El rol de la Defensora del Pueblo y derecho de consulta - PowerPoint PPT Presentation

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El rol de la Defensora del Pueblo y derecho de consulta

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169 de la OIT sobre pueblos ind genas y tribales ... Los derechos humanos a la ... Oportunidad para un di logo sincero y cercano entre el Estado y los ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El rol de la Defensora del Pueblo y derecho de consulta


1
Defensoría del Pueblo
  • El rol de la Defensoría del Pueblo y derecho
    de consulta
  • En el marco del Convenio núm. 169 de la OIT sobre
    pueblos indígenas y tribales

2
  • Qué es lo que da derechos a tener
    derechos?
  • Hannah Arendt

3
Nos dice algo esta cifra?
  • 69,280.00

4
(No Transcript)
5
(No Transcript)
6
(No Transcript)
7
Los derechos humanos a la intemperie?
  • Nuestros derechos humanos, no descansan
    simplemente en nuestra humanidad, . nuestra
    dignidad como miembros de la especie humana.

8
De la prevención de Conflictos a la Prevención
Política
  • Trabajo de forjar una comunidad política, que
    reconozca estos derechos y los defienda para
    cada uno de los miembros de la comunidad.
  • Apelar solo a la dignidad de todo ser humano,
    independientemente de la vinculación a una
    comunidad política concreta, no produce sin mas
    el ejercicio de los derechos humanos.

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Entre el deber de cooperación y persuasión
  • Nuestras Competencias
  • Proteger los derechos fundamentales de la persona
    y de la comunidad. Ejemplo el derecho a la vida,
    a la salud, educación, al medio ambiente, a la
    consulta, etc.
  • Supervisar el cumplimiento de deberes de la
    administración estatal. Ejemplo del Ministerio
    de Energía y Minas, OSINERGMIN, etc.
  • .

10
Actuación de la Defensoría
Actúa sin superponerse a otras entidades del
Estado
Su fuerza no es coactiva ni vinculante. La
Defensoría recomienda y recuerda sus obligaciones
a las autoridades
Ejerce su función a través de la persuasión,
convencimiento
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FILOSOFIA BASICA DEL C169
  • (Preámbulo)Reconociendo las aspiraciones de
    esos pueblos a asumir el control de sus propias
    instituciones y formas de vida y de su desarrollo
    económico y a mantener y fortalecer sus
    identidades, lenguas y religiones, dentro del
    marco de los Estados en que viven
  • En el Perú fue aprobado mediante Res. Leg. Nº
    26253, de1993.

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Presupuestos de derechos conexos al derecho de
consulta
13
El derecho de consulta
  • Es un derecho humano de los pueblos indígenas.
    Art.3 ,art.55 y la dispos. final y transitoria
    cuarta de la C.P.P
  • Es importante para garantizar otros derechos
    como
  • Vida
  • Salud
  • Identidad cultural
  • Medio ambiente
  • Es una obligación del Estado realizar la consulta
    antes de adoptar medidas administrativas y
    legislativas relacionadas a los derechos de los
    pueblos indígenas.

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Convenio Nº 169 de la OITConsulta y
Participación
  • La consulta debe ser entendida
  • Como una oportunidad del Estado para garantizar
    la participación de los ciudadanos.
  • Implica un reconocimiento al ciudadano
    culturalmente diferente.
  • Oportunidad para un diálogo sincero y cercano
    entre el Estado y los ciudadanos.

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Finalidad de la consulta
  • Las consultas llevadas a cabo deberán efectuarse
    de buena fe y de una manera apropiada a las
    circunstancias, con la finalidad de llegar a un
    acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las
    medidas propuestas.
  • Art.6.2 Conv. Nº 169

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Cómo debe llevarse a cabo el proceso de consulta?
  • Uso de procedimientos apropiados
  • Contar con un intérprete con capacidad para que
    la población comprenda todos los aspectos de la
    medida que se quiere adoptar.
  • Proporcionando información completa, clara y
    alcanzada oportunamente.
  • Contando con espacios para que la población pueda
    presentar sus preguntas, dudas y propuestas.
    Art. 6.2 y 6.2 Conv. Nº 169

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Cómo debe llevarse a cabo el proceso de consulta?
  • A través de sus instituciones representativas de
    los presuntos afectados y/o interesados.
    Principio de representatividad.
  • Participación libre y en todos los niveles de
    adopción de decisiones
  • De buena fe
  • No se debe consultar cuando ya se tomó la
    decisión.
  • Debe brindarse información suficiente, necesaria
    y comprensible.
  • De una manera apropiada a las circunstancias
  • Convocar en un momento en el cual puedan
    participar la mayor cantidad de representantes de
    las comunidades.
  • Art. 6.1 y 6.2 Conv. Nº 169

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El Derecho de Participación
  • Los pueblos indígenas tienen el derecho de
    participar en todas y cada una de las etapas en
    un proyecto, política o programa.
  • Participación en adopción de decisiones, a todos
    los niveles (local, nacional o regional), sea de
    instituciones políticas electivas o de
    administraciones nacionales y locales.
  • La participación se efectuará a través de las
    propias instituciones tradicionales u organismos
    representativos de los pueblos interesados.
  • Art. 6.1 Conv. Nº 169

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Procedimiento de consulta
  • Requisitos de validez
  • mediante procedimientos apropiados
  • a través de sus instituciones representativas
  • de buena fe
  • de manera apropiada a las circunstancias
  • con el fin de llegar a un acuerdo o
    consentimiento
  • previa
  • libre
  • informada

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El proceso de consulta debe realizarseen las
siguientes oportunidades
  • Proyectos legislativos y administrativos que
    puedan afectar directamente a PP.II.
  • Medidas especiales destinadas a salvaguardar su
    patrimonio material y cultural.
  • Programas y Proyectos de desarrollo económico,
    social, cultural, nacionales o regionales que
    puedan afectarles directamente.
  • Prospección o explotación de los recursos
    existentes en sus tierras.
  • Traslado de comunidades de las tierras que ocupan
    y su relocalización.

