Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo - PowerPoint PPT Presentation

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Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo

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La administraci n del servicio ser realizada por el Programa de Fortalecimiento ... 18 de julio 1082 Entre-Piso (esquina Paraguay) 900-37-96 901-33-97 ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial Uruguayo


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Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial
Uruguayo
Suprema Corte de Justicia República
Oriental del Uruguay
  • Mejora del Servicio de tribunales y juzgados


Montevideo, noviembre 2008
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Proyecto 3Mejora del Servicio de Tribunales y
Juzgados
  • Objetivo General mejorar los servicios que
    presta el Poder Judicial y que dicha mejora sea
    percibida por los usuarios del sistema de
    justicia
  • Objetivo específico
  • Definir un modelo de gestión
  • Desarrollar e implantar un SGT en las oficinas
    que integran el plan piloto
  • Evaluación y propuesta de extensión

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SGT
  • Un modelo de gestión

Un sistema informático
que lo soporta
Evaluación y propuesta de extensión
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Proyecto Define el Modelo de Gestión
Modelo de gestión a aplicar en los Despachos
Judiciales
  • IUE (habilitó consulta Web de expedientes)
  • Expediente y actuaciones electrónicas
  • Firma digital
  • Comunicaciones electrónicas
  • Pre-ingreso de asuntos vía WEB
  • Tramitación guiada

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SCJ Aprueba el modelo de Gestión Resolución
63/07
  • El expediente electrónico será uno de los
    objetivos del nuevo sistema de gestión de
    tribunales y oficinas de apoyo. En consecuencia
    aprueba la adopción de actuaciones electrónicas y
    la utilización de la firma digital en la
    tramitación de los procesos judiciales.
  • Adopta las comunicaciones electrónicas, en
    consecuencia la realización o envío de de las
    notificaciones e intimaciones a domicilios
    electrónicos constituidos. Crear un sistema de
    correo electrónico especial del SGT para
    gestionar estas notificaciones e intimaciones,
    garantizando la entrega fehaciente de dichas
    actuaciones. La administración del servicio será
    realizada por el Programa de Fortalecimiento del
    Sistema Judicial Uruguayo
  • Comete elaborar un proyecto de reglamentación

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SCJ Obtiene el marco legal reglamentario que
soporte el modelo aprobado por la Corporación
SCJ promueve iniciativa legislativa y obtiene la
sanción de la Ley 18.237 de 20/12/2007
Artículo único.- Autorízase el uso de
expediente electrónico, de documento electrónico,
de clave informática simple, de firma
electrónica, de firma digital, de comunicaciones
electrónicas y de domicilio electrónico
constituido, en todos los procesos judiciales y
administrativos que se tramitan ante el Poder
Judicial, con idéntica eficacia jurídica y valor
probatorio que sus equivalentes convencionales.
Facúltase a la Suprema Corte de Justicia
para reglamentar su uso y disponer su gradual
implantación.
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Proceso de la reglamentaciónDomicilio
electrónico Acordada 7637
  • Con fecha 13 de febrero se integra una Comisión a
    los efectos de estudiar, elaborar y proponer un
    proyecto de reglamentación.
  • Integración de la Comisión
  • Dra. Beatríz Fiorentino (Ministro TAC 5º.T)
  • Dra. Elena Martínez (Ministro TAC 5º.T)
  • Dr. José Balcaldi (Ministro TAP T.)
  • Dr. Angel Cal (Ministro TAP T.)
  • Dra. Rosario García Pelufo (Dicap)
  • Esc. Delia Techera (Directora Servicios
    Inspectivos)
  • Integrantes del Programa de Fortalecimiento
  • En julio del corriente año, la Comisión elabora
    la propuesta y la somete a consideración de la
    SCJ y el 1 de agosto del corriente la SCJ aprueba
    la propuesta (Acordada 7637)

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Bases de la reglamentación
  • El uso de las notificaciones electrónicas
    significará un beneficio para los procesos
    judiciales con una significativa reducción de sus
    tiempos y costos
  • Considerando dicho efecto positivo, resulta
    recomendable su implantación a la brevedad
    posible y con independencia del SGT
  • El cambio cultural que significa esta nueva forma
    de notificación, así como la logística requerida
    para garantizar la seguridad y confiabilidad del
    sistema y la necesaria capacitación de usuarios
    internos y externos, aconsejan que se gradue la
    implantación en consecuencia

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Consideraciones especiales
  • Desde el punto de vista técnico, la
    reglamentación ha tenido como objetivo
    fundamental, dotar de seguridad al nuevo sistema,
    frente a posibles dificultades técnicas y
    prácticas
  • Desde el punto de vista sustancial, la
    reglamentación debe distinguir la notificación de
    las providencias y resoluciones registradas en el
    sistema de gestión que se deban notificar ya sea
    solas o acompañadas de documentos electrónicos
    (emanados del propio sistema de gestión) de
    aquellas que deben ser acompañadas de documentos
    en soporte papel

