídicas para recoger trabajadores
    heridos post ocurrencia de estragos macro y
    microeconómicos, ob) envases jurídicos para
    canalizar fondos de origen público destinados a
    tratar de paliar la extrema desocupación,
    incorporando a los excluidos sociales.

6
Objetivos de esta presentación -3
  • La cooperativas son empresas de derecho privado,
    prestadoras de servicios, cuyos objetivos son
    satisfacera) prioritariamente, las necesidades
    de sus asociados,b) supletoriamente, las
    necesidades de la comunidad circundante,
    cooperando con las entidades públicas con
    responsabilidad primaria en el desarrollo
    local.
  • Deberían acumular capital propio, especialmente
    el irrepartible que NO pertenece a los
    asociados para contribuir a minimizar los
    impactos negativos de las crisis provocadas por
    los movimientos especulativos en los mercados de
    capitales de los países más desarrollados.

7
Organización de la sociedadresponsabilidades
y/o funciones
(esquema muy simplificado con óptica
economicista )
  • Estado mantener la convivencia y la paz social y
    asegurar las libertades individuales.
  • Familia dar vida y amor y ser los primeros
    tutores de los niños según creencias, principios
    y valores específicos para la mejor convivencia
    en la sociedad.
  • Escuela suministrar la educación y capacitación
    sistematizada y organizada para la valorización
    funcional de las personas (formación y
    acumulación del capital humano).
  • Empresa dar a las personas la oportunidad de
    generar el capital reproductivo una parte de
    ese capital es apropiada por la empresa otra
    parte es extraida por diferentes entidades
    públicas, y el resto es percibido por los
    trabajadores.

8
Empresas una forma de clasificarlas
  • Públicas el capital es aportado por el Estado
    nacional, provincial o municipal .
  • Privadas (el valor del capital es autorizado por
    una autoridad pública y es apropiable por sus
    dueños) p. ej. las sociedades por acciones
    (SA) o con cuotas de capital (SRL).
  • Privadas con capital asociativo y reservas
    especiales irrepartibles p. ej. las
    cooperativas, cuyo capital no requiere
    autorización pública y es variable según los
    aportes y retiro de sus asociados.
  • Mixtas con aportes de capitales públicos y
    privados.

9
Qué es una cooperativa?
  • Según la Alianza Cooperativa Internacional (ACI),
    en su Asamblea General, Mánchester, 23-09-1995,
    una cooperativa es una asociación autónoma de
    personas que se han unido voluntariamente para
    hacer frente a sus necesidades y aspiraciones
    económicas, sociales y culturales comunes, por
    medio de una empresa de propiedad conjunta y
    democráticamente controlada.
  • Son destacables en esta definición los conceptos
    de empresa, la unión voluntaria de sus
    integrantes y agrego, para que no haya desvío
    doctrinario, el respeto a ultranza de los valores
    y principios contenidos en la Declaración sobre
    la Identidad Cooperativa adoptada también en esa
    misma Asamblea General de la ACI.

10
CAPITAL sus formas (Pierre Bourdieu, 1979)
  • Económico ingresos, fortuna, patrimonio.
  • Culturala) incorporado parte integrante de
    la personab) objetivado bienes culturales
    (libros, pinturas, instrumentos, máquinas,
    equipos de creación, etc.)c) institucionalizado
    posesión de grados escolares, académicos,
    títulos profesionales habilitantes, y otros
  • Social conjunto de redes y relaciones sociales
    que las personas pueden movilizar en provecho
    propio y de su comunidad.

11
Capital irrepartible - 1Philippe Buchez, 1831
  • Es el padre de las cooperativas obreras de
    producción en 1831. Se preocupó por las reservas
    acumuladas por las sociedades obreras de
    producción, y su pensamiento dominante fue "Es
    preciso que estas reservas acumuladas no puedan
    distribuirse un día entre los miembros, ya que
    ello sería la vuelta y el triunfo del instinto
    adquisitivo". El pensamiento de Buchez fue
    aplicado por los Pioneros de Rochdale en su
    cooperativa de consumo (1844) y por Raiffeissen
    en la de crédito (1854).

12
Capital irrepartible - 2Philippe Buchez, 1831
  • Un determinado número de obreros, todos de la
    misma profesión, se reunirían en una sociedad
    particular (artículo 1.842 del Código Civil y 48
    del Código de Comercio) y se ligarían entre sí
    por un contrato cuyas principales disposiciones
    deberían ser las siguientes
  • 1 Los asociados se constituirían en
    empresarios a estos efectos, elegirían entre
    ellos a uno o dos representantes que tendrían la
    firma social.
  • 2 Cada uno de ellos continuaría cobrando un
    salario según los usos adoptados en la profesión,
    es decir, por jornal o a tarea, y según la
    habilidad individual.
  • 3 Una cantidad equivalente a la que los
    empresarios intermediarios descuentan cada
    jornada, se reservaría a fin de año, esa
    cantidad, que sería el beneficio neto, se
    repartiría de la siguiente forma veinte por
    ciento para formar y aumentar el capital social
    el resto se emplearía en socorros o se
    distribuiría entre los asociados, a prorrata de
    su trabajo.

