Situacin de la Regulacin del Agua Potable y del Saneamiento Bsico en Bolivia - PowerPoint PPT Presentation

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Situacin de la Regulacin del Agua Potable y del Saneamiento Bsico en Bolivia

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Situaci n de la Regulaci n del Agua Potable y del Saneamiento B sico en Bolivia. Ing. ... Gesti n de las empresas en base a la Planificaci n Estrat gica de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Situacin de la Regulacin del Agua Potable y del Saneamiento Bsico en Bolivia


1
Situación de la Regulación del Agua Potable y del
Saneamiento Básico en Bolivia
  • Ing. Álvaro Camacho Garnica
  • Superintendente de Saneamiento Básico
  • Santa Marta, Colombia 2007

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CAMBIO ESTRUCTURAL DEL SECTOR (1997) Ley 1600
SIRESE
NORMADOR
ESTADO TRADICIONAL
REGULADOR
PRESTADOR DE SERVICIOS
ESTADO REGULADOR
PRESTADOR DE SERVICIOS
NORMADOR Y PLANIFICADOR
REGULADOR
MINISTERIO DE VIVDA. Y SERV. BASICOS
Super de Aguas
EPSA
USUARIOS
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FUNCIONES Y ATRIBUCIONES - LEY 2029/2066
(Abril 2000) Creacion de la SISAB
Aprobar metas de calidad, expansión y
desarrollo de las EPSA y vigilar su cumplimiento
Otorgar Concesiones, Licencias y Registros
SUPERINTENDENCIA DE SANEAMIENTO BÁSICO
Aprobar y supervisar la aplicación de precios y
tarifas
Proteger los derechos de los Usuarios, EPSA y
Estado
Procesar las denuncias y reclamos de Usuarios y
EPSA
4
LA REGULACIÓN EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS 1997-2007
  • Aspectos Positivos.
  • Regulación de 28 EPSA, 60 de la población.
  • Gestión de las empresas en base a la
    Planificación Estratégica de mediano y largo
    plazo (PDQ).
  • Promoción de la sostenibilidad financiera,
    técnica y ambiental, mediante el cumplimiento de
    metas de expansión y calidad del servicio.
  • Aprobación de tarifas basados en criterios de
    eficiencia y equidad
  • Defensa del usuario a través de las oficinas de
    defensa del consumidor.

5
LA REGULACIÓN EN LOS ULTIMOS 10 AÑOS
  • Aspectos Débiles
  • Regulación en base a contratos de concesión,
    ausencia de reglamentación y normativa
    específica.
  • Terminación de la participación privada en las
    ciudades de La Paz , El Alto y Cochabamba.
  • Ausencia de una participación organizada de los
    usuarios o sociedad civil en el proceso de
    regulación.
  • Modelo de regulación con enfoque centralizado.
  • Carencia de una Contabilidad Regulatoria

6
NUEVA VISION DE LA REGULACIÓN 2006
  • Ministerio del Agua, Tuición sobre la SISAB.
  • Viceministerio de Servicios Básicos
  • Viceministerio de Riego
  • Viceministerio de Cuencas

7
ANTEPROYECTO LEY AGUA PARA LA VIDA
  • Entidad Nacional de Regulacion de Saneamiento
    Básico (ENARES)
  • Órgano Autárquico
  • Jurisdicción Nacional
  • Autonomía de Gestión Técnica, Administrativa,
    Económica y Patrimonio Propio.
  • Bajo la Tuición del Ministerio del Agua.
  • Entidad Descentralizada

8
ANTEPROYECTO LEY AGUA PARA LA VIDA
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NUEVA VISION DE LA REGULACIÓN2006
  • REGULACION EN BASE A LICENCIAS Y REGISTROS
  • Características de las Licencias
  • Producción de agua.
  • Distribución de potable
  • Recolección de aguas residuales
  • Tratamiento de aguas residuales.
  • Tipos
  • Tipo A Menor o igual a 2000 conexiones
    domiciliarias de agua potable.
  • Tipo B Mayor a 200 y menos a 10000 conexiones
    domiciliarias de agua potable
  • Tipo C Igual o mayor a 10000 conexiones
    domiciliarias de agua potable.

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NUEVA VISION DE LA REGULACIÓN2006
  • REGISTROS
  • Organizaciones indígenas
  • Organizaciones Originarias
  • Organizaciones campesinas
  • Organizaciones de colonizadores
  • Organizaciones de regantes
  • Organizaciones económicas campesinas
  • Asociaciones de organizaciones de regantes
  • Asociaciones de sistemas de riego
  • Otras asociaciones

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LA CONSTITUYENTE Y LOS SERVICIOS PÚBLICOS
  • Artículo 1.
  •  Los recursos hídricos en todos sus estados,
    superficiales y subterráneas, constituyen
    recursos finitos, vulnerables, estratégicos que
    cumplen una función social, cultural y ambiental.
  •  El agua constituye un derecho humano fundamental
    de salud para la vida, en el marco de la
    soberanía del pueblo boliviano. El Estado
    promoverá el uso y acceso al agua sobre la base
    de principios de solidaridad, complementariedad,
    reciprocidad, equidad, diversidad y
    sustentabilidad.
  • Artículo 5.
  •  La prestación de los servicios de agua potable y
    alcantarillado sanitario, son responsabilidad del
    Estado, quien los prestará directamente o por
    medio de personas jurídicas sin fines de lucro,
    obedeciendo a una política nacional. La Ley
    normará la prestación de estos servicios.

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  • MUCHAS GRACIAS!
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