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Principales aspectos de la reglamentación
Acordada 7637 artículo 6
  • Notificación de resoluciones registradas en medio
    electrónico
  • Cuando la notificación de la resolución se
    realiza sola o acompañada de documentos emitidos
    en forma electrónica (por ejemplo un informe de
    la Oficina Actuaria realizado en el propio
    sistema) se debe realizar en el domicilio
    electrónico que se constituya para dicho proceso
    y se considera realizada o cumplida cuando esté
    disponible en la casilla de destino

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Principales aspectos de la reglamentaciónAcordada
7637 artículo 6
  • Cuando se considera que la notificación está
    disponible en la casilla de destino
  • La notificación es disparada por el Actuario al
    firmarla digitalmente. Llega al servidor del PJ y
    se deposita en la casilla del usuario. La Sede
    recibe la comunicación que se cumplió con éxito
    el envío. (De fracasar dicho envío se recibe un
    mensaje de error)
  • El usuario que tiene en su casilla el mensaje
    (cedulón con la notificación correspondiente)
    está en condiciones de tomar conocimiento de la
    notificación. En caso de originarse una falla o
    caída del Servidor, el titular de la cuenta se
    verá impedido de acceder al Servidor y en
    consecuencia de tomar conocimiento de la
    notificación. Estos casos, la Sede podrá
    solicitar informe a la UANE

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(No Transcript)
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Principales aspectos de la reglamentación
  • Notificación de resoluciones registradas en medio
    electrónico
  • Cuando la notificación de la resolución se debe
    practicar acompañada de documentos emitidos en
    soporte papel
  • Se comunicará al domicilio electrónico
  • En la comunicación electrónica constará que en la
    Sede quedan a disposición del interesado las
    copias de la actuación respectiva
  • La notificación se entenderá efectuada en el
    momento en que el interesado retire las
    correspondientes copias. Se dejará constancia en
    el expediente de dicha fecha
  • Si el retiro tardare tres días a contar del
    siguiente a aquel en que estuviere disponible la
    comunicación electrónica en la casilla del
    usuario, la notificación se tendrá por efectuada
    al vencer dicho plazo

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Texto
15
Datos
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(No Transcript)
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Recepción de los mensajes
Indica mensaje con firma digital
18
Verificación de la firma
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Aspectos del modelo de gestión contemplados en la
notificación electrónica
  • Actuaciones electrónicas la comunicación al
    interesado se almacena en soporte electrónico
    exclusivamente. Se elimina del expediente el
    cedulón agregado en soporte papel
  • Firma digital la comunicación al interesado se
    realiza mediante e-mail que firma digitalmente el
    Actuario
  • Notificación electrónica
  • Comunicaciones electrónicas las comunicaciones
    entre las distintas Sedes Judiciales se realizará
    electrónicamente

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Mecanismos de seguridad
  • Mecanismos técnicos de seguridad y garantía de
    integridad y autoría de los documentos
    electrónicos
  • Acceso de usuarios con diferentes permisos y
    clave personal (diferentes roles con sus permisos
    correspondientes)
  • Firma digital en los documentos emanados de
    funcionarios con certificado (Actuario firmará la
    comunicación digitalmente)
  • Poder Judicial como autoridad certificadora

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FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
  • ADMINISTRACIÓN
  • El servicio dependerá del Programa de
    Fortalecimiento y será administrado por este.
  • La administración operativa del equipamiento
    central será realizada por personal técnico del
    Programa de Fortalecimiento con servicio las 24
    horas los 365 días del año.
  • Estará a cargo de la Unidad de Administración de
    Notificaciones Electrónicas (UANE).

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Plan de Implantación
  • Objetivo de la SCJ
  • En el término de un año implantar el nuevo
    sistema de notificaciones electrónicas en todas
    las sedes del país que estén en condiciones
    técnicas para ello, esto es estén conectadas a la
    Red Nacional Judicial (RENAJU)

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Información y Publicidad
  • Se puede obtener información relativa al tema
    Ley 18237 Acordada 7637 Contrato Instructivo
    de uso
  • Página WEB www.poderjudicial.gub.uy
  • E-mail uane_at_poderjudicial,gub.uy
  • Teléfonos 902 15 61 908 24 72
  • Personalmente en la Oficina del PROFOSJU 18 de
    Julio 1082 Entrepiso en horario de 12 a 17.

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Programa de Fortalecimiento del Sistema Judicial
Uruguayo
Suprema Corte de Justicia Poder Judicial
  • 18 de julio 1082 Entre-Piso (esquina Paraguay)
  • 900-37-96 901-33-97
  • e-mail uejecutora_at_poderjudicial.gub.uy
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