13
Capital irrepartible - 3Philippe Buchez, 1831
  • 4" El capital social, que iría aumentando por
    tanto cada año en una quinta parte de los
    beneficios, sería inalienable pertenecería a la
    asociación, que sería declarada indisoluble, no
    porque los individuos no pudieran darse de baja
    en ella, sino porque dicha sociedad se habría
    hecho perpetua con la admisión continua de nuevos
    miembros. De esta forma, el capital no
    pertenecería a nadie y no quedaría sujeto en
    absoluto a las leyes sobre la herencia. La
    fundación y el aumento del capital social,
    inalienable e indisoluble, es quizá lo más
    importante de la asociación es el hecho por el
    cual este género de sociedades crea un mejor
    porvenir para las clases obreras. Si se
    organizara de una forma diferente, la asociación
    llegaría a ser igual a cualquier otra compañía de
    comercio útil únicamente a los fundadores y
    perjudicial a todos los que no hubieran formado
    parte de ella desde el principio acabaría por
    ser, en manos de los primeros, un medio de
    explotación. 5 La asociación no podría hacer
    trabajar por su cuenta a obreros extraños durante
    mas de un año pasado este tiempo, estaría
    obligada a admitir en su seno al número de
    trabajadores nuevos que se hubieran hecho
    necesarios por el aumento de sus operaciones.

14
La acumulación del capital en las cooperativas
según su objeto
(un ensayo de clasificación o tipificación)
  • De producción primaria (agrarias, pesqueras,
    mineras) los asociados son dueños de los
    factores de producción.
  • De servicios individuales (consumo, crédito,
    seguros, etc.) los asociados NO son dueños de
    los factores individuales de producción y
    actualmente los usuarios principales suelen ser
    compradores NO asociados.
  • De servicios públicos domiciliarios esenciales
    (agua, electricidad, gas, teléfonos) usuarios
    asociados y NO asociados.
  • De edificación de viviendas (temporarias de
    ahorro y préstamo ?)
  • De trabajo (los asociados son inversores,
    trabajadores y usuarios, que en general se oponen
    a la acumulación del capital irrepartible).

15
Capital y reservas en las cooperativas - 1
  • El capital pertenece a los asociados quienes, en
    caso de renuncia, pueden obtener su devolución,
    al igual que en el supuesto de disolución.
    Siempre al valor nominal, deducidas las pérdidas
    si correspondiera.
  • Las reservas son indisponibles, no pertenecen a
    los asociados sino a la cooperativa y nunca son
    repartibles (ni en caso de renuncia ni en el
    supuesto de disolución).
  • Debido a la limitación del interés al capital que
    es un principio cooperativo, no es fácil lograr
    aportes de los asociados aún si éstos disponen de
    ahorros, más allá de lo estatutariamente exigible
    (capital mínimo o proporcional, según los casos)
    pues se trata de una inversión no rentable.

16
Capital y reservas en las cooperativas - 2
  • En la Argentina, el ex INAC autorizó (Resoluc.
    349/1994) la emisión de Títulos Cooperativos de
    Capitalización (TICOCAs) que deben ser
    reembolsados dentro de un plazo determinado y
    posibilitan ampliar el capital. Es capital
    cooperativo propiedad de los asociados. Son
    similares a las Obligaciones Negociables emitidas
    por las empresas de capital.
  • Una forma manera de estimular la inversión sería
    admitir capitales optativos o de riesgo en forma
    similar a la permitida por la legislación
    italiana (algo similar a los TiCOCAs), pero
    todavía es motivo de debate.
  • También se puede recurrir a los fideicomisos.

17
Estructura del balance
  • Activo pasivo Patrimonio Neto (PN)
  • Ingresos Egresos Resultado
  • a) Resultado positivo aumento del Activo
  • b) Resultado negativo aumento del Pasivo
  • PN Capital asociativo Reservas
  • Reservas a) legales (5 ) b) especiales (Art.
    42 in fine ventas a no asociados,
    actividades ajenas a la prestación de servicios
    concurrentes al objeto social c) por revalúo
    técnico d) otras

