LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA' Los recursos administrativos - PowerPoint PPT Presentation

1 / 6
About This Presentation
Title:

LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA' Los recursos administrativos

Description:

Incluye todos los medios jur dicos a disposici n de los administrados para ... Que aparezcan documentos de valor esencial aunque posteriores. ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:115
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 7
Provided by: endriuse
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA' Los recursos administrativos


1
LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA.Los recursos
administrativos
  • El conjunto de medios que el derecho positivo
    otorga a los administrados para reaccionar contra
    actividad ilegal de la A. y para exigir la
    indemnización que proceda de las lesiones en los
    derechos y intereses.
  • Incluye todos los medios jurídicos a disposición
    de los administrados para solicitar la anulación
    o reforma de los actos administrativos o la
    indemnización antes la propia Administración
    (recurso administrativo), la jurisdicción
    contencioso-administrativa (recurso
    contencioso-administrativo) y la jurisdicción
    ordinaria (reclamación previa al ejercicio de
    acciones civiles o laborales contra la A.).

2
El recurso administrativo
  • un acto a través del cual un sujeto legitimado
    pide a la administración que revise una
    resolución (o excepcionalmente un acto de tramite
    cualificado) dentro de los plazos y con arreglo a
    las formalidades legalmente establecidas.
  • La esencia del recurso administrativo radica en
    la petición de que la Administración anule o
    modifique un acto dictado por ella.

3
Clases de recurso(generales, especiales,
sectoriales, otros)
  • 1. Generales
  • 1.1. Ordinarios (pueden basarse en cualquier
    motivo y dirigirse contra cualquier acto)
  • - Recurso de alzada, que se dirige, contra actos
    que no agotan la vía administrativa, al órgano
    superior jerárquico del que los dictó.
  • - Recurso potestativo de reposición, con el que
    se impugnan los actos que agotan la vía
    administrativa, ante el mismo órgano que los
    hubiese dictado
  • 1.2. Extraordinarios
  • - Extraordinario de revisión, se plantea contra
    los actos firmes en vía administrativa, ante el
    órgano que los dictó, cuando concurran algunas
    circunstancias que establece la ley (error de
    hecho que resulte de los propios documentos del
    expediente. Que aparezcan documentos de valor
    esencial aunque posteriores. Documentos o
    testimonios declarados falsos por sentencia
    firmes. Prevaricación cohecho, violencia,
    maquinación fraudulenta por sentencia firme).

4
Sigue clase de recursos
  • 2. Especiales (como el antiguo recurso de
    súplica o alzada impropio). Se dirigirán al
    órgano que determine la ley que lo establezca
    contra resoluciones de los órgano administrativos
    que carezcan de superior jerárquico y podrán
    fundarse en cualquier motivo salvo que la ley
    diga lo contrario.3. Sectoriales. Aquellos
    contemplados por la legislación a que se remite
    la propia LRJPAC o los que en futuro puedan
    establecer las leyes del mismo carácter en
    sustitución de recursos ordinarios.4. Otros
    procedimientos de impugnación. Sin carácter de
    recurso se regulen por la legislación sectorial
    cuando la especificidad de la materia así lo
    justifique

5
Principios generales
  • El órgano llamado a resolver los recursos
    administrativos varía según el recurso que se
    trate. Pero hay una regla general no podrá ser
    objeto de delegación la resolución de recursos en
    los órganos que hayan dictado los actos objeto
    del recurso. En cuanto al recurrente habrá de ser
    legitimado, es decir interesado en la resolución
    que recaiga.
  • El acto que se impugne deberá ser un acto
    definitivo (una resolución) o un acto de tramite
    cualificado.
  • Lugar. En cuanto al lugar rigen las normas del
    procedimiento normal.
  • Tiempo. El plazo para interponer recurso varía en
    cada caso.
  • Contenido esencial y accidental.
  • Efectos. La interposición del recurso no
    suspenderá la ejecución del acto. Pero es posible
    la suspensión de oficio o a solicitud de parte
    cuando 1. la ejecución pudiera causar perjuicios
    de imposible o difícil recuperación 2. la
    impugnación se fundamente en algunas de las cusas
    de nulidad de pleno derecho.

6
Recurso de alzada
  • Se utiliza para impugnar los actos que no han
    agotado la vía administrativa, ante un órgano
    superior jerárquico. Este recurso constituye el
    medio normal para impugnar una resolución. La
    LRJPAC prescribe que ponen fin a la vía
    administrativa las resoluciones de los recursos
    ordinarios y las resoluciones de los órganos
    administrativos que carezcan de superior
    jerárquico, salvo que una ley establezca lo
    contrario.
  • Podrá basarse en cualquiera infracción del
    ordenamiento jurídico.
  • El recurso de alzada podrá interponerse ante el
    órgano que dictó el acto o ante el competente
    para resolverla. En el primer caso el órgano que
    dictó el acto impugnado deberá remitirlo al
    competente para resolver, junto con su informe y
    una copia del expediente en el plazo de 10 días.
  • El plazo para la interposición del recurso
    ordinario será de 1 mes si el acto es expreso. Si
    no lo fuera el plazo será de 3 meses a partir del
    día en que se produzcan los efectos del silencio
    administrativo.
  • Transcurridos 3 meses desde la interposición del
    recurso sin dictar su resolución se podrá
    entender desestimado (diferente el caso de
    recurso por desestimación presunta por transcurso
    del plazo, en este caso se entenderá la alzada
    estimada)
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com