Title: Ley N 19'983 REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA MRITO EJECUTIVO A LA TERCERA COPIA DE LA FACTURA
1Ley N 19.983REGULA LA TRANSFERENCIA Y OTORGA
MÉRITO EJECUTIVO A LA TERCERA COPIA DE LA FACTURA
2I. Objetivos de la Ley.
- A. Agilizar la transferencia o cesión del crédito
contenido en la tercera copia de la factura. - Se establece una fórmula sencilla, oportuna y de
bajo costo, para efectos de la transferencia de
los créditos. - B. Otorgar mérito ejecutivo a la tercera copia
de la factura. - Hasta antes de la Ley no se le había dotado de la
eficacia necesaria para obtener el cobro expedito
del crédito en ella contenido.
3I. Objetivos de la Ley.
- C. Cumplimiento de los objetivos.
- Una de las copias de la factura es destinada
especialmente a la cesión del crédito contenido
en ella, siendo además dotada de mérito
ejecutivo.
4II. Voluntariedad de la Ley.
- Es obligatorio constituir a la tercera copia de
la factura como título ejecutivo? -
- El deudor está obligado a otorgar el recibo de la
mercaderías o de la prestación del servicio. - Mediante la constancia del recibo, ya sea en la
factura o en guía de despacho, se otorga mérito
ejecutivo a la factura.
5II. Voluntariedad de la Ley.
- Es obligatorio constituir a la tercera copia de
la factura como título ejecutivo? -
- La Ley establece como obligatorio para el
vendedor o prestador de servicios la emisión de
la tercera copia, pero no la utilización por
parte de éste del procedimiento que implica
constituir a la tercera copia de la factura como
un título de fácil cesibilidad y con mérito
ejecutivo.
6III. Hechos materiales relevantes contemplados
en la Ley .
-
- La Ley establece un conjunto de actos u omisiones
materiales que implican una serie de efectos
jurídicos que deberán ser considerados en los
procedimientos internos de toda empresa. - Consecuencia de lo anterior existen posibles
contingencias o fraudes que se puedan producir
con relación a la utilización de la tercera copia
de la factura.
7III. Hechos materiales relevantes contemplados
en la Ley .
- Operación de compraventa o prestación de
servicios. - Constancia del estado de pago del precio o
remuneración (vendedor). - Reclamo en contra del contenido de la factura
(comprador). - Constancia y recibo de la entrega de las
mercaderías o del servicio prestado (comprador).
8IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- A. Existencia de una infracción tributaria?
- La no emisión de la tercera copia de la factura.
- La falta de entrega en el caso de que se haya
emitido.
9IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- A. Existencia de una infracción tributaria?
- El Código Tributario sanciona, en términos
generales, aquellas conductas que significan - Un perjuicio efectivo al interés fiscal.
- Incumplimiento de normas que tienden a una
adecuada fiscalización del cumplimiento de las
normas tributarias.
10IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- A. Existencia de una infracción tributaria?
- La no emisión de la tercera copia de la factura,
o la falta de entrega en el caso de que se haya
emitido, no debiera configurar una conducta que
pueda ser calificada como una infracción de tipo
tributaria.
11IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- A. Existencia de una infracción tributaria?
- El SII, a objeto de que esta ley no quede en
letra muerta, podría calificar la no emisión de
la tercera copia, o la falta de entrega de ésta,
como una conducta sancionada en el Código
Tributario. - El no otorgamiento (50 al 500).
- El incumplimiento de la obligación de exigir el
otorgamiento del documento. (20 UTM máximo).
12IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- B. Pérdida del crédito fiscal?
- Ley del IVA, en su artículo 23, N 5 señala que
- No darán derecho a crédito los impuestos
recargados o retenidos en facturas no fidedignas
o falsas o que no cumplan con los requisitos
legales o reglamentarios y en aquellas que hayan
sido otorgadas por personas que resulten no ser
contribuyentes de este impuesto.
13IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- B. Pérdida del crédito fiscal?
- La factura en cuestión ha sido emitida en
incumplimiento de los requisitos legales o
reglamentarios? - La no emisión de la tercera copia de la factura.
- La falta de entrega en el caso de que se haya
emitido. -
14IV. Consideraciones de tipo tributarias .
- B. Pérdida del crédito fiscal?
- El incumplimiento debiera de ser entendido en
relación a aquellos requisitos legales o
reglamentarios de naturaleza tributaria, que
tienen como objetivo el resguardo del interés
fiscal. - El incumplimiento de otras normas que se
encuentran en el ámbito del derecho privado, no
debieran implicar la pérdida del crédito fiscal.
15Preguntas Miguel Rencoret 56 (2) 631 1340
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