18
Ley 20337 Reservas irrepartibles
  • 1) Art. 2º (Caracteres de las cooperativas), Inc.
    12º Establecen la irrepartibilidad de las
    reservas sociales y el destino desinteresado del
    sobrante patrimonial en casos de liquidación.
  • 2) Art. 36º (irrepartibilidad de las reservas)
    En caso de retiro, exclusión o disolución, los
    asociados sólo tienen derecho a que se les
    reembolse el valor nominal de las cuotas sociales
    integradas, deducidas las pérdidas que
    proporcionalmente les correspondiere soportar.
  • 3) Art. 42º, Inc. 1º (Excedentes repartibles.
    Concepto. Distribución) El cinco por ciento a
    reserva legal.
  • 4) Art. 42º in fine (Destino de los excedentes
    generados por prestación de servicios a no
    asociados) Los excedentes que deriven de la
    prestación de servicios a no asociados autorizada
    por esta ley se destinarán a una cuenta especial
    de reserva.

19
Cooperativa Obrera de Bahía Blanca Evolución
2001 - 2005
20
Artículos conceptuales sobre el capital en las
cooperativas publicados por Rubén Emilio
ZEIDA(descargables de www.elhogarobrero1905.org
.ar)
  • EHO/028/97 - "Oportunidad para cooperativas de
    trabajo" "Lazos Cooperativos", Nº 13, mayo
    -junio 1997, Págs. 14 y 15, y Nº 14, julio -
    agosto 1997, Págs. 32 y 33.
  • EHO/037/97 - "Oportunidad para la empresa
    solidaria" "Lazos Cooperativos", Nº 12, marzo -
    abril 1997, Pág. 12.
  • EHO/174/97 - "Globalización del capital e
    inmovilidad del trabajo" "Lazos Cooperativos", Nº
    16, Noviembre/Diciembre de 1997, Pág. 8.
  • EHO123/98 - "Globalización, Tecnología y
    Cooperativismo" "Revista IDELCOOP", Nº 117 -
    Febrero/Marzo 99, Págs. 121/128.
  • EHO/022/99 - "Fortalecer y Defender el Capital
    Social" Lazos Cooperativos, Año IV, Nº 24,
    Marzo - Abril 1999, Pág. 25.
  • EHO/047/06 - El capital "cooperativo e
    irrepartible" - Su formación y acumulación "La
    Gaceta" de COOPERAR, Edición Nº 1, Año  1, Nº 5,
    Enero - Febrero 2006, Pág. 23.
  • EHO/062/06 "La acumulación de "capital
    cooperativo". Una necesidad impostergable" "Mundo
    Cooperativo", Nº 118, Año 10, Abril de 2006, Pág.
    10
  • EHO/155/06 "Cooperadores y Cooperativistas Quo
    vadis? Lazos Cooperativos, Año XI, Nº 63, Julio
    Agosto 2006, págs. 59 y 60.

21
Para seguimiento de esta presentación
  • COOPERARMaipú 267, Piso 18, Capital
    FederalTeléf. (011) 4325-6177/6179Email
    cooperar_at_cooperar.coopWeb www.cooperar.coop

22
EL ACTO COOPERATIVO(Ley 20.337, Art. 4º )
  • En sentido estricto es el realizado entre la
    cooperativa y sus asociados en cumplimiento del
    objeto social y la consecución de los fines
    institucionales.
  • La ley no define el acto cooperativo, pero sí en
    su exposición de motivos no constituye
    operación de mercado, sino la realización de un
    servicio social.

23
Acto cooperativo legislación en Argentina
  • Ley 20.337, Art. 4º. Son actos cooperativos los
    realizados entre las cooperativas y sus asociados
    y por aquéllas entre sí en el cumplimiento del
    objeto social y la consecución de los fines
    institucionales. También lo son, respecto de las
    cooperativas, los actos jurídicos que con
    idéntica finalidad realicen con otras personas.
  • Ley Nº 13.360 de la Provincia de Buenos Aires.
    promulgada por decreto Nº 1724 del día
    01-08-2005, modificó el Código Fiscal para
    reconocer al "acto cooperativo" y para
    consecuentemente excluirlo de la tributación a
    los Ingresos Brutos y a los Sellos. Esta ley es
    consecuente con lo establecido en el Art. 41º de
    la Constitución de la Provincia de Buenos Aires
    que expresa "... "La Provincia... fomenta la
    constitución y desarrollo de cooperativas y
    mutuales, otorgándoles un tratamiento tributario
    y financiamiento acorde con su naturaleza".

24
Acto cooperativo legislación en Brasil
  • En Brasil, el Art. 174º de la Constitución
    Federal de 1988 establece taxativamente el apoyo
    y la incentivación del cooperativismo y la Ley Nº
    5.764 del 16-12-1971, capítulo XII, sección I,
    artículo 77º establece que "el acto cooperativo
    no implica operación de mercado, ni contrato de
    compra y venta de productos o mercaderías".
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com