21
Una apuesta fundamental DP
Lote 67
Lote 39
Lote 1AB
Lote 102
  • Que las autoridades y funcionarios públicos
  • 1. Ponen efectivamente en práctica procesos
    de consulta con un enfoque de derechos e
    intercultural desde el diseño y desarrollo de
    actividades hidrocarburíferas y mineras.
  • 2. Mejoren su desempeño incorporando la
    perspectiva de derechos e interculturalidad en
    la promoción, fiscalización y monitoreo de
    actividades hidrocarburíferas.
  • Que los pueblos indígenas y población en
    general de la Amazonía peruana conozcan y ejerzan
    sus derechos. Implica una vigilancia ciudadana
    especializada, conocimiento básicos de procesos
    exploración y explotación minerales y petróleo,
    rol de las instituciones estatales.
  • Coadyuvar a que las empresas desarrollen una
    política de cumplimiento estricto de las leyes de
    respeto a los derechos fundamentales y de
    responsabilidad ambiental y social.

Lote 101

Lote 120
Lote 110
22
lineamientos para una vigilancia ciudadana de la
consulta.
  • Identificar y reunirse con las autoridades y
    lideres organizaciones sociales de las
    comunidades nativas asistentes.
  • Verificar si la convocatoria fue amplia o sólo se
    convocó a algunas autoridades comunales.
  • Si se dieron facilidades para el desplazamiento,
    y de que forma.
  • Verificar el cumplimiento del programa del evento
    y si para su realización se cuenta con
    intérpretes de las lenguas de los asistentes.
  • El grado de participación de los asistentes
    (si intervienen o se promueve su intervención).
  • Los temas sobre los cuales recaen las
    inquietudes de los asistentes.

23
CONCLUSIONES
  • Participación. Derecho de los pueblos indígenas y
    comunidad a
  • Participar en la gestión del Estado.
  • Decidir sus propias prioridades de desarrollo.
  • Se da antes, durante y después de la
    implementación de cualquier proyecto de
    desarrollo que los afecte directamente.
  • Participación Ciudadana (Reglamento). Proceso
    orientado a
  • Informar y recoger medidas que objetiva y
    técnicamente permitan evitar o mitigar impactos
    ambientales o sociales negativo
  • Identificar y recoger iniciativas, sugerencias o
    aportes para potenciar o maximizar los impactos
    ambientales o sociales positivos de un proyecto
    de hidrocarburos.

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CONCLUSIONES
  • La consulta consiste en recabar la opinión, el
    asesoramiento y la asistencia de los pueblos
    indígenas y tribales
  • El Convenio exige a gobiernos realizar verdaderas
    consultas en las que los PP.II. tengan el derecho
    de expresar su punto de vista, y de influenciar
    el proceso de la toma de decisiones
  • La "consulta" debe distinguirse a la vez de la
    simple "información" y de la "co-decisión
  • También se distingue de la "negociación", la cual
    supone gestiones de las partes que tienen
    intereses diferentes o contradictorios con miras
    a llegar a un acuerdo

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CONCLUSIONES
  • La consulta es una fase de un proceso a la que
    precede y sigue la participación
  • La consulta se debe realizar según las
    circunstancias y las características propias de
    cada pueblo
  • El Convenio promueve una cultura de diálogo

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La actividad de hidrocarburos
Marco Legal
27
La actividad de hidrocarburos
  • Actores

28
La actividad de hidrocarburos
  • Etapas

Exploración
Explotación
Refinación
Procesamiento
Actividades de búsqueda de hidrocarburos
Actividades de producción de hidrocarburos
Actividades de transformación
Refinamiento de los hidrocarburos
Transporte
Comercialización
Distribución
Almacenamiento
Proceso de transformación
Importación, exportación, almacenamiento,
transponte, distribución, y/o venta de
combustibles líquidos y otros derivados de
hidrocarburos (mayorista)
Actividades de transferencia, tratamiento de
drenajes y recuperación de combustibles
Distribución, y/o venta de combustibles líquidos
y otros derivados de hidrocarburos (minorista)
29
La actividad de hidrocarburos
  • Reglamento de participación ciudadana

Etapas
Responsable
Actividades
Negociación y suscripción de contratos
Perupetro
Difusión de información Presentación del
contratista
Ministerio de Energía y Minas OSINERGMIN
Exploración
Talleres Informativos Audiencias públicas
Ministerio de Energía y Minas OSINERGMIN
Explotación
Talleres Informativos Audiencias públicas
Cese
OSINERGMIN
Recepción de denuncias
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La actividad de hidrocarburos
  • Momentos de la participación ciudadana

Negociación y suscripción de contratos
Previo al envío del contrato al Ministerio de
Energía y Minas
Suscripción del contrato de exploración y/o
explotación
Inicio del proceso de negociación o concurso
Exploración
Evaluación de EIA
Elaboración de EIA
Explotación
Plan de participación ciudadana
Elaboración de EIA
Evaluación de EIA
Cese
Presentar denuncias a OSINERGMIN sobre
infracciones
31
Gracias!
  • Carlos Ching Castañeda
  • Comisionado de la Defensoría del Pueblo
  • 20-11-